En unas declaraciones hechas en el periódico “Gaceta Médica” de la semana del 26 de Septiembre al 6 de Octubre señala que “ la reestructuración que el SERMAS ha hecho en las plantillas va a reducir la tasa de eventualidad al 5,4% adelantándose incluso a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo y a las Proposiciones No de Ley presentadas ante el Gobierno por varios Grupos políticos (Ciudadanos, Unidos Podemos y PSOE) a raíz de dicha sentencia”
De nuevo la táctica de intentar “dar gato por liebre”. Reducir la eventualidad pero no la temporalidad. El método elegido es la conversión de un una parte de los eventuales en interinos, precarios convertidos en precarios de larga duración y como no, buscando como siempre la complicidad de los Sindicatos de la Mesa Sectorial, que no dudarán en firmar lo que se le ponga sobre la mesa y todo ello a pesar de que las cifras de temporalidad (eventuales, interinos, sustitutos de larga duración etc.) se acercan al 38%.
Hasta la propia sentencia del TJUE deja en evidencia dichas declaraciones, corroborando la apreciación del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 4 de Madrid, que juzgó el caso de la trabajadora demandante que encadenó sucesivos nombramientos de duración determinada como personal estatutario temporal hasta en 7 ocasiones, desde Febrero de 2009 hasta Marzo de 2013 ( cosa bastante habitual en este tipo de nombramientos).
Dicho Juzgado califica de “mal endémico” la cobertura de puestos en el sector de los Servicios de Salud mediante nombramientos de personal estatutario temporal y considera que “alrededor del 25% de las 50.000 plazas de personal Facultativo y Sanitario de la CAM, están ocupadas por nombramientos de carácter temporal, llegando en algunos casos extremos a rebasar los 15 años de prestación ininterrumpida de servicios con una duración media de entre 5 y 6 años.”
Mucho tendrá que correr el Consejero para que como dice en sus declaraciones, se adelante a la Sentencia del TJUE, pues la reestructuración que dice haber hecho en la plantillas del SERMAS (donde los datos publicados no reflejan datos creíbles de eventualidad ni temporalidad), no está acabando con el problema endémico de la temporalidad , que es la verdadera exigencia del Tribunal.'
Fuente: Comunicado del sindicato MATS de 04/11/2016 recibido en APISCAM
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