martes, 12 de mayo de 2026

[PoderJudicial] 'El Tribunal Supremo fija criterio contra el abuso en la contratación temporal de personal laboral en las Administraciones públicas tras la sentencia de TJUE' [ del asunto Obadal. Fijeza si superado proceso selectivo para fijo sin obtener plaza, como la empleada del caso, y si no indemnización por abuso "con los parámetros del TJUE", que fija en hasta los 10 mil euros de la LISOS, adicional a la de extinción exustente,más una posible solo por daños demostrables ]

 'La sentencia del Pleno de la Sala Social del TS de fecha 11 de mayo de 2026, de conformidad con la sentencia del TJUE de 3 de junio de 2021 (Obadal), argumenta que la contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público y se impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos. 

Las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar la eficacia de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada son el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados en la citada sentencia del TJUE y la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador. 

Solamente cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, no resulta contra legem (contra ley) la conversión de ese contrato en una relación laboral fija porque esa persona ha participado en una prueba de acceso al empleo público fijo conforme a los requisitos de igualdad, mérito y capacidad y la ulterior vulneración de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, que evidencia una necesidad estructural de trabajadores, obliga a dicha conversión. 


La aplicación de la citada doctrina al caso concreto, en el que la actora había superado dicho proceso selectivo y posteriormente se había producido un abuso en la temporalidad, conlleva que se declare que su relación laboral es fija. 

(*) El fallo de la sentencia se ha adelantado a las partes y su contenido íntegro se conocerá próximamente'


Fuente: Comunicado del Poder Judicial de 12/05/2026

Enlaces en el texto nuestros

[Sentencia]

NOTA DEL EDITOR: esta sentencia decla Sala de lo Social no es la sentencia del caso donde planteó las cuestiones prejudiciales al TJUE del asunto Obadal (el rec 5544/2023) sino a otro caso que si estaba señalado para sentencia esta semana, el rec 3543/2023, y sobre el que la Sala estaba obligada a aplicar, según su interpretación,  la respuesta del TJUE .

Nótese que la sentencia cuenta con un voto discrepancia, de Parada, que cree que la sanción debería ser la fijeza en todo caso ,  si la temporalidad es superior a 7 años

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87 comentarios:

Anónimo dijo...

Pues nada fue bonito tener esperanza, aqui se cierran muchas puertas

Anónimo dijo...

Ahora queda la contestación de lo Contencioso

Anónimo dijo...

Felicidades a quienes estén en estos supuestos, y designación para aquellos que sean igualmente abusados y se queden sin el derecho de ser resarcidos.

Anónimo dijo...

Esto no es lo que dijo el TJUE el pasado 14 de Abril en Obadal

Anónimo dijo...

Claro que No, esto es otra cosa que los que saben deberan de andar

Anónimo dijo...

https://www.eldiario.es/economia/supremo-declara-fija-interina-fallo-justicia-europea-abre-vias-sancion-administracion_1_13213840.html

Anónimo dijo...

Falta la contestación del Contencioso

Anónimo dijo...

Esto no responde en absoluto a lo que vuelve a recordar por enésima vez el TJUE. El Supremo sigue haciéndose el tonto sin responder a las exigencias del Tribunal europeo

Anónimo dijo...

En la prejudicial del TSXG(galicia), que aun no ha contestado el TJUE,(se prevee lo haga en breve) pregunta claramente la situación de los que entraron como interinos mediante una bolsa de empleo, si se les debe dar o no la fijeza.
Calma, aun hay que ver la sentencia integra del TS, y que dicen al respecto los juristas

Anónimo dijo...

La pregunta es debe sancionar Europa a España, o el Gobierno debe legislar antes , es terrible que personas en abuso durante muchos años se les quiera imponer el IMC y no se les de la oportunidad que hubiesen tenido en la empresa privada, se sigue mareando la perdiz

Anónimo dijo...

Para cuando se prevé la respuesta?

Anónimo dijo...

Lo siento lo veo todo muy negro, permiten la fijeza solo si hay un proceso aprobado, nada de bolsas, o de aquellos que no han tenido la oportunidad porque en décadas no se han convocado plazas. Muy injusto y doloroso. Lo que antes negaban ahora permiten, pero no abarca a todo. Ese supuesto millón descenderá y estaremos sin apoyos

Anónimo dijo...

