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El Sector de Sanidad de la FeSP de UGT de Madrid informa en un comunicado recibido en APISCAM [que le agradecemos especialmente] de l...
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'Desde CCOO hemos vuelto a reivindicar al nuevo Gobierno la necesidad de un III Acuerdo para la mejora del empleo público y las condi...
Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
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domingo, 2 de febrero de 2020
Entradas más vistas de la semana 27/01/2020-02/02/2020 en este blog: sección del TSJ de Madrid plantea ante el Tribunal Europeo que la jurisprudencia del Supremo no es conforme a la Directiva Europea, cronograma de convocatorias en 2020 de las OPEs del SERMAS, CCOO exige más compromiso de las AAPP con la estabilización de los puestos de trabajo, ...
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viernes, 31 de enero de 2020
Por ahora el calendario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no tiene fecha prevista de la sentencia del asunto acumulado "Sanchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros" de abuso de temporalidad en el empleo público
En el día de hoy se actualizaba nuevamente el calendario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya con
la inclusión de eventos previstos en la primera semana de Marzo de 2020, quedando bastante completo Febrero de 2020.
En dicho calendario, que puede sufrir modificaciones e inclusiones todavía para el mes de Febrero, no aparece por el momento la fecha de la esperada sentencia del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público tras las demandas del reconocimiento de la situación de abuso según la directiva europea y de la fijeza como sanción al abuso en los casos de un informático estatutario del SERMAS interino de vacante ya 20 años de nuestra Asociación - de hecho, nuestro Presidente- y de 5 odontólogas también del SERMAS, todas interinas de vacante cuando presentaron la demanda, algunas tras decenas de contratos estatuarios eventuales.
Este asunto pendiente no debe confundirse con el asunto recientemnte resuelto en el Tribunal Europeo "Baldonedo Martín", centrado en la demanda de indemnizaciones de funcionario interino en base al principio de no discriminación con el personal fijo.
En dicho calendario, que puede sufrir modificaciones e inclusiones todavía para el mes de Febrero, no aparece por el momento la fecha de la esperada sentencia del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" sobre abuso de duración de temporalidad en empleo público tras las demandas del reconocimiento de la situación de abuso según la directiva europea y de la fijeza como sanción al abuso en los casos de un informático estatutario del SERMAS interino de vacante ya 20 años de nuestra Asociación - de hecho, nuestro Presidente- y de 5 odontólogas también del SERMAS, todas interinas de vacante cuando presentaron la demanda, algunas tras decenas de contratos estatuarios eventuales.
Este asunto pendiente no debe confundirse con el asunto recientemnte resuelto en el Tribunal Europeo "Baldonedo Martín", centrado en la demanda de indemnizaciones de funcionario interino en base al principio de no discriminación con el personal fijo.
Este asunto sobre abuso de temporalidad tuvo el 17/10/2019 la publicación del Informe de Conclusiones
de la Abogacía General de la Unión Europea, donde la Abogada
General de la Unión Europea en el asunto afirmó que
- la interinidad de vacante prolongada así como cualquier otra concatenación prolongada sin importar si hay cambio de tipo de temporalidad, en personal estatutario es abuso de temporalidad según la Directiva Europea,
- ese abuso requiere sanción y para el que no valen ante la normativa europea como sanción ni los procesos selectivos con oposiciones de libre concurrencia -como los de las OPEs de estabilización decididas como "solución" por el gobierno de Estado primero para unos sectores en 2017 y en 2018 ya para el resto de sectores de las AAPP, siempre con los puestos temporales más de 3años - ni la jurisprudencia actual del Tribunal Supremo, que no concede ni siquieraindemnización alguna al cese por dichas OPEs u otra cobertura reglamentaria de la plaza (de hecho no reconoce abuso de temporalidad para el funcionario/estatutario interino de vacante por prolongada que sea),
- se recomienda la fijeza por concursos restringidos o , en su defecto, fuertes indemnizaciones disuasorias por año trabajado adicionales a indemnizaciones por daños y perjuicios.
