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martes, 23 de julio de 2019

[FeSP UGT Madrid] 'Por fin se publica el concurso de traslados para el personal laboral de la Comunidad de Madrid' [No afecta a las plazas incluidas en OPEs de estabilización]

'En la mañana de hoy, 19 de julio, se ha dado luz verde en la Comisión Paritaria para la publicación del concurso de traslados en el BOCM. En este mes de julio (posiblemente la semana que viene) tendremos las bases y listados definitivos publicados y comenzará el plazo para registrar la solicitud.

El plazo finalizará el 30 de septiembre.

Se convocan en torno a 3200 plazas de traslados. UGT proponía incluir en traslados la totalidad de las cerca de 9000 plazas existentes, para más información pincha aquí.
  • No se convocarán plazas de las categorías que se encuentran dentro de los catálogos de funcionarización ni las sometidas a los procesos de estabilización.

lunes, 22 de julio de 2019

[CCOO de la Comunidad Valenciana] 'La central sindical señala que la única forma de estabilizar empleo público temporal es mediante la superación de los correspondientes procesos selectivos en desarrollo de la Ofertas Públicas de Empleo. Así lo ha defendido el sindicato en el Ayuntamiento de Sax (Alicante)' [Opina que la sentencia del TJUE nunca va a suponer la fijeza y que el Tribunal Supremo está marcando el camino]

'CCOO manifiesta que en ningún caso este sindicato ha avalado o apoyado la paralización de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Sax. Según José Manuel Martí, permanente sindical de CCOO y miembro de la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Sax como sindicato mayoritario, ha habido una “confusión” en la que “se ha expuesto una postura totalmente contraria a lo defendido por CCOO”. 

La postura del sindicato, según Martí, es clara: "La única forma de reducir la temporalidad y la precariedad en las Administraciones Públicas es mediante la convocatoria de OPE”. Además, señala que no existe otra solución.


[SINTTA] Comunicado ante artículo publicado en la NUEVA ESPAÑA "La otra cara de los interinos: "Estudiamos mucho para intentar sacar una plaza fija"

'El Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración (SINTTA), en referencia al artículo publicado en la NUEVA ESPAÑA el pasado  18 de julio, firmado por M.G. Salas y titulado << La otra cara de los interinos: "Estudiamos mucho para intentar sacar una plaza fija", ante lo que creemos supone un menosprecio a la mayoría de los trabajadores temporales de la Administración, no puede dejar de manifestar su disconformidad con muchas de las afirmaciones y opiniones vertidas. Ver noticia en https://www.lne.es/asturias/2019/07/18/cara-interinos-estudiamos-sacar-plaza/2503959.html

[CSIT-UP] 'CSIT UNIÓN PROFESIONAL continúa defendiendo la estabilización del empleo para todo el personal temporal de larga duración contratado de manera abusiva' [Defienden mantener el calendario programado de OPEs mientras esperan la resolución del Tribunal Europeo sobre abuso de temporalidad en personal sanitario que creen afectará a todos los empleados no fijos de los Servicios Públicos]

'En estos días ha habido mucho revuelo con la posible desconvocatoria de la OPE de Médicos de Urgencia hospitalaria. 

Desde CSIT UNIÓN PROFESIONAL y su sindicato médico federado, SIME, siempre hemos apoyado medidas para combatir la precariedad laboral y que estabilicen en el empleo al personal temporal de larga duración contratado de manera abusiva por la Administración. Por este motivo, apostamos intensamente por la reconversión de eventuales en interinos de plantilla y por la estabilización en empleo fijo. Hasta la fecha, la legislación vigente obliga a todos los empleados públicos a conseguir la plaza fija mediante concurso oposición, unos criterios que se mantuvieron también en procesos previos de regularizaciones masivas del empleo temporal en Sanidad. Por ello, en Madrid, todos los sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad hemos firmado las convocatorias de OPEs en las diferentes categorías y especialidades de la sanidad madrileña, acatando la normativa vigente, desde el mejor contexto posible. Así, hemos negociado unas bases del concurso-oposición que permitan el acceso a la plaza fija al personal no fijo de larga duración, porque viene sufriendo una situación de interinidad provocada por el reiterado incumplimiento que la administración pública hace de las convocatorias.

