'La Gerencia del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” ha colocado
en puestos de funcionario interino a cuarenta personas, en diferentes
categorías, saltándose los procedimientos establecidos por la Ley de
Acceso al Empleo Público y los acuerdos alcanzados en la Mesa Sectorial
de Promoción Interna y de Selección de Personal Temporal, entre la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y los sindicatos.
En lo que va de año, CCOO Sanidad Madrid ha detectado la contratación
de un total de 40 trabajadores/as en los puestos vacantes de
funcionarios/as interinos, aunque el número podría elevarse
considerablemente ya que la Gerencia del hospital “no actúa con
transparencia y se niega a facilitar toda la información sobre los
contratos que se realizan en todas las categorías”.
Los puestos vacantes de funcionarios/as, según la Ley de Acceso al
Empleo Público y los acuerdos de Mesa Sectorial de Promoción Interna y
de Selección de Personal Temporal, tienen que sustituirse o cubrirse a
través del listado de promoción interna o por el orden establecido en
las bolsas de empleo, según la normativa vigente y los procedimientos
pactados en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
Los puestos de funcionarios/as interinos/as, en la Administración
Pública, son los destinados a cubrir las plazas que existen en las
plantillas orgánicas de los centros, de forma temporal. Estos puestos
solo se cubren de forma definitiva a través de las Ofertas Públicas de
Empleo (OPE) con los titulares de las plazas que son los que aprueban
las distintas fases de oposición o mediante concurso de traslado.
Así, el sindicato CCOO Sanidad Madrid considera que el SERMAS y, por
ende, la Comunidad de Madrid y la Consejería de Sanidad continúan
vulnerando los principios de “igualdad, mérito, capacidad y publicidad”
que por ley deben cumplir las Administraciones Públicas para cubrir sus
plantillas.'
Fuente: Comunicado de la Federación de Sanidad y Sectores SocioSanitarios de CCOO de Madrid de 08/09/2019 recibido en APISCAM
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4 comentarios:
Con un poco de suerte, a los tres años y un día, todos fijos.
Lo dices con ironía, ¿verdad? Va a hacer falta mucho más que suerte (que también)
40 interninos nombrados a dedo, saltándose a la torera la constitución y la ley... ¿por qué no van a merecer ser fijos? Es el caso de muchísimos otros interinos del SERMAS, y de muchos otros sitios.
Justo se trata de eso, de hacer cumplir la ley, que en el caso de los nombramientos normales de interinos para cubrir necesidades urgentes (como puede ser la de una plaza vacante hasta que salga a OPE al año siguiente) deben ser siguiendo procesos selectivos cumpliendo los principios de igualdad, mérito y capacidad y proporcionales a su temporalidad. Si alguien detecta incumplimiento en un nombramiento debe recurrirlo en el plazo legal cuando ese nombramiento existiendo posibilidades de que sea anulado judicialmente.
Y en el caso del abuso constatado de la temporalidad en el empleo público, está la Directiva Europea que exige una medida de sanción efectiva y disuasoria, que no puede ser otra que la fijeza para el trabajador o, alternativamente, una indemnización fuerte ahora sin esperar a cese alguno y con algún tipo de penalización al responsable de recursos humanos públicos(como es en casi todos los países de la Unión Europea) o las dos cosas juntas (aunque el Tribunal Europeo ya ha sentenciado que concedida la fijeza considera que no es estrictamente necesaria la indemnización ).
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