jueves, 30 de enero de 2020
Recordatorio: [03/01/2020] El Tribunal Supremo reitera su reciente doctrina "a la baja" de no conceder simplemente por haber superado el plazo de 3 años del Estatuto Básico del Empleado Publico ni el indefinido no fijo a empleados públicos laborales interinos de vacante de muchos años
[Recordatorio de entrada publicada el 03/01/2020]
Tal y como reflejamos recientemente con otra sentencia, en esa entrada por una demanda de indemnización al cese de un laboral interino de vacantes muchos años- la Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- continua su serie de sentencias que siguen de forma ya rutinaria su decepcionante y "a la baja" nueva doctrina para el personal empleado público laboral interino de larga duración que ha derivado de sus dos sentencias:
Tal y como reflejamos recientemente con otra sentencia, en esa entrada por una demanda de indemnización al cese de un laboral interino de vacantes muchos años- la Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- continua su serie de sentencias que siguen de forma ya rutinaria su decepcionante y "a la baja" nueva doctrina para el personal empleado público laboral interino de larga duración que ha derivado de sus dos sentencias:
- su sentencia de 24/04/2019 (nº recurso 1001/2017) en la que sorprendía afirmando que "el plazo de tres años del Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] no puede operar de modo automático", tal y como había venido utilizando hasta entonces para reconocer el fraude de ley por larga temporalidad y de ahí la -para muchos de todas formas insuficiente- figura del indefinido no fijo como sanción ante este fraude siempre sólo para personal laboral
- su sentencia de 13/03/2019 (nº recurso 3970/2016) o la resolución final del famoso caso de Ana De Diego Porras, que tras una segunda consulta al Tribunal de justicia Europeo del propio Supremo, vio como el Tribunal Supremo revocaba la sentencia favorable del tribunal regional que había seguido la sentencia de la primera consulta al mismo Tribunal europeo, para dictaminar finalmente el alto tribunal español que no le corresponde indemnización alguna al personal laboral interino cesado por cobertura reglamentaria de su puesto aunque lleve muchos años, mientras sea una interinidad "legal" es decir no se haya cuestionada judicialmente esa situación por fraude de ley por irregularidad del tal forma que la situación legal cuando se da el cese no sea ya bajo la figura del interino sino la del indefinido no fijo por ejemplo El caso Diego de Porras se trataba de un contrato laboral de interinidad de sustitución prolongada y no de interinidad de vacante, pero como ya avanzábamos la exposición del Supremo parecía del todo aplicable a todo laboral interino, incluido los de vacante ante cobertura reglamentaria de supuesto, como acabaría sucedio en la sentencia del pasado 10/05/2019 y en la que se abordaba el cese de laboral interino de vacante por la cobertura fija de su puesto tras una Oferta Pública de Empleo
Ahora
nos centramos en una nueva sentencia ante el caso de
laboral interino de vacante que demanda la declaración de indefinido no
fijo por haber superado el plazo "improrrogable" de 3 años que el EBEP establece
literalmente en su artículo 70 para la cobertura fija de una necesidad
permanente mediante la vía de una oferta pública de empleo o
"instrumento similar", y para lo que el propio EBEP prevé en otro
artículo que la plaza debe incluirse en OPE en el año en el curso o como
mucho al siguiente (para que así de tiempo a que esté cubierta de forma
fija en esos 3 años)
Francisco Luis Sánchez Prieto, el Director de Gestión del H. Príncipe de Asturias, nuevo Subdirector General en la Dir. Gral de informática del SERMAS ¿de Arquitectura de Sistemas y de Sistemas de Información?
El pasado martes 28 de Enero publicamos aquí una entrada informando del nombramiento de Francisco Luis Sánchez Prieto como nuevo Subdirector General de Equipamiento y Mantenimiento de los
Sistemas de Información [SSII] en la Dirección General de SSII y Equipamientos Sanitarios del SERMAS a la vista de la publicación en el Boletín Oficial de la adjudicación oficial al que era Director de Gestión del H. Príncipe de
Asturias del puesto de Subdirector General convocado en verano de 2019 bajo la denominación de Innovación y Arquitectura Tecnológica
, es decir de las de una de las dos Subdirecciones Generales de la
dirección general competencia de las Tecnologías de la Información del
SERMAS que había entonces, antes de la nueva subestructura del Servicio Madrileño de Salud el pasado 28 de Noviembre de 2019:
- Subdirección General Servicios de Sistemas de Información
- Subdirección General de Innovación y Arquitectura Tecnólogica
y a la vista de que ese mismo martes figuraba en el organigrama del Gobierno de la Comunidad de Madrid publicado en el Portal de Transparencia
con el puesto de una de las dos nuevas Subdirecciones Generales en que
estructura la mencionada Dirección Gral desde ese cambio de subestructura del SERMAS:
la de la Subdirección General de Equipamiento y Mantenimiento de los Sistemas de Información. La otra Subdirección actual es la de
Arquitectura de Sistemas y Sistemas de Información
Arquitectura de Sistemas y Sistemas de Información
miércoles, 29 de enero de 2020
XVII Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS el 5 y 6 de Febrero en Santiago de Compostela. Programa Disponible. [#SeisForoPD]
El 5 y 6 de Febrero tendrá lugar en Santiago de Compostela el XVII Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud , organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS].