¿Qué pasa con las indemnizaciones por el abuso a quienes quedaron fuera y a quienes han estabilizado?

Anónimo dijo...

Pero de donde coj... se sacan está basura amalgamada del literal de la STJUE? Y que responsabilidades tiene la Inspección de Trabajo que lleva toda la vida mirando para otro lado y diciendo que no puede intervenir en la Admon. Publica? En que parte de la STJUE se valida esas indemnizaciones y el rollo ese de si ha aprobado o no? Nuevamente prevaricación, nuevamente Ejpañiia.

Anónimo dijo...

Irá por la misma línea...

Anónimo dijo...

Ante el mismo abuso y peores unos si y otros no porque otra vez decide la corrupta administración que generó por hacerlo mal la figura del aprobado sin plaza.

Seguimos con el fraude, la indefensión, la tomadura de pelo es cada vez peor y mayor, del
INF se pasa al ASP, para cuatro enchufados, por cierto.

Esto no tiene solución.

Anónimo dijo...

Esto no cumple con la Comisión Europea, los juzgados podrán hacer "laborales fijos o funcionarios de carrera o estatutarios" a aprobados sin plaza que luego hayan estado en abuso, pero el Gobierno tiene que legislar igualmente para reparar íntegramente al resto de abusados con el "fijo a extinguir" que no contraviene la Constitución, por primacía del Derecho Europeo y como sanción al abuso sufrido, en ausencia de medidas válidas, además en el contencioso no rige la inspección de trabajo.

Anónimo dijo...

De momento es solo para laboral

Anónimo dijo...

Y dale pedales con el fijo a extinguir, con la 20/21 son laborales fijos enchufados en el ayuntamiento de Madrid, los demás lo mismo.
Dejemos de decir idioteces ya, cajones, o soy lo mismo o que me paguen y no vuelvo a una administración corrupta, donde en España son todas.

Anónimo dijo...

En este país no cabe un idiota más.

Anónimo dijo...

De momento y de final, es para 4 de empresas públicas y organismos autónomos, esto es, enchufados.

Anónimo dijo...

Se que casi con totalidad este 2026, pero no que fecha concreta, por lo que me informan que puede que antes del verano

Anónimo dijo...

Esto es la cuña para empezar a destrozar la STJUE Obadal, y así que llegue y también la sala de lo contencioso a terminar de jorobarla. Y pensar que me saque la licenciatura de Derecho para ver ahora como se lo inventan sus p. señorías.

Anónimo dijo...

Lo de las Bolsas en muy relativo, en mi caso entre mediante un concurso-oposicion para una bolsa de empleo temporal, la jueza establecio claramente en mi sentencia que no era para una bolsa de empleo temporal puesto que con el tiempo se demostró que eran necesidades permanentes y plazas estructurales del servicio, por lo tanto eso que dices es interpretable,ni esta todo perdido ni ganado

Anónimo dijo...

Solo volvería a la universidad para avisar a los ilusos alumnos, que todo es mentira, que se vayan de esta mierda de país en cuanto puedan para que no se rían de ellos o se vean envueltos en una corrupta y absoluta indefensión.

Anónimo dijo...

Si el gobierno y los partidos no legislan de una p vez caiga sobre ellos toda la furia de nuestros votos

Anónimo dijo...

A los magistrados del Supremo, por mucho que ignoren al TJUE no podemos tocarlos, pero a los gobernantes que nos ignoran cada 4 años podemos echarlos, hay que esperar si, 4 años, pero al final la ocasión llega.
En Andalucía, concretamente este Domingo.

Anónimo dijo...

Pero olvidas que a los del Supremo se los reparten entre PP y PSOE con sus nombramientos

Anónimo dijo...

13,15 Es lo más coherente que he leído en esta noticia!

Anónimo dijo...

La repartición no es equilibrada, la mayoría son del partido podrido según dicen ellos mismos.

Anónimo dijo...

No voy a votar en mi puta vida.

Que paguen indemnización por todos los abusos sufridos durante años, más desinformación, más cese, más la posterior indefensión.

Anónimo dijo...

A lo peor, cuando echen cuentas de las indemnizaciones a pagar se les caen los presupuestos a más de una Comunidad Autónoma, aparte de lo de " la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador", que no se como se come

Anónimo dijo...

