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jueves, 16 de septiembre de 2021

[Parlamento de Navarra] 'Se insta al Gobierno de Navarra a remitir un proyecto de Ley de modificación del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para atender la exigencia de la UE de reducir la temporalidad al 8%, al amparo de la nueva doctrina que, en consonancia con la jurisprudencia del TJUE, ha dictado el Tribunal Supremo '

'El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a que, “en el ejercicio de sus competencias, en el plazo tres meses y previa negociación en la Mesa General de la Función Pública, presente ante esta Cámara un proyecto de Ley Foral en que se modifique el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Foral legislativo 251/1993, de 30 de agosto”.

lunes, 13 de septiembre de 2021

Recordatorio. La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones futuras anunciadas por la nueva Ministra

 [Recordatorio de entrada publicada el 06/08/2021] La Comisión Europea acaba de publicar un nuevo documento oficialo , de fecha 05/08/2021, de "Información sobre el curso dado a las denuncias registradas con la referencia CHAP (2013)01917", es decir la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y contra la solución de Gobierno y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL o la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, y muchos otros, especialmente durante los últimos meses  y de la que la última información oficial de la Comisión Europea hasta ahora sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Octubre de 2020   y consistía en que había visto la sentencia  del Tribunal Europeo del 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"-de asunto principal el de un informático nuestro y para la que  la CE se había decidido esperar un par de años antes - con su declaración de existencia de abuso y que  evaluaría si la  futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada en Junio de 2020 por la entonces ministra de Función Pública era conforme a la Directiva y sentencias europeas. También informaba  en Octubre de 2020 la Comisión Europea que mantenía abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que podría acabar en una multa a España.

Recordemos una vez más que en dicha sentencia de 19/03/2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dijo , a nuestro juicio, que

  • también hay abuso de temporalidad  en la interinidad de vacante prolongada por no cubrirla en el plazo debido mediante los procesos convencionales, como es abuso la concatenación de contratos temporales para funciones permanentes , y aunque sea en la función pública,
  • este abuso  requiere una sanción  de "forma indispensable",
  • que le corresponde al ordenamiento español fijar,indicando el Tribunal que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo, ni una indemnización salvo que sea específica y realmente disuasoria, aunque le corresponde finalmente a los órganos jurisdiccionales nacionales corroborarlo
 

Comienza el trámite en el Senado de las dos últimas proposiciones de ley de Carles Mulet de Compromís para la consolidación de los temporales públicos más de 3 años por concurso de méritos o regularización administrativa de fijo a extinguir

 Acaba de publicarse en la web del Senado la continuación en la tramitación, con la apertura del plazo de presentaciones de Proposiciones alternativa hasta el 27 de Septiembre (tras la "calificación" por la Mesa del Senado días atrás de las respectivas presentaciones en Julio de las memorias económicas), de estas dos Proposiciones de Ley presentadas por el Senador Carles Mulet de Compromís por el Grupo Izquierda Confederal del Senado en Abril de 2021:

Recordemos que todas y cada una de las anteriores tres proposiciones de ley del Senador de Compromís, recibieron  en esta fase el "veto presupuestario" del Gobierno del Estado,, haciendo uso de su prerrogativa de la "no conformidad presupuestaria":

  •  Proposición de Ley, de Compromís, para la consolidación extraordinaria por concurso de méritos de los puestos públicos de temporales más de 3 años con valoración preferente de la antigüedad 
  •  Proposición de Ley de medidas para garantizar en el ámbito del empleo público, el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE (nº de iniciativa 622/57 de 15/02/2021)
  • Proposición de Ley  (nº de iniciativa 622/63) de de medidas urgentes para la consolidación de los funcionarios interinos de la  Administración Local con habilitación de carácter nacional, en cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio" pero que propone la modificación general del EBEP para permitir auténticos procesos de consolidación por concursos de méritos restringidosexistencia al empleado temporal público más de 3 años, incluidos interinos habilitados nacionales de las entidades locales .
Naturalmente,  al tratarse de textos iniciales de sendas proposiciones de ley registradas en el Senado por uno de sus grupos minoritarios, no significa que necesariamente tengan que ser aprobada con este texto por la mayoría de las cámaras legislativas o incluso ni siquiera aprobadas finalmente con texto alguno y, ni mucho menos, significa que sean  ya una ley aprobada y en vigor (como, ante la desesperación, llega a pensar algunos afectados cuando ven un texto que habla de estabilización real directa de su situación, especialmente cuando lo ven publicado en boletines del Congreso y Senado).