El foro vendrá un año más precedido por la reunión (cerrada) del Comité
Técnico de Seguridad de Información de la Salud, con representantes de
seguridad de información de los servicios de salud autonómicos, las
agencia de protección de datos, etc
Ya está el programa de detalle disponible,
con las habituales Mesas de Debate y exposición de soluciones así como
la más que esperada mesa de muestra de "Casos prácticos" reales sobre
protección de datos, desde la experiencia real acumulada de las propias
Agencias de Protección de Datos, completada este año con una de
experiencias de la nueva figura de Delegados de Protección de Datos.
martes, 28 de enero de 2020
Francisco Luis Sánchez Prieto, el Director de Gestión del H. Príncipe de Asturias, nuevo Subdirector Gral de Equipamiento y Mantenimiento de los Sistemas de Información de la Dirección GSII del SERMAS
El pasado 19/12/2019 se publicaba en el BOCM la adjudicación a Francisco Luis Sánchez Prieto del puesto de Subdirector General , bajo la Dirección General de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios del SERMAS
, que se había convocado -restringido a funcionarios de carrera de
cualquier AAPP y no abierto al propio personal estatutario informático
del SERMAS-, bajo la denominación de Innovación y Arquitectura Tecnológica y tras el cese de su anterior titular, David Lleras, pero que, mientras se resolvía esta convocatoria, cambió de denominación a Subdirección General de Equipamiento y Mantenimiento de los Sistemas de Información con la publicación de la nueva subestructura de la Consejería de Sanidad tras los cambios de organigrama a su vez acometidos por el cambio de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
lunes, 27 de enero de 2020
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ante una demanda de un interino de vacante del SESPA de más de 12 años, vuelve a sentenciar que no puede considerarse existencia de abuso si ya se es interino de vacante, aplicando la actual jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo de 26/09/2018
Se ha publicado recientemente en el CENDOJ la sentencia de 13/12/2019 de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias al recurso nº 303/2019 que había presentado un médico de familia de los Servicios de Atención Continuada (SAC) estatutario interino de vacante durante más de 12 años del Servicio de Salud del Principado de Asturias , defendida por el conocido abogado Raúl Bocanegra, solicitando que se reconozca su situación de abuso de temporalidad según la cláusula 5ª de la conocida Directiva Europea 1999/70/CE y que como la obligada sanción al abuso se le concediera el reconocimiento del carácter fijo de su relación de servicio y la estabilidad definitiva en su plaza o en su defecto, la condición de funcionaria indefinido no fijo o situación equivalente, demandas que previamente había desestimado el juzgado
Pero, este Tribunal Superior regional reitera lo que ya sentenció en un caso idéntico en Julio de 2019 y reiteró en Octubre de 2019: aplicando la jurisprudencia actual de la Sala de lo Contenicioso del Tribunal Supremo, no puede haber abuso de temporalidad en una situación de ya interinidad de vacante y desestima todas las pretensiones condenando en costas de hasta 300 euros a los demandantes.
Recordatorio: IMPORTANTE: La Sección 3ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid plantea que la jurisprudencia del Tribunal Supremo para el laboral interino de vacante de la AAPP no es conforme a la Directiva Europea sobre abuso de temporalidad por no hacer fijo ni plantear indemnizaciones disuasorias siquiera a los temporales de más de 3 años y eleva una petición de decisión prejudicial al Tribunal Europeo con preguntas explícitas cuestionándola: esta Sala afirma que hay abuso de temporalidad para el laboral interino por vacante de más de 3 años, el plazo no puede prolongarse por razones presupuestarias como ya ha sentenciado el Tribunal Europeo y no existe en España "sanción alguna" como exige la cláusula 5ª de la Directiva europea 1999/70/CE
[Recordatorio de entrada publicada el 22/11/2019]
Gracias al Tweet del conocido profesor Ignasi Beltrán hemos conocido que la Sección 3ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid - la Sala que se encarga , para el caso de losempleados públicos, de los de "contrato laboral"- ha dictado un contundente y didáctico auto
por el que eleva una demoledora petición de decisión prejudicial al
Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la conformidad de la
actual legislación española y, especialmente, la reciente jurisprudencia de la Sala de la Social
del Tribunal Supremo- la que dicta doctrina sobre dichos trabajadores públicos de contrato laboral- a la luz de la ya famosa cláusula 5ª de la
Directiva Europea 1999/70/CE contra el abuso de la temporalidad para el
caso de los laborales interinos laborales de larga duración de las
Administraciones Públicas.
