lunes, 3 de noviembre de 2025

Recordatorio [APRISCAM] 'La justicia da la razón a APRISCAM y anula las oposiciones de tecnologías de la información del SESCAM de la OPE 2018' [Sus 150 plazas no fueron al concurso de meritos de la ley 20/2021 por haber sido convocadas poco antes a esas oposiciones fuera de su propio plazo. APRISCAM pide que las 120 plazas se convoquen a concurso de méritos de estabilización acogiéndose a la Ley 20/2021]

[Recordatorio de entrada publicada el 19/05/2025]  

'La demanda presentada por APRISCAM ha sido estimada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y las convocatorias han sido anuladas por contener importantes deficiencias.

La sentencia confirma lo que desde hace más de 3 años viene manteniendo esta asociación: Estas convocatorias se materializaron a toda prisa para evitar aplicar la Ley 20/2021 que preveía un proceso selectivo basado en concurso de méritos. Desconocemos el motivo real de esta forma de actuar, pero su premura hizo que se cometieran importantes errores en los detalles técnicos de estas convocatorias.

La sentencia deja claros los siguientes aspectos:

1.- Pese al enésimo intento infructuoso del SESCAM en cuestionar la legitimación de APRISCAM en defender los intereses de sus asociados, profesionales informáticos sanitarios, el Tribunal vuelve a reafirmar que esta asociación tiene perfecta legitimación en actuar judicialmente para proteger cualquier aspecto profesional que afecte a sus integrantes. En sus estatutos quedan claros estos preceptos y las convocatorias demandadas perjudicaban gravemente a este colectivo. Conociendo su situación laboral de más de 30 años, la administración se negó a admitir los hechos y quiso contentarlos con este proceso selectivo injusto cuando la Ley 20/2021 estaba a punto de ser una realidad.

Los alegatos in extremis del SESCAM en intentar encajar esta falta de legitimación han chocado con la opinión del Tribunal que concluye que no corresponde más que a la propia Asociación decidir los intereses de quienes forman parte de ella.

2.- Las convocatorias incluían una fecha de caducidad, el 31 de diciembre de 2019, dos años tras la publicación de las mismas, y un año menos de los tres que establece el Estatuto Marco.

La defensa del SESCAM, basada en contraponer su propia fecha de caducidad a la establecida por la Ley, ha caído en saco roto, porque el propio Tribunal Supremo, en numerosas sentencias firmes que han sentado jurisprudencia, considera que es esencial el cumplimiento de las fechas límite impuestas en el articulado de las convocatorias.

El TSJ considera que el Consejo de Gobierno de Castilla-la Mancha -quien dictó esta y todas las convocatorias- autorizó y obligó al SESCAM a publicar los procesos selectivos en ese plazo concreto. Pero ni se cumplió ni se dieron explicaciones de ningún tipo.

Por todo ello el Tribunal estima que no puede aceptarse que el SESCAM convoque las pruebas selectivas una vez superado el plazo impuesto en las propias convocatorias.

Este dictamen judicial podría incluso tumbar en cascada convocatorias de otras categorías profesionales pertenecientes a esa misma OPE 2018 que se publicaron también posteriormente al 31 de diciembre de 2019.

3.- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha también estima la anulación por no haber reservado el cupo de plazas del 5% para discapacitados que prevé la Ley. La Oferte de Empleo Público general sí que contemplaba esta reserva, pero de forma conjunta. Sin embargo el Tribunal dictamina que dicha reserva debe también de materializarse en las convocatorias individuales. En este caso y para la categorías de Técnico de Gestión de Tecnologías de la información no se incluía ninguna, y dado que se ofertaban 34 plazas, el cupo para discapacitados debería de haber sido de al menos una.

Estos argumentos han servido para no dejar dudas sobre la anulación de los procesos selectivos de Tecnologías de la Información del SESCAM de la oferta de empleo público. Literalmente la OPE 2018 se ha estrellado.

En septiembre de 2021, justo tras la publicación de las convocatorias ahora anuladas, los informáticos e informáticas del SESCAM iniciaron una huelga precisamente para pedir que el SESCAM esperara 3 meses, únicamente 90 días, para convocar al amparo de la Ley 20/2021 que se publicó a finales de ese mismo diciembre. Incluso se hicieron promesas de que la convocatoria se adaptaría a esta nueva Ley. Engaños más que promesas.

APRISCAM ya avisó en esos momentos sobre la caducidad de la convocatoria, pero ni la Directora Gerente del SESCAM, ni el Director de Recursos Humanos ni siquiera los sindicatos horizontales escucharon ni, al menos, estudiaron legalmente este planteamiento sobre la irregularidad.

Ahora se abre un nuevo capítulo. Un nuevo tiempo en el que el SESCAM y la Agencia de Transformación Digital de Castilla-La Mancha (ATD) -organismo de quién ahora mismo dependen los informáticos e informáticas del SESCAM junto a la mayoría de informáticos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha- deben de tomar decisiones para que estas 120 plazas afectadas por la anulación sigan su curso natural que hubiese sido ser convocadas con la Ley 20/2021 en un proceso extraordinario basado en méritos. Precisamente lo que este colectivo y APRISCAM llevan demandando desde 2018 avalado con informes jurídicos y la propia legislación nacional.

El SESCAM siempre ha tenido excusas. Siempre ha minusvalorado la opinión de estos trabajadores. Siempre ha encontrado la forma de retorcer la verdad ofreciéndoles falsas esperanzas. Pero ahora ya no hay excusas porque la justicia ha hablado. La ATD debe enmendar esta situación y dar una solución para todos, a estos trabajadores y trabajadoras y al propio servicio público de salud. Las 120 plazas deben de convocarse acogiéndose a la Ley 20/2021.

APRISCAM ha iniciado contactos con los Directivos de la ATD y el SESCAM a fin de establecer un nuevo punto de partida para solucionar este problema enquistado.'

Fuente: Nota de prensa de la Asocación de Profesionales de Informática de Sanidad de Castilla-La Mancha de 18/05/2025

Enlaces en el texto nuestros

 NOTA DEL EDITOR: sentencia en el CENDOJ

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9 comentarios:

Anónimo dijo...

Efectos colaterales de esta "cagada" son aquellas personas que siendo de otra Comunidad Autónoma han cogido plaza en la CM desplazando a personal propio y no ocupando plaza dejándola vacante y perjudicando a personal de Madrid. Con esta gente, qué va a pasar... a aguantarse, no... que triste todo.

Anónimo dijo...

Llevan 26 años dejándonos claro que todo vale contra el temporal abusado, priman las plazas, no las personas ni el trabajo realizado durante 10,20,30 años, es la perversión del corrupto sistema público español, alimentado y defendido por los 3 poderes del Estado más sus sindicatos.

Anónimo dijo...

hay novedades? la ¿sentencia ya es firme? y sobre todo, ¿cómo la va a ejecutar CLM?

Entiendo que debería retrotraerse a la fecha de la convocatoria para deducir sus efectos, y, debiendo considerase que dicha convocatoria , por la que no incluyó sus plazas en el concurso de méritos , pasa ahora considerarse que no existió -se ha anulado estando paralizada completamente sin desarrollarse nada- pues debería publicar una modificación ahora de la OPE de estabilización del SESCAM para ampliar ese número de plazas, ¿no?

Visto lo de Castilla y León, está claro que es posible modificar el número de plazas que contenía una OPE 3 años después si es para hacerla legal ...

Anónimo dijo...

Pues el TSJ de Castilla-LA Mancha "solo" ha tardado 6 años en resolver la oferta 2018 del SESCAM

Aún está por resolver las impugnaciones de las ofertas de 2022 (3 años y pico después) con las plazas de los concursos de méritos tanto del SESCAM como del resto de la JCCM y eso que, al menos, una de las 14 demandas contra esa oferta iba por Derechos fundamentales lo que se supone que tiene preferencia...

Por cierto, alguien sabe algo? Fechas aproximadas?

Anónimo dijo...

la sentencia es firme, está por ver cómo la va a ejecutar CLM

y sí , lo más lógico y "justo" sería hacer lo que dices de ampliar la OPE 2022 de estabilización del SESCAM en el número de plazas a concurso de méritos, claro que es posible

Anónimo dijo...

hago la misma pregunta que en lo del Sacyl, ¿quién es el cenutrio que se obcecó en convocar un 31 de agosto de 2021, 9 meses después de finalizado el plazo máximo para publicar la convocatoria que figuraba en la OPE, a concurso-oposición de una OPE caducada ni más ni menos que las 120 plazas de un cuerpo estratégico, el de informática, y justo semanas después de que el gobierno del PSOE anunciara que iba a modificar el RDL 14/2021 acordado con los sindicatos para que la nueva ley incorporara un concurso de méritos de estabilización con las plazas de larga duración, como la de esos 120?

Parece como si el mismo PSOE del gobierno que decía que aceptaba hacer e lconcurso de méritos, hubiera sido el que ordenara torpedearlo en las comunidades que gobernaba

y hay que aguantar al Aceves en el Congreso diciendo que la culpa de los 626 millones perdidos es de las comunidades del PP que torpederaon la ley 20/2021 ( y sí, lo hicieron)

Anónimo dijo...

A 13:38, en Castilla León no lo se, pero en Castilla-La Mancha si, el coordinador (Juan Pablo PG) y el Director General de Función Publica (Narvaez) con la connivencia del Director General de Personal Estatutario (Iñigo CN)

Anónimo dijo...

Cortázar. Pareces nuevo ..

Anónimo dijo...

a 3 de noviembre de 2025, 13:28: y sabes cómo ha pasado a ser firme? Ha desistido la Junta de recurrir ante el Supremo o es que el Supremo no ha admitido/estimado un recurso de casación puesto por la Junta? Si la firmeza fuera porque ha tirado el recurso el Supremo, sería muy importante porque implicaría que los procesos selectivos "caducados" (fuera de las fechas para su finalización que apliquen) tiene que ser anulados y , si no han termiando cuando llega la sentencia, no pueden implicar ceses de los interinos afectados, ¿no?