'La crisis económica en la que estamos inmersos está llevando al cierre de muchas empresas y las clínicas no son una excepción, así ha sucedido recientemente con una franquicia de clínicas dentales, con los consiguientes perjuicios que esto ha conllevado para los pacientes.'
'Por este motivo, con carácter previo a la venta de un archivo de historiales clínicos, práctica que incurriría en una infracción muy grave de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se deben cumplir una serie de obligaciones legales.
En primer lugar, el nuevo titular de la clínica se convierte en responsable de un fichero que deberá declarar en la Agencia Española de Protección de Datos, que estará formado por los datos de los pacientes que pueda recibir del titular anterior de la Clínica y por los datos de sus nuevos pacientes. Por tanto, como responsable de un fichero deberá implementar todas las medidas de seguridad que la normativa establece y cumplir con todas las obligaciones estipuladas en la misma.
Asimismo, de conformidad con la normativa, antes de proceder a la comunicación de los datos de estos pacientes, se les debe informar de la situación en la que se encuentra la clínica. No debemos olvidar que, con carácter general, es el paciente quien debe consentir que sus datos sean cedidos, por lo que es importante que se le informe correctamente para que sea él quien autorice esta comunicación de datos.
Por tanto, ante un traspaso de una clínica en la que se incluya la venta de la cartera de clientes, deberá tenerse en cuenta la normativa de protección de datos porque nos encontramos ante datos especialmente protegidos y de otro modo se estaría incurriendo en una conducta sancionable por la Agencia Española de Protección de Datos.'
Fuente y opinión completa: Ricardo de Lorenzo, en Redacción Médica 4/02/2010
'Por este motivo, con carácter previo a la venta de un archivo de historiales clínicos, práctica que incurriría en una infracción muy grave de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se deben cumplir una serie de obligaciones legales.
En primer lugar, el nuevo titular de la clínica se convierte en responsable de un fichero que deberá declarar en la Agencia Española de Protección de Datos, que estará formado por los datos de los pacientes que pueda recibir del titular anterior de la Clínica y por los datos de sus nuevos pacientes. Por tanto, como responsable de un fichero deberá implementar todas las medidas de seguridad que la normativa establece y cumplir con todas las obligaciones estipuladas en la misma.
Asimismo, de conformidad con la normativa, antes de proceder a la comunicación de los datos de estos pacientes, se les debe informar de la situación en la que se encuentra la clínica. No debemos olvidar que, con carácter general, es el paciente quien debe consentir que sus datos sean cedidos, por lo que es importante que se le informe correctamente para que sea él quien autorice esta comunicación de datos.
Por tanto, ante un traspaso de una clínica en la que se incluya la venta de la cartera de clientes, deberá tenerse en cuenta la normativa de protección de datos porque nos encontramos ante datos especialmente protegidos y de otro modo se estaría incurriendo en una conducta sancionable por la Agencia Española de Protección de Datos.'
Fuente y opinión completa: Ricardo de Lorenzo, en Redacción Médica 4/02/2010
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