No obstante, en septiembre, esperamos noticias del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) que tiene que dictaminar sobre los derechos adquiridos por el personal sanitario temporal que se encuentra encadenando contratos temporales desde hace más de 3 años. Aunque desconocemos el dictamen final de esa Resolución, entendemos que, sea cual sea, afectará a todos los empleados no fijos de los Servicios Públicos y no solo de Sanidad.  Por ello, y para evitar daños mayores a los trabajadores, en caso en que la Resolución no pase por poner en marcha un sistema de selección distinto del concurso-oposición, consideramos que el calendario de OPEs se debe mantener de acuerdo a lo programado mientras esperamos el dictamen de la justicia. Quedamos expectantes para actuar conforme al pronunciamiento judicial y dentro de la legalidad.


viernes, 19 de julio de 2019

[EFE/la Vanguardia] AMYTS apoya a los médicos de Urgencias del SERMAS en su petición de retraso de la OPE de estabilización hasta las sentencias europeas, el resto de sindicatos de la Mesa Sectorial en contra de estas excepciones

Informa  la agencia EFE via La Vanduardia este 18/07/2019 que el  sindicato médico AMYTS ha solicitado que la convocatoria  de la oferta pública de empleo (OPE) "de estabilización" para los médicos de Urgencias del Servicio Madrileño de Salud , con fase de oposición eliminatoria y  el examen previsto en principio que sea el 17 de Noviembre,  sea paralizada hasta conocer una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [en las importantes  cuestiones prejudiciales acumuladas como  asunto Sánchez Ruiz y otros sobre si ante el abuso de duración de temporalidad en el empleo público la fijeza sería la medida adecuada -y no la convocatoria de oposiciones como decidió y defendido en el juicio europeo el Gobierno de Españaque podría implicar la fijeza para los más de 200 médicos de Urgencias que han presentado demandas judiciales similares, siendo la mayor parte de los 325 puestos temporales de más de 3 años que son los que se convocan, recordando el secretario general de Amyts, Julián Ezquerra la  situación excepcional de este colectivo: desde 2001 no tiene oposiciones y alcanza una temporalidad del 90%

Según AMYTS "de forma abrumadora" estos médicos han pedido a Amyts y a la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias  que "medien con la Administración para que el examen se retrase".

[FSC de CCOO nacional] 'Análisis sobre los procesos de estabilización de empleo público' [Dan cumplimiento a la directiva europea y a las sentencias europeas y del Supremo, que repasa;: CCOO en contra de "carreras de demandas" por las expectativas generadas ante próximas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea]

'Tras analizar las últimas novedades respecto a los procesos de estabilización y las expectativas generadas por sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras quiere aclarar lo siguiente.

La situación en que se encuentra el personal temporal no es achacable al mismo, sino a la irresponsable y errática actuación combinada de los diferentes Gobiernos e incluso a los vaivenes políticos en materia de prestación y gestión de servicios públicos.

Estamos ante un problema de Estado que, de manera irresponsable, ningún Gobierno ha querido resolver a lo largo de décadas. Un problema del que son corresponsables la Administración General del Estado, las comunidades autónomas y las corporaciones locales, ya que los distintos gobiernos, de forma habitual, no han querido convocar las Ofertas de Empleo Público (OPE), ni siquiera con las limitaciones impuestas anualmente por tasa de reposición en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y, con ello, han venido incumpliendo sistemáticamente los preceptos del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), contribuyendo al incremento de la temporalidad, maltratando a las empleadas y empleados públicos interinos/temporales y abandonándolos a esta situación de temporalidad durante años.


jueves, 18 de julio de 2019

[AMYTS] Convocada y desconvocada mesa sectorial de Sanidad extraordinaria sobre las convocatorias "de estabilización" de los médicos de urgencias [que tienen una enorme temporalidad y 18 años sin oposiciones]

Informa AMYTS este 18/07/2019  que la Dir. Gral de RRHH del SERMAS ha convocado, y posteriormente desconvocado, una reunión extraordinaria de Mesa Sectorial de Sanidad  de Madrid con con este único punto del orden del día: Convocatoria concurso-oposición categoría Médico de Urgencia Hospitalaria del Servicio Madrileño de Salud