Votar hay que votar, sino pasa que tu voto pasará a pertenecer a la lista más votada, y que se beneficien encima los otros

Anónimo dijo...

Habrá que ver la letra pequeña de la sentencia y todos los matices para ver si es un obadal "low cost o perfil bajo"!

Unknown dijo...

No se porqué me da, que está sentencia, especialmente por la argumentación utilizada y por su carácter limitativo, ha sido redactada solidaria y conjuntamente por la sala III, la sala IV y el gobierno. Pero la lógica en España y en el ámbito jurídico siempre es un riesgo.

Anónimo dijo...

14:41 Votar es un derecho no una obligación.
Resarcir al abusado laboralmente es una obligación del empleador.
Pudieron sacar más plazas para consolidar y no lo hicieron, ahora toca pagar y no tener que volver a una administración corrupta, que por haberlo vivido en primera persona, lo son todas.

Anónimo dijo...

Tanto la Comisión como el TJUE y este en la última sentencia - Obadal -, han dicho que la indemnización, sea cual sea, NO VALEN

Anónimo dijo...

Ya está todo leído, aquí NO.

Se reiteran en mantener sometidos, al obsceno estado de desecho español, a sus interinos.
Espero que lo paguen muy caro.

Anónimo dijo...

Y la indemnización, ¿Como se calcula¿

Anónimo dijo...

La transposición de una Directiva al derecho interno tiene que producir efectos equivalentes para todos los trabajadores, así que HOY ES EL DÍA DE LA VICTORIA.
Pero esto no ha acabado aún, faltan más prejudiciales y sobre todo las del juzgado de lo contencioso de Murcia, vamos a ganar machacando a todos estos HDP.

Anónimo dijo...

La guerra aún no ha terminado compañeros!

Anónimo dijo...

Cuéntame un cuento y verás que contento me voy a la cama si antes no me he muerto....

Anónimo dijo...

Osea . Laboral abusado con examen aprobado fijo. Eso ya es una bajada de pantalones para ellos. Sin examen indemnización misteriosa. Pues como sea creo recordar sin topes algún alcalde igual se tiene que prostituir. Ahora supongo que los primos hermanos del contencioso se pondrán de lado y a silbar por si nadie se acuerda de ellos. Ilusos.

Anónimo dijo...

Hay aspectos que son contradictorios. Una bolsa de trabajo por concurso no es válido para los jueces para obtener la fijeza por vulnerar la CE, pero el concurso de méritos de la Ley 20/21 no vulnera la CE…

Anónimo dijo...

Esto no resuelve nada y es totalmente injusto. Entonces, los enchufados colocados sin hacer un solo examen que estabilizaron con el concurso de méritos la Ley 20/2021 si cumplen la IMC? Y los que entramos mediante una bolsa por oposición, constituida para la cobertura de una plaza de interino no hemos accedido respetando la igualdad, el mérito y la capacidad? Lo de este país es para caerse de espaldas. Ojalá Europa nos meta un multón que nos quedemos sin cobrar fondos europeos 10 años

tritors dijo...

De 20 a 33 según la CP planteada en Obadal ( me tiro por los 30)

Yo también estudio alemán dijo...

Y el Arauz ahora diciendo que genial, que esta es una medida que reconoce la fijeza para los aprobados y los no aprobados pues indemnización y pa casa. ¿No era este señor el que luchaba y abanderaba la fijeza para todos los abusados, o ya no es así? Estoy que .e caigo de espaldas.

Yo también estudio alemán dijo...

Y el Arauz ahora diciendo que genial, que esta es una medida que reconoce la fijeza para los aprobados y los no aprobados pues indemnización y pa casa. ¿No era este señor el que luchaba y abanderaba la fijeza para todos los abusados, o ya no es así? Estoy que .e caigo de espaldas.

Anónimo dijo...

Donde lo ha dicho

Anónimo dijo...

Para el TS los procesos de estabilización ley 20/2021 son válidos por su excepcionalidad, y los interinos por bolsa de empleo (examen de por medio) es contra legem...

tritors dijo...

La permite el ebep como medida excepcional (por ley)

Anónimo dijo...

RTVE

Anónimo dijo...

