martes, 24 de agosto de 2021

[HuelgaTTPs Navarra] 'El Comité de Huelga espera una respuesta de Educación y Función Pública a la propuesta para la continuidad del personal docente contratado durante el próximo curso'

'El Comité de Huelga remitió la semana pasada al Consejero de Educación del Gobierno de Navarra así como a la Directora General de Función Pública, una propuesta que incluye varios puntos para la negociación urgente entre ambas partes a la espera del informe del Defensor del Pueblo. La Presidenta del Gobierno de Navarra también ha conocido de la propuesta según la respuesta recibida por el Comité.

La propuesta evitaría el cese masivo previsto para el próximo día 31 de Agosto, de forma los contratos administrativos vigentes se modificaran sin fecha de fin, según estaba previsto en un proyecto de Decreto Foral desde el año 2018 en cumplimiento de lasentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

La Propuesta de Negociación remitida incluye una modificación de contratos administrativos temporales vigentes del personal docente en la cual se plantean dos situaciones:

1. Para aquellos puestos de trabajo cubiertos con personal docente con contratación temporal administrativa temporal en vigor hasta el 31 de Agosto cuya Adjudicación Telemática de Plaza no se haya celebrado ( Secundaria, Especiales, FP) : se propone la modificación del contrato administrativo por vacante sin fecha fin.

2. Para aquellos puestos de trabajo cubiertos con personal docente con contratación temporal administrativa temporal en vigor hasta el 31 de Agosto cuya Adjudicación Telemática de Plaza ya se haya celebrado (Infantil y Primaria): se propone la que la celebración del nuevo contrato administrativo temporal por vacante derivado de la ATP sea haga sin fecha fin.

Puesto que los contratos administrativos son celebrados y firmados por la Dirección del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, sólo sería necesaria una resolución administrativa motivada de dicho órgano o superior jerárquico (Dirección General y/o Consejero de Educación) para dicha modificación contractual ( acudiendo al expediente de convalidación de actos administrativos ex art. 52 Ley Procedimiento Administrativo) en virtud del principio de legalidad así como de jerarquía normativa, sin perjuicio de ulteriores modificaciones normativas. La propuesta también incluye, de conformidad con el acuerdo celebrado entre el Comité de Huelga de Trabajadores Temporales de la Administración Pública y el Gobierno de Canarias, la constitución de los siguientes grupos de trabajo:

-Grupo para la inspección de personal docente contratado en abuso de temporalidad y fraude de ley.

- Grupo para la adopción de medidas para la prevención y sanción del abuso de temporalidad. Plan de Permanencia del Personal Docente Contratado. Todo ello, sin perjuicio de los derechos más favorables que correspondan al personal docente contratado de conformidad con los cambios legales previstos así como los pronunciamientos judiciales pendientes.'

Fuente: Comunicación del Comité de Huelga de la Asamblea de Trabajadores Públicos Temporales de Navarra de 23/08/2021 recibida en APISCAM

Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros

 

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