[RECORDEMOS QUE dicha convocatoria se encuentra entre las convocatorias publicadas  en Febrero de los procesos selectivos del grupo de categorías  incluidas en la 1ª fase de la OPE 2018 del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir , con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal  y todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 y los de los indefinidos no fijos


miércoles, 17 de julio de 2019

El Tribunal Supremo sentencia justificado en un plan de estabilización, como el de Baleares de 2009, valorar mucho más la experiencia previa en la Administración convocante que en otra distinta

Acaba de publicarse en el CENDOJ la sentencia de  24/06/2019  de la Sal a de lo Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo al recurso de casación 1776/2016  en el caso de la demanda de una opositora contra la puntuación 4 veces superior de la antigüedad  en la Administración convocante con respecto a la antigüedad en otro puesto de igual o equivalente categoría pero en otra AAPP, en el caso de la convocatoria del concurso-oposición de  12/01/2009 para el ingreso como funcionario fijo en el Cuerpo Superior de la Administración General de la Comunidad de ntro del Plan de Estabilidad, Laboral de la CAIB, argumentando la demandante que infringe el artículo 23 de la Constitución y su principio de igualdad.

Según resume la sentencia, el Gobierno Balear defendía la legalidad de esa puntuación superior porque  el Plan de Estabilidad Laboral de la convocatoria se aprobó en virtud de la disposición transitoria 8ª de la Ley balear 2/1989, que habilita para  en la fase de concurso "se valore la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria", como también habilita (pero no obliga) la disposición transitoria 4ª del Estatuto Básico del empleado público, defendiendo que la " finalidad perseguida era constitucionalmente legítima y no es arbitraria o injustificada la diferente puntuación de los servicios previos según se prestaran en la misma Administración o en otras" al tratarse de un Plan de Estabilización [de puestos que no fueron convocados  en su debido momento]

El Tribunal Supremo da la razón al Gobierno Balear afirmando directamente que  no aprecia  "infracción del artículo 23 de la Constitución" ni "una diferencia de tratamiento injustificada" en esas bases. Así argumenta: " no parece arbitrario atribuir distinta puntuación a la experiencia previa en la Administración según se haya adquirido en la misma a la que pertenece la plaza convocada o a otra diferente. Aun pudiendo haber elementos comunes entre una y otra, no cabe duda de que no es el mismo el contexto organizativo y funcional correspondiente ni de que tampoco coinciden, en principio, las competencias y funciones ni la normativa a aplicar. Por lo tanto, mediando esas diferencias no es irrazonable que también difiera la puntuación"


lunes, 15 de julio de 2019

[Plataforma de empleados públicos temporales PI] 'Comunicado 11 de Julio 2019 a la cadena televisiva Cuatro. La contratación temporal en fraude de ley en la administración pública española'

 'Madrid, 11 de Julio de 2019.

En el programa de ayer día 10, “Cuatro al día", de la cadena televisiva Cuatro, se trató la problemática de los trabajadores públicos en abuso de temporalidad por parte de las Administraciones Públicas.

El enfoque realizado por esta Cadena no es acorde a la situación real de este problema que implica a toda la sociedad, ya que todos somos usuarios del sistema público de este país. No es sólo un problema laboral de los trabajadores públicos en abuso de temporalidad desde los 3 años hasta los 30 o más.

Dado nuestro desacuerdo con el planteamiento realizado, la Plataforma de Empleados Públicos (Pl) hace llegar a esta cadena un documento en el que ponemos de manifiesto las claves esenciales de la problemática que resulta incompatible con las leyes de la Unión Europea y con la moral.


martes, 9 de julio de 2019

[APRISCAM] 'El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha planifica dejar en la calle al 75% de su plantilla de informáticos e informáticas altamente cualificados'

