'Con fecha 25 de Septiembre se ha publicado la guia de la FDA para las aplicaciones móviles en Salud.
Esperemos que en España se dejen de crear organismos regionales a costa del consumidor, que analizan las aplicaciones móviles en Salud para certificarlas y actuemos como la FDA que considera
1.- La mayoria de las aplicaciones móviles no se encuentran en el
concepto de APARATOS MEDICOS (MD=Medical Devices) definidos por la FDA
(o la marca CE de Aparato Medico para nosotros).
2.- Algunas de las aplicaciones moviles cumple los criterios de MD,
pero como no implican riesgo o el riesgo es minimo para el usuario la
FDA no les exige las normas reguladoras de un MD
3.- La FDA define como APLICACIONES MEDICAS MOVILES aquellas que
debido a su funcionalidad y no a su plataforma implican riesgos para
el paciente si no funcionan como en principio especifican.'
'DEFINICIONES
Plataforma móvil: Commercial off-the-shelf (COTS)
plataforma computacional con o sin conectividad inhalambrica que es un
“handheld device” es decir de pequeño tamaño que quepa en la mano,
incluyendo los portátiles.
Aplicacion móvil: Es una aplicacion de software que corre en una
plataforma movil o aquella diseñada para una plataforma movil que se
ejecuta en un servidor.
Aplicacion Medical Movil : La que comple la
definicion de MD segun la FDA -section 201(h) (FD&C Act)4 o bien
que intenta ser un accesorio de un MD o que transforma una plataforma
movil en un MD.
Y mucho cuidado con los proveedores de servicios IT, porque
habitualmente no se les considera promotores, dueños o “manufacturers”
excepto que: Creen una aplicación o un sistema de software que permita acceso a funciones propias de un MD a través de una subscripción web, de un SaaS (software as a service) o de accesos similares.'
'En cualquier caso las APLICACIONES MEDICA MOVILES se clasifican como
cualquier MD en clase I (sujetas a controles generales), clase II
(Sujetas a controles generales y especiales), y clase III (sujetas a
aprobacion antes de la comercialización)
Nos queda todavia pendientes el control de los proveedores de servicios.
Y controlar los aspectos legales de la TELEMEDICINA que se hace con estos aparatos medicos.'
Fuente y noticia completa: Blog de la Cátedra de Telemedicina de la Universidad de la Laguna 30/09/2013
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