Informaba Diario Médico este pasado 14/11/2016 que juzgado de los Contencioso de Sevilla ha dictado sentencia al recurso que puso un médico, condenando al Servicio Andaluz de Salud (SAS)
a que un concurso de traslados convocado incluya todas las plazas
vacantes, en especial las cubiertas por personal temporal -interino- y
no sólo las libres como había sido el caso, en el que se había omitido
plazas vacantes cubiertas por interinos, muchas de ellas de muchos años
de duración, en este caso de hasta 15. [N.E: nótese que a dichos
concursos sólo puede presentarse personal fijo y que el interino cuya
plaza "vacante" - en el sentido de no cubierta de forma fija- salga a
concurso es cesado automáticamente el día de la posesión del nuevo
destino del ya fijo]
Curiosamente el juez utiliza en su razonamiento las sentencias del Tribunal europeo sobre casos de abusos en la
temporalidad en el empleo público de la adminstración española,
opinando que precisamente si no salen a concurso las plazas cubiertas
por interinos durante tantos años, en este se agravará el problema
detectado por el Tribunal Europeo hasta el punto que " el sistema puede
pervertirse y corre el peligro de consagrar situaciones en fraude de
ley".
NOTA DEL EDITOR: El
Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 también permite concursos de
méritos para ser fijo y ya contiene explícitamente procesos de
consolidación para los interinos con vacantes de 2005 o anteriores, que a smuchas luces¡
parecen soluciónes más justa para compensar el fraude de ley cometido
por l administración con las interinidades de más de 3 años (el propio Estatuto Básico del Empleado Público [Artículo 10.4]
indica que deben salir a algún proceso para ser cubiertas de forma
fija al año siguiente, o excpecionalmente, al siguiente del siguiente)