Y de cuánto será la indemnización? A ver si van a aplicar lo de los 20 días y el que quiera más que demuestre el daño sufrido....uno ya se espera cualquier cosa. No sé para qué se mete en la UE un país que hace y deshace a su antojo.

Anónimo dijo...

El TS social ha tenido que tragar, Araúz siempre ha luchado por la fijeza y tenía razón pero al final hay que rendirse ante le evidencia de que esto es un país corrupto que hará lo que sea antes que hacernos fijos.

Anónimo dijo...

Esto es como la ley 20/2021, se estabilizó a muchos y dejaron de quejarse, ahora estabilizaran a otro montón y pasara mi mismo. El resto que se jodan...siendo yo uno de ellos, acceso bolsa de oposición. Son unos sinvergüenzas

Anónimo dijo...

14:41 Que voten los nuevos fijos de tragsatec.

Anónimo dijo...

Porque ganarán más dinero con los abusados, y a los que le alentó a luchar, muchos convencidos por su bufete, se quedarán sin la fijeza.

Anónimo dijo...

El EBEP dice que los procedimientos de selección para interinos serán públicos, rigiéndose en todo caso por los principios de igualdad, mérito y capacidad. Entonces, no entiendo por qué no es válido para hacer fijo el que hayas accedido por medio de una bolsa….

Anónimo dijo...

Y a los INF por sentencia que entramos inicialmente por bolsa y que tenemos oposición aprobadas sin plaza? Y la pasta?

Anónimo dijo...

Han establecido indemizacion de 20 dias por año trabajado mas la indemnizacion LISOS, esto no es viable economicamente ni para el estado ni mucho menos para la administracion o los ayuntamientos, no hay suficiente dinero, van a tener que hacer algo si o si, no pueden permitirse pagar a todo el mundo,acabaran legislando

Anónimo dijo...

Van a dejar fuera a cientos de miles, siendo totalmente injusto. He accedido por bolsa quedando séptimo de una convocatoria donde se presentaron 400 aspirantes, esa posición hizo que me llamarán de inmediato y continuada de interino por 6 años. Ahora no cumplo IMC. INJUSTICIA TOTAL

Anónimo dijo...

Hay que hacer una lista de todos los enchufados que conocemos y quienes son sus padrinos, nombres, apellidos y cargos, hayan enchufado a putas, primos, amigos, esposas, novias, vecinos, familiares y demás seres fantásticos de todo territorio o ámbito.

tritors dijo...

No van a pagar a todo el mundo…sin más irán pasando 1 a 1 y pasará como hoy…evaluarán si procede o no…no hay mas…

Anónimo dijo...

Ya era fija!!!!!
Pa ella pasta!!!

Felicidades Santalices!!

Anónimo dijo...

Son unos impresentables, están acabando con muchos interinos con el mismo número de años que los que si tienen aprobada oposición, o más años de aquellos que estabilizaron.

Anónimo dijo...

Baaffff!! Sistema putrefacto

Anónimo dijo...

Pero y el contencioso?

Anónimo dijo...

Tritrolls: esta sentencia no es un paso atrás. Van a terminar legislando. Quedan 4 prejudiciales más. Van a perder. Que no decaiga el ánimo

Anónimo dijo...

Entonces a ver que me entere porque soy un poco rubia, según el TS aquellas personas que han aprobado pero no han conseguido plaza en los procesos de estabilización ley 20/2021 son válidos por su excepcionalidad y esas personas consegurían el fijo??

Anónimo dijo...

Siguen sin entender q el abuso es a todos!!!

Anónimo dijo...

https://www.lawandtrends.com/noticias/empleo-publico/una-sentencia-en-el-orden-contencioso-marca-el-primer-gran-giro-tras-obadal-una-interina-de-larga-trayectoria-en-la-1.html

Anónimo dijo...

Recuerdan esta noticia del 28 de abril?? Funcionaria Interina que ACCEDIÓ A SU PUESTO MEDIANTE BOLSA DE TRABAJO...El tribunal de lo Contencioso tras la sentencia de Obadal, la declara Funcionaria Fija por Sentencia, y aclara en la sentencia que accedió mediante un proceso que cumplía el IMC.... Aún seguimos en la pomada!!!!Solo ganan tiempo, se echan la patata caliente unos a otros esperando q no le exploté a ellos....Eso de limitar me parece bien pero dejando dentro TODOS LOS PROCESOS SELECTIVOS QUE CUMPLEN LA LEGALIDAD VIGENTE Y LOS PRINCIPIOS DE IMC, y las bolsas de trabajo abiertas por ellos mismos, CCAA etc, lo cumplen por definición y si no es así, nuevamente, somos inocentes de tal hecho siendo culpables de nuevo los mismos....LAS AAPP Y POLÍTICOS DEL MOMENTO .

