sábado, 4 de octubre de 2025

APISCAM apoya la gran concentración estatal ante el Congreo de este martes 7 por la fijeza ante el abuso de temporalidad pública, la readmisión de las personas cesadas y el cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE

Esta Asociación de Profesionales de informática de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, apoya la Concentración estatal ante el Congreso  convocadas por la Plataforma Afectados Función Pública y la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal  para este martes 7 de Octubre de 13:30 a15:00 por la fijeza ante el abuso de temporalidad pública, la readmisión de las personas cesadas y el cumplimiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE,





La manifestación [ver su nota de prensa] llega en un momento trascendental en que:
  •  tras las dos sentencias de 2024 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del 22 de febrero y del 13 de junio de2024, -que  establecieron que sigue sin haber sanción valida al abuso de temporalidad pública en la legislación española, la Comisión Europea está instando al Gobierno español , en el marco de un procedimiento de infracción abierto tras nuestra sentencia europea de 2020, a que regule ya una nueva norma legal para el empleado publico temporal más de 3 años  y que sea más respetuosa con la normativa europea que la ley 20/2021 (la de lo los concursos de méritos de estabilización ) y ha revisado el cumplimiento del compromiso de España en el Plan de Recuperación de disponer de una ley en 2021 para reducir la temporalidad pública con medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad, y  lo ha declarado incumplido por falta de medidas efectivas para sancionar el abuso en la Ley 20/2021 decidiendo suspender a España 626 millones de los fondos europeos, que sólo podrán ser recibidos si España establece nueva normativa válida
  • existen  enmiendas en el Congreso de grupos minoritarios -pero necesarios para mayorías parlamentarias de las iniciativas legislativas del gobierno- para que se apruebe una normativa de fijeza directa de solución al más de medio millón de empleados públicos que siguen en abuso de temporalidad o , incluso, ya han sido cesados por diferentes procesos estando en abuso
  • mientras, los sindicatos de la mesa general de función publica piden, al contrario,  ofertas públicas de empleo con los puestos de temporales 
  • y, por últimp,  el Ministerio de Función Pública hacaba de presentar un nuevo plan de reducción de temporalidad en el que propone que en 1 año se reduzca  a 2 años estrictos la duración máxima de los futuros nombramientos interinos de vacante, dando un plazo de 3 años adicionales a los interinos anteriores, que serían cesados en el caso de alcanzar ese plazo e indemnizados con 20 días por año trabajado con tope 12 mensualidades, pero no recibirían nada si su plaza es cubierta antees por un proceso selectivo o amortizada.  No se proponen indemnizaciones mayores o no postergadas al cese, como exige el TJUE, ni proceso de estabilización alguno. Sólo se hace referencia a posibles cambios "oportunos" , adicionales a la ley 20/2021, en función de la futura sentencia del TJUE del asunto Obadal en el TJUE  C-418/24 
 
Se ha preparado un formulario para el envío de apoyos en  http://bit.ly/4mDfXJU

 

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7 comentarios:

Anónimo dijo...

Muchísimas gracias por vuestra labor, en el día a día , ya que sin ustedes la lucha no seria igual, Gracias por caminar juntos

Anónimo dijo...

Parece que pinta muy bien, Gracias todos

https://fetap-cgt.org/2025/10/03/concentracion-en-madrid-el-7-de-octubre-contra-la-temporalidad-en-el-sector-publico/

Anónimo dijo...

QUINTO.- La respuesta a las cuestiones planteadas por el auto de admisión.

De acuerdo con lo dicho hasta aquí, las respuestas a las cuestiones que nos ha sometido el auto de admisión han de ser las siguientes: (i) la apreciación del uso abusivo de los nombramientos temporales exige la comprobación de que se reiteran o prolongan para cubrir necesidades no permanentes o estructurales; (ii) es contrario a la Constitución convertir en funcionario fijo o equiparable a quien haya recibido nombramientos temporales abusivos; (iii) el afectado por el abuso, de ser cesado fuera de los supuestos previstos legalmente para la terminación de la relación de servicio temporal, tendrá derecho a ser repuesto hasta tanto el puesto de trabajo desempeñado se cubra por funcionario público o se amortice; (iv) quien haya sido objeto de nombramientos temporales abusivos, si acredita haber sufrido perjuicios por esa causa, tendrá derecho a ser indemnizado en medida proporcionada a ellos o, en su caso, en la que establezca el legislador.

Anónimo dijo...

Eso es humo…papel mojado de aquí a final de año, loko

Anónimo dijo...

7 de octubre TODOS en Madrid. Ahora o nunca.

Anónimo dijo...

Ojalá antes.

Anónimo dijo...

19,55 tomate algo que te anime, y de camino, acude a la Manifestación