viernes, 27 de agosto de 2021

En marcha la tramitación en el Congreso de la modificación , como Proyecto de Ley por procedimiento de urgencia, del Real Decreto-Ley 14/2021 de medidas para la reducción de la temporalida pública que el Gobierno, para poder obtener su convalidación, comprometió para incluir, en convocatorias futuras de procesos con plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020, las posibilidades de fase de oposición no eliminatoria en general y sistema de concurso puro de méritos para plazas ocupadas por interinos y sin convocarse más de 10 años

Acaba de publicarse en la web del Congreso la "calificación"  de la Mesa del Congreso este 25/08/2021 -como estaba previsto en su primera reunión tras la interrupción vacacional de la actividad del Congreso desde el pasado 22 de Julio- del "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), proyecto de ley "procedente" del famoso  Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio del mismo asunto , que había sido aprobado por el Gobierno en esa fecha, publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , entrado  en vigor desde el 8 de Julio  y finalmente convalidado por el Congreso en su  sesión de debate del pasado 21 de Julio que tratamos ampliamente en una entrada aquí, y cuya transcripción íntegra fue publicada en el la página 40 del Diario de Sesiones de Sesiones del Congreso de los Diputados Núm.117 de 21/07/2021

Recordemos que el Gobierno del Estado había aprobado ese "plan de choque" de reducción de la temporalidad en el empleo público tras el acuerdo con los principales sindicatos de la Función Pública y que por él se pretende -además de modificar la normativa para evitar el abuso de temporalidad para los nuevos nombramientos temporales-  un último proceso extraordinario de "estabilización de plazas" con los puestos temporales de más 3 años a 31/12/2020 que no estén ya en las Ofertas Públicas de empleo para  procesos de estabilización de las leyes estatales  de 2017 y 2018 y que las convocatorias de plazas de procesos de estabilización sean, en general salvo excepciones de normativa propia específica, bajo la modalidad de un concurso-oposición con indemnización al cese de 20 días por año y tope de 12 mensualidades,  sin afectar en sus términos ya previstos a las convocatorias de  procesos con plazas de estabilización que ya estuvieran publicadas a fecha de 08/07/2021.

El Decreto-Ley había tenido desde la firma del acuerdo con los sindicatos un fuerte rechazo por parte de las plataformas de temporales afectado y el socio de Gobierno Unidas Podemos pidió modificaciones a este proceso de estabilización del Real Decreto-Ley, diciendo que  sin renunciar a la fijeza, "lo mínimo" es que la oposición no sea eliminatorias y pueda utilizarse la mejor nota en cualquier proceso anterior

En la sesión del Congreso, la Ministra de Función Pública anunció que se había alcanzado un acuerdo [para su voto favorable con ERC y Unidas Podemos fundamentalmente, y con otros PNV y Más País para su abstención] para continuarlo como proyecto de ley por la vía urgente,  para incluir tras una supuesta modificación por este proyecto que la fase de oposición  de los estos procesos no convocados con plazas de estabilización pueda no ser eliminatoria y que pueda utilizarse por las AAPP el sistema de concurso puro de méritos para plazas de funcionarios interinos de más de 10 años que no estén ya incluidas en procesos ya convocados [para las plazas de personal laboral, el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado Públicoya contempla la posibilidad del concurso de méritos en general, pero que , por ahora, no están utilizando las grandes AAPP].

El Gobierno parecía tener especial "urgencia" en tener en Julio una norma aprobada en vigor de reducción de temporalidad pública, como es el RDL en vigor, porque así lo habría comprometido como parte del Plan de reformas presentadas para poder optar a los primeros fondos del Plan de recuperación de la Unión Europea.

El decreto , tras este "compromiso", se convalidó por sólo un voto de diferencia y sigue en vigor . Se aprobó , en cambio por mayoría abrumadora la tramitación como proyecto de ley por procedimiento de urgencia, algo que es habitual -y en principio, lógico- en normas de rango legal que comienzan con un Real Decreto-Ley del Gobierno -supuestamente utilizable por el Gobierno sólo por razones de urgencia-. En principio, un proyecto de ley por este procedimiento de urgencia -que por el reglamento del Congreso obliga a reducir los plazos del procedimiento ordinario a la mitad- puede llegar a aprobarse incluso en un plazo de dos meses tras el inicio de su tramitación, pero existe la posibilidad de aprobación de "prórrogas" que postergue su debate hasta incluso dejarlo "morir" con el fin de la legislatura en curso, situación que está siendo, de hecho, lo habitual con estos Proyectos de Ley urgentes derivados de Real Decretos-Ley supuestamente también urgentes.