Por otro lado, tras al anuncio en Junio de 2020 de la Ministra de Función Pública acerca de que modificaría el Estatuto del Empleado Público y el  aviso en Octubre de 2020 de la Comisión Europea acerca de que tras la sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto "Sánchez Ruiz, vigilaría si dicha modificación cumpliría con las obligaciones de la Directiva Europea 1999/70/CE, el Gobierno español acabó publicando el Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas para la reducción de la temporalida pública mencionado, que sigue ignorando la  masiva de abuso de temporalidad en el empleo público y abordando el nivel elevado de su reducción mediante más OPEs. Ante la crítica de ciertos grupos , se aprobó un Proyecto de Ley para su modificación que , nuevamente ha recibido el  aviso este Agosto de 2021 de la Comisión Europea de que vigilará si dicha modificación cumple con las obligaciones de la Directiva Europea 1999/70/CE.

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martes, 7 de septiembre de 2021

[La Informacion] Ministerio de Hacienda y Función Pública busca una "salida jurídica" a su compromiso de estabilizar sin oposición a los interinos de más de 10 años sin el apoyo de los sindicatos . La Comisión Europea acaba de recordar los procesos selectivos libres no valen ante la normativa de la UE como sanción al abuso de temporalidad

Afirma La Información este 07/09/2021 que  "los servicios jurídicos del nuevo Ministerio de Hacienda y Función Pública están tratando de dar con el cauce legal" que le permita al Gobierno cumplir -"evitando" a la vez una oleada de demandas de los interinos- con el compromiso de introducir -mediante proyecto de ley urgente ya en trámite- la posibilidad de consolidación mediante sistema de concurso puro de méritos para plazas de interinos de más de 10 años sin convocarse, compromiso que adquirió el Gobierno con ERC en la sesión de debate del pasado 21 de Julio del famoso  Real Decreto-ley 14/2021 que había aprobado el Gobierno del Estado previamente tras el acuerdo con los principales sindicatos de la Función Pública  y publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , de la posibilidad de consolidación mediante sistema de concurso puro de méritos para plazas de interinos de más de 10 años sin convocarse.

lunes, 6 de septiembre de 2021

El Comisario Europeo de Empleo responde la pregunta del europarlamentario del PP sobre el Decreto-Ley de 2020 que ampliaba el plazo para ejecutar los procesos de estabilización de las leyes de 2017/18 siendo procesos selectivos no son acordes a la sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020: aunque con méritos son procesos de resultado incierto que según el Tribunal Europeo no eximen de una sanción al abuso de temporalidad en el empleo público. No responde a la pregunta sobre el desacato de tribunales a las sentencias europeas por falta de datos

Acaba de publicarse en la web del Parlamento Europeo la respuesta dde 27/08/2021 que ha dado el propio Comisario de  Empleo y Derechos Sociales de la Comisión Europea a la pregunta (nº E-003419/2021) que había realizado a la Comisión Europea, el europarlamentario del Grupo Popular en el Parlamento europeo, Antonio López-Istúriz, tras  reuniones mantenidas con el Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra (ATPTN/NABLPB) , en relación al  "Abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas del Estado Español". En concreto, la (triple) pregunta era [enlaces en el texto de la pregunta nuestros]:

"La Comisión abrió un procedimiento de infracción contra España debido a un abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas del Estado Español, proceso CHAP(2013)01917 relativo a un incumplimiento de la cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE. Sobre el mismo tema los tribunales de España han desacatado las sentencias del TJUE, de 19 marzo de 2020 y de 3 junio de 2021, relativas al incumplimiento de dicha cláusula.

