' El Juzgado de lo Social número 15 ha dictado sentencia de fijeza en el CSIC para un interino que llevaba prestando servicios durante más de 11 de años, y tras demanda presentada por USO. En este caso, además, “no se habla de la figura de indefinido no fijo, que vulnera la doctrina europea, sino que se habla directamente de fijeza”, destaca Luis Deleito, secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO.
En su fallo, la magistrada estima la demanda, “reconociendo que la relación laboral con la entidad demandada es de carácter indefinido (fijeza) desde el 1 de marzo de 2011, categoría de Titulado Superior Actividades Técnicas y Profesionales, jornada a tiempo completo y retribución acorde a la categoría, condenándose a la entidad demandada a estar y pasar por esta declaración”. Todo ello, debido a que “debe entenderse viciada la relación laboral, al haberse celebrado el contrato en fraude de ley”, infringiendo tanto el Estatuto de los Trabajadores como el Código Civil.
El trabajador lleva más de 11 años prestando servicios en el Centro Superior de Investigación Científicas, con concatenación de contratos (seis, durando uno de ellos más de tres años), pero realizando siempre las mismas funciones. En la demanda, FAC-USO solicitaba la declaración del carácter indefinido y fijeza de la relación laboral, basando las pretensiones en la concurrencia de fraude contractual, al haberse superado los elementos que habilitan el mantenimiento de una relación temporal.