Hay que señalar que, días después de esta convalidación del Decreto con anuncio de su inmediata modificación, la  Comisión Europea informó del curso  del procedimiento de  denuncia múltiple  que mantiene abierta sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles con un procedimiento de infracción vinculado, diciendo que ha visto este Real Decreto-Ley aprobado y que se tramitará un proyecto de ley para modificarlo, y avisando que "vigilará" que su modificación respeta la jurisprudencia (sentencias y autos) del tribunal europeo. Una posible vinculación de esta "vigilancia" de la parte de la Comisión  Europea encargada de tramitar esa denuncia con la parte encargada del cumplimiento del plan de reformas y entrega de los fondos, podría resultar trascendente para la futura evolución de las modificaciones, en especial, si se señalara que para poder recibir más fondos , reducción de temporalidad tiene que venir con medidas acordes a la jurisprudencia europea, que entre dichas medidas acordes no está ofertas a convocatorias libres de futuro incierto el puesto del temporal sin una indemnización efectiva y que no debe incurrirse en costes presupuestarios innnecesarios.  


Por este motivo, varias plataformas o agrupaciones de temporales mantienen iniciativas de denuncia masiva ante la Unión Europea como :


Recordemos ,más en detalle, lo que contempla ese Decreto-Ley en VIGOR, y que es lo que contemplaba el acuerdo sindical:
  •  para evitar el abuso de temporalidad a futuro en el empleo público, se introduce, mediante una reforma del artículo 10 del EBEP, un límite de 3 años a la convocatoria en proceso selectovo de la interinidad de vacante, si se incumple "penalizando" a la AAPP con la pérdida de la plaza durante un año y el cese del interino, indemnizado en 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades , es decir, justo la indemnización actual que se concede a los "laborales indefinidos no fijos" que cesados la demanden
  • para la enorme bolsa de abuso de temporalidad actual que sigue habiendo -pese a ser en su mayoría de muy larga duración y pese a las sentencias y autos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como la famosa sentencia de 19/03/2020 -de asunto principal el de un informático nuestro y que ha desencadenado la reacción del Gobierno mediante estas iniciativas legislativas- o el reciente auto del TJUE de 02/06/2021, que establecen que es una situación de abuso que requiere una sanción para la que no valen ni procesos selectivos ni indemnizaciones al cese como la del indefinido no fijo- realizar en cada AAPP un último proceso selectivo libre extraordinario denominados de  "estabilización"  
    • con los puestos de los temporales más de 3 años a 31/12/2020 que no estén ya incluidos en los procesos de estabilización anteriores derivados de los acuerdos de 2017 y 2018,  que en el acuerdo se cifra en 300 mil plazas, contemplando ahora una  indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto
    • la OPE de  este último proceso de estabilización  en cada AAPP deberá publicarse antes de 31/12/2021, 
    • la convocatoria del proceso selectivo en sí derivado de esa OPE antes  de 31/12/2022 y la resolución final del proceso deberá estar antes de fin de 2024 , debiendo situarse la tasa de temporalidad por debajo del 8%
    • siendo  el sistema selectivo un concurso-oposición (salvo para el personal investigador en los casos como hasta ahora y "sin perjuicio de lo establecido en su caso en la normativa propia de función pública de cada AAPP o la normativa específica")
    • con oposición eliminatoria  
    • con un peso de la fase de concurso de méritos del 40%,
    •  siendo los méritos "mayoritariamente" por la antigüedad "en el cuerpo o escala o categoría o equivalente" (OJO no dice "puesto en la misma AAPP")
    • habrá una na  indemnización de 20 días por año de servicio con tope de 12 mensualidades al temporal  que teniendo su puesto en dicho proceso se presente y no lo supere, siendo cesado por tanto (en el caso del laboral será la diferencia con la indemnización ya contemplada en algunos tipos de contrato por su extinción de tal forma que el total sea la misma de 20 días...)
  • se explicita en la Disposición transitoria 1ª qué pasa con las convocatorias derivadas de  OPEs de estabilización actuales que ya estén publicadas: deben seguir ejecutándose como  están . OJO NO se indica explícitamente el derecho de indemnización al cese para personal temporal que cese por estas OPEs de estabilización (ni para el de más de 3 años con su plaza fuera computada por tasa de estabilización, ni para el de más de 3 años en general ni para ninguno, con lo que a falta de regulación muy probablemente las AAPP entiendan en que los procesos selectivos ya convocados no se indemniza el cese en ningún caso, ni siquiera en los procesos selectivos con plazas de estabilización para el personal que tuviera más de 3 años de temporalidad)
  • ¿qué pasa con las convocatorias derivadas de las OPEs de estabilización actuales de las leyes de 207 y 2018 que dichas convocatorias estén pendientes de publicar? ¿debe suponerse que les debe ya pasar lo mismo que con las convocatorias que se deriven de esa última OPE extraordinaria de estabilización que regula el Decreto-Ley en su artículo 2 y por tanto, su fecha máxima de publicación de la convocatoria del proceso selectivo pasa a ser antes de 31/12/2022 y con la imposición ya de realizarse igualmente con el sistema de concurso-oposición y un máximo peso de la fase de concurso del 40%?
  • habilita un plazo de un año para que la normativa específica del personal estatutario y equivalente de los servicios de salud y el personal docente se "adapte" a la  parte de reforma del EBEP contenida en este decreto para evitar y "sancionar" a futuro el abuso de temporalidad [pero desde mañana también estará en vigor para este personal todo lo aprobado sobre la  temporalidad actual, y en especial, las nuevas normas de publicación de una última OPE d eestabilización y nuevas reglas para las convocatorias de estabilización pendientes- que YA  entra en vigor PARA TODOS LOS SECTORES]

