'Los servicios jurídicos de la Central
Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más
representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el
sector privado, han conseguido la primera sentencia a favor de un trabajador al
que la Administración, en este caso la Comunidad de Madrid, no le reconocía la
antigüedad porque entre algunos de los diversos contratos que tuvo como
empleado laboral de la Sanidad madrileña pasaron más de tres meses.
Con esta sentencia, el Juzgado
de lo Social número 33 de Madrid se adelanta así al Tribunal Supremo, cuya
Sala IV votó en Pleno el pasado día 13 para adoptar una decisión sobre la
solución de continuidad entre contratos y desbloquear así cientos de demandas
presentadas por empleados públicos de toda la Comunidad de Madrid. El fallo
sobre este asunto está al caer.
Pero la sentencia del juzgado
madrileño, contra la que no cabe recurso por ser firme, no espera a la
resolución del alto tribunal y condena a la Consejería de Sanidad a que le
reconozca al demandante siete trienios y le abone la suma de 395,12 euros. El
fallo declara prescritas las cantidades reclamadas anteriores al 1 de abril de
2015
El convenio colectivo del
personal laboral de la Comunidad de Madrid establece en su artículo 37 que si
hay una solución de continuidad entre contratos de personal laboral
superior a tres meses no se acumula la antigüedad del trabajador. El asunto
llegó al Tribunal de Justicia de la UE, que estableció en una sentencia que el
periodo que haya entre contratos debe ser indiferente para reconocer la
antigüedad de un trabajador.
La sentencia del Juzgado de lo
Social número 33 de Madrid, la primera en este sentido, reconoce el derecho a
la antigüedad y rompe la regla de solución de continuidad de tres meses que
establece el convenio colectivo de personal laboral de la Comunidad de Madrid. '
Fuente: Nota de Prensa de CSIF Unión Autonómica de Madrid de 02/11/2016 recibida en APISCAM
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