1. ¿Qué medidas va a adoptar la Comisión a este respecto?

2. ¿Es conocedora la Comisión de la normativa nacional (artículo 11 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio), que permite los actuales procesos extraordinarios selectivos de consolidación y estabilización (PESCO) de resultado incierto?

3. ¿Conoce que el TJUE ratificó (en sentencias de 19 de marzo de 2020 y de 3 de junio de 2021 y en el Auto de 2 de junio de 2021) que estos procesos no son aplicables al personal en abuso de temporalidad? ¿Qué valoración hace al respecto?" '


 Y la respuesta del Comisario europeo  "en nombre de la Comisión Europea" ha sido literalmente (incluimos en el texto entre paréntesis sus citas a pie de página):

[La Información] Ante la oleada de denuncias, la Comisión Europea vigilará que es conforme a la normativa y sentencias europeas el proceso de estabilización resultante tras el Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad pública

Traslada La Información el pasado 01/09/2021 la nueva  información que este mes de Agosto ha publicado en una carta la Comisión Europea acerca  del curso del procedimiento que, ante la oleada de denuncias personales , tiene abiertaosobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: ha visto el Real Decreto-Ley aprobado y que hay un proyecto de ley para modificarlo, evaluará que el contenido del texto resultante  es conforme a la normativa y las sentencias europeas al respecto.

miércoles, 1 de septiembre de 2021

Iniciativas parlamentarias en curso de relevancia para el abuso de temporalidad en el empleo público: proyecto de ley nacional de medidas urgentes reducción de la temporalidad larga pública, proposición de ley catalana de estabilización de personal público en abuso de temporalidad, tres PNL y una moción en el Congreso, ...

Las iniciativas parlamentarias nacionales en curso de las que tenemos constancia, de ciertas relevancia para el abuso de temporalidad en el empleo público son, por cámara, partido o ente origen de la iniciativa e iniciativa:

lunes, 30 de agosto de 2021

[HUELGA TPTS NAVARRA] 'El comité de huelga denuncia que la adjudicación de puestos docentes vulnera la directiva contra el abuso de temporalidad'

'El Comité de Huelga considera que las vacantes anunciadas correspondientes a las adjudicaciones de plazas para el próximo curso docente, no están justificadas porque una gran parte de los puestos ya están ocupados por personal docente con contrato administrativo en vigor. Más de un 30% del personal docente actualmente es temporal.

El Comité de Huelga ha exigido reiteradamente al Departamento de Educación y a Función Pública, el cumplimiento de la Directiva 99/70, así como de la jurisprudencia comunitaria y del Tribunal Supremo. de forma que los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018.

En este sentido, Comité acaba de recibir una comunicación del Defensor del Pueblo en la que le informa que continúa la investigación de la queja formulada sobre la duración de los contratos docentes y el abuso de temporalidad. El Defensor ha solicitado al Gobierno de Navarra ampliar la información recabada antes de poder emitir un informe.

jueves, 26 de agosto de 2021

Respuesta del Gobierno del Estado a las preguntas del senador de Compromís sobre retirada del Decreto-Ley y reparación al trabajador público en abuso de temporalidad acorde a la jurisprudencia del Tribunal europeo: con el Real Decreto-Ley y su modificación por nuevo Proyecto de Ley se está trabajando para "incorporar medidas efectivas y adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar, el uso abusivo de la temporalidad" de acuerdo con el mandato del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia [de 19/03/2020]

El Senador Carles Mulet ha publicado en su Twitter la  respuesta conjunta del Gobierno del Estado registrada en la fecha 23/08/2021 a varias de las preguntas al Gobierno de respuesta escrita que el Senador de Compromís a través de su Grupo de Izquierda Confederal había registrado entre el 06/06/2021 y el 11/07/2021 a raíz de la "nueva" jurisprudencia del Tribunal europeo, las resoluciones de algunos juzgados sobre exclusión de las plazas de  personal temporal público en abuso de temporalidad de Ofertas Públicas de Empleo o la entrada en vigor del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad seguida de cambio del ministro titular de la Función Pública

 

Las preguntas del Senador en concreto eran:

  • la nº 684/40926 de 06/06/2021: ¿siguiendo la directiva y [reciente] jurisprudencia europea ¿Cómo piensa el Gobierno sancionar a la administración y resarcir al trabajador  cuando el abuso ya se ha producido?
  • la nº 684/41777  de 05/07/2021: en reiteradas ocasiones  el Ministro de Función Pública ha expresado su opinión acerca del engaño de algunos abogados están ejerciendo con los trabajadores temporales en fraude de ley [de abuso de temporalidad] ...  sabemos como Vd sabe que las OPEs de estabilización o consolidación no cumplen como sanción al fraude y que las ridículas indemnizaciones tampoco [...] se están conociendo estos días múltiples sentencias de fijeza como en el caso del Juzgado de lo Contencioso de Alicante o el Juzgado Central de Madrid,... ¿mantiene esas declaraciones y piensa que esos jueces también están engañando a la población ...?
  • la nº 684/42021 de 11/07/2021: visto que la Ministra de Hacienda a asumido Función Pública justo tras que el anterior Ministro Iceta haya dejado el funesto Real Decreto-Ley 14/2021, que no va a contar con el consenso del Congreso en un tema tan sensible como éste ¿Va a proceder a retirar este Decreto-Ley?

 


La respuesta literal del Gobierno, conjunta a todas ellas, , con fecha firmada el 23/08/2021, ha sido[resaltados en negrita cursiva  nuestros]:
 

miércoles, 25 de agosto de 2021

[HuelgaTPTs Navarra] 'El comité de huelga denuncia la pasividad del Gobierno de Navarra ante el cese de miles docentes contratados y el abuso de temporalidad'

'El Comité de Huelga no ha recibido respuesta ni del Consejero de Educación ni de la Directora General de Función Pública del Gobierno de Navarra, a su propuesta, que evitaría el cese masivo previsto para el próximo día 31 de Agosto. El Comité reclama una solución urgente de acuerdo con la cláusula 5ª de la Directiva 99/70 ante la que el Gobierno de Navarra sigue haciendo “oídos sordos”.

El Comité permanece a la espera de informe del Defensor del Pueblo sobre el cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y delTribunal Supremo, de forma que los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018.

Desde el Comité se plantearán todas las acciones legales oportunas para que el Gobierno de Navarra adopte las medidas para la prevención y sanción del abuso de la temporalidad .

En la Propuesta de Negociación remitida por el Comité se incluye una modificación de contratos administrativos temporales vigentes del personal docente en la cual se plantean dos situaciones:

martes, 24 de agosto de 2021

[RRHH del Ayto de Sevilla] 'La aplicación del Real Decreto-Ley 14/2021 a los nombramientos y contrataciones temporales en el Ayuntamiento de Sevilla'

'Introducción

El Real Decreto-ley 14/2021 parte de las exigencias contenidas en la cláusula 5a del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada (Directiva 1999/70 CE del Consejo), que prevé la adopción de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de nombramientos temporales. Como dice literalmente la exposición de motivos del citado RDL, “la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades españolas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad”.


Al servicio de tal objetivo, el RDL adopta una serie de medidas que podemos agrupar así:

  • Una nueva regulación más precisa y acotada de la figura del funcionario interino en el art. 10 del TREBEP.

  • Medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público. Se introducen a través de una nueva disposición adicional decimoséptima en el TREBEP y son de dos tipos: a) las irregularidades que puedan dar lugar a situaciones de abuso en la contratación o nombramientos temporales provocarán la exigencia de responsabilidades a quienes hubiesen dado lugar a las mismas o no las hubieren evitado; y b) el abuso de la temporalidad determinará, en el momento del cese, una compensación económica en forma de indemnización para el empleado temporal en cuantía similar a las previstas en el ETT para el despido objetivo.

  • Aprobación de una última ventana de estabilización para “las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020”.


Este informe tiene por objeto exclusivamente los dos primeros grupos de medidas, por lo que no trataré para nada esta última ventana de estabilización, no porque no plantee suficientes dudas, sino porque las mismas serán analizadas en un informe posterior.

Voy, por tanto, a examinar la nueva regulación de los funcionarios interinos y la concreción de lo que podemos entender por “abuso de la temporalidad” tanto en los contratos laborales temporales como en los nombramientos de funcionarios interinos en sus distintas modalidades.

[HuelgaTTPs Navarra] 'El Comité de Huelga espera una respuesta de Educación y Función Pública a la propuesta para la continuidad del personal docente contratado durante el próximo curso'

'El Comité de Huelga remitió la semana pasada al Consejero de Educación del Gobierno de Navarra así como a la Directora General de Función Pública, una propuesta que incluye varios puntos para la negociación urgente entre ambas partes a la espera del informe del Defensor del Pueblo. La Presidenta del Gobierno de Navarra también ha conocido de la propuesta según la respuesta recibida por el Comité.

La propuesta evitaría el cese masivo previsto para el próximo día 31 de Agosto, de forma los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018 en cumplimiento de lasentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

La Propuesta de Negociación remitida incluye una modificación de contratos administrativos temporales vigentes del personal docente en la cual se plantean dos situaciones:

lunes, 23 de agosto de 2021

Respuesta del Gobierno del Estado a las pregunta del senador de Compromís de qué va a hacer tras las sentencia del Tribunal Europeo de 03/06/2021 sobre que la doctrina del Supremo no parece tener medidas adecuadas para sancionar el abuso de la temporalidad: hay trabajos de elaboración de normativa en curso y un compromiso ante la UE en el Plan de Recuperación

El Senador Carles Mulet había publicado en su Twitter 23l 28/06/2021 una  respuesta  del Gobierno del Estado registrada en la fecha 22/07/2021, claramente errónea y dirigida a otra pregunta de otro asunto, a la  pregunta de respuesta escrita nº 684/41146  qdel Seandor de Compromís de 09/06/2021 sobre qué medidas va a adoptar el Gobierno Español  tras la sentencia del Tribunal Europeo de 03/0'6/2021 , donde este tribunal afirmaque la doctrina del Tribunal Supremo español no "parece" tener medidas adecuadas para sancionar el abuso .


Ahora, este 22 de Agosto, el Senador ha publicado una respuesta de ampliación, fechada el 19/08/2021, que sirve de corrección del Gobierno, de 19/08/2021, donde literalmente el Gobierno del Estado afirma:
 

miércoles, 18 de agosto de 2021

[Huelga TTPs Navarra] 'El Defensor del Pueblo estudiará la continuidad del personal docente contratado.' [El Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra reclama que no se cese al personal docente contratado en abuso de temporalidad y no se oferten sus puestos]

'El Defensor del Pueblo ha admitido la queja del Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra dirigida al Departamento de Educación para que adopte las medidas necesarias y que no se cese al personal docente contratado en abuso de temporalidad y fraude de ley .

El Comité reclama que, de conformidad con la legislación de función pública y la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los puestos ya ocupados no se oferten como vacantes en la próxima Adjudicación Telemática de Plazas ( ATP) prevista para finales del mes de Agosto.