'Eso prácticamente va a ocurrir de seguir los planes para la convocatoria de las plazas del personal informático del Sescam. El pasado día 1 de julio tuvo lugar la mesa sectorial en la que se informó, entre otras cosas, de la OPE 2018 para las plazas de Tecnologías de la Información del Sescam. La buena noticia es que para las 45 plazas de promoción interna de este colectivo se va a aplicar un concurso de méritos exclusivamente, amparándose en lo que se ha hecho con las nuevas categorías de enfermería y basándose en el artículo 34.3 del Estatuto Marco (Ley 55/2003). Esta forma de consolidar es la que han demandado los trabajadores y trabajadores desde hace años, y la que APRISCAM también ha defendido con informes jurídicos solventes. Pero hasta ahora el Sescam y su Director de Recursos Humanos siempre se han negado aludiendo a dudas legales y posibles impugnaciones. Sin embargo ahora, súbitamente, el criterio ha cambiado, y han determinado el uso el artículo 34 del citado Estatuto Marco que posibilita una opción de concurso de méritos para el personal en situación de promoción interna. ¿Por qué no se usa el artículo 31.1 del también Estatuto Marco para consolidar vía valoración de méritos a TODO el personal informático del Sescam que, recordemos, nunca ha tenido opción de acceder a su plaza fija y tienen una antigüedad de hasta 30 años de servicio altamente cualificado en el Servicio de Salud.

Este trato diferenciado y discriminatorio a la plantilla de informáticos ha puesto la última gota al vaso de la paciencia y sufrimiento que están soportando estos profesionales, y ha conseguido fracturar al grupo que forman, en el que hasta ahora se luchaba por defender todos sus puestos de trabajo ante un comportamiento de la administración ilógico e irresponsable.


miércoles, 3 de julio de 2019

[SEMES/AMYTS] NOTA INFORMATIVA sobre la reunión de afectados por la oposición de estabilización de la categoría de urgencias hospitalarias

'El martes 2 de julio de 2019 en la sede de AMYTS, se celebró una reunión a instancias de un numeroso grupo de médicos de urgencias hospitalarias, afectados por la Oferta Pública de Empleo (OPE) en la Comunidad de Madrid, junto a representantes de AMYTS, su asesoría jurídica representantes de SEMES y el despacho de abogados de Javier Arauz.

La reunión contó con una amplia representación de la inmensa mayoría de los servicios de urgencia hospitalaria del SERMAS. en donde los afectados pudieron exponer la situación que están sufriendo, los facultativos de la categoría de urgencia hospitalaria y sus planteamientos ante el desarrollo de la oposición.

martes, 2 de julio de 2019

Publicados los primeros listados de aprobados de la fase de oposición de la OPE 2017 del SERMAS con plazas de "estabilización" de los puestos temporales más de 3 año: Matronas y Fisioterapeutas

Acaban de publicarse  los primeros  listados de aprobados de la  fase de oposición de  categorías de la OPE 2017  del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir , del segundo grupo de categorías en el SERMAS  con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, instando a que la temporalidad quedara reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos:
En estas cateogorías, todas las plazas habían sido computadas por  "estabilización" , ypor tanto son todas de  puestos temporales más de 3 años.
 
El Plazo para presentación de méritos de la fase de concurso del 2 al 20 de septiembre de 2019

Recuérdese que las bases son las que se acordaron por gran mayoría, pero no unanimidad, en con la  Mesa Sectorial:
  • un concurso-oposición, con 50 % de peso para la oposición, 50% de peso para el concurso de méritos
  • la oposición en primer lugar y eliminatoria que se supera con el 50% de la media aritmética de las 10 notas más altas, sin limitar el número máximo de personas que superan esta fase
  • fase de concurso: 35 de los 50 puntos por experiencia profesional , contando la antigüedad en la misma categoría en otro servicio público de Salud , lo mismo que en el SERMAS  , y 15 puntos porcursos de formación acreditados
 
Nótese las elevadas puntuaciones pro antigüedad en un número mayor que las plazas convocadas, lo que hace pensar que habrá plazas de personal interino que habrán sido ganadas por personal de otras CCAAs (con el cese del interino del propio SERMAS).
 
 
 Recuérdese también que ya van más de 31 mil plazas de la Comunidad de Madrid reconocidas de más de 5 años de temporalidad y que está pendiente la OPE 2019 del Servicio Madrileño de Salud con el resto de categorías que se decida incluir, entre ellas las de los informáticos del SERMAS, como los de Urgencias también reclamantes de procesos de estabilización directos por temporalidad del 80% y ser el primer proceso selectivo que se desarrollaría para un colectivo de antigüedad generalizada muy superior, y en el que varios se encuentra con demandas judiciales a la espera de la sentencia europea, siendo el caso principal del juicio europeo justo de uno de los informáticos del SRMAS.

