Según el orden del día , en el Pleno del Tribunal Constitucional del próximo 25/01/2022 está prevista de nuevo la "dación de cuentas de autos", incialmente prevista para el pleno de 15/12/2021, en el recurso de inconstitucionalidad (nº 4585.2021) que planteó el Gobierno del Estado contra la disposición transitoria del Estatuto del personal de su Parlamento publicada el 15/04/2021 en el Boletín de la Rioja , disposición que reconocía directamente la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años ante el fraude de ley de abuso de temporalidad, en concreto, 5 empleados de más de 7 años de temporalidad.
Recordemos que, según el informe del Letrado Mayor del Parlamento de la Rioja, favorable a la legalidad (y por tanto constitucionalidad) de dicha disposición , al "adecuarse al marco jurídico vigente" dicho reconocimiento como "empleados públicos fijos" a los empleados temporales más de 5 años del Parlamento de la Rioja nombrados mediante proceso selectivo público aplicando la Directiva 1999/70/CE de la Unión Europea y sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la disposición afecta a sus 5 funcionarios interinos de larga duración, todos ya más de 7 años temporales.
- a
diferencia del personal empleado público de las Administraciones
Públicas de la Administración General del Estado, autonómicas, locales ,
de sus organismos autónomos y entidades de derecho público así como de
las Universidades Públicas -es decir el personal del artículo 2 del
Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP]-, el personal de las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas es, según el propio artículo 4 del EBEP, "personal con legislación específica propia",
al que sólo se aplican las disposiciones del EBEP que explícitamente
disponga la propia legislación específica de este personal en este
caso, el propio Estatuto del Personal al servicio del
Parlamento de la Rioja, justo el texto que se aprobó ahora en su nueva
redacción. Por tanto es personal público pero totalmente ajeno al EBEP
salvo en los puntos que elija su Estatuto referir o trasladar de él- y
la disposición transitoria ciertamente no lo hace-,
aunque, obviamente, no es ajeno a la Constitución Española y otras leyes generales,
naturalmente
, - por otro lado y en relación a la competencia o no, constitucional, del Parlamento Riojano para regular esta materia, es una Ley Orgánica -estatal por tanto-, la del Estatuto de Autonomía , la que fija que es el propio Parlamento Regional quien debe fijar dicho Estatuto propio para su propio personal
Sin
duda, el resultado de este recurso tiene sumo interés, especialmente
si el Tribunal Constitucional acepta (como parece claro) la competencia
del Parlamento Riojano para regular sobre su propio personal y entra a
examinar el fondo de si la declaración de personal público fijo en base
a esa argumentación de transposición de normativa y jurisprudencia
europea, choca contra los artículos de la propia Constitución, sobre
todo a la vista de que en el proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de
temporalidad pública se ha argumentado, por parte de los partidos firmantes del pacto que ha determinado su texto aprobado en el Congreso,
que tanto la fijeza directa -aunque sea a extinguir y sin alcanzar la
condición de funcionario de carrera - como un proceso restringido de
valoración de méritos violarían la Constitución.
Por otro, lado en el orden del día de este Pleno también figura la "dación de cuenta de providencias" al recurso de
inconstitucionalidad interpuesto por 50 diputados de Vox contra el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de Julio,de reducción de la temporalidad o "Icetazo", Decreto-ley del que curiosamente el pasado 30/12/2021 la
Secretaría General del Tribunal Constitucional demitió una resolución en la que afirmaba que no figuraba
interpuesto ningún recurso de inconstituionalidad, algo que la propia Portavoz adjunto y Secretaria General del Grupo de VOX en el Congreso, Macarena Olona salió a desmentir, añadiendo que en este próximo Pleno, el Tribunal Constitucional decidirá si admite a trámite el recurso.