Además, desde el Comité se anima a todo el personal docente contratado a que presente una reclamación individual, para lo que se ha puesto a disposición un modelo de reclamación individual que se puede descargar a través de su página web.

El Comisario Europeo de Empleo responde a la pregunta del europarlamentario de Ciudadanos, Jordi Cañas, obre si va a acelerar el procedimiento de infracción por el incumplimiento español sobre abuso de temporalidad en el empleo público, que se va a esperar a la reforma del Estatuto Básico del Empleado Público anunciada

Acaba de publicarse en la web del Parlamento Europeo la respuesta dde 10/08/2021 que ha dado el propio Comisario de  Empleo y Derechos Sociales de la Comisión Europea a la pregunta (nº 003149/2021E-003419/2021) que había realizado a la Comisión Europea, el europarlamentario de Ciudadanos en el Parlamento europeo, Jordi Cañas, sobre si va a acelerar el procedimiento de infracción por el incumplimiento español sobre abuso de temporalidad en el empleo público tras  la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 3 /06/201 en el asunto IMIDRA  . En concreto, la (triple) pregunta era:

 1. ¿Qué hará la Comisión para acelerar el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del Derecho español con la cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE y tener en cuenta la sentencia?

2. ¿Qué hará la Comisión para garantizar que la reforma del Estatuto Básico del Empleado Público respeta la sentencia?

3. ¿Cuándo piensa la Comisión concluir el procedimiento de infracción?

 


 Y la respuesta del Comisario europeo  "en nombre de la Comisión Europea", con fecha 10/08/2021, ha sido literalmente (incluimos en el texto entre paréntesis sus citas a pie de página):

 

viernes, 13 de agosto de 2021

[Huelga TTPs Navarra] 'El Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra exige la continuidad del personal docente contratado'

'El Comité de Huelga ha registrado una petición dirigida a la Directora General de Función Pública del Gobierno de Navarra, así como a la Directora General de Recursos Educativos y a las correspondientes Mesas General y Sectorial de Personal Docente No Universitario.

En la petición, el Comité de Huelga exige que, de conformidad con lo establecido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, no se puede proceder al cese del personal contratado temporalmente sin cumplir los requisitos legales establecidos por la legislación reguladora de función pública. Así, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en susentencia de 26 de septiembre de 2018 aplicó en el Derecho interno, la cuestión prejudicial resuelta previamente mediante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el conocido como caso Castrejana.

Desde el Comité de Huelga, se recuerda que esta jurisprudencia del Tribunal Supremo obligó a que el propio Gobierno de Navarra, en el ámbito del personal temporal al servicio de la Administración Educativa, y con fecha de 26 de Diciembre de 2018, aprobase la ORDEN FORAL de la entonces Consejera de Educación ( María Solana) por la que se inició el procedimiento de elaboración de un Decreto Foral para regular la duración de los contratos del personal docente del Departamento de Educación, que consideraba necesario que los contratos temporales del personal docente, que tenían una duración máxima de un curso escolar, se realizasen sin fecha fin. Sin embargo y a pesar de suponer un compromiso del pacto educativo, dicha Orden no fue finalmente aprobada. De esta forma, el Comité de Huelga denuncia que el próximo 31 de Agosto se vaya a proceder al cese masivo e injustificado de miles de docentes contratados en abuso de temporalidad y fraude de ley, vulnerando lo dispuesto en la Directiva 99/70 y la jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo. Además, en muchos casos, estos docentes no podrán volver a obtener plaza en los procesos previstos de adjudicación telemática de plazas ( ATP) toda vez que, una vez celebrados este mes de Julio, los procesos selectivos en la mayoría de especialidades docentes, se van a elaborar nuevas listas de contratación temporal, lo que va a suponer la pérdida de sus puestos de trabajo para el personal docente afectado por abuso temporalidad. Para el Comité de Huelga, esta situación debe evitarse, para que no se condene al paro a cientos de docentes afectados, a pesar de que tanto la legislación comunitaria como nacional protegen su empleo frente a los ceses injustificados. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo al señalar textualmente que la “relación de empleo subsiste y debe continuar, con los derechos profesionales y económicos que le son propios, hasta que cumpla en debida forma lo que ordena la norma de carácter básico establecida en el art. 10.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y hoy en el mismo precepto del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre”.

