1. FECHAS DE PUBLICACIÓN
Las Resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos por la que se resuelven los concursos de traslados voluntarios a plazas del Servicio Madrileño de Salud, se publicarán en el BOCM en las siguientes fechas:
- Médico de Familia: 3 de octubre
- Médicos Pediatras: 4 de octubre
- Enfermeras: 17 de octubre
- Auxiliares de Enfermería: 24 de Octubre
2.- PLAZOS
a) Cese
El cese en las plaza afectadas se producirá de oficio al finalizar la jornada laboral del día siguiente al de la publicación de la resolución de adjudicación en el BOCM, debiendo los profesionales que ocupan esas plazas, trabajar de manera habitual durante ese día.' [...]
b) Toma de posesión
Las tomas de posesión deberán efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad y en el plazo de quince días hábiles si son de distinta localidad. En el caso de que supongan un cambio de servicio de salud, el plazo será de un mes.'
'SEGUNDO.-CONCURSO-OPOSICIÓN
1.-FECHAS DE PUBLICACIÓN
Las Resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos por la que se nombra personal estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud, se publicarán en el BOCM en las siguientes fechas:
- Médico de Familia: 3 de octubre
- Médicos Pediatras: 4 de octubre
- Enfermeras: 17 de octubre
- Auxiliares de Enfermería: 24 de Octubre'
'3.- PLAZO DE TOMA DE POSESIÓN
El plazo máximo para la toma de posesión de la plaza adjudicada será de un mes y el cómputo se iniciará dos días después de la fecha de publicación de la resolución de la Dirección General. ' [...]
Fuente y texto completo: Instrucciones de la Dir. Gral de RRHH del SERMAS de 30/09/2011 vía AMYTS 30/09/2011
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6 comentarios:
debiendo los profesionales que ocupan esas plazas, trabajar de manera habitual durante ese día ...
vaya cinismo y por escrito, al que se sabe ya despedido al acabar la jornada quizás tras años seguidos y sin llevarse un duro de indemnización se le exige que trabaje como si fuera cualquiera otro día
un poco más y se le pide que pasa por Sagasta a dar las gracias
cuando un interino o eventual firma su contrato ya sabe lo que significa, no se porque tanta queja
La diferencia es que médicos y enfermeras van a ser recolocados. Si fuesen administrativos...
Al que no comprende la queja de los interinos y eventuales que son cesados o no renovados cuando le interesa al gobierno de la Comunidad (cierres de centros o funciones por privatización, concursos de traslados, recortes, etc): de acuerdo para los interinos y eventuales "regulares", es decir, los que llevan poco
Cuando un eventual firma un nombramiento significa que acaba con la fecha que ponga, 3-6 meses y que le podrán ofrecer otro o no, sin ninguna exigencia, en principio, ateniéndonos a la ley y normativa vigente. Pero también significa, con la normativa y legalidad vigente, que una función permanente en un centro no puede estar ocupada por eventuales durante más de 2 años, ya que la norma estipula que en ese daso debe crearse una plaza, vacante en un principio -es decir, sin propietario fijo-, y ocuparla por tanto con un nombramiento de carácter interino. OJO, no digo que al que se le contrata de eventual, se le debe hacer luego interino y luego fijo por la cara, no. Si a ese eventual se le hubiera contratado como tal en un entorno en el que ve que las cosas se hacen bien, no tendría derecho a queja cuando a los meses o año y pico no fuera renovado al ver que finaliza la función realmente eventual para la que fue contratado.
Y si se aplicaran esa normativa legal no habría como indecentemente hay porcentajes tan altos de eventuales como pasa especialmente en las categorías no sanitarias de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Tener a una persona en la misma función 6-7 años encadenando nombramientos eventuales y luego despedirle no renovándolo diciendo que lo asumió con su firma en cada contrato no sólo es inmoral y humillante sino ilegal.
Lo mismo para los interinos de años y años cuyas plazas estipulan las leyes de función pública deben salir a OPE siguiente (si siguen siendo necesarias y no han sido amortizadas). En un entorno en el que dichas plazas salen regularmente a oposición, apenas hay interinos, salvo en casos de crecimiento de personal.
Lo que dice el de arriba, supongo que les servirá como mecanismo psicológico a los que gobiernan para sentirse a gusto con su conciencia cuando toman una decisión que implica mandar a un grupo de trabajadores que se han dedicado durante años, pero la realidad es que utilizan mecanismos ilegales para disponer de las personas como se les antoja de una forma denigrante y vergonzosa.
Y esto, tras cada noticia de eventuales e interinos despedidos sin miramientos con el desprecio sumado del "y de qué te quejas" lo perciben los eventuales de larga duración irregulares actuales, generándose poco a poco un clima de desmotivación laboral muy triste
Si, y en el caso de los informáticos interinos añadir que serán considerados lo que figura en su contrato a la hora de los ceses por concurso de traslados del a función administrativa y para los temporales informáticos en general que se nos ha estado prometiendo una y otra vez cuando hacía falta que nunca se despedirá a nadie, que se nos reconocería en puestos de informática más estables, etc,
sí, vale, la administración podía haber sacado puestos para esos informáticos eventuales pero no lo ha hecho y aún así han firmado un nuevo contrato después de llevar más de 2 años en vez de buscarse otro trabajo; eso es o porque tenían tratos con las direcciones de su centro y entonces allá ellos o son pobres desgraciados que tragan con esas condiciones a ver si algún día cae algo como funcionario sin pelearlo ... así que me da lo mismo, no me valen sus quejas
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