'El juez navarro que planteó una cuestión prejudicial
que derivó en el reconocimiento el pasado junio por parte del Tribunal
de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del cobro del grado por parte del
personal contratado de la Administración Foral de Navarra ha dictado la
primera sentencia estimatoria al respecto.
En la sentencia, contra la que no cabe recurso, el
magistrado, que entonces estaba al frente del Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona, estima la demanda del
funcionario recurrente al considerar que la decisión se sustenta en lo
que ha afirmado el TJUE en respuesta a la cuestión prejudicial: la
Directiva sólo permite un trato diferente entre trabajadores fijos (en
la Administración, los funcionarios) y trabajadores de duración
determinada (en la Administración, los interinos) en el caso excepcional
de que concurran razones objetivas.
NOTA DEL EDITOR: Se trata del Asunto C-72/18 o Ustariz
Aróstegui del Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuya sentencia europea s tuvo lugar el pasado 20 de Junio, es decir hace un mes y medio, resultando totalmente alineada con el informe de conclusiones de la
Abogada General de la UE , Juliane Kokott
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