El siguiente paso de la tramitación de este Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley, es el envío a la Comisión de Política Territorial y Función Pública y Publicación en el BOCG del texto de partida Según el reglamento del Congreso  "a partir de la fecha de publicación, los Grupos Parlamentarios disponen de 15 DÍAS para presentar ENMIENDAS (tanto a la totalidad como parciales) al texto, salvo que la Mesa, a petición de algún Grupo, acuerde un aplazamiento", plazo de 15 días que queda reducido a la mitad por ser tramitación por procedimiento de urgencia.
 
 

En la misma reunión de la Mesa del Congreso de este 25/08/2021 se aprobó y publicó el acta de la reunión anterior de 20/07/2021, de la que destacamos que se acordó:
  • se "toma conocimiento" del rechazo en la Comisión de Función Pública del Congreso de la Proposición No de Ley del Partido Popular que buscaba instar al Gobierno a que reduzca la temporalidad en el empleo público impulsando procesos de estabilización como  los ya acordados en 2017 y 2018 garantizando que sean procesos de concurso-oposición abiertos y convocados en todas las AAPP antes de 31/12/2022. EL PSOE se opuso , presentando enmienda alternativa, indicando que la solución debía negociarse con las AAPP y sindicatos , siendo finalmente la "solución" que aprobó el Gobierno acordada con los sindicatos, en la práctica lo mismo que lo solicitado por el Partido Popular ya contemplado en sus acuerdos de 2017 y 2018, con la salvedad de la introducción de una pequeña indemnización de compensación al cese (sólo para convocatorias de procesos de estabilización futuras"
  • se debatirá y votará en el siguiente Pleno del Congreso -el primer pleno del período septiembre-diciembre de 2021-, la Moción que presentó Coalicición Canaria (número de iniciativa 173/000088) sobre la solución que va a dar el Gobierno a la situación de fraude de ley por abuso de temporalidad de los empleados públicos tanto en Canarias como en el resto del Estado. 
  • admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales 
    • la pregunta al Gobierno de contestación escrita del Grupo Popular (nº 184/055665) sobre las previsiones acerca de atender la solicitud del Secretario General de la Unión General de Trabajadores para "finalizar con la lacra de la contratación temporal para necesidades estructurales"
    • la pregunta al Gobierno de contestación escrita del Grupo Popular (nº 184/055683) sobre "previsiones acerca de atender  la solicitud de Comisiones Obreras para corregir la temporalidad que afecta a los profesionales sanitarios en el Sistema Nacional de Salud"
    • la pregunta al Gobierno de contestación escrita del Grupo Popular (nº 184/057358) sobre previsiones acerca de atender la solicitud del Defensor del Pueblo en funciones para acabar con la precariedad, la temporalidad laboral y la escasez de personal del Sistema Nacional de Salud

67 comentarios:

Anónimo dijo...

por lo visto arauz mandando correos a las clientas para que terminen de abonar los pagos y pueda poner las demandas. No vaya a ser que las que tienen mas de 10 años las hagan fijas y se quede sin pasta.
Tenemos que luchar para que no sean 10 años y si 3 años.
¡¡Fijeza para todas ya!!!

Anónimo dijo...

A partir de 3 años FIJEZA YA para el colectivo. NI 3 a 31-12-2020, ni dejar de lado a los que tienen proceso convocado.

Es todo una vergüenza máxima.....

Anónimo dijo...

