'La Plataforma de Empleados Públicos Temporales (PI), como consecuencia
del abuso en la contratación temporal sucesiva de los empleados
públicos, exige:
La paralización de todos los “procesos de estabilización” del empleo público
(sin perjuicio de la continuidad de la oferta de plazas ordinarias para
cubrir bajas de efectivos) donde se convocan todas las plazas que YA
ESTÁN OCUPADAS desde hace años por empleados públicos temporales
contratados en fraude de ley
hasta que la situación legal quede completamente aclarada tanto en el TJUE como en el Tribunal Supremo,
ya que de no ser así, las autoridades administrativas que no acuerden
la medida cautelar de no incluir dichas plazas en una OPE o proceso
selectivo pueden incurrir en
responsabilidades personales y patrimoniales al haber adoptado, a sabiendas, una resolución injusta.
LA CONTRATACIÓN TEMPORAL EN FRAUDE DE LEY EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA
Los Gobiernos de todos los colores políticos han creado un
cuerpo de funcionarios a los que denomina “temporales” a pesar de que llevan trabajando para la Administración 3, 5, 10, 20, 30, 35 años.
Estos
abusos de las Administraciones Públicas en la contratación temporal se
deben al incumplimiento del art. 70.1. de EBEP durante años.
Además del incumplimiento de los plazos, las Administraciones no han sacado a oposición el 100% de la tasa de reposición,
ofertando durante décadas menos plazas vacantes de las existentes y
amortizando plazas, incrementando así la oferta de plazas temporales que
ha dado lugar a la elevadísima tasa actual de contratación temporal de
larga duración.