Anónimo dijo...

Muy cabreado, a los interinos sin oposición aprobada o con acceso por bolsa, nos sacan de la ecuación. ¿Que podemos hacer?

Anónimo dijo...

Concursos restringidos y la figura de fijo a extinguir, una solución para los abusados por bolsa

Anónimo dijo...

Concursos restringidos y la figura de fijo a extinguir, una solución para los abusados por bolsa

Anónimo dijo...

Señores, calma. Lo que dicen los periódicos y la realidad son dos cosas diferentes. ¿Pensáis que la comisión va a decir que eso es suficiente? ¿Qué ya está todo arreglado? Que sigan jugando a ser jueces. En el mundo real se legisla según Europa o te quedas sin dinero. Paciencia. El domingo a votaré en consecuencia: ni PP ni PSOE.

Anónimo dijo...

No somos ABUSADOS DE 1ª Y ABUSADOS DE 2ª!!!!
IGUAL DAÑO=IGUAL REPARACIÓN.
Todos hemos ACCEDIDO al empleo público mediante procesos selectivos y todos ellos bajo el paraguas legal y constitucional del IMC y si el TS considera que no es así, que vayan por los infractores que NO, NO SOMOS NOSOTROS!!!!

Anónimo dijo...

Por la ley 20/21 ya han estabilizado enchufados como laborales fijos y ffcc, no se les pidió como entraron al inicio, el fijo a extinguir no es justo.

Anónimo dijo...

Mare de Deu.
Se voto el 5 de Mayo. Se redacto el 11 y lo anuncia el CGPJ el 12.
Y además, no lo hacen sobre el caso q se llevó a Obadal.

Está gente es libre, de hacer con la vida de la gente lo q quiera?

Q pasa con los cesados? Q pasa con los q siquiera tuvieron Ope?

Los de la Sala de al lado dicen q Obadal es una aclaración?
No les arañe?

Pa q tenemos una Presidenta del CGPJ?
Es imposible poner orden en semejante caos?
El Gobierno sinceramente cree q Obadal es una sentencia "meramente aclaratoria?

Vaya bodevil!!

La lucha sigue .. ✊

Anónimo dijo...

Quedan Sentencias que harán época, y no os metáis con Arauz que es uno de los mejores, y en el Contencioso dará sorpresa, como bien dice 17,29

Anónimo dijo...

Pero vamos a ver, si tanto el que aprueba una oposición sin plaza como el que accede a través de bolsa, ambos se han examinado y han competido con el resto de los ciudadanos respectando los principios de IMC. Que desigualdad y discriminación es esta, de los jueces, manda cojones

Anónimo dijo...

** errata .. atañe

Anónimo dijo...

El cedido entre administraciones cómo demuestra como entró en la cesionaria, porque lo hizo obedeciendo órdenes de la cedente.

Anónimo dijo...

Vaya percal lokos

Anónimo dijo...

Aqui tienen la noticia bien explicada, junto con lo que dice Arauz

https://elpais.com/economia/2026-05-12/el-supremo-cierra-la-puerta-a-hacer-fijos-a-los-empleados-publicos-que-encadenen-contratos-temporales-sin-aprobar-una-oposicion.html

Anónimo dijo...

Es que si esto es cierto, deberían de anularse los procesos de estabilización, lo siento, muchos entraron sin oposición aprobada. Entiendo que hay legislación previa, pero resulta una tremenda desigualdad e injusticia si finalmente a los interinos por bolsa no se otorga la Fijeza

Anónimo dijo...

Pues yo creo que este "si pero no" del supremo puede abrir la caja de los truenos. No sé si lo han pensado, pero hay mucha gente en el supuesto que plantean, es decir, oposición aprobada y años en la Admon. Si para conseguir fijeza según estas condiciones, hay que pasar por los tribunales, el sistema va a petar de la cantidad de demandas que se van a presentar.