Así esta sección de sala de lo Social de tribunal de nivel regional, y por tanto de segunda
instancia para las demandas de asuntos laborales de los trabajadores
bajo contrato laboral, por
el caso de una laboral interina de vacante de la Comunidad de Madrid
cesada tras 13 años por la cobertura de su puesto tras una OPE de la
Comunidad de Madrid denominada "de consolidación·" convocada en
2009, realiza un espectacular y preciso repaso de la jurisprudencia del
Tribunal Europeo de Justicia , donde se reitera en 8 sentencias que el auto reproduce la
obligatoriedad de existencia de medidas de sanción disuasorias y efectivas al abuso en la duración de
temporalidad , entre ellas la fijeza aunque lo prohíba una norma
nacional (siempre y cuando no exista otra medida de sanción disuasoria y
efectiva real). Se trata de las sentencias del Tribunal Europeo de
domingo, 26 de enero de 2020
Entradas más vistas de la semana 20/01/2020-26/01/2020 en este blog: sentencia del Tribunal Europeo en asunto Baldonedo Martín descarta indemnización al cese del funcionario interino en base a normativa de no discriminación, OPE de Mancomunidad del Guadalquivir con concurso de méritos de consolidación para laborales, ...
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' PRIMERO-. El 22 de enero de 2020, el TJUE ha dictado una nueva sentencia en relación con las cuestiones prejudiciales planteadas por...
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Este 21/01/2020 se publicaba en la pág. 33 del Boletín Oficial de la Diputación de Sevilla la importante resolución de la Mancomunidad...
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Tal y como habíamos informado , hoy 22/01/2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia , a cargo de su Sala Se...
11 Febrero: Asamblea ordinaria anual y elecciones a Junta Directiva de APISCAM y asamblea de informáticos de la Consejería de Sanidad
SE CONVOCA a TODOS los SOCIOS de APISCAM Y A TODOS LOS MIEMBROS
DEL COLECTIVO de profesionales de la informática de la sanidad pública
madrileña, personal propio empleado público bajo la Consejería de
Sanidad, recogidos en nuestro censo, SEAN O NO SEAN SOCIOS de APISCAM a la Asamblea Ordinaria anual de APISCAM , privada y de acceso restringido [*], que tendrá lugar el próximo día Martes 11 de Febrero a las 16:15 horas, en primera convocatoria y a las 16:45 en segunda convocatoria, en sala a confirmar del H. Ramón y Cajal , con este orden del día:
1. Cuentas del último ejercicio 2019 y presupuesto del siguiente ejercicio
2. Impugnación de la OPE 2019 del SERMAS en cuanto a las plazas de las categorías de Sistemas y Tecnologías de la Información
3. Estado demandas personales de estabilidad vía europea, de carrera profesional y de clasificación en las categorías de S.T.I.
4. Elecciones ordinarias trienales a Junta Directiva de APISCAM
5. Organización de jornadas técnicas y actividades formativas 2020
viernes, 24 de enero de 2020
Resumen de la entrega de los Premios Nacionales de Informática y Salud 2019 de la SEIS
Durante la noche de este jueves 23 de enero de 2020 tuvo lugar en el
Salón de Actos de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de
Madrid el acto de entrega de los XXV Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza todos los años la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS).
El evento fue conducido un año más por la Vicepresidenta de Estrategia digital de la SEIS y ex-Directora General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS, Zaida Sampedro, quien señaló que en este 25 aniversario de los premios se ha querido introducir como novedad dos nuevas categorías: la del premio "al CIO" y "al CEO", para mostrar que no es posible la transformación digital sin directores de TI decididos ni sin el apoyo de equipos directivos comprometidos.
El evento fue conducido un año más por la Vicepresidenta de Estrategia digital de la SEIS y ex-Directora General de Sistemas de Información Sanitaria del SERMAS, Zaida Sampedro, quien señaló que en este 25 aniversario de los premios se ha querido introducir como novedad dos nuevas categorías: la del premio "al CIO" y "al CEO", para mostrar que no es posible la transformación digital sin directores de TI decididos ni sin el apoyo de equipos directivos comprometidos.
Comenzó la sesión de intervenciones inaugurales con la del Decano de la Facultad de Medicina -sede del evento-, Carlos Félix Sánchez Ferrer , en su primer acto de entrega de premios, tras suceder en el cargo a Juan Antonio Vargas Núñez
- El nuevo decano comunicó su satisfacción por los 25 años de Premios
con acto de entrega en esta sede y su disposición a que continúe siendo
la sede en los siguientes años.
A continuación, el presidente de la SEIS,
Luciano Sáez,
realizó una síntesis de
la Sociedad, sus actividades realizadas durante el año anterior y sus
objetivos , recordando también que en 25 años han premiado a más de 200
organizaciones y profesionales. Afirmó que "la cooperación es
imprescindible en un sector complejo como el nuestro y éste es el
principio con el que opera nuestra Sociedad"
Finalizó esta ronda de intervenciones la Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Pilar Aparicio Azcárraga ,
quien aseguró que "el proceso de transformación digital es un desafío
tan grande que requiere el compromiso de todos: administración,
empresas, movimientos asociativos, etc" recalcando que esta
transformación digital debe ser aplicada con el deber de no incrementar
las brechas sociales, sino reducirlas.
A continuación se entregaron los premios en sí:
jueves, 23 de enero de 2020
La Mancomunidad del Guadalquivir publica su "OPE 2019 para la convocatoria extraordinaria de consolidación " [con puestos temporales más de 3 años] fijando como proceso selectivo el concurso de méritos puro para los laborales y que se utilicen las posibilidades "de consolidación" permitidas por la Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público para puestos temporales ocupados desde antes de 2005
Este 21/01/2020 se publicaba en la pág. 33 del Boletín Oficial de la Diputación de Sevilla
la importante resolución de la Mancomunidad de del
Guadalquivir -AAPP encargada de la gestión de residuos de 27 Municipios al Oeste de Sevlla- con la aprobación de su oferta de empleo público de la
Mancomunidad de 2019 para la "convocatoria extraordinaria de
consolidación de empleo temporal", con las plazas que "hayan estado
ocupadas de forma temporal e ininterrumpida desde una fecha anterior al 1
de enero de 2005, o al menos en los tres años anteriores a 31 de
diciembre de 2017" tal y como habilitan a realizar sin tener en cuenta
la tasa de reposición la suma de la normativa incluida en el artículo 19.Uno 6 d ela Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y la del artículo 19 de la Ley de Presupuestos Generales de 2018, es decir, la famosa normativa de los procesos de estabilización de puestos
Y
decimos importante resolución porque en la propia resolución de esta
Oferta Pública de empleo que rotulan "extraordinaria de consolidación", no sólo fija la
relación en número importante de plazas incluidas sino que también fija
los procesos selectivos que se utilizarán en las convocatorias de las plazas:
- para ciertas plazas de personal laboral [ suponemos que todo el anterior a 2005], el proceso selectivo será un "concurso de méritos [puro] por consolidación"
- para otro personal [necesariamente laboral], el proceso selectivo será un "concurso de méritos por estabilización"
- y para las plazas de personal funcionario [ suponemos que todas temporales desde antes de 2005], el proceso selectivo será un "concurso-oposición por consolidación"
miércoles, 22 de enero de 2020
El Tribunal Europeo repite en su sentencia las conclusiones del Abogado General de la Unión Europea en el asunto Baldonedo Martín, sobre el derecho a indemnización en demanda tras el cese por la cobertura fija del puesto (como una OPE) de un funcionario interino de larga duración: no hay derecho a indemnización en el cese en base a la normativa de no discriminación con el fijo como ya se sabía tras las sentencias europeas Montero Mateos y De Diego Porras II y la interinidad de vacante prolongada del único nombramiento de este caso no cae bajo la cláusula 5ª de abuso al no proporcionarse indicios de que deba considerarse una sucesión de contratos.
Tal y como habíamos informado , hoy 22/01/2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia , a cargo de su Sala Segunda, en el Asunto Baldonedo Martín o Asunto C-177/18 , en el caso de una funcionaria interina de vacante prolongada , jardinera del
Ayuntamiento de Madrid, pero que ya fue cesada más de 7 años después tras la cobertura "reglamentaria" de
su puesto por un fijo (parece ser que por un proceso de provisión según el segundo auto del juzgadop y siendo informada por primera vez de él, el mismo día dela cobertura y ... de su cese, por supuesto, sin recibir absolutamente ninguna indemnización).
Las cuestiones planteadas al Tribunal se dedicaban al derecho al cobro de indemnizaciones a funcionarios temporales de larga duración una vez ya
cesados por la cobertura reglamentaria de su plaza , según se desprende del primer auto y segundo auto del juzgado elevando
la petición al Tribunal Europeo , tanto si es en base al principio de no dicriminación -el específico de la cláusula 4ª
de la Directiva europea sobre el empleo temporal (la famosa 1999/70/CE), o bien algunos más generales derivables del Tratado de la Unión Europea y de su Carta de Derechos Fundamentales, discriminación aquí planteada en sus dos vertientes tanto con el personal laboral fijo existente en el
mismo Ayuntamiento en la categoría laboral equivalente como con otro personal laboral temporal de otros tipos o sectores que sí recibe indemnizaciones - como si es en base a la
cláusula 5ª de la misma Directiva 1999/70/CE de medidas disuasorias para evitar el abuso de temporalidad y de sanción para castigarlo, como una de esas medidas que pueden ser válida para sancionar
el abuso de de temporalidad ya acontecido.
En su sentencia, la Sala Segunda del Tribunal de Justicia del Tribunal Europeo repite en su sentencia íntegramente las conclusiones del Abogado General en este Asunto, Maciej Szpunar.