Aviso a navegantes. Tal y como está redactado,lo de los 10 años es solo para personal FUNCIONARIO INTERINO, no para el laboral.

Anónimo dijo...

Cuando se lucha de verdad algunas veces se puede conseguir algo.
https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://twitter.com/ASOCIATEM1/status/1431013802569515008%3Fref_src%3Dtwsrc%255Egoogle%257Ctwcamp%255Eserp%257Ctwgr%255Etweet&ved=2ahUKEwiKm63E49DyAhXC8-AKHWVGA9kQglR6BAgDEAo&usg=AOvVaw0sqBtD3dUlqzJfowkiSyzM

Anónimo dijo...

Al o la de las 10:27 , tal y como está anunciado, lo de los 10 años sería para habilitar en una norma de rango legal la posibilidad de utilizar concurso de méritos supuestamente para esos casos de , efectivamente, funcionarios interinos (y los incluidos a estos efectos, personal estatutarios de servicio de salud) tal y como exige el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público para el personal funcionario interino (y el incluido a estos efectos, personal estatutarios de servicio de salud). Con una norma legal así aprobada para el el personal funcionario interino (y el incluido a estos efectos, personal estatutarios de servicio de salud), ahora cada AAPP podría decidir o no utilizarla, quizás pudiéndolo hacer sólo si antes se modifica una norma específica de ámbito autonómico o local propia,.

Para el personal laboral, esa posibilidad de concurso de méritos ya está contemplada en el artículo 61.7 sin necesidad de una ley habilitadora. De hecho, Puertos de España y varias entidades locales pequeñas están utilizando el concurso de méritos puro (normalmente con peso abrumador en lso méritos la antigüedad en el puesto) para los procesos de estabilización de sus laborales. Por supuesto, ninguna CCAA lo está haciendo -ávidas de votos por oposiciones y paz con los sindicatos ávidos de financiación por cursos-

Otra cosa es que , tal y como se ha anunciado, todo quedaría como "habilitadora" es decir opcional. Si , en cambio, se decidiera una norma que obligue el concurso de méritos en ciertos casos, sí que debería especificarse para los dos tipos de personal si se quiere que sea obligada para ambos tipos de personal.

Anónimo dijo...

Si se aprueba este truño lo siguiente va a ser una nueva prejudicial preguntando a Europa si es acorde a la Directiva la diferencia entre los interinos de más de 3 años y los de más de 10 años (más que nada porque tanto Europa como incluso el Supremo en la sala de lo social y han dicho que los 3 años es el punto que debe tenerse en cuenta).

Y si la respuesta es que esa diferencia no es acorde a la Directiva, qué hacemos con la lacra política que tenemos encima?

Anónimo dijo...

Ya han dicho

Anónimo dijo...

Al de las 11:28 yo creo que vista la lacra de políticos que tenemos encima la única solución es Reclamar/Demandar y conseguir que la UE arrincone al TS para que nos den ellos la fijeza.. vamos como con las cláusulas suelo de las hipotecas. Yo antes creía en una solución política pero cada vez lo veo más lejos. Eso sí si da fijeza el TS lo tiene que dar a partir de 3 años de interino como dice Europa, EBEP y el TS Social con su "indefinido no fijo"

Anónimo dijo...

Por favor, tenemos que recordar en todo momento que un Concurso puro de méritos abiertos no es acorde a la Directiva ya que el empleado puede perder su puesto. Por lo que hay que luchar por fijeza a partir de 3 años o concurso restringido que sólo computen los años en ese puesto donde se trabaja y en ningún otro para que no te la "roben" los no abusados..

Anónimo dijo...

alguna opcion de que salga adelante el tema func interinos mas de 10 años sin la coletilla de las plazas ya convocadas?

Anónimo dijo...

La única opción que veo es reclamar y demandar

Anónimo dijo...

Llevan un mes reuniéndose, l@s manijeros de todas las categorías, en organismos y saliendo con caras compujidas y cuellos pegados a los hombros....sobre todo si te cruzas con ell@s y les miras directamente a los ojos...no aguantan ni dos segundos...Menudo tinglado tienen (plazas ocultas, miles de enchufad@s sin ningún criterio de acceso -bueno, sólo uno-, reparto de gratificaciones y sobresueldos, promocionad@s sin la titulación....).

Vamos a esperar cuál y cómo es la Ley que va regir todo este desmantelamiento del Hiper Fraude montado durante 30 años, ahora mismo no hay nada escrito pero como aviso a navegant@s abusad@s :

No firmar nada sin leerlo.
No firmar nada sin el asesoramiento de un abogado (lo ideal sería los representantes sindicales, pero esos son los que te van a poner "papeles turbios" para firmar)
El despido conlleva preaviso, un despido al momento, coger el documento e ipso facto al juzgado.
No perder los nervios, son ell@s los que están nerviosos, están a punto de perder todo el Fraude del que han estado viviendo.
.

