lunes, 24 de agosto de 2026

[FAC USO] 'FAC-USO exige que las nuevas medidas contra la temporalidad reparen también los abusos ya cometidos. El Gobierno estudia implantar alertas antes de que los contratos temporales superen los tres años y endurecer las sanciones, pero FAC-USO advierte de que prevenir futuros incumplimientos no resuelve la situación de quienes llevan años o décadas en precariedad'

 'El Gobierno trabaja con las comunidades autónomas en una nueva batería de medidas para combatir el abuso de la temporalidad en las Administraciones Públicas.

Entre las propuestas que se encuentran en estudio figura la creación de un sistema de alertas que avise cuando una contratación temporal se aproxime al límite de tres años y el posible endurecimiento de las sanciones por la utilización abusiva de este tipo de relaciones laborales.

FAC-USO considera imprescindible reforzar los mecanismos de prevención y control, pero advierte de que una alerta puede contribuir a evitar el próximo abuso, no reparar el que ya se ha producido.

Por el momento, no existe un proyecto normativo publicado ni una medida definitivamente aprobada.

Las actuaciones se encuentran todavía en fase de preparación técnica por parte del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, en colaboración con las comunidades autónomas y con consultas a entidades locales y organizaciones sindicales, según las informaciones publicadas por RTVE y El País.

Más de 900.000 personas temporales en las Administraciones Públicas

Los datos manejados por el Ejecutivo sitúan en más de 900.000 el número de personas empleadas públicas temporales. De ellas, algo menos de 200.000 llevarían más de tres años en esa situación.

El Gobierno utiliza este último dato para acotar provisionalmente la dimensión del abuso.

Sin embargo, FAC-USO advierte de que no toda situación abusiva puede reducirse automáticamente a un único límite estadístico.

La duración constituye un elemento fundamental, pero también deben analizarse la sucesión de nombramientos o contratos, la cobertura permanente de necesidades estructurales, la inexistencia de una causa objetiva y los posibles cambios formales de puesto o vínculo contractual utilizados para mantener durante años una relación temporal.

FAC-USO reclama, por tanto, transparencia sobre la metodología empleada para obtener la cifra de 200.000 personas y exige que ese cálculo no se utilice para minimizar un problema que continúa siendo estructural.

La temporalidad sigue alrededor del 32 %

Los resultados alcanzados después de la aprobación de la Ley 20/2021 también obligan a mantener la prudencia ante los nuevos anuncios.

El objetivo declarado en 2021 era reducir la temporalidad estructural por debajo del 8 %. Sin embargo, la tasa en el conjunto del sector público continúa alrededor del 32 %, con una incidencia especialmente elevada en las administraciones autonómicas.

Desde entonces se han ofertado más de 550.000 plazas de estabilización y alrededor de 440.000 ya habrían sido estabilizadas. Pese a ello, muchas administraciones han continuado cubriendo necesidades permanentes mediante personal temporal, al mismo tiempo que desarrollaban los procesos extraordinarios.

Para FAC-USO, estos datos confirman que estabilizar plazas no basta si las Administraciones siguen reproduciendo el mismo modelo de contratación precaria.

FAC-USO: prevenir, sancionar y reparar

FAC-USO valora favorablemente cualquier mecanismo que permita detectar anticipadamente las situaciones irregulares, mejorar la planificación de las plantillas y exigir responsabilidades a las Administraciones incumplidoras.

Pero la futura regulación deberá actuar en tres direcciones inseparables:

  • Prevenir que vuelvan a generarse situaciones de temporalidad abusiva.
  • Sancionar de manera efectiva y disuasoria a las Administraciones responsables.
  • Reparar individualmente a quienes ya han sufrido durante años las consecuencias del abuso.

La Federación insiste en que no puede trasladarse nuevamente a las personas trabajadoras el coste de una gestión irregular de los recursos humanos. Tampoco sería aceptable que las nuevas medidas se limitaran a interrumpir o sustituir contratos cuando se aproximen a los tres años, convirtiendo la alerta en un mecanismo para rotar personal y ocultar necesidades que continúan siendo permanentes.

