'El pasado 24 de febrero de 2014, se publicó en el BOCM la Orden de 18 de
febrero de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se
dictaban instrucciones para la contratación de personal temporal en la
Comunidad de Madrid.
La citada Orden de contratación de personal, establece en su artículo 11.6 “que no podrán realizarse nombramientos de personal estatutario eventual, en aquellas categorías declaradas a extinguir”.
La citada Orden de contratación de personal, establece en su artículo 11.6 “que no podrán realizarse nombramientos de personal estatutario eventual, en aquellas categorías declaradas a extinguir”.