Anónimo dijo...

No firmar nada sin leerlo....y por supuesto sin copia para la/el trabajador

Anónimo dijo...

La coletilla "sin haberse convocado" debería referirse/acotarse a esos 10 años.

Anónimo dijo...

Mira ...blanco y en botella "que en 10 años, o más, habiéndose celebrado procesos selectivos, no se haya cesado -o incluso habiéndo cesado se continúe trabajando-

Anónimo dijo...

Y dale con los 10 años... parece que queréis dividir al colectivo. Que el abuso es claro, que son 3 años, que lo dice EBEP TJUE y hasta el TS de lo Social. Seriedad en este asunto por favor. La fijeza se debe dar a partir de los 3 años

Anónimo dijo...

Politicos imbeciles quieren endulzar a los sanitarios , claro de cara a la sociedad y en vista de un colapso sanitario q se vendra para diciembre , dosifican QUE ASCO .
TJUE FIJEZA 3 años tdo empleado q no nos lien .
DEMANDAR no hay otro caminó.

Anónimo dijo...

Respuesta para 11:37, claro que han demandado, han hecho huelga anteriormente, han realizado escraches al presidente de la Xunta día sí y día no, podría seguir y seguir, lo que no han realizado habitualmente es comentar por comentar.
El 90% lleva más de 10 años y ahora inician una huelga más dura 15 días al mes.
Yo no formo parte de ese colectivo pero el orgullo que siento por la lucha de las mujeres del Consorcio Galego de Igualdade e Benestar es inmenso.

Anónimo dijo...

Pero como tenéis la desfachatez de decir que la Ley dice que a los 3 años os deberian de hacer fijos. Eso es mentira!! Lo que dice la ley es que solo se podrá ocupar una misma plaza como máximo 3 años y que las plazas se deberán sacar a oposición para que los interinos las puedan consolidar. En ningún caso que a los 3 años os hayan de hacer funcionarios de carrera. Es más, a los 3 años que debería de acabar la relación de funcionario interino os debería de poner en la calle si no han convocado la plaza. Vale ya de manipular la verdad y la ley

Anónimo dijo...

Lo que dice el TJUE, no la lay española.

Y no lo dice expresamente, pero vistas las prohibiciones que establece para las otras salidas es la única opción de acuerdo al derecho comunitario.

Y de hecho es lo que se ha hecho en otros países del Mediterráneo, los del centro y norte hace mucho que lo tienen superado.

Anónimo dijo...

Antes del Pancetazo se tenía que haber reclamado/demandado: 1)FIJEZA como SANCIÓN a la administración abusadora por mantener al trabajador en fraude de ley; más de 24 meses en un período de 30 meses (no 3 años, sino a partir de 24 meses).
2) INDEMNIZACIÓN reparación del daño objetivo por el ABUSO sufrido. Todo lo que nosea esto; cuentos de Trolls engañabobos

Vete a trolear por cul dijo...

Aquí nadie habla troll del turno libre, de hacer funcionario de carrera a nadie, se trata de sancionar el abuso de manera proporcionada y disuasoria.
Si te lees las sentencias y autos del TJUE te darás cuenta de que los que hemos demandado antes del pancetazo nos corresponde estabilidad en el puesto y una indemnización por daños, es lo que hay, por mucho que os empeñeis los opositores, jueces, políticos y sindicalistos, es lo que hay, y esa es nuestra guerra, aparta y no molestes.




Al troll 15:31 dijo...

La Directiva Europea y la sentencias del TJUE son claras y sólo dejan única salida la fijeza. ¿Qué crees que los mandatarios italianos eran idiotas y dieron fijeza a partir de 3 años porque les apetecía? A eso súmale que el EBEP marca el abuso en 3 años y que el TS de lo Social también. ¿Quién miente ahora? Entérate bien, los interinos llevamos tiempo en esto y estamos enterados y vamos a por todas. No escribas en este foro y vete con los de CCOO, UGT y CSIF a estafar a los pocos que aún no saben la verdad

Anónimo dijo...

TJUE: 3 años.
Bandera de la Unión Europea: 3 años.
Bandera de Francia: 3 años.
Bandera de Alemania: 3 años.
Bandera de Costa de Marfil: 3 años.
Bandera de Dinamarca: 3 años.
Bandera de Grecia: 3 años.
Bandera de Italia: 3 años.
Tribunal Supremo (Social): 3 años.
Congreso 🇪🇦: 10 años.