viernes, 6 de agosto de 2021

IMPORTANTE La Comisión Europea informa oficialmente del curso de la denuncia múltiple abierta desde 2018-y vinculada a un procedimiento de infracción contra España- sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles: está evaluando si la reforma introducida con el Real Decreto-ley de reducción de la temporalidad publicado el 7 de Julio es conforme a la normativa europea y evaluará las modificaciones futuras anunciadas por la nueva Ministra

La Comisión Europea acaba de publicar un nuevo documento oficialo , de fecha 05/08/2021, de "Información sobre el curso dado a las denuncias registradas con la referencia CHAP (2013)01917", es decir la denuncia múltiple en la Comisión Europea que unificaba en 2018 el gran número de denuncias recibidas sobre abuso en duración de la temporalidad de empleados públicos españoles y contra la solución de Gobierno y sindicatos de procesos selectivos de libre concurrencia con los puestos que le habían llegado de las campañas como las del abogado Martos en su asociación de interinos ANIL o la  campaña masiva de la Plataforma de Interinos Pi, y muchos otros, especialmente durante los últimos meses  y de la que la última información oficial de la Comisión Europea hasta ahora sobre esta denuncia múltiple CHAP(2013)01917 databa de Octubre de 2020   y consistía en que había visto la sentencia  del Tribunal Europeo del 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"-de asunto principal el de un informático nuestro y para la que  la CE se había decidido esperar un par de años antes - con su declaración de existencia de abuso y que  evaluaría si la  futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada en Junio de 2020 por la entonces ministra de Función Pública era conforme a la Directiva y sentencias europeas. También informaba  en Octubre de 2020 la Comisión Europea que mantenía abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 relativo a la posible incompatibilidad del derecho español con la cláusula 5 del Acuerdo Marco , procedimiento que podría acabar en una multa a España.

Recordemos una vez más que en dicha sentencia de 19/03/2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dijo , a nuestro juicio, que

  • también hay abuso de temporalidad  en la interinidad de vacante prolongada por no cubrirla en el plazo debido mediante los procesos convencionales, como es abuso la concatenación de contratos temporales para funciones permanentes , y aunque sea en la función pública,
  • este abuso  requiere una sanción  de "forma indispensable",
  • que le corresponde al ordenamiento español fijar,indicando el Tribunal que no puede valer como sanción la convocatoria a proceso selectivo libre ni la figura del indefinido no fijo, ni una indemnización salvo que sea específica y realmente disuasoria, aunque le corresponde finalmente a los órganos jurisdiccionales nacionales corroborarlo
 
 Finalmente, el Gobierno del Estado aprobó el 6 de Julio  un "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público tras un nuevo acuerdo con los sindicatos y que por  el que se pretende un nuevo y "último" proceso extraordinario de estabilización de plazas con los puestos temporales de más 3 años, ahora a 31/12/2020 ,que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018:, esta vez especificando que deben ser en general  concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades.

El Decreto-Ley tuvo un fuerte rechazo por parte de las plataformas de temporales afectados y , para poder contar con el apoyo de socios de Gobierno y de investidura,  en la sesión de convalidación, la nueva Ministra de Función Pública, se comprometió a modificar mediante proyecto de ley  el Real Decreto Ley para incorporar que la oposición pueda no ser eliminatorias y que pueda utilizarse el concurso de méritos para las plazas de los temporales con más de 10 años en una misma plaza que no se haya convocado.

En la nueva información aportada, la Comisión Europea afirma literalmente: