lunes, 6 de abril de 2020

[La Razón] La Comunidad de Madrid ante la prórroga del Estado de Alarma retrasa los exámenes de las convocatorias de Enseñanza Secundaria a 2021


Informaba La Razón este 04/04/2020 que la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid les ha confirmado que los exámenes de las convocatorias de Enseñanza Secundaria de la Comunidad de Madrid [recordemos que incluyendo  2 mil puestos de "estabilización" , es decir, puestos temporales más de 3 años, en un proceso conjunto con los puestos de tasa de reposición], previstos para junio de 2020, se retrasan a  junio de 2021 coincidiendo con las de primaria, ante la prórroga del  estado de alarma.

NOTA DEL EDITOR: Recordemos que el Gobierno del Estado por la Ley de presupuestos Generales de 2017 y tras el primer  acuerdo estatal con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  habilitó e instó ya en 2017 a que los miles de puestos ocupados por los interinos en Sanidad, docentes de Educación,   y otros sectores durante más de 3 años a 31/12/2016 (por tanto, ya más de 6 años) tras años y años de oposiciones muy raquíticas o inexistentes (y sin convocar por tanto las vacantes en el plazo obligado por el Estatuto Básico del Empleado Público), fueran convocados a una OPE normal -apublicar de 2017 a 2019- sin fijar que fuera bajo algún sistema de consolidación específico ni siquiera indemnización alguna si el interino que ocupa la plaza acaba cesado.
 

recordemos que en el caso de Profesorado de enseñanza no universitaria por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es el Ministerio de Educación quien fija el sistema selectivo y sus bases y así lo hizo en Febrero de 2018 para sus procesos de "estabilización" mediante la publicación del mencionado Real Decreto 84/2018 que modifica el Real Decreto 276/2007 , tras negociación con los sindicatos nacionales sin llegar a acuerdo,  fijando el sistema selectivo y las bases que se utilizará para las convocatorias en Educación en todas  cada CCAA por estas OPEs extraordinarias que denominan "de estabilización". Así las bases que se decidió utilizar para los proceso que incluyan estos plazas de temporales de más de 3 años en todas las CCAA, incluida Madrid eran

  • oposición-concurso con 60% de peso la oposición, eliminatoria, y 40% la fase de concurso
  • la experiencia puntúa un 20%  del total (la mitad de la fase de concurso)
  • la fase de la oposición cuenta con las habituales 3 pruebas obligatorias eliminatorias, la última de ellas la usual prueba de calificación subjetiva que tradicionalmente utilizan los tribunales para que muy pocos aspirantes por plaza pasen a la fase de méritos (donde se puntúa la experiencia).
Además por ser de carácter funcionario, el Ministerio ya anunció que no concederán indemnización alguna para los interinos que no superen el proceso y sean cesados, aunque lleven decenas de años.

Por último, el pasado 19/023/2020 el Tribunal Europeo sentenció en el asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada no convocada según los plazos del Estatuto Básico del Empleado Público, abuso que requiere una sanción que le corresponde al ordenamiento jurídico español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo de libre concurrencia , como lo son los de estas "OPEs de estabilización"


Entradas relacionadas


No hay comentarios: