martes, 11 de abril de 2017

[CCOO Andalucía] Nueva sentencia de temporal laboral de AAPP declarado "indefinido no fijo" [~interino de vacante] por superar 3 años de contrato

'Los trabajadores y trabajadoras temporales de las administraciones públicas tienen derecho a que se les reconozca la condición de indefinidos no fijos cuando llevan más de tres años de contrato. Así lo ha reconocido una nueva sentencia emitida, en esta ocasión, por un Juzgado de lo Social de Córdoba, que reconoce que superados los tres años de contrato “el trabajador debe tener una consideración de trabajador indefinido no fijo”.

La sentencia responde a la demanda de dos trabajadoras, que han estado representadas por los servicios jurídicos de CCOO de Córdoba, que llevaban más de tres años trabajando para la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes con contrato de trabajo temporal, en un caso “para vacante RPT” y en el otro “hasta que el puesto de trabajo sea cubierto a través de los procedimientos establecidos en la Ley (…) de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el vigente convenio colectivo, o amortizados de forma legal”.


El fallo del Juzgado de lo Social viene a sumarse a otras sentencias anteriores del Tribunal Supremo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y Tribunal Superior de Justicia de País Vasco (TSJPV) en el mismo sentido, en las que se reconoce que “el contrato de interinidad para cobertura de vacante debe considerarse como relación laboral indefinida en la Administración por superación del plazo de tres años para la provisión de la plaza ocupada temporalmente por el trabajador contratado”.
Para CCOO, esta sentencia reviste gran importancia, pues viene a reconocer un derecho que equipara a los trabajadores y trabajadoras temporales de las administraciones públicas con los del sector privado y sigue creando jurisprudencia en esa dirección.

El sindicato anima a las personas que puedan encontrarse en esta misma situación a informarse en los servicios jurídicos de CCOO y a reclamar, si procediera, su derecho a ser considerados indefinidos no fijos.'

Fuente: Nota de Prensa de CCOO de Andalucía de 10/04/2017
Resaltado en negrita cursiva nuestro
 
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