En especial, podrán disfrutar de estas ayudas aquel personal informático de Sanidad en las situaciones familiares contempladas que estén contratados
- bajo el Covenio Colectivo del Personal Laboral de la CM 2004-2007 (es decir, principalmente, el de los centros sanitarios de la CM anteriores a las transferencias de 2001) que esté activo y sea fijo o temporal siempre que "haya prestado servicios ciento ochenta días o más durante el año 2007 en virtud del mismo contrato de trabajo"
- o en aquellos escasos casos de Funcionarios de carrera incluidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo para el personal funcionario de administración de la CM 2004-2007
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