Anónimo dijo...

15:31 p talibán vas de opio hasta el culo , aparta Burro.

Anónimo dijo...

Troll: aquella persona que dice lo que no me gusta oír, porque aquí sólo"hablo" yo.

La UE nunca ha impuesto la FIJEZA (que esa es otra, la FIJEZA puede ser el coladero organizado por sindicalistas y sindicalistos), en todo caso la CONSOLIDACIÓN en el puesto que ocupa la/el abusado por:

Las cuantiosas cantidades entre despidos (improcedentes ya) y cantidades retenidas e impagadas -entre 20 y 25.000 euros por cada 7-10 años de abuso en contrato. Esto multiplicado por todas y todos l@s trabajadores en situación irregular en las AAPP haría que hubiera que devolver caso todo el dinero robado durante 30 años de Fraude Institucional español.

Además eso incrementaría el techo de gasto de las AAPP que, al igual que para hacelos fijos, no podemos superar.

Se les ocurre a la banda de trileros estos crear un fondo de contingencia (un FOGASA para quitarse se enmedio) y que se apañen con lo que le toque a cada un@.... pero NO, las demandas presentadas a nivel Europeo exigen la reparación en toda su posibilidad y es ahí donde aparece la CONSOLIDACIÓN del trabajador@ abusado en su puesto.

"¡¡Es que eso incrementa el techo de gasto!!"...."pues pague indemnización de forma total"...."Es que es mucho"..."pues Consolide a l@s trabajadores que es menos"...."Es que...." ...."Es que te quedas sin financiación y sin subvenciones"

Ahora mismo seguimos en el "Es que...", que eso de FIJEZA por Ley, nada, será por Reclamaciones y Demandas, la que haga cada un@ que no se lo van a regalar a nadie.

Anónimo dijo...

3 AÑOS contratado en fraude.Nada de 10 años¡¡¡¡ y encima en la misma plaza¡¡¡¡¡ y encima que no haya salido a oposición...Vamos que no cumple nadie..El fraude está establecido en 3 años contratado por la misma administración...En nuestra administración, ya hay división..la gente ya solo habla de cumplir 10 años en esa administración y como hay movilidad por comisiones de servicio todo el mundo mira por lo suyo..Ya ni hablan de los 3 años...Es de vergüenza¡¡¡¡.Yo lo siento pero entramos todos los que estamos en fraude o ninguno porque si no ni se respeta al TJUE, ni la igualdad ni nada..Tan solo complacer a un partido político que así se le ha antojado para salvar a algunos que le interesan..

Anónimo dijo...

Sí no se ha reclamado-demandado antes del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio; quién llevase 3 años de contrato ya no están en abuso de contratación (pusieron los plazos a cero) tendrán que pasar otros 3 años.

Mira que algunos Trolls lo estábamos avisando 😔

Reino de León dijo...

Poniéndome en el pellejo de alguien que haga los tres años ahora, si demandaría, puesto que está en fraude, y yo no veo en ese RD nada que sancione de acuerdo con la jurisprudencia del TJUE su abuso.
Eso un buen abogado os lo dice.

Anónimo dijo...

Buenas tardes,

Según últimas y recientes informaciones, parece ser que la tendencia mayoritaria entre los partidos políticos es respetar la norma europea, y se están planteando fijar fijeza en 3 AÑOS EN LA MISMA ADMINISTRACIÓN.
En próximos días, se apreciará esta tendencia mayoritaria.

Por fin, buenas noticias para el colectivo.

Anónimo dijo...

19:28 no me lo creo, y que la gente no se confunda: la vía judicial pre-icetazo no hay que dejarla.

Anónimo dijo...

19:28. Ojalá tengas razón!! Se acabaría el sufrimiento de una buena vez...

Anónimo dijo...

Sí ...las informaciones lo confirman
Van a dar Fijeza, un coche eléctrico y una cesta por Navidad.

Anónimo dijo...

Pedro Sánchez respecto a los/las interinos/as:

"MISIÓN CUMPLIDA"

Cachondo!!

Anónimo dijo...

Serían 3 años en la misma administración, o en la misma plaza? Porque esto es para volverse loco...ojala sea cierto, sería lo que se atiene a la ley, pero en ningún caso en la misma plaza, si no contratado por esa administración...puede saberse si las fuentes que tienes son fiables :), nos darías una buena noticia por finnn

Anónimo dijo...

No dice fuentes...

Trol

Reino de León dijo...