Las plazas estructurales deben cubrirse con empleo estable, mediante procesos ágiles, planificados y dotados de garantías. Al mismo tiempo, quienes ya han sido víctimas del abuso deben recibir una solución real, proporcionada y adaptada a sus circunstancias.

Europa ya ha cuestionado las respuestas aplicadas en España

Las nuevas medidas se preparan después de que las instituciones europeas hayan cuestionado reiteradamente la respuesta española.

En abril de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó que figuras como el personal indefinido no fijo, las indemnizaciones limitadas y los procesos de estabilización no bastan por sí solos para sancionar adecuadamente el abuso ni eliminar sus consecuencias. FAC-USO reclamó entonces una respuesta inmediata del Gobierno.

Ese mismo mes, la Comisión Europea remitió a España dos dictámenes motivados por no proteger suficientemente al personal público frente a la utilización abusiva de contratos temporales sucesivos y por mantener diferencias de trato contrarias a la normativa europea. Si España no adopta medidas satisfactorias, la Comisión puede llevar nuevamente el asunto ante el TJUE.

En mayo, el Tribunal Supremo rechazó la conversión automática en personal fijo con carácter general, aunque abrió nuevas vías de fijeza en determinados supuestos, indemnización y exigencia de responsabilidades.

FAC-USO ha seguido impulsando estas vías jurídicas. En los últimos meses, sus servicios jurídicos han obtenido resoluciones que reconocen indemnizaciones por abuso de temporalidad y una importante sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que declara la condición de personal laboral fijo de un trabajador que había superado un proceso selectivo.

Estos pronunciamientos demuestran que cada situación debe analizarse individualmente y que el abuso debe tener consecuencias jurídicas reales.

Una reivindicación sostenida dentro y fuera de España

FAC-USO lleva años situando la lucha contra la temporalidad abusiva en el centro de su acción sindical y jurídica. La Federación ha promovido cientos de reclamaciones, participado en movilizaciones y trasladado el problema al ámbito europeo.

En junio de 2025, FAC-USO defendió ante el Congreso una posición clara: no se trata únicamente de estabilizar plazas, sino de ofrecer una solución justa a las personas que han sufrido el abuso.

Posteriormente, la Federación llevó esta reivindicación al Grupo del Mediterráneo de EPSU, denunciando las limitaciones de la Ley 20/2021 y reclamando una respuesta europea coordinada.

Las personas afectadas no pueden seguir esperando

FAC-USO considera positivo que el Gobierno reconozca la necesidad de introducir nuevos controles, pero recuerda que han pasado años de reformas, procesos de estabilización, litigios y advertencias europeas sin que España haya ofrecido todavía una solución completa.

Las alertas pueden ayudar a detectar futuros incumplimientos. Las sanciones pueden contribuir a que el abuso no resulte gratuito. Pero ninguna de esas medidas, por sí sola, compensa el daño sufrido por quienes han sostenido durante años servicios públicos esenciales desde la inseguridad y la precariedad.

FAC-USO seguirá defendiendo una regulación que combine prevención, estabilidad, sanciones efectivas y reparación individual. Porque evitar que el abuso vuelva a repetirse es imprescindible, pero reparar a quienes ya lo han sufrido es igualmente inaplazable.'

Fuente: Comunicado de la Federación de Atención a la Ciudadanía [FAC] del  USO nacional de 19/08/2026 recibido en APISCAM

 


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55 comentarios:

Anónimo dijo...

El Ministro Oscar Lopez deberá de dar explicaciones de porque los datos que tiene no concuerdan con la realidad

Anónimo dijo...

Fac-Uso es un sindicato potente

Anónimo dijo...

de lo mejor que he leido para los cesados


https://sepma.es/2026/08/21/gobierno-sanciones-abuso-temporalidad-empleo-publico/

Anónimo dijo...

Lo doy por perdido, con este gobierno no se puede. Tienen las evidencias en sus narices, con la exigencia de Europa, y siguen ocultando datos y mintiendo a propósito. No se puede esperar nada bueno de este ministro. Que los madrileños tengan conciencia de quién quiere al mando.

Anónimo dijo...