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de IU por el Grupo Mixto para instar al Gobierno regional a medidas de
inspección y sanción contra el fraude en la contratación y abuso de la
temporalidad en el sector público, similar a la implementada para el
sector privado, para dar cumplimiento a la directiva y sentencia
europeas. Se aprueba la realización de una inspección de los puestos en
abuso pero se rechaza el punto de las reglas para determinarlo. El
PSOE, por el Gobierno de la Rioja, vota a todo en contra por "entrañar
graves problemas de ilegalidad". Ciudadanos se muestra de acuerdo pero
pide que se plantee concretar una solución. PP y PSOE avanzan que la
solución deben consensuar en la conferencia estatal, debe respetar los
principios constitucionales y ser convocatorias de libre concurrencia.
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- [31/03/2021] El Parlamento de la Rioja aprueba el Proyecto de nuevo Estatuto del personal propio del Parlamento con una disposición transitoria que reconoce directamente con su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja la condición de empleado público fijo a los empleados del propio Parlamento de La Rioja temporales más de 5 años que accedieron por proceso selectivo público ante el fraude de ley de abuso de temporalidad y para dar cumplimiento a la Directiva y sentencias europeas. El personal de las cámaras regionales es personal público con legislación específica propia aparte del propio Estatuto Básico del Empleado Público. Votaron a favor PSOE y el Grupo Mixto y en contra PP y Cs que exigen un informe juridico externo adicional de los favorables de los servicios internos y del Letrado Mayor de la Cámara. CCOO de La Rioja opina que viola la Constitución Española y hará todo lo que esté en su mano para frenar "esta locura jurídica"
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10 comentarios:
Es inconstitucional porque mo afecta a los trabajadores en abuso, afecta más bien a los fondos europeos. Pocos o ninguno se podrán acoger a un concurso envenenado.
Pues si que es interesante si entran al fondo. Pero me da que haran una finta para no pronunciarse si pueden.
Y en cuanto a lo de Vox que pasaria con los procesos si lo declaran inconstitucional. ¿Volvemos al EBEP puro y duro sin concurso de merito y demas?
Si es inconstitucional sería precisamente por lo contrario. Por favorecer en exceso al personal en abuso frente a los opositores. Gracias a nuestros amigos de vox,nos pueden hasta quitar está mínima mejora y volver al ebep anterior
Mejora para quién? Más del 90% de las plazas convocadas y las que no lo están las están sacando pasándose la ley por el forro. Los de 3 años fuera, los de más de 6 también y es que no todos somos profesores o sanitarios, qué por cierto están convocando también por concurso oposición sin esperar. Una ley de mierda para salvar los fondos europeos y engañar a la opinión pública. Una ley que en ningún caso ha sido consultada con los afectados y que es un parche mal puesto por está panda de...
Sr. Bendodo, esos trabajadores de la Administración General de la Junta de Andalucía que serán cesados, no cuentan para las cifras??? Nuevos parados y desprecio a la experiencia de muchos, años trabajando para la Administración que Vd. representa. Despidos que burlan principios básicos: eficiencia y eficacia de gestión
Es cierto lo de dice el penúltimo comentario. En la Junta de Andalucía, en marzo hicieron los exámenes (del grupo A al D), y esos son miles de interinos de muchos años en la Administración. Hay muchos q no han aprobado, y supuestamente van a cesarlos.
La mayoría están a menos de 7 años de la jubilación.
Es vergonzoso Sr. Presidente!!
Hasta Csif ve lagunas y desastrosa la ley, de hecho interpreta que toda ope publicada desde la entrada en vigor del RD (8 de julio)debería adaptarse a la nueva ley.
Esto es importante porque ya sabemos como estos meses han acelerado OPES para echarnos a todos y podrían ser ILEGALES de no ajustarse al nuevo RD.
Aquí el enlace al que me refería.
https://www.abc.es/economia/abci-csif-denuncia-ccaa-psoe-ignoran-reforma-oposiciones-interinos-gobierno-202201132004_noticia.html
Desde la entrada en vigor del Izetazo las oposiciones debían haberse regido por él. Es posible que los políticos y demás familia ciegos por el reparto de plazas no lo hicieran, pues ahí tenéis un buen argumento de impugnación para que sean anuladas.
20:40
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Con otros mensajes que quitan si parece que funciona
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