Qué no os engañen, lo único que os protege de estos corruptos es vuestra demanda amparada por los tribunales europeos, lo demás es humo.

Anónimo dijo...

El de las 19:28 es el trolo de siempre que ya acaba sus vacaciones y se dedica a meter mierda

Anónimo dijo...

Aparte de un coche eléctrico y una cesta de Navidad yo también quiero una tarjetita de barra libre para dos noches en la discoteca "Bilindo" el parque María Luisa
como la que os dan a vosotros " troll"
Que poca vergüenza, caraduras !!

P.D: video que circula por las redes congreso de cocos

Anónimo dijo...

https://www.google.com/amp/s/sevilla.abc.es/andalucia/sevi-ccoo-paga-noches-copas-gratis-asistentes-congreso-sevilla-201706051235_noticia_amp.html

Anónimo dijo...

Mantengamos la calma yo coincido con 19:28, al final van a dar fijeza con 3 años, son muchas y muy fuertes las últimas presiones de Europa.
Pronto tendremos noticias a este respecto.

Anónimo dijo...

TODO MAL. No se estudia el modo de acceso del empleado público, no se respeta el mérito en el PROPIO puesto, ambos parámetros son más CONSTITUCIONALES que el arbitrario de los 10 años de antigüedad (que base legal tienen 10 y no 9 o 8?...) TODO MAL. Espero que Europa pare este despropósito, aunque no se qué herramientas tiene contra una ley nacional , supongo que deben ser los servicios jurídicos del Congreso (aunque creo que no morderan la mano que les da de comer).

Anónimo dijo...

El de las 19:28 tiene razón. Pero los abogados con sus negocios y la gente del mi15f asociado a arauz callan,para no arruinar el negocio de los abogados. En cuanto se sepa la gente va a retirar las demandas y los abogados perderían mucha pasta.
OJO CON LOS BUFETES Y CON EL MI15F.
Hay una tal ADC que presuntamente ha cobrado de interinos por un informe famoso y esta asociada a un bufete de abogados.
Y mientras tanto los interinos apoquinando dinero.
El de las 19:28 tiene razón. Ya se habla de fijeza para los de 3 años en adelante.

Anónimo dijo...

Se habla dónde? Pruebas? Fuentes? Datos?

Anónimo dijo...

De no ser por los abogados troll lo tendríamos claro, a merced de los sindicatos amarillos que solo buscan mandarnos al paro para seguir con sus negocios.
Y aquí los tenemos alentando hasta el final para que no se pongan denuncias que es lo que de verdad les duele.
Denuncia tu fraude y que no hay sanción prevista para ello, los que estamos nos quedamos pero sin denuncia no existes que es lo que quieren todos estos golfos.

Anónimo dijo...

Como ha dicho un compañero arriba no son 3 años, puede se que bastase con 24 meses, debemos ir avanzando hacia la fijeza a partir del período de prueba, al final todos tenemos unas expectativas de quedarnos la plaza para la que se nos nombró y que hemos cumplido con el período de prueba.

y por supuesto sancionar el que en este tiempo se nos haya impedido la promoción interna a puestos superiores, con una buena indemnización.

Anónimo dijo...

A quien levante la mano 🖐️

Anónimo dijo...

Mucho optimismo veo por aquí. Pies en el suelo, por favor. Nos ganan por goleada histórica y la UEFA lo permite

Anónimo dijo...

Cuando dices que nos ganan por goleada histórica me imagino que te refieres a los sindicatos.
Así que a cascarla con tu sindicato y empezar a asumir lo inevitable, eso sí, gracias a nuestros abogados y las denuncias.

Anónimo dijo...

El comentario de arrib es un ciberviluntario de algun abogado, ese sinque es un troll.
Interinos ojo a los trols sacacuartos.
Fijeza ya!

Anónimo dijo...

Lo único que está claro es que el PSOE ya sabe con quién no puede contar para sacar adelante la ley: vox(antitodo), pp (el que está más en contra de favorecernos). Luego, no le queda otra que acercarse más a lo q piensa oramas, cup y erc

Anónimo dijo...

Lo único que está claro es que todos vamos a tener que pasar por una ope. Los habrá con exámenes muy dificiles, y que, lamentablemente, se vayan a la calle(ya está pasando) hasta los que simplemente tengan que presentar méritos y obtengan su puesto. A largo plazo vendrá el esperado cambio de doctrina en relación a las demandas, pero lo vamos a tener que pasar muy mal y aguantar

Anónimo dijo...