Informe de Proyección Estratégica: Evolución de la Temporalidad en el Sector Público Español (2026-2041)
1. Diagnóstico de Situación a Enero de 2026
A inicios de 2026, la estructura del empleo público en España revela una resistencia crítica a la estabilización técnica. Los datos del Boletín Estadístico (EPSAP) confirman que, a pesar de los procesos derivados de la Ley 20/2021, la tasa de temporalidad se sitúa en un 30,5%, triplicando el máximo del 8% exigido por el marco europeo.
Es imperativo destacar un hito metodológico: la cifra actual es resultado de la transparencia forzada por la Comisión Europea en 2023, cuando el Registro Central de Personal (RCP) comenzó a computar contratos de formación y nombramientos inferiores a seis meses. Este cambio técnico afloró más de 300.000 efectivos "invisibles" que operaban en los márgenes de la estadística oficial, consolidando la autoridad de este análisis sobre bases de datos reales y no parciales.
Indicador de Empleo Público

Datos a Enero 2026
Total Empleados Públicos

3.071.725
Total Empleados Temporales

936.965
Tasa de Temporalidad Global

30,5%
Objetivo Exigido por la UE

8,0%
Distancia respecto al Objetivo

22,5 puntos porcentuales
Distribución Sectorial y Asimetrías Técnicas:

Comunidades Autónomas (CCAA): Sostienen el 75% del total de la temporalidad nacional, con 702.901 interinos (tasa del 36,4%).
Instituciones Sanitarias: Presentan la situación más alarmante con un 42,4% de temporalidad (306.407 efectivos).
Docentes no Universitarios: Registran una tasa del 31,6% (224.324 efectivos).
Sector Público del Estado: Presenta una tasa del 3,5% (18.926 temporales sobre 546.554 efectivos). Es crucial no confundir este dato con la Administración General del Estado (AGE) en sentido estricto, que mantiene un 6,0% (15.023 temporales de 247.320).

2. El Impacto del Relevo Generacional y la Jubilación Masiva
La administración española se enfrenta a un "invierno demográfico" profesional. Con un 18% del personal estatal concentrado en la cohorte de 60-64 años, proyectamos un ritmo de 100.000 jubilaciones anuales en el conjunto de las AAPP para la próxima década.
La incapacidad de las Ofertas de Empleo Público (OPE) para procesar plazas a la velocidad de la salida de efectivos alimenta la "rueda" de la temporalidad. Sin un incremento neto de efectivos fijos, cada jubilación se cubre de forma interina, convirtiendo vacantes estructurales en puestos precarios desde el primer día.
Análisis de Brecha: Escenario EBEP vs. Realidad Estructural

Escenario Teórico (EBEP): Bajo cumplimiento estricto (máximo 3 años de interinidad por vacante), el stock de temporales no debería exceder los 300.000 efectivos.
Realidad Detectada (2026): El exceso de >930.000 temporales demuestra que dos tercios de la interinidad actual opera fuera de la legalidad del Estatuto Básico, perpetuando un sistema de cobertura transitoria para necesidades permanentes.

Anónimo dijo...

3. El Conflicto de la Temporalidad Estructural y el Fraude de Ley
Mediante una extrapolación técnica basada en la diferencia entre el máximo legal permitido por el EBEP y el volumen real de interinos, determinamos que existen 600.000 puestos en fraude de ley (abuso de temporalidad superior a 3 años).
La resolución de este conflicto se encuentra fragmentada en dos vías con resultados divergentes:

Vía Administrativa (Leyes de Estabilización): Los procesos de la Ley 20/2021 han resultado insuficientes. Según la sentencia "Obadal" del TJUE, estos procesos no constituyen una "sanción" válida según la Directiva 1999/70/CE, ya que son procesos abiertos de libre concurrencia y resultado incierto, lo que no garantiza la protección del empleado abusado.
Vía Judicial y Conflicto de Salas:
Sala de lo Social (Personal Laboral): Bajo la presión de la jurisprudencia europea, el Tribunal Supremo está aplicando interpretaciones "contra legem" para evitar sanciones mayores de la UE, reconociendo la fijeza automática para laborales tras ceses en abuso o aprobados sin plaza.
Sala de lo Contencioso (Funcionarios): Mantiene una resistencia técnica basada en los principios constitucionales de acceso (oposición), creando una fractura de desigualdad ante la ley donde, ante un mismo fraude, el laboral obtiene fijeza y el funcionario interino solo una indemnización precaria.

