martes, 13 de agosto de 2019

[CCOO Sanidad Madrid] 'El Hospital Clínico ha colocado a 40 personas como interinos/as saltándose las bolsas de empleo y por un procedimiento “ilegal e irregular” . CCOO denuncia que se está vulnerando la Ley de Acceso al Empleo Público en el SERMAS'

'La Gerencia del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” ha colocado en puestos de funcionario interino a cuarenta personas, en diferentes categorías, saltándose los procedimientos establecidos por la Ley de Acceso al Empleo Público y los acuerdos alcanzados en la Mesa Sectorial de Promoción Interna y de Selección de Personal Temporal, entre la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y los sindicatos.

En lo que va de año, CCOO Sanidad Madrid ha detectado la contratación de un total de 40 trabajadores/as en los puestos vacantes de funcionarios/as interinos, aunque el número podría elevarse considerablemente ya que la Gerencia del hospital “no actúa con transparencia y se niega a facilitar toda la información sobre los contratos que se realizan en todas las categorías”.
Los puestos vacantes de funcionarios/as, según la Ley de Acceso al Empleo Público y los acuerdos de Mesa Sectorial de Promoción Interna y de Selección de Personal Temporal, tienen que sustituirse o cubrirse a través del listado de promoción interna o por el orden establecido en las bolsas de empleo, según la normativa vigente y los procedimientos pactados en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).


Los puestos de funcionarios/as interinos/as, en la Administración Pública, son los destinados a cubrir las plazas que existen en las plantillas orgánicas de los centros, de forma temporal. Estos puestos solo se cubren de forma definitiva a través de las Ofertas Públicas de Empleo (OPE) con los titulares de las plazas que son los que aprueban las distintas fases de oposición o mediante concurso de traslado.

Así, el sindicato CCOO Sanidad Madrid considera que el SERMAS y, por ende, la Comunidad de Madrid y la Consejería de Sanidad continúan vulnerando los principios de “igualdad, mérito, capacidad y publicidad” que por ley deben cumplir las Administraciones Públicas para cubrir sus plantillas.'

Fuente: Comunicado de la Federación de Sanidad y Sectores SocioSanitarios de CCOO de Madrid de 08/09/2019 recibido en APISCAM

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Con un poco de suerte, a los tres años y un día, todos fijos.

Anónimo dijo...

Lo dices con ironía, ¿verdad? Va a hacer falta mucho más que suerte (que también)

Anónimo dijo...

40 interninos nombrados a dedo, saltándose a la torera la constitución y la ley... ¿por qué no van a merecer ser fijos? Es el caso de muchísimos otros interinos del SERMAS, y de muchos otros sitios.

Anónimo dijo...

Justo se trata de eso, de hacer cumplir la ley, que en el caso de los nombramientos normales de interinos para cubrir necesidades urgentes (como puede ser la de una plaza vacante hasta que salga a OPE al año siguiente) deben ser siguiendo procesos selectivos cumpliendo los principios de igualdad, mérito y capacidad y proporcionales a su temporalidad. Si alguien detecta incumplimiento en un nombramiento debe recurrirlo en el plazo legal cuando ese nombramiento existiendo posibilidades de que sea anulado judicialmente.

Y en el caso del abuso constatado de la temporalidad en el empleo público, está la Directiva Europea que exige una medida de sanción efectiva y disuasoria, que no puede ser otra que la fijeza para el trabajador o, alternativamente, una indemnización fuerte ahora sin esperar a cese alguno y con algún tipo de penalización al responsable de recursos humanos públicos(como es en casi todos los países de la Unión Europea) o las dos cosas juntas (aunque el Tribunal Europeo ya ha sentenciado que concedida la fijeza considera que no es estrictamente necesaria la indemnización ).