El comentario anterior es de un TROLL, porque interviene tanto en este foro? A no ser por chaladura mental; no lo entiendo...acaso alguien va a tomar decisiones basándose en las bobadas cripticas que dice el TROLL por aquí?, si es que además solo dice mentiras mal hilvanadas...

Anónimo dijo...

Este tío que ve trolls por todos lados quién es? Tengo mi plaza convocada a examen en máximo 6 meses. Mi demanda perdida en primera instancia, y tengo que aguantar a tonto este..

Anónimo dijo...

18.25 y 22.46, no se a quién pretendes engañar, trolaco.
Los de las clausulas suelo también perdían juicios hasta que el tribunal supremo quedó tan arrinconado que tuvo que recular.
Lo que no entiendo es a qué esperan para poner orden en el sistema judicial español.

Anónimo dijo...

Cuando comentáis que se habla de fijeza con 3 años..sabeis si hacen referencia al mismo puesto...porque el fraude dice que es contratado..

Anónimo dijo...

Los que comentáis que ya se habla de 3 años..podéis dar algo más de información...sería 3 años contratado por esa administración al margen del puesto ? ( o 24 meses ..).Sería un cambio importante pues su se darían cumplimiento en parte a las sentencias europea...por favor si vuestras fuentes son fiables comentar algo más.Gracias en cualquier caso por la información.Yo ya demanda espero que sean todas las demandas las que les obliguen a cambiar de posición, al menos que el esfuerzo que hemos hecho tenga alguna recompensa..

Anónimo dijo...

Eso es un sindicalista o un opositor metiendo bulos para putear. Solo tu denuncia hará que consigas fijeza.

Anónimo dijo...

Gambero no creo, porque dedica mucho tiempo a trolear; será alguien que prepara opos para educación.

Anónimo dijo...

Pues que se dedique más a estudiar que a trolear... aunque yo, antes de seguir estudiando a tope sin saber en que
situación de seguridad jurídica me encuentro, a tenor de la rebeldía contra el TJUE de North-Morocco; lo consultaría con abogados especializados como pueden ser, entre otros, Maluenda y Martí. QUE aquí no sólo los ttp's en abuso necesitan abogados...

Anónimo dijo...

Menuda tropa!!! Reino de León, cuídate de tus comentarios: podrías ser considerado el próximo troll😃

Anónimo dijo...

Los troll-demandas talibanes se están haciendo con el poder. Ya quieren ampliar negocio con los opositores. Que hemos hecho para merecer esto...

Anónimo dijo...

Cuando los troll demandas ganen fijeza a partir de 3 años bien en contencioso, supremo o por mediación del TJUE venir a este foro a arrepentiros de no haber reclamado-demandado. El asunto está muy caliente, nadie sabe lo que va a pasar y la demanda te da una posibilidad que no te la va a dar Sanchez en Sept-Octubre. Para los trolles que dicen que ya está todo hablado y que nos van a dar fijeza, NO ME LO CREO.

Anónimo dijo...

Aquí algunos se creen que solo hay un partido y al final se están jugando varios.

Demandas individuales.(Habrá ya como 50 abogados en toda España metiendo demandas, pero será que todos nos quieren engañar).
Queja en Europa con navas y cusi.
Respuesta del defensor del pueblo a los sindicalistos de la Rioja.
Respuesta del constitucional a lo de la Rioja denunciado por el propio gobierno.
Respuestas de las prejudiciales de los profes de religión italianos.
Supremo conteste recursos de casación en septiembre.
Como va a quedar la ley tras las enmiendas al Real decreto (pocas esperanzas en que cambie nada).
Admisión de las prejudiciales sobre el indefinido no fijo.

Y seguro que alguna cosa se me olvida.

Que no os desanimen los trolls de sindicatos, academias, abogados locales (que los hay por aquí también) etc...

Buen domingo.

Anónimo dijo...

También cabe la posibilidad de que estabilicen a la gente como en Italia, que no lo hicieron de un día para otro. Hubo un proceso de titulización y luego, se facultó para contratar a los restantes.

Es un sapo duro de tragar para un gobierno. Si en Italia no hubo más remedio, aquí tampoco.

Anónimo dijo...

En Europa, no sólo está Navas plantando guerra, está Arauz con demanda ante el TJUE por actuación del Supremo, Fruitos ante la Fiscalía europea.... Y no sé si hay más acciones abiertas... ánimo y fuerza.... Nos queda recorrido....

Reino de León dijo...

Está claro que a la Comisión Europea no les quedará otro remedio que actuar, supongo que tras lo que hagan tramitando la ley. Apuntan por aquí compañeros que tienen hasta el 31 de diciembre a lo sumo, esperemos que sea así que ya dura mucho esto.