Por tanto, bajo ese supuesto, se repiten los mismos totales anuales que ya os trasladamos el año pasado para las categorías estatutarias -de igual retribución para el mismo grupo de clasificación- de la Función Administrativa y de la función informática, categorías donde recae la inmensa mayoría del personal con funciones de informática del SERMAS, así como el porcentaje de variación con respecto al sueldo previsto inicialmente para 2010, el que sí se cobró en 2009, 2008 y 2007 entre corchetes (no se incluyen el complemento de productividad variable -casi irrelevante hasta ahora para los grupos C y D- ni los posibles complementos personales que alguien pueda tener en algún caso especial ni tampoco los complementos de antigüedad del personal fijo; entre paréntesis tras la categoría se apunta el Nivel del Complemento de Destino; los Grupos de Clasificación se dan en notación EBEP y entre paréntesis la notación del grupo anterior al EBEP):
- Grupo A1 (A) - Técnico de la F.A. y Técnico Superior de Sistemas y TI (23): 29539,82 euros [ 2010-7,4%, 2009-7,2%, 2008 - 5,2%, 2007-2,5%]
- Grupo A2 (B) - Gestión de la F.A. y Técnico de Gestión de Sistemas y TI (21): 24077,22 euros [2010-5,8%, 2009-5,6%, 2008-3,8%, 2007-1,5%]
- Grupo C (C1) - Administrativo y Técnico Especialista en Sistemas y TI, en A. Especializada (17): 20016,04 euros [2010-4,5%, 2009-4,2%, 2008-2,5%, 2007-0,2% ]
- Grupo C (C1) - Administrativo y Técnico Especialista en Sistemas y TI en A. Primaria y SUMMA (17): 19793,20 euros [2010-4,5%, 2009-4,2%, 2008-2,5%, 2007-0,2%]
- Grupo D (C2) - Auxiliar Administrativo en A. Especializada (15): 16730,04 euros [2010-2,7% , 2009-2,5%, 2008-0,88%, 2007+1,3%]
- Grupo D (C2) - Auxiliar Administrativo en A. Primaria y SUMMA: (15) 16598,76 euros [2010-2,7%, 2009-2,5%, 2008-0,84%, 2007+1,3%]
En el Anexo IV de las instrucciones de nóminas del año pasado figuran los sueldos del personal laboral bajo el Convenio Laboral de la Comunidad de Madrid, bajo el que se encuentra un muy reducido número de personal informático del SERMAS.
A esta nueva congelación habría que sumar el aumento, de carácter progresivo, de los impuestos de rentas del trabajo o IRPF aprobado la pasada semana por el Gobierno del Estado y que para sueldos brutos comprendidos entre 16 mil y 30 mil euros anuales como los de estas categorías supondrán una ligera reducción del suelo neto por aumento de los impuestos, por ejemplo, de entre 60 y 250 euros anuales según categoría y para el caso de declaración individual.
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2 comentarios:
en lo de ligera reducción os podías haber ahorrado la palabra ligera, no será mucho pero aplicado sobre una base de congelación salarial cuando la vida sube jode que te quiten 200 euros del neto
pues para el caso del grupo A, por ejemplo, que tiene un neto de 24 mil euros año supone una reducción del 1% de sueldo neto
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