4. Marco de Cumplimiento Europeo y Fondos Suspendidos
La Comisión Europea ha validado el Hito 150 (300.000 plazas estabilizadas nominalmente), pero mantiene bloqueado el Hito 144. La consecuencia financiera es la suspensión firme de 626 millones de euros de los fondos NextGenerationEU.
El bloqueo responde al Dictamen Motivado del procedimiento INFR(2014)4334. Bruselas considera que España carece de una norma de sanción disuasoria y efectiva. Mientras no se legisle una consecuencia jurídica válida para el abuso (que el TJUE vincula a la fijeza o indemnizaciones verdaderamente compensatorias), España no podrá recuperar estos recursos ni cerrar el expediente de infracción.
5. Proyección Quinquenal de Temporalidad (2026-2031)

Año 2026: Tasa del 30,5%. Hito clave: Consolidación de la doctrina de fijeza automática post-Obadal para personal laboral y aumento masivo de litigiosidad en el sector público docente y sanitario.
Año 2027: Tasa proyectada 28,5%. Hito clave: Vencimiento del plazo final de la Comisión Europea para la reforma normativa. Si no hay sanción legal, pérdida definitiva de los 626M€.
Año 2028: Tasa proyectada 27%. Hito clave: Impacto del acumulado de 300.000 jubilaciones. Riesgo de colapso operativo en CCAA por ceses masivos sin relevo fijo planificado.
Año 2029: Tasa proyectada 25%. Hito clave: Armonización forzosa de la Sala de lo Contencioso con la Sala de lo Social para evitar un escenario de responsabilidad patrimonial del Estado por discriminación.
Año 2030: Tasa proyectada 22%. Hito clave: Necesidad técnica de una "Ley de Escoba" o regularización extraordinaria para evitar que el coste de las indemnizaciones judiciales supere el presupuesto de las OPEs ordinarias.
Año 2031: Horizonte de convergencia. El coste del cese de personal en abuso sin indemnización se vuelve inasumible frente a las sentencias de fijeza masiva.

6. Prospectiva Estratégica para las Décadas 2030 y 2040

Escenario de Inercia: Mantenimiento de la "rueda" de contratación. La vía judicial se consolida como el método ordinario de acceso a la fijeza. Esto genera una administración "de dos velocidades" y un fraude de ley acumulado de 600.000 efectivos que comprometerá la sostenibilidad presupuestaria en la década de 2040 debido a la litigiosidad constante.
Escenario de Estabilidad Técnica: Convergencia hacia el 8% mediante una reforma estructural del EBEP. Este modelo requiere la creación de bolsas de empleo fijo para quienes superen procesos sin plaza y la implementación de un sistema de "relevo preventivo" donde la plaza de jubilación sea dotada como fija de forma inmediata.

Anónimo dijo...

7. Conclusiones y Recomendaciones Técnicas
Para evitar el colapso del sistema y asegurar la soberanía financiera respecto a los fondos europeos, se proponen tres ejes de actuación:

Legislación de una Sanción Válida pro-TJUE: España debe definir una sanción al abuso que sea automática y disuasoria para recuperar los 626M€ suspendidos. La normativa actual es insuficiente por su carácter incierto para el trabajador afectado.
Gestión Proactiva del Relevo Generacional: Es urgente desacoplar la cobertura de jubilaciones de la interinidad. Cada vacante por retiro debe nacer con un compromiso de fijeza inmediata para evitar que la tasa de temporalidad se regenere vegetativamente.
Unificación de Doctrina por Seguridad Jurídica: Debe eliminarse la disparidad entre la Sala de lo Social y la Sala de lo Contencioso. Mantener criterios distintos para laborales y funcionarios ante el mismo fraude de ley es técnicamente insostenible y vulnera el principio de igualdad, incrementando exponencialmente el riesgo de condenas por responsabilidad patrimonial.