Así en cuanto a la petición de indemnización tras el cese en
base a la cláusula 4ª de no discriminación tal y
como era de prever, el Tribunal europeo llega a las mismas conclusiones que en sus sentencias previas de los asuntos Montero Mateos y Diego de Porras II en esos casos de personal interino laboral,
que vinieron a establecer
que la norma
española de no indemnizar el despido del laboral temporal interino por
cobertura reglamentaria del puesto mientras que sí se indemniza el
despido del laboral fijo no viola la cláusula 4ª de la Directiva 1999/707CE de no discriminación en condiciones de trabajo con el fijo , para, como era de esperar, sentenciar que en
base a esta cláusula 4ª aún usando en la comparación con el laboral fijo
de
iguales funciones existente en el mismo Ayuntamiento y tipo de puesto,
pues que es legal ante esa clásula 4ª de UE no indemnizar el cese reglamentario del funcionario interino, dado que
lo que prohíbe la cláusula 4ª explícitamente el trato diferente en condiciones idénticas de
trabajo -en la que sí se reconoce entra los regímenes de indemnización ante despidos- en comparación
con un fijo de la misma categoría y tipo de relación laboral , y para el
funcionario fijo tampoco existe la indemnización por ese tipo de cese "reglamentario" dado que ni siquiera existe esa posibilidad de cese .
El Tribunal también desecha también la comparación con otros trabajadores temporales , laborales de la AAPP o de otros sectores, que sí tengan derecho a recibir indemnización como discriminatoria en base a la argumentación sobre derechos fundamentales de la UE que exploraba la jueza remitente de la cuestión prejudicial.
El Tribunal también desecha también la comparación con otros trabajadores temporales , laborales de la AAPP o de otros sectores, que sí tengan derecho a recibir indemnización como discriminatoria en base a la argumentación sobre derechos fundamentales de la UE que exploraba la jueza remitente de la cuestión prejudicial.
Recordemos que en la segunda sentencia De Diego Porras II,
el Tribunal Europeo cambió su criterio anterior en el mismo caso que había visto una primera vez en la
sentencia De Diego de Porras I, una de las famosas de 2016,
en las que sí dijo que por discriminación con el laboral fijo había que dar
indemnización al cese del interino (independientemente de si está en
situación de abuso de temporalidad o no) y por la que
numerosos interinos cesados plantearon demandas de indemnización
condenadas a perder en los tribunales al utilizar como fundamento la
segunda sentencia De Diego Porras , que ya estableció que no sería ilegal no conceder la indemnizacón y que el Supremo utilizó para establecer la jurisprudencia de no conceder ninguna indemnización al cese del laboral interino regula.
El Supremo ante el recurso de una interina cesada, matiza su doctrina de que el plazo de tres años del EBEP para la "ejecución" de una oferta de empleo público del artículo 70.1 es esencial como para declarar nula una convocatoria efectuada tras ese plazo: no afecta al resultado de los procesos selectivos derivados , rechazando su readmisión y concediéndole una modesta indemnización como única consecuencia
Recientemente en el CENDOJ se ha publicado una nueva e importante sentencia del Tribunal Supremo sobre si el plazo de 3
años en la ejecución de la Oferta de Empleo Público [OPE] (o instrumento
similar) para la cobertura fija de una necesidad permanente contenido como "improrrogable" en
el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público tiene la
consideración de un plazo esencial como para que sea "invalidante" de, al menos, las convocatorias publicadas con plazas de una OPE más allá de esos 3 años.
En concreto, se trata de la
sentencia de 12/12/2019 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo al
recurso (nº 3554/2017) de casación presentando por una interina del
Ayuntamiento de Carmona que había presentado inicialmente ella misma el recurso contra la convocatoria que incluía
su puesto por haber sido publicada pasados más de 3 años de la Oferta
Pública de Empleo de la que derivaba, solicitando la nulidad de dicha convocatoria y de todos sus efectos (y por tanto, su readmisión en caso de acabar cesada como consecuencia de él). Tanto
el juzgado como el Tribunal Superior de Justicia andaluz habían
desestimando su demanda, entendiendo éste último en su sentencia de 22/02/2017 que
el plazo del EBEP es "un mandato para las Administraciones Públicas" [AAPP] pero no un plazo
esencial y por tanto una caducidad, como para que se siga la anulación
de las convocatorias realizadas fuera de plazo. Como se desprende del texto de la sentencia
en segunda instancia de este tribunal regional, contra la cual la interina había presentado el recurso al Supremo, la empleada pública resultó cesada por dicha convocatoria , cuyo resultado también había recurrido, demandando fuera contemplado como un acto nulo al ser efecto de otro acto -la convocatoria del proceso selectivo- que inicialmente ya había demandado se
declarase nulo (por la caducidad de su OPE).
El Tribunal Supremo ahora en su sentencia de este caso, en primer lugar reitera su criterio de su sentencia de 10/12/2018
, donde ya declaró nulas varias convocatorias de 2014 de oposiciones a
funcionario de la Comunidad de Madrid por haber pasado más de 3 años
desde su respectiva OPE y tras un recurso inicial del Abogado del Estado,
criterio que fue fijado por el como doctrina por el Alto Tribunal español en su sentencia de 21/05/2019 en un caso casi idéntico de un ayuntamiento de Aragón:
"ante una prescripción legal que impone la obligación de convocar procesos selectivos para las plazas comprometidas y exige ejecutar la oferta de empleo público en todo caso dentro de ese margen temporal y luego añade que el plazo será improrrogable, son precisas razones muy poderosas para no deducir de esa disposición el carácter invalidante del incumplimiento del plazo"
"ante una prescripción legal que impone la obligación de convocar procesos selectivos para las plazas comprometidas y exige ejecutar la oferta de empleo público en todo caso dentro de ese margen temporal y luego añade que el plazo será improrrogable, son precisas razones muy poderosas para no deducir de esa disposición el carácter invalidante del incumplimiento del plazo"
INFORSALUD 2020. Ampliado al 31 de Enero el plazo para presentar comunicaciones, pósteres y proyectos de investigación en el XXIII Congreso nacional de Informática de la Salud, de la SEIS, que tendrá lugar del 3 al 5 de Marzo en Madrid.
Del 3 al 5 de Marzo tendrá lugar en el Hotel NH Eurobuilding de
Madrid el XXIII Congreso nacional de Informática de la Salud, o INFORSALUD
2020organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS] bajo el lema "Transformando nuestro Sistema de Salud".
Y como todos
los años, existen la posibilidad de presentar Comunicaciones, Pósteres y Proyectos de innovación, como ya informamos aquí con el plazo inicial que cumplía el pasado 20 de Enero.
Ahora la SEIS informa que se amplía dicho plazo al viernes 31 de Enero de 2020
martes, 21 de enero de 2020
Recordatorio. Informe de conclusiones del Abogado General de la Unión Europea en el asunto Baldonedo Martín, sobre el derecho a indemnización tras el el cese por la cobertura fija del puesto (como una OPE) de un funcionario interino de larga duración: opina que la interinidad de vacante prolongada de un único nombramiento de este caso no cae bajo la cláusula 5ª de abuso al no plantear el juzgado remitente que es una sucesión de contratos; y no hay derecho a indemnización en el cese en base a la normativa de no discriminación con el fijo como ya se sabía tras las sentecias europeas Montero Mateos y De Diego Porras II
NOTA PREVIA DEL EDITOR: según la web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pronunciamiento o sentencia del Tribunal de este asunto -diferente del del asunto "Sánchez Ruiz/Fernández Alvárez y otros" sobre abuso de temporalidad,- tendrá previsiblemente lugar el próximo 22/01/2019
[Recordatorio de entrada publicada el 17/10/2019]
Tal y como hemos informado , hoy [17/10/2019] se presentaban también en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea las conclusiones del Abogado General en el Asunto Baldonedo Martín o Asunto C-177/18 , Maciej Szpunar, además de las conclusiones de la Abogada General en los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS, con asunto principal C-103/18 o Sánchez Ruiz de nuestro informático, Julian Kokott, y de cuyas conclusiones ya hemos realizado un extenso resumen en esta otra entrada, y que incluyen la conclusión de esta Abogada General que la situación de interinidad de vacante prolongada en personal estatutario (el funcionario especial de los servicios de salud, idéntico en lo aunqe aquí respecta al funcionario interino general) es abuso que requiere sanción aunque solo haya un nombramiento formal.
[Recordatorio de entrada publicada el 17/10/2019]
Tal y como hemos informado , hoy [17/10/2019] se presentaban también en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea las conclusiones del Abogado General en el Asunto Baldonedo Martín o Asunto C-177/18 , Maciej Szpunar, además de las conclusiones de la Abogada General en los dos asuntos acumulados de demanda de fijeza por abuso de temporalidad en empleados públicos del SERMAS, con asunto principal C-103/18 o Sánchez Ruiz de nuestro informático, Julian Kokott, y de cuyas conclusiones ya hemos realizado un extenso resumen en esta otra entrada, y que incluyen la conclusión de esta Abogada General que la situación de interinidad de vacante prolongada en personal estatutario (el funcionario especial de los servicios de salud, idéntico en lo aunqe aquí respecta al funcionario interino general) es abuso que requiere sanción aunque solo haya un nombramiento formal.
El Asunto Baldonedo Martín se trata del
caso de una
funcionaria interina de vacante prolongada igualmente, jardinera del
Ayuntamiento de Madrid, pero que ya fue cesada tras la cobertura reglamentaria de
su puesto en la resolución de la convocatoria de su puesto a proceso
selectivo. Las cuestiones planteadas al Tribunal se dedicaban al derecho al cobro de indemnizaciones a funcionarios temporales de larga duración una vez ya
cesados por la cobertura normal de su plaza , según se desprende del primer auto y segundo auto del juzgado elevando la petición al tribunal europeo , tanto si es en base a la cláusula 4ª de la Directiva europea
de no
discriminación -en principio con el personal fijo, pero aquí planteada
como discriminación con el personal laboral existente de la misma categoría- como si es en base a la
cláusula 5ª como una de las medidas que pueden ser válida para sancionar
el abuso de de temporalidad.
lunes, 20 de enero de 2020
Recordatorio. Fallados los Premios Nacionales de Informática y Salud 2019 de la SEIS: premio a la entidad destacada en proyectos de Transformación Digital a la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA], al proyecto para MOVSS de la Comunidad de Madrid, a la aportación para una comunicación del H. Gregorio Marañón ... Acto de entrega el jueves 23 de Enero
[Recordatorio de entrada publicada el 14/01/2020]
Ya se conocen los ganadores de los Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) y que en su edición 2019 van a ir a parar a
Ya se conocen los ganadores de los Premios Nacionales de Informática y Salud que organiza la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS) y que en su edición 2019 van a ir a parar a
- Premio a la Entidad Pública o Privada que ha destacado
en la proyectos de transformación digital en el ámbito sanitario: la Asociación Valenciana de Informática Sanitaria [AVISA]
- Premio a la organización que ha realizado un mayor esfuerzo tecnológico para desarrollar soluciones en el ámbito sanitario: Laboratorios ABBOT
- Premio al Profesional que por su trayectoria y dedicación, ha colaborado especialmente en promover la transformación digital en el entorno sanitario: Jose María de la Higuera González
domingo, 19 de enero de 2020
Entradas más vistas de la semana 13/01/2020-19/01/2020 en este blog: ante recurso de una interina cesada el Supremo sentencia nula una convocatoria de más de 3 años tras la OPE pero no la nulidad del cese, juzgado de Palma declara fijos a laborales temporales como sanción al abuso de temporalidad que sí reconoce, comparecencia de interinos en la Asamblea de Extremadura ...
Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
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Recientemente en el CENDOJ se ha publicado una nueva e importante sentencia del Tribunal Supremo sobre si el plazo de 3 años en la ejecuci...
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Informaba UltimaHora.es el pasado 27/12/2019 que un juzgado de lo Social de Palma ha declarado en fraude de ley los contratos temporales...
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En el día de ayer, y a raíz de una petición de Unidas Podemos, tuvo lugar la comparecencia en la Comisión de Administración Pública de la...
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El eurodiputado de Ciudadanos , Jordi Cañas , ha presentado dos preguntas al Parlamento Europeo , tras estar presente en la comparecencia...
viernes, 17 de enero de 2020
Presentadas preguntas en el Parlamento Europeo sobre el abuso de temporalidad en el empleo público y la mala solución de las OPEs actuales por Jordi Cañas de Ciudadanos tras la presentación de una delegación de varias asociaciones de interinos
El eurodiputado de Ciudadanos, Jordi Cañas, ha presentado dos preguntas al Parlamento Europeo , tras estar presente en la comparecencia ante un grupo de eurodiputados en el Parlamento Europeo
de diversas
asociaciones de empleados públicos temporales, donde explicaron la problemática del abuso de temporalidad en el empleo
público español y la, a su juicio, incompatible con la normativa europea sobre
ese abuso, solución elegida por el Estado de convocar los puestos en ese
"fraude de ley" a OPEs con procesos selectivos convencionales , denominados de "estabilización" de puestos, con
oposicicón y de libre concurrencia, así como la del agravante adicional de
que la mayoría de afectados son mujeres de mediana edad, con más de
diez años de
permanencia en el mismo puesto de trabajo y que , como todos estos
empleado, serían despedidas, sin ni siquiera indemnización su
problemática, violando por tanto además la normativa europea de
discriminación indirecta de género que obliga a especiales medidas en
favor de este grupo.
Las dos preguntas en concreto rezan así:
miércoles, 15 de enero de 2020
XVII Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud de la SEIS el 5 y 6 de Febrero en Santiago de Compostela. #SeisForoPD
El 5 y 6 de Febrero tendrá lugar en Santiago de Compostela el XVII Foro de Seguridad y Protección de Datos de Salud , organizado por la Sociedad Española de Informática de la Salud [SEIS].
El foro vendrá un año más precedido por la reunión (cerrada) del Comité
Técnico de Seguridad de Información de la Salud, con representantes de
seguridad de información de los servicios de salud autonómicos, las
agencia de protección de datos, etc
Ya existe un programa general disponible,
con las habituales Mesas de Debate y exposición de soluciones así como
la más que esperada mesa de muestra de "Casos prácticos" reales sobre
protección de datos, desde la experiencia real acumulada de las propias
Agencias de Protección de Datos, completada este año con una de
experiencias de la nueva figura de Delegados de Protección de Datos.
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