Con esta cláusula estos centros no pueden estabilizar a nadie que hubiera ocupado puestos de trabajo temporalmente con posterioridad al 1 de enero de 2015. Como ejemplo, de los más de 300 trabajadores/as que tiene el CNIC aproximadamente un 3% dejará, de inmediato, incompleta su investigación, porque termina ya su contrato temporal. Y esta decisión provocará progresivamente el cese de la actividad investigadora en un porcentaje que superaría hasta el 50% en el caso del CNIO.
Sin embargo, se trata de un “sinsentido”, a juicio de los representantes de CCOO en estos centros, porque el personal que fue contratado antes de esta fecha está ya estabilizado gracias a los PGE de 2018, que incluyeron los puestos que llevaban más de tres años ocupados con contratos temporales anteriores a 31 de diciembre de 2017, atendiendo al compromiso de Gobierno y sindicatos, para afrontar el problema de la precariedad laboral en el sector público.
Uno de los mayores problemas con el que se encuentran los centros de investigación es la estabilidad en el empleo, ya que es habitual que, transcurridos unos años, los/as trabajadores/as, en su mayoría científicos/as, después de adquirir una vasta formación y de dedicarle a la ciencia mucho más de lo esperable, acaban sin trabajo, ya que sus contratos laborales no pueden ser renovados, por incurrir en fraude de ley.
Investigación paralizada
Esta situación compromete gravemente la investigación ya que personas de gran profesionalidad y perfectamente cualificadas para el trabajo que realizan, se ven obligadas a dejar su puesto de trabajo, por lo que las líneas de investigación puestas en marcha, muy importantes para la ciencia y para la sociedad, se ven comprometidas o paralizadas, a pesar de que los grupos de investigación en los que trabajan disponen de fondos para asumir sus contratos y sus responsables están muy satisfechos con su labor profesional.
Existen centros de investigación estatal con una temporalidad cercana al 70% y en Madrid está en el 80%, cuando la tasa de temporalidad autorizada en la LPGE para 2017, era del 8%. No obstante, la solución está escrita en el Real Decreto 3/2019 de 8 de febrero de Medidas Urgentes de la Ciencia, que permite formalizar contratos indefinidos financiados por proyectos, lo que propiciaría dar estabilidad a muchos puestos de trabajo sin necesidad de convocar contratos temporales cada vez que se concede un proyecto. A juicio de CCOO, solo falta la voluntad política de aplicarlo.'
Fuente: Comunicado de la Federación de Sanidad de CCOO de Madrid de 27/04/2021
Enlaces en el texto y resaltados en negrita cursiva nuestros
NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Disposición adicional vigésimo tercera delLa Ley de Presupuestos 2021 del Estado, stableció, entre otras cossas,la ampliación hasta el 100% de plazas temporales de más de 3 años (contabilizados a 31/12/2016, ya serían temporales más de 7 años) del límite inicial del 90% que la normativa de la Ley de PGE17 incluía para habilitar a convocar en OPEs (convencionales) -denominados procesos de "estabilización" sin computar en los límites de tasa de reposición los puestos temporales más de 3 años en un gurpo de sectores como Servicios de Salud, docentes de Educación, Administración de Justicia y otros así como todos los temporales anteriores a 2005 de los "indefinidos no fijos" en cualquier sector. Después en la la normativa de la Ley de PGE18 se aprobaba lo mismo para el resto de sectores, si bien ya contabilizando plazas temporales de más de 3 años a 31/12/2017 (para esos sectores).
Recordemos por otro lado la reclamación ya masiva de empleados públicos de todas las AAPP temporales más de 3 años de que su situación se considere en abuso de temporalidad según la cláusual 5ª Directiva Europea 1999/70/CE y que la sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo de 19/03/2021, del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" - el principal, un informático nuestro- estableció que en el empleo público hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada y no sólo en la concatenación de nombramientos/contratos por fechas , que este abuso requiere una sanción, para la que no puede valerla convocatoria a proceso selectivo libre en lso que quede "incierto" el futuro del personal abusado,como son precisamente esos "procesos de estabilización" de puestos.
Por último, recientemente , el
Abogado. Gral UE realizaba un repaso a "los principios bien establecidos" de la sanción al abuso de la
temporalidad por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: por el derecho del artículo 47 dee la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una
reparación efectiva contra el abuso, en el caso de
que no haya ninguna medida en la legislación nacional suficientemente
disuasoria y eficaz ante el abuso de temporalidad, se tiene que dejar de
aplicar cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la
conversión en fijo como sanción a dicho abuso.
Entradas relacionadas:
- [29/03/2017] Texto íntegro del acuerdo de Gobierno del Estado y sindicatos para la reducción de la temporalidad en el empleo público: permiso a las CCAA en Sanidad de procesos de consolidación para los temporales de antes de 2005 según el EBEP y de OPE de hasta el 90% de los temporales actuales de más de 3 años sin límites por tasa de reposición
- [12/04/2017] [El independiente] CCOO y UGT admiten que el acuerdo estatal sobre estabilidad y OPEs extraordinarias podría dejar a temporales muy antiguos sin trabajo
- [09/07/2018] Publicada en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado con el segundo acuerdo con sindicatos nacionales con la extensión a todos los sectores de la posibilidad de convocar los puestos de temporales de más de 3 años y los de los "indefinidos no fijos" a procesos denominados de "estabilización", sin fijar que sean de consolidación del propio personal. Subidas acordadas de sueldo de empleados públicos 2018 a 2020
- [19/033/2020] Sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz": hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada que requiere una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, orientando que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo
- [22/10/2020] Auto del Tribunal Europeo ante cuestiones del Tribunal Supremo portugués: contraria a la Directiva europea una normativa de un Estado miembro que prohíba la conversión en fijo en un sector público si no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y sancionar el abuso de temporalidad
- [31/12/2020] Publicada en BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021: subida del sueldo un 0,9%, sin nuevos "procesos de estabilización" ampliándose el plazo hasta 31/12/2021 para publicar los procesos de estabilización de puestos temporales más de 3 años a 31/12/2017 en las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles, fundaciones y consorcios del sector público. Ya se había ampliado igualmente para las OPEs de estabilización de las Administraciones Públicas. Modificación del EBEP en regulación de ciertos permisos. En transformaciones de entidades empresariales del sector público estatal, posibilidad de integrarse en la Administración con la condición de "a extinguir"
- [11/02/2021] Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto griego "M.V. y otros/Municipio de Agios Nikolaos": golpe a la doctrina de nuestro Supremo de que la sentencia europea de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros" no se aplica a situaciones de un único nombramiento prolongado en el tiempo como las interinidades de vacante. Y una vez más, reitera que la justicia nacional puede conceder la medida general de la fijeza como sanción si no hay sanción disuasoria contemplada en la legislación nacional para el caso de empleados públicos aunque se prohíba [o se interprete que lo prohíbe] por una norma nacional existente
- [11/02/2021] [Arauz] 'Sobre la nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de febrero de 2021' [Confirma lo ya dicho por la sentencia de 19/03/2020 que no es necesario que exista 2 o más contratos escritos y lo dicho en el Auto Gondomar que las autoridades nacionales de un Estado miembro están obligadas a transformar la relación temporal abusiva en una relación fija si en la Legislación de ese Estado miembro no existe ninguna medida sancionadora]
- [11/03/2021] [FSC
Area Pública CCOO nacional] 'CCOO reitera al ministro Iceta sus
prioridades para el diálogo social en la Función Pública En la reunión
mantenida hoy jueves 11 de marzo, Francisco García, representante del
Área Pública del sindicato, ha vuelto a trasladar al Ministerio sus
prioridades para un nuevo acuerdo de las empleadas y de los empleados
públicos' [cumplimiento de los Acuerdos de 2017 y 2018 de establización,
introducir en EBEP sanciones a las AAPP para disuadir del abuso de
temporalidad]
- [18 y 31/03/2021] Conclusiones de la Abogacía General de la UE en el asunto italiano "Gilda-UNAMS" del Tribunal Europeo sobre los profesores de religión excluidos de la conversión administrativa a fijos que tuvieron el resto de docentes tras la sentencia europea del asunto Mascolo: [...] Repaso del Abogado General a los principios "bien establecidos de la jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la sanción al abuso de temporalidad". En particular, es por el derecho derivado de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una reparación efectiva contra el abuso -y no por la cláusula 5ª de la Directiva en sí, dado que no es de efecto directo- que, en el caso de que no haya ningúna medida en la legislación nacional suficientemente disuasoria y eficaz ante el abuso de temporalidad, "tendría que dejar de aplicarse cualquier norma del Derecho nacional que obstaculice la conversión en fijo".
- [19/03/2021] [CCOO Nacional Area Pública ] 'CCOO exige al ministro Iceta convocar la Mesa de Negociación para acabar con la precariedad en las administraciones públicas El sindicato insta al titular de Política Territorial y Función Pública a dejar de lado los anuncios vacíos y a poner fecha definitiva para retomar la vía del diálogo que permita hacer frente a las necesidades más acuciantes de las empleadas y los empleados públicos.'
- [25/03/2021] IMPORTANTE [El Diario.es] Un informe firmado por la expresidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas, afirma que es constitucional una reforma legal que regule la conversión en personal fijo "a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad para dar cumplimiento a la normativa y sentencias europeas
- [20/04/2021] [Radio Vitoria] Entrevista a Unai Sordo, Secretario General de CCOO: las medidas para corregir los altos índices de temporalidad en la Administración Pública "pasan por un proceso de consolidación de plazas" , el trato diferenciado a interinos que llevan décadas debe ser computar años en concurso-oposición, "lógicamente son plazas que también tienen que salir a OPE"
1 comentario:
La campaña para la impugnación de las OPEs es esta:
https://sinttablog.blogspot.com/2020/06/impugnacion-de-todas-las-ope-en-una-sola.html
Pero eso cuesta dinero, €€€
Publicar un comentario