'El pasado martes y una vez concluido el Consejo de Gobierno, el
Consejero de Presidencia anunciaba que la Comunidad de Madrid convocaba
una OPE de 1403 plazas, para reforzar los centros de salud y los hospitales.
Ayer se publicó en el BOCM el decreto y "sorpresa", la oferta se minoró hasta las 1043 plazas, las cuales como todo el mundo sabe no son de nueva creación, son plazas ya existentes, de entre la sangrante tasa de temporalidad, del 35% que existe en el SERMAS.
Pero esta "retocada" oferta contiene más aspectos que caben resaltar:
- 450 plazas corresponden a plazas de distintas categorías que ya fueron publicadas en los años 2005, 2006, 2007 y 2009 y que por inoperancia de la Administración , ya que no llegaron a convocarlas [N.E.: deber referirse CCOO a que no llegaron a convocarlas en el tiempo legal, porque precisamente fueron convocadas en 2015], la Abogacía del Estado procedió a recurrirlas por incumplir el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público. [N.E.: que fija un plazo de 3 años para ejecutar una OPE desde su publicación]
- 140 plazas corresponden a promoción interna, puestos que no computan en la tasa de reposición.
El engaño nuevamente a los ciudadanos y profesionales es mayúsculo, cuando vistas estas circunstancias, de las 1403 plazas anunciadas a bombo y platillo, estas se quedan realmente una vez "blanqueadas", en 453 plazas.
Ayer se publicó en el BOCM el decreto y "sorpresa", la oferta se minoró hasta las 1043 plazas, las cuales como todo el mundo sabe no son de nueva creación, son plazas ya existentes, de entre la sangrante tasa de temporalidad, del 35% que existe en el SERMAS.
Pero esta "retocada" oferta contiene más aspectos que caben resaltar:
- 450 plazas corresponden a plazas de distintas categorías que ya fueron publicadas en los años 2005, 2006, 2007 y 2009 y que por inoperancia de la Administración , ya que no llegaron a convocarlas [N.E.: deber referirse CCOO a que no llegaron a convocarlas en el tiempo legal, porque precisamente fueron convocadas en 2015], la Abogacía del Estado procedió a recurrirlas por incumplir el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público. [N.E.: que fija un plazo de 3 años para ejecutar una OPE desde su publicación]
- 140 plazas corresponden a promoción interna, puestos que no computan en la tasa de reposición.
El engaño nuevamente a los ciudadanos y profesionales es mayúsculo, cuando vistas estas circunstancias, de las 1403 plazas anunciadas a bombo y platillo, estas se quedan realmente una vez "blanqueadas", en 453 plazas.