Según el Artículo 12 del Decreto 23/2008 recién publicado, las competencias de la nueva Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] son similares a las competencias de la extinta Dirección General de Informática, Comunicaciones e Innovación Tecnológica de la Consejería de Sanidad [ponemos entre corchetes los cambios]:
a) "La planificación, diseño, implantación y mantenimiento de los sistemas y tecnologías de la información para la organización y funcionamiento del Sistema Sanitario Público de la CM" [antes decía de los sistemas de informacion y gestión]
b) "La implantación de las aplicaciones informáticas y la garantía de su integración y homogeneidad en el ámbito sanitario" [se suprime el "el diseño, gestión y mantenimiento de la página web de la Consejería."]
c) "La elaboración de los criterios básicos, mínimos y comunes de procesamiento, registro y presentación de la información, tanto cuantitativa como cualitativa, del sistema sanitario público de la CM"
d) "La creación y mantenimiento de una base de datos centralizada sobre las actividades que se desarrollen en los diferentes centros y organismos del sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid" [esta frase es nueva]
e) "las estadísticas sanitarias"
f) "medidas de seguridad" en el sistema sanitario público de la CM", "y la realización de auditorías en el ámbito de la protección de datos de carácter personal" [frase es nueva].
g) "El establecimiento de mecanismos para garantizar el acceso y la autentificación de los usuarios a los sistemas de información en el sistema sanitario público" [frase nueva]
h) "El establecimiento y promoción de estándares mínimos y comunes, y de la lógica de interconexión, que deberán seguir todas las entidades del sistema sanitario público de la CM" [la última parte de la interconexión es nueva]
i) "La provisión y gestión de los bienes y servicios informáticos del Servicio Madrileño de Salud" [antes era de toda la Consejería].
j) El impulso en la utilización de las nuevas tecnologías y la tramitación electrónica en el sistema sanitario público"
k) "El desarrollo de modelos organizativos y de procesos que integren los sistemas y las tecnologías"
m) "Cualesquiera otras competencias que le sean conferidas por la legislación vigente o le sean expresamente delegadas o atribuidas."
Se
suprimen las menciones a la "
elaboración del Plan Informático y del Plan de Sistemas de la Consejería y Administración Institucional adscrita" y "
la planificación, implantación y gestión de los sistemas de comunicaciones de datos y de voz en el ámbito de la Consejería y de los Entes Públicos y Organismos Autónomos adscritos"
Por último,
ahora se explicita que [estas competencias] "se ejercerán sin perjuicio de las que correspondan a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la CM"