lunes, 24 de junio de 2019

Carta de la Plataforma de Empleados Públicos Temporales (PI) al Gobierno de España para exigir la paralización de todos los “procesos de estabilización” del empleo público hasta que la situación legal quede completamente aclarada tanto en el Tribunal de justicia de la Unión Europea como en el Tribunal Supremo

'La Plataforma de Empleados Públicos Temporales (PI), como consecuencia del abuso en la contratación temporal sucesiva de los empleados públicos, exige:

La paralización de todos los “procesos de estabilización” del empleo público (sin perjuicio de la continuidad de la oferta de plazas ordinarias para cubrir bajas de efectivos) donde se convocan todas las plazas que YA ESTÁN OCUPADAS desde hace años por empleados públicos temporales contratados en fraude de ley hasta que la situación legal quede completamente aclarada tanto en el TJUE como en el Tribunal Supremo, ya que de no ser así, las autoridades administrativas que no acuerden la medida cautelar de no incluir dichas plazas en una OPE o proceso selectivo pueden incurrir en  responsabilidades personales y patrimoniales al haber adoptado, a sabiendas, una resolución injusta.

LA CONTRATACIÓN TEMPORAL EN FRAUDE DE LEY EN LA  ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA

Los Gobiernos de todos los colores políticos han creado un cuerpo de funcionarios a los que denomina “temporales” a pesar de que llevan trabajando para la Administración 3, 5, 10, 20, 30, 35 años. Estos abusos de las Administraciones Públicas en la contratación temporal se deben al incumplimiento del art. 70.1. de EBEP durante años.

Además del incumplimiento de los plazos, las Administraciones no han sacado a oposición el 100% de la tasa de reposición, ofertando durante décadas menos plazas vacantes de las existentes y amortizando plazas, incrementando así la oferta de plazas temporales que ha dado lugar a la elevadísima tasa actual de contratación temporal de larga duración.


viernes, 21 de junio de 2019

[El Periódico] Trabajadores sociales interinas de la Generalitat catalana protestan por la convocatoria de su puestos tras llevar 20 años sin oposición y pese a la moción de consolidación por concurso de méritos aprobada por su parlamento y el juicio pendiente en el Tribunal Europeo sobre fijeza ante el Fraude de Ley cuya sentencia se espera para septiembre

Informaba El Periódico de Cataluña el pasado 15/06/2019  del conflicto laboral de las trabajadoras sociales de la Generalitat que ven como tras 20 años sin convocatorias de oposiciones, su gobierno  convoca ahora a oposición , de 85 temas, las 173 plazas ocupadas por personal temporal de larguísima duración [dentro del marco de los denominados "procesos de estabilización de puestos" estructurales pero en "fraude de ley" por llevar temporales  más de 3 años  que se derivan de los artículos 19 de las Leyes de Presupuestos del Estado de 2017 y de 2018 tras sendos polémicos  acuerdos del Estado con los sindicatos sin regular medidas excepcionales de compensación  o de consolidación del propio personal temporal], especialmente tras la aprobación en el Parlamento catalán de una moción al Gobierno catalán [no vinculante al no ser una Ley ] para que  los puestos de los trabajadores de más edad incluidos en esas OPEs de estabilización se convoquen  como un proceso de consolidación del propio personal por la vía excepcional pero legal ya contemplada en el artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público de un proceso selectivo por concurso de méritos puro [donde primaría la antigüedad en el puesto se supone].

Así el Gobierno catalán habría ignorado esta moción, mientras se estima que se convocarán con oposición muchas de las 54 mil puestos temporales -en  su inmensa mayoría fraudulentos- que acumula la Generalitat , la cuarta parte de la plantilla.

lunes, 17 de junio de 2019

Publicados los listados provisionales de más de 16 mil admitidos para 2490 plazas de las categorías en la 1ª fase de la OPE 2018 del SERMAS de "estabilización" de los puestos temporales más de 3 años

En el BOCM del pasado viernes 14/06/2019 se publicaban  los listados provisionales de admitidos a las convocatorias publicadas  en Febrero de los procesos selectivos de las categorías  incluidas en la 1ª fase de la OPE 2018 del Servicio Madrileño de Salud de "estabilización" del los puestos temporales de más de 3 años, es decir , el segundo grupo de categorías en el SERMAS  con plazas computadas fuera de tasa reposición autorizadas por el denominado "proceso de estabilización de puestos"  que se derivaba  de la Ley de Presupuestos 2017 , tras el polémico y previo  acuerdo del Estado con los sindicatos sobre temporalidad del empleo público  , y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal [ más de 22 mil según el SERMAS] , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 a los que se refiere la Disposición Transitoria 4ª del Estatuto Básico del Empleado Público y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia, instando a que la temporalidad quedara reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos.

