Informa El Confidencial este 25/11/2016
que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo
ha estimado el recurso que presentó el Gobierno regional de la
Comunidad de Madrid declarando nula la sentencia de junio de 2015 del
Tribunal Superior de
Justicia de Madrid (TSJM) que reconocía la antigüedad de un empleado
público laboral de contratos temporales no consecutivos en más de tres meses,
sentando por tanto jurisprudencia para las demandas similares de
laborales que están pendientes en los juzgados.
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