Anónimo dijo...

Y la Señora Yolanda Diaz, como Ministra de Trabajo tendría algo que decir en el tema, ¿y su Grupo Político?? Como dejan que el Sr Lopez diga tales cosas y den la callada por respuesta

Anónimo dijo...

Y los sindicatos, que si que son unos vendidos, pero que no emitan un comunicado sabiendo que se está manipulando los datos reales, en otros ellos mismos han estimado cifras muy superiores. Que desidia de país, gobernado por mentirosos y corruptos.

Anónimo dijo...

Está sinvergüenza solo gobierna para la privada, el resto no pertenecemos al ministerio de trabajo.

Anónimo dijo...

SUMAR, JUNTS, PODEMOS, COALICIÓN CANARIAS, ESQUERRA, TODOS COMPLICES DE ESTE GOBIERNO QUE NOS TIENE MANIATADOS, AUN CON EL APOYO DE EUROPA. Confiamos en aquellos que nos deben proteger, les votamos creyendo que así sería, y mirad sus respuestas. Y no vengáis con que podemos o junts nos apoyan, si fuera así, presionaría más aún al gobierno, en otros asusntos donde su apoyo es primordial.

Anónimo dijo...

Yo ya decidí no votar mientras nadie solucione esto. Que menos que no participar en la farsa que les legitima.

Anónimo dijo...

De dónde sale esto?

Anónimo dijo...

Yolanda una "apesebrada", come gambas, vendida al poder ya que no si no fuera por los puestos que le dan, estaría en el paro por inútil... Los otros unos "Tonto pollas" sin vergüenzas e incompetentes, no esperéis nada del que no sabe, no quiere y además le da igual... Pero aun así a plantar cara, a denunciar en los juzgados, a castigar en las urnas y empezar a tocarles el bolsillo...

Anónimo dijo...

Venga arriba, que esto te lo dicen hace un año y no te lo crees.

Anónimo dijo...

La escusa de que su inspección de trabajo no podía intervenir en lo publico ya decayó cuando desde la jurisdicción social remiten mandato para que intervenga. Otra charo jeta!!

Anónimo dijo...

Eso, no reblar!!

Anónimo dijo...

Y cuantas hostias más debemos aguantar, ceses, juicios, humillaciones, costas, esto no compensa joder. Que le den por saco a toda esta mierda, ya nos han utilizado lo suficiente.

Anónimo dijo...

Es un machaque porque encima te ves obligado a denunciar si te vas a la calle. Porque no sabes que puede ocurrir y tienes que denunciar por si acaso, con el dinero y riesgo que supone. Al menos los de lo Social ya saben a que atenerse, necesidad de examen aprobado y más de 3 años. Pero los interinos de lo contencioso seguimos sin saber en que puede terminar una denuncia puesta a día de hoy, arriesgándonos a no conseguir la plaza por no denunciar en plazo, o a perder miles de euros en abogados y recursos sin recorrido.

Anónimo dijo...

De currarselo. Joder.

Anónimo dijo...

Las hostias que hagan falta, joder!! Que en eso consiste en atacar un sistema. Parecemos niños lloricas en el patio del recreo y no adultos hechos y derechos con probada experiencia.

Anónimo dijo...

Pues si quieres seguir recibiendo hostias, recíbelas, pero yo no y debería ser respetable. Estoy pendiente de recurso de casación y probablemente se desestimará, por lo tanto, NO, NO VOY A SEGUIR peleando con quienes en niegan mis derechos fundamentales. Creo que ya he luchado lo suficiente y he sufrido el doble con toda esta situación. Mi salud mental no resiste más, perdona si te parezco una cría.

Anónimo dijo...

La sentencia Obadal del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que para reparar el daño a los trabajadores interinos objeto de abuso de temporalidad, el ordenamiento español debe garantizar una reparación íntegra, proporcionada y verdaderamente disuasoria, dictaminando que las indemnizaciones fijas o tasadas aplicadas habitualmente en España no son suficientes.

Anónimo dijo...

Joder.
Una contenciosa😔, ala q Teso va a decir NO.

Ánimo!

PD.Supongo q has aprobado ope sin plaza.

Anónimo dijo...

No hay indemnizaciones pal abuso??? 🤣

Pide responsabilidad patrimonial. Es una quimera!!! 🤣🤣🤣

Bendita Teso!

Anónimo dijo...

Estamos pendientes de Europa!!

Anónimo dijo...

La Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de mayo de 2026 (asunto Obadal) establece que sí se reconoce la condición de trabajador fijo a quien ha sufrido abuso de temporalidad si previamente había superado las pruebas de un proceso selectivo para plaza fija, aunque no hubiera obtenido plaza por falta de vacantes.

A diferencia de los "aprobados sin plaza" (a quienes se les otorga la fijeza), aquellos trabajadores que sufren abuso de temporalidad pero no han superado ningún proceso selectivo no adquieren la condición de fijos automática para no vulnerar la Constitución, sino que se les deriva a una indemnización.

Anónimo dijo...

Las indemnizaciones tasadas de 20 días por año (previstas en leyes de estabilización como la Ley 20/2021) o las de 33 días por año (despido improcedente) no cumplen el derecho de la Unión si tienen límites máximos estrictos.
Estos baremos fijos no logran compensar íntegramente el daño real sufrido tras largos años de precariedad ni disuaden eficazmente a las Administraciones Públicas.

Anónimo dijo...

Que se queden su maldito dinero, porque en el caso de pagar, encima los pagamos todos.

Anónimo dijo...

No paran con su empeño de hacer daño al empleado abusado, Europa les da las herramientas para resolver el problema, y España manipula para seguir abusando. Cuando se despida a los dirigentes de RRHH de todas las administraciones públicas, autonómicas y locales, y se sancione con multas de sus propios bolsillos a los responsables ya jubilados, entonces si queréis, habláis que habéis pagado el plato, mientras lo pagamos nosotros, nos cesais y humillaos más teniendo que recurrir en juicios cuyos jueces están aleccionados.

Anónimo dijo...

Para los cesados se está poniendo difícil, el Ministro al dar una cifra parece ser los excluye

Anónimo dijo...

Hay que informar a Europa para que lo sepan

Anónimo dijo...

Y una 💩como un pino! Los cesados que hayan denunciado en su momento tendrán su reparación!

Anónimo dijo...

19,56, te refieres a la fiscalía europea también?

Anónimo dijo...

Vamos a ver, de qué Fuente sale? O hay que creerse todo lo que se cuelga sin preguntarse nada...

Anónimo dijo...

Europa pasa del tema, lleva 26 años concretamente. De no ser así, no hubieran permitido este descalabro, ley 20/2021 con un propósito liquidador, compensaciones tasadas, cero responsabilidad administrativa. Ahora amenazan con multas, veis al Señor López nervioso, si sigue manipulando y ocultando cifras. Se las saben todas. Le dan un ultimátum, 29 de junio y salen con 9 meses más, que después serán 15 meses, 3 años...

Anónimo dijo...

¿De donde sale esto??

Anónimo dijo...

Para los profanos ¿Qué o quien coño es Teso?

Anónimo dijo...

Es jurídicamente posible la ley de punto final:

Factores que hacen posible su aprobación:
​Presión de la Unión Europea: La Comisión Europea y las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) exigen a España sanciones disuasorias y efectivas contra la temporalidad abusiva en el sector público, bajo amenaza de congelación o recortes en fondos europeos.

​Vehículos legislativos en marcha: Existen proyectos legislativos en el Congreso (como la tramitación de la Ley de Función Pública) donde diversos grupos parlamentarios pueden registrar enmiendas para encajar una solución de fijeza o "fijo a extinguir".

​Aritmética parlamentaria: Parte de los socios de investidura exigen una solución definitiva para los cientos de miles de empleados públicos afectados.

Anónimo dijo...

Tómate una tila, crack, que seguro que los que más hablan son luego los que menos hacen...

Anónimo dijo...

Contenido de las Cuestiones Prejudiciales de Murcia.
El titular de dicho juzgado elevó autos al TJUE (en febrero y marzo de 2025) para cuestionar los límites de la justicia nacional frente al Derecho comunitario:Eficacia directa de la sanción: Pregunta si la obligación de sancionar de manera proporcionada y disuasoria el abuso de temporalidad en el sector público (según la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo Marco) tiene eficacia directa.El obstáculo del "contra legem": Pide aclarar si, cuando los tribunales nacionales argumentan que transformar a un temporal en fijo va contra legem o infringe los principios constitucionales de acceso al empleo público, están obligados a aplicar de igual forma la conversión en fijos ante la falta de otra medida sancionadora real en la ley española.Plenitud de efectos: Indaga si la relación temporal abusiva debe pasar a ser una relación fija plenamente equiparable a la de los trabajadores fijos comparables si el Estado no provee un castigo alternativo efectivo contra la administración incumplidora.

Anónimo dijo...

Retratado hace poco, alguien debe de contárselo a Europa Lopez esto es lo que decía y lo que pensaba

https://plataformadeinterinos.org/oscar-lopez-rechaza-la-propuesta-de-podemos-de-estabilizar-automaticamente-a-los-interinos/

Anónimo dijo...

y en estos sindicatos tan "grandes" os apoyáis? así os va, mejor os irían si os buscarais compañeros más importantes, pero os habéis empeñado en seguir a predicadores y ...

Anónimo dijo...

Damos por hecho que la respuesta a estas prejudiciales nos va a beneficiar pero, ¿y si no es la que esperamos?

Anónimo dijo...

¿Te aburres mucho, eh? Vete a comerte una gamba, chavalín.

Anónimo dijo...

Yo tampoco voy a votar mientras se siga abusando de los trabajadores y encima mintiendo.

Anónimo dijo...

8:36 Eso viene pasando desde hace 6 años, otra cosa es que quien tiene el poder de solucionarlo quiera esperar otros 26 años a que estemos todos calvos, o muertos.

Qué no es atrezo en España, parecer que haces pero no, o no para todos.

Los 3 poderes hacen lo mismo continuamente, no te vayas a pensar que como trabajador abusado por las administraciones públicas tenías algún derecho, tonto.

Anónimo dijo...

En lo Social, dilo todo. En lo Contencioso, donde hay cientos de miles de abusados (Sanidad y Educación), ni agua de esos casposos...

Anónimo dijo...

Exigen de boquilla los socios de investidura...

Anónimo dijo...

Acaso te parece USO un sindicato chico???

Anónimo dijo...

Otra mas del Ministro Lopez , a los cesados ni agua

https://theobjective.com/economia/2026-08-23/trabajadores-interinos-gobierno-maquillaje-contable/

Anónimo dijo...

Ha habido miles de funcionarios interinos cesados, con oposiciones aprobadas a sus espaldas y antigüedades de décadas, que han llegado al TS y aun teniendo sentencias de abuso reconocido en tribunales superiores de Justicia no han recibido NADA y han sido condenados en costas. Esa es la REALIDAD y lo que queda patente es que NO HAY JUSTICIA.
Europa no ha hecho NADA y quien puede condenar y sancionar los abusos está de brazos cruzados sin hacer NADA.
¿Estamos en un Estado de Derecho?


Anónimo dijo...

El TS no ha hecho nada para sancionar el abuso de temporalidad de funcionarios interinos cesados con años de servicios en la administración local y que contaban previamente con sentencias de abuso. Esto no es normal en la España del siglo XXI.

Anónimo dijo...

Habra que pelear, o que???

Anónimo dijo...

12,09. Han denunciado?, Han suspendido el proceso hasta el esperado al cambio de jurisprudencia del TS, para los temporales? Estoy deseando ver ya como salas de lo social dan fijeza e indeminización por daños morales y materiales a los que hayan superado un proceso para fijo. Apiscam: a ver si te puedes enterar de casos que vayan saliendo. Gracias.

Y a los del contencioso, que no pierdan la esperanza porque el asunto se va a caer por gravedad propia. Denunciad y luego suspender el proceso hasta que se de el cambio de jurisprudencia, porque no es normal que sea distinto a lo dice Europa tan radicalmente.