En concreto, los admitidos provisionales son:

martes, 4 de junio de 2019

[Gob. Andalucía] 'La Junta acuerda la convocatoria de 2.786 plazas de empleo público para Administración General. Habrá un único examen para las opciones de acceso ordinaria y extraordinaria [de estabilización de puestos temporales más de 3 años] de las ofertas de 2017, 18 y 19' [Bases acordadas en Mesa Sectorial: 60% oposición eliminatoria, 40% méritos con 20% del total el peso de antigüedad dentro y fuera de las AAPP]

'La Junta de Andalucía ha acordado con los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial de Administración General la convocatoria de 2.786 plazas de empleo público en dicho sector. La oferta, que se convocará en los próximos meses, corresponde a los procesos selectivos paralizados desde el año 2017. Según el acuerdo alcanzado, se acumularán las plazas de los procesos correspondientes a las ofertas de empleo público ordinaria y extraordinaria del año 2017; la oferta de empleo público ordinaria de 2018; y la oferta de empleo público extraordinaria de 2019.

Como novedad, con los objetivos de racionalizar la gestión de los recursos públicos, garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, y el reclutamiento conforme a los criterios de mérito y capacidad, se ha pactado que exista un único examen para las pruebas selectivas que se correspondan con plazas idénticas. De esta forma, se unificará el proceso en ambas opciones de acceso, ya sean ordinario o extraordinario.


jueves, 16 de mayo de 2019

[Cinco Días/ El País] La Comisión Europea afirma en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que España no tiene medidas eficaces y disuasorias contra el abuso de la temporalidad en el empleo público, descartando como tales las OPEs de estabilización emprendidas con los puestos de los temporales abusados

Informa Cinco Días de El País este 16/05/2019 del juicio que tuvo lugar ayer 15/05/2019 en  en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea  sobre los asuntos acumulados planteados por dos juzgados madrileños por los casos de  nuestro informático estatutario interino de vacante de 18 años  y el de 4 odontólogas ambos del Servicio Madrileño de Salud y que habían demandado la fijeza con el abogado Javier Araúz de Robles, haciéndose especial eco de las tajantes afirmaciones que realizó el representante de la Comisión Europea en dicho juicio:
  • "las Administraciones españolas no pueden ampararse en la ley nacional para nombrar personal temporal para atender necesidades provisionales y que, sin embargo, son usados para atender necesidades permanentes
  • "no existe en España medidas sancionadoras para garantizar el cumplimiento" de la cláusula 5ª de la Directiva europea contra el abuso en la temporalidad."
  • "los procesos de estabilización del empleo para reducir la temporalidad al 8%", argumentados por el Ejecutivo español, "son genéricos y no ofrecen garantía concreta para prevenir y sancionar el abuso en la temporalidad en el Sector Público" y "no son disuasorios porque no implica ni indemnizaciones que beneficien al trabajador ni ningún otro efecto desfavorable para la Administración que ha cometido el abuso"
  • “una eventual indemnización no es una medida que, por sí sola, proteja a los trabajadores”.
  • " la conversión en interino o prolongación ab infinitum no puede considerarse medida preventiva o de sanción"
trasladando la exigencia del abogado de los demandantes que ante la inexistencia de sanciones válidas “no cabe más opción que transformar al funcionario interino y al personal laboral temporal en un empleado público fijo”, opinando al respecto que  “el TJUE está muy sensibilizado contra el abuso generalizado de la temporalidad existente en España"



viernes, 10 de mayo de 2019

Este domingo 12 de mayo, la oposición de las Ofertas Públicas de Empleo de estabilización de puestos temporales del SERMAS de las categoría de Enfermería con más de 35 mil aspirantes para 5 mil puestos temporales, casi todos de más de 5 años ocupados por temporales de muchos años que serán "cesados" sin indemnización si no quedan entre los primeros del concurso-oposición, mientras que la semana que viene se juzga en el Tribunal Europeo si convocar a OPEs estos puestos en abuso de temporalidad es una solución acorde a la Directiva europea

Este domingo 12 de mayo tendrá lugar un nuevo "examen" o fase de oposición de los procesos selectivos de las masivas Ofertas Pública de Empleo del Servicio Madrileño de Salud denominadas "de estabilización": la oposición de las categorías de Enfermero/a , en la que 33.630 aspirantes competirán por 5.266 plazas y de Enfermeros de Emergencias del SUMMA 112, en la que 1205 aspirantes competirán por 130 plazas, en ambos casos la inmensa mayoría ocupadas de forma temporal más de 3 años a 31/12/2016, es decir, son ahora  plazas temporales de más de 5 años. Sumando ambas serán casi  35 mil aspirantes para algo 5.396 plazas



Los procesos selectivos  de la categoría de Enfemero/a  y de la categoría de Enfermero/a de Emergencias del SUMMA corresponden en concreto con plazas  de la   Oferta Pública de Empleo de 2017 del SERMAS,  la primera OPE del SERMAS  con el  primer grupo de categorías con plazas ofertadas que han sido computadas (todas en algunas categorías, o su inmensa mayoría, en general) fuera de la tasa reposición y en la tasa adicional  "de estabilización de puestos", según se deriva de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017, ley aprobada por el anterior Gobierno del Estado tras un polémico y previo acuerdo del Gobierno del Estado con los sindicatos con representación en la mesa de Función Pública estatal sobre temporalidad del empleo público y que autorizaba a convocar sin tener en cuenta límites de tasa de reposición hasta el 90% de los puestos de trabajo en el SERMAS y otros sectores de la Comunidad de Madrid que a fecha de 31/12/2016 llevaran  más de 3 años cubiertos de forma temporal , todos los puestos temporales de cualquier AAPP  desde antes de 1 de Enero 2005 y todos los puestos de los indefinidos no fijos por sentencia [haciendo un total de más de 23 mil  según el SERMAS para todas las categorías], e instando a que la temporalidad quede reducida por debajo del 8% en el SERMAS al finalizar estos procesos.


miércoles, 8 de mayo de 2019

El Tribunal Supremo declara nulo el cese del empleado laboral "Indefinido no fijo por sentencia" si es por Oferta Pública de Empleo de su puesto a plaza funcionaria y si previamente ha reclamado la adscripción a plaza laboral. Caso de la Xunta de Galicia. lncluidas en las OPEs de estabilización de la Administración de la Comunidad de Madrid y del Servicio Madrileño de Salud como plazas funcionariales los puestos de numerosos laborales de larga duración


La Sala de lo Social (la que lleva los casos de los empleados públicos de tipo laboral) del Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial española- dictó   una importante sentencia el pasado 28/03/2019 en el recurso de casación nº 2123/2017 contra la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 29/01/2016 ante el caso de una empleada del Consellería de Innovación e Industria que había obtenido en 2009 la declaración de "indefinida no fija por sentencia"- figura laboral establecida por la jurisprudencia en el orden de lo Social-  y que vio cómo la Xunta adscribía su plaza de laboral a plaza de funcionario en 2008 en un proceso de ordenación de empleo público del Gobierno gallego. La indefinida no fija presentó reclamación contra esa adscripción más de 3 años después y solicitó ser adscrita a plaza laboral. Finalmente, esa plaza funcionaria de su puesto fue convocada a proceso selectivo como plaza de funcionario siendo cesada por la cobertura de su puesto por uno de los nuevos funcionarios en 2015.

La trabajadora perdió su impugnación judicial de dicho cese tanto en el juzgado de primera instancia como en su recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, pero ahora ha visto cómo el Tribunal Supremo, siguiendo su sentencia del 13/12/2016 (nº rec. 2059/20159), dicta con rotundidad:

" la única vía válida para la extinción de los contratos de trabajo de los indefinidos no fijos será la de cobertura de la plaza de personal laboral que corresponda con la que ocupen en su calidad de tales, o, en su caso, la amortización de tal plaza con la exigencia de que la Administración acuda a la vía de los arts. 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores"