martes, 2 de marzo de 2021

IMPORTANTE: la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite tramitar en recursos de casación de estatutarios temporales del SERMAS ya interinos de vacante durante 8 a 20 años y que demandaban la fijeza o equiparación como sanción al abuso y los derechos del fijo en condiciones de trabajo, si teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 puede considerarse que hay abuso de temporalidad según la Directiva europea 1999/70/CE y cuáles deberían ser las consecuencias laborales y/o económicas para los demandantes. También admite la cuestiones de si el estatutario temporal tiene derecho a la movilidad vertical y a la horizontal por discriminación con el fijo según la misma Directiva Europea. El Tribunal Supremo admite los recursos por afectar a un gran número de situaciones que trascienden los casos de los procesos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo admitió a trámite entre el  pasado 27/01/2021 y el 5 de Febrero de forma seguida un buen número  recursos de casación  de personal estatutario temporal del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] (y de algún otro servicio de Salud, en concreto, del de Canarias)   interinos de vacante durante entre 8 y 20 años, que demandaban lo mismo que los estatutarios interinos del SERMAS,  con la asistencia jurídica del abogado Javier Araúz,  de los asuntos acumulados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea "Sanchez Ruiz /Fernández Álvarez y otros" (el asunto principal el de un informático nuestro) que dieron lugar a  la famosa y esperanzadora sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020:

  1. el reconocimiento de situación de abuso de temporalidad y del carácter fijo o equiparado de su relación de servicio como sanción a dicho abuso  en base a la cláusula 5ª de la Directiva Europea sobre empleo temporal 1999/70/CE
  2. el derecho a la carrera profesional y  a la movilidad horizontal (participar en concursos de traslado, provisiones de vacantes) y a la movilidad vertical (promoción interna, ascensos y carrera administrativa) en base a la cláusula 4ª de no discriminación con el fijo de la citada Directiva

Por ejemplo,, se encuentran estas admisiones de recursos de casación por ese conjunto de demandas por el mismo gabinete (Araúz) en casos del SERMAS y de algún otro servicio de Salud, como el canario o el aragonés:
  • rec. 5159/2019 contra la sentencia de 09/05/2019 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (rec 663/2018), que confirmó la sentencia de primera instancia de 13/03/2017 desestimando el recurso de 3 higienistas dentales todas estatutarias temporales  de entre 14 y 18 años ,y ya interinos de vacante los últimos 11 a 15 años, tras haber ostentado con anterioridad nombramientos de sustitución o  eventuales con anterioridad,
  • rec. 6460/2019 y rec 3989/2019 por otros higienistas dentales, 17 años temporal,los 14 últimos años en la misma vacante
  • rec. 2489/2019 , rec 3565/2019 y rec. 5770/2019 por informáticos , uno de ellos 20 años ya interino de vacante cuanto interpuso el recurso
  • personal de servicio de salud de  otras categorías: rec. 3994/2019 rec. 4659/2019 rec. rec. 4849/20191 , rec 5766/2019, rec 770/2019...

En todas estos autos comunes por llevar en origen la misma demanda en la práctica y ser ya interinos de vacante prolongada, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior  regional de Madrid había confirmado la sentencia del juzgado de lo Contencioso de primera instancia, que había desestimado  las demandas considerando que no puede existir abuso en situaciones de nombramiento de personal ya de interino de vacante - y en todas ellas se había rechazado además la solicitud inicial explícita en las demandas de realizar cuestiones prejudiciales o ya de suspender el proceso para esperarse a la resolución en el Tribunal Europeo de las cuestiones prejudiciales planteadas en los asuntos acumulados  "Sanchez Ruiz /Fernández Álvarez y otros", precisamente por casos del mismo grupo de demandas (donde los juzgados sí habían estimado plantearlas cuestiones prejudiciales). El Tribunal regional madrileño había desestimado los recursos de segunda instancia ("de apelación") con importantes costas para los demandantes- en algunos casos de 1500 euros-.

El Tribunal Superior de Canarias anula la OPE de 2018 del Servicio Canario de Salud incluida la parte de estabilización, de 6 mil plazas, por publicarse al final del año y entrar en vigor ya pasado el año 2018

Gracias al Sindicato canario SEPCA hemos tenido acceso a la sin duda relevante sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que, estimando el recurso interpuesto por 11 profesionales,  ha anulado del Decreto  188/2018, de 26/12/2018 que aprobaba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para 2018 y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario del Servicio Canario, inlcuyendo un total de 6078 plazas.

lunes, 1 de marzo de 2021

El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la disposición de Ley vasca que habilitaba procesos restringidos de consolidación en los cuerpos de Policía locales por no estar contemplados en la Ley estatal del Estatuto Básico del Empleado Público y sólo tener el Estado competencias sobre normativa básica del funcionario. Ni se usó por el Estado el argumento de violación del artículo 23 de la Constitución de igualdad en el acceso a la Función Pública. La misma disposición ya para todos los cuerpos y escales va en un Proyecto actual de Ley vasca.

Gracias al Instituto de Derecho Local de la UAM hemos tenido acceso al  texto compelto de la Sentencia que el Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado  este pasado 18/02/2021 al recurso de inconstitucionalidad nº 3681-2020, interpuesto por el presidente del Gobierno del Estado contra el apartado 2º de la Disposición transitoria 10ª de la Ley 7/2019, de 27 de junio, de modificación de la Ley de Policía del País Vasco, que recordemos rezaba:

"De existir en la categoría correspondiente del Cuerpo de Policía local un porcentaje de interinidad superior al 40 % podrá incorporarse al proceso especial de consolidación de empleo, un turno diferenciado de acceso para quienes acrediten un mínimo de 8 años de antigüedad en la administración convocan/e en la categoría de la policía local a la que pertenecen las plazas convocadas, reservando para dicho turno diferenciado de acceso hasta el 60 % de las plazas ofertadas"

Este recurso de inconstitucionalidad tiene el gran interés añadido de que la misma disposición, pero ya para todos lo cuerpos y escalas, de las AAPP vascas están incluidas en la  el actual Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas del Páis Vasco, que el Gobierno Vasco defiende como una medida conveniente ante la situación de elevada temporalidad entre algunos cuerpos de funcionarios  de sus múltiples AAPP.  Y como veremos, también curiosamente, defiende esta disposición como una posible  medidas de sanción disuasoria para la administración y reparadora para el trabajador como obliga la Directiva Europea 1999/70/CE tal y como ha señalado es indispensable que exista ante el abuso de temporalidad en el empleo público español  la famosa sentencia  del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del asunto acumulado "Sánchez Ruiz y otros", siendo el asunto principal el de un informático nuestro. 
 
Decimos curiosamente porque en dicha sentencia europea se califica de  abuso las situaciones personales de temporalidad prolongada más allá del plazo establecido para cubrir el puesto cuando es una necesidad permanente, sin exigir que haya porcentajes de temporalidad por encima de nivel alguno , y establece que no puede valer como la "indispensable " sanción convocar el puesto del "abusado" a un proceso selectivo de libre concurrencia con futuro incierto para el abusado , citando como ejemplo los "procesos de consolidación" del mismo Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP].

En esta sentencia, el Tribunal constitucional, relata que el abogado del Estado defendía en el recurso (entre otras cosas):

[Deia] El Tribunal Constitucional anula la disposición de consolidación de los interinos de la Ley de Policía Vasca a instancias del Gobierno del Estado que rechazaba que pueda haber procesos restringidos con la actual normativa básica estatal para el empleado público [que sólo puede modificar el Estado]. Torpedo para la misma disposición del Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas del Gobierno Vasco

Informaba Deia el pasado 26/02/2021 de más detalles de la noticia acerca de que el Tribunal Constitucional había tumbado en sentencia de 18/02/2021, a petición del Estado, la misma disposición sobre procesos especiales de consolidación de empleo de la ley de Policía Vasca que va en el actual Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas del Gobierno Vasco -calificando el medio  esta sentencia de "torpedo" para ese proyecto. 

Según el medio, el Gobierno del Estado  lo que rechazaba en su recurso es que pueda haber un proceso restringido para empleados públicos temporales  [habilitado por una ley autonómica] porque "vulneraría el principio de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad que se contiene en la normativa básica estatal" [es decir, la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o dicho de la forma contraria, el Gobierno del Estado argumenta que sólo el Estado podría -mediante modificaciones del EBEP u otra nueva normativa de rango legal básica estatal - habilitar la posibilidad de procesos de consolidación de acceso restringido]

[La Nueva España] Tribuna de opinión del abogado Rául Bocanegra: la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo admite a trámite sus recursos de casación contra las sentencias desestimadas de los médicos estatutario interinos de vacante asturianos, con las cuestiones para unificar doctrina de si hay abuso en esos casos teniendo en cuenta ya la sentencia europea de 19/03/2020 y, de haberlo, cuáles serían sus consecuencias

Publica La Nueva España este 28/02/2021 una amplia tribuna de opinión del abogado  Raúl Bocanegra  sobre la noticia de esta semana de que el Tribunal Supremo ha admitido a trámite recursos de casación de este abogado por los casos que lleva de médicos estatutarios interinos de vacante del Servicio de Salud de Asturias.

El abogado reconoce que los juzgados y la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias han desestimado todos sus recursos sobre personal estatutario interino y se muestra esperanzado tras el difícil hecho de que la Sección de Admisión del Tribunal Supremo sí haya  admitido a trámite sus recursos de casación contra estas sentencias "acogiendo las cuestiones de interés casacional que tuvimos ocasión de plantear en los escritos de preparación" y que traslada son literalmente [entre corchetes nuestra apreciaciones ajenas al texto publicado]:

[Compromís Senado] 'La Proposición de Ley de los interinos de Compromís supera el filtro de la Mesa del Senado e inicia su esperada tramitación. ' [Plantea varias opciones de #FijezaYa al #FraudeDeLey de abuso de temporalidad en empleo público]

 'La Mesa del Senado ha admitido a trámite la Proposición de Ley de medidas para garantizar, en el ámbito del empleo público, el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada. Esta Proposición iniciada por el senador de CompromísCarles Mulet, en coordinación con Interinos en Acción de València busca proponer soluciones al problema de abuso que sufren en todo el Estado cerca de 800.000 trabajadores públicos y ha logrado superar el veto que interpuso el Gobierno durante la primera quincena de febrero por entender que la medida podría tener un impacto económico en el conjunto de las cuentas públicas de, al menos, 1.800.000 euros.

[Cs Cortes Valencianas] 'Ciudadanos insta al Consell a solucionar la alta temporalidad en la Administración' .[Ha presentado una Proposición No de Ley (PNL) en las Cortes Valanecianas que ¡exige soluciones ante la “grave precariedad y la alta temporalidad” ']

'Ciudadanos (Cs) ha instado al Consell a solucionar la alta temporalidad en la Administración Pública, ya que es “intolerable” que una cuarta parte de los empleados de esta trabajen en precario”. Así lo ha explicado el diputado de Cs en Les Corts valencianas Luis Arquillos, quien ha avanzado que el grupo parlamentario ha presentado una Proposición No de Ley (PNL) que exige soluciones ante la “grave precariedad y la alta temporalidad” de la Administración, que “debe ser ejemplo y garante de una buena gestión”.

“Lamentablemente desde hace años se vienen produciendo injusticias entre el personal que trabaja en ella y que afectan directamente al servicio público que ofrecen”, ha añadido. En esta línea, ha asegurado que “este abuso sistemático de la temporalidad en la contratación pública solo aporta inseguridad jurídica y laboral para los trabajadores en situación de interinos” y ha criticado que “se está produciendo un fraude constante e impune en la renovación de contrataciones y nombramientos de empleados públicos bajo la falsa excusa de las necesidades temporales”.

[CSIF Madrid] CSIF considera que hay motivos para una huelga en la Atención Primaria pero entiende que no es pertinente en estos momentos · El Plan de Mejora Integral no se ha desarrollado y continúa faltando plantilla en la mayoría de centros de salud

 'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, considera que hay motivos más que suficientes para hacer una huelga en Atención Primaria pero entiende que la situación actual de la pandemia y la atención que demanda la ciudadanía hacen que los paros no sean en este momento pertinentes.

Desde CSIF somos conscientes de que continúa faltando plantilla en la mayoría de centros de salud de la Comunidad de Madrid, mientras que los profesionales que atienden a los pacientes están exhaustos por la elevadísima carga de trabajo que soportan. Sin embargo, consideramos que, pese a todo, no es el momento de llevar a cabo una huelga en Atención Primaria, como ha convocado un sindicato para el próximo 10 de marzo, coincidiendo con la campaña de vacunación masiva de la población.

 

[CAS] 'Comunicado de CAS sobre los graves acontecimientos ocurridos en la manifestación de Madrid [contra la privatización de la Sanidad convocada por CAS Estatal]'

[27/02/2021] 'En la manifestación convocada hoy en Madrid junto a otras 60 ciudades y pueblos de todo el Estado por la Coordinadora Antiprivatización de la Sanidad (CAS), se han producido graves acontecimientos que, una vez más, ponen en entredicho el papel de la policía. De nuevo, asistimos a comportamientos por parte de las «fuerzas del orden» de protección hacia los fascistas y de agresión hacia manifestaciones pacíficas.

domingo, 28 de febrero de 2021

Entradas más vistas de la semana 22/02/2021-28/02/2021 en este blog: Proposición de Ley de Compromís para regularizar al empleado temporal público más de 3 años, el Tribunal Supremo admite a trámite recursos de casación de abuso de temporalidad de médicos estatutarios, sentencia de fijeza a trabajadores temporales del Ayuntamiento de Azuqueca , ...

Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

[El País] Miquel Iceta, el nuevo Ministro de de Política Territorial y Función Pública, reconoce como "gran problema" de la Administración el "de los interinos" y que es una "de las observaciones de la Unión Europea" afirmando que "hay que resolverlo en 1-3 años"

Publica El País este 27/02/2020 una entrevista a Miquel Iceta, el nuevo Ministro de de Política Territorial y Función Pública, quien ante la observación de las compensaciones que otros países han dado a sus funcionarios responde que muchos recursos movilizados "han ido más al escudo social y a la reactivación de la economía" para a continuación reconocer motu proprio que "nosotros tenemos el gran problema de los interinos, de la temporalidad en los empleados públicos" afrimando que "ahora nos lo dice también la Unión Europea, es una de las observaciones. Nos dice que tenemos una temporalidad muy alta" y que "hay que resolverlo en uno, dos, tres años" añadiendo que "también tenemos que abordar el acceso a la Administración... necesitamos mecanismos de acceso que se ajusten más a lo que se les va a pedir".

Publicada en el Boletín Oficial de la C. de Madrid el Decreto que prorroga el actual horario de restricciones nocturas y la Orden que actualiza las zonas con restricciones de movilidad extraordinarias ante la pandemia de COVID-19

 

 Se han publicado en el B.O.C.M. de ayer 27/02/2021:

  • el Decreto 9/2021, de 26 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que "se modifica el Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen las medidas de contención adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y el Decreto 7/2021, de 12 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen medidas temporales para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2"     y por el que se prorroga hasta el 15 de Marzo la medida actual en toda la comunidad de Madrid de restricción nocturna a a la movilidad entre las 23:00 horas y l las 06:00 horas,
  • la   Orden 226/2021, de 26 de febrero, de la Consejería de Sanidad de la C. de Madrid, por la que "se prorroga la Orden 154/2021, de 12 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica", que implementa lo también anunciado por la Comunidad de Madrid el día anterior , dactualizando  en la C. de Madrid a las zonas  con restricciones extraordinarias de movilidad  (las medidas de la Orden 1405/2020, de 22 de octubre) desde las 00 horas del día 01/03/2021 a:


viernes, 26 de febrero de 2021

Iniciativas parlamentarias nacionales en curso de relevancia para el abuso de temporalidad en el empleo público: una Proposición de Ley, una Proposición No de Ley y varias solicitudes de comparecencia del Ministro, pregunta al e informe del Gobierno

Las iniciativas parlamentarias nacionales en curso de las que tenemos constancia, de ciertas relevancia para el abuso de temporalidad en el empleo público son, por cámara, partido e iniciativa:

  • [Senado, Compromís] Proposición de Ley de medidas para garantizar en el ámbito del empleo público, el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE (nº de iniciativa 622/57 de 15/02/2021). Publicada en el BOCG de 26 de Febrero, en plazo hasta el 16/03/2021 para la "Presentación de otras proposiciones de ley sobre el mismo objeto o materia".
  • [Congreso, Ciudadanos] Proposición NO de Ley de  medidas de inspección y sanción contra el abuso de la temporalidad en las Administraciones Publicas [ texto íntegro ] (nº 161/1894 de 11/01/2021)
  • [Congreso, Partido Popular] Proposición NO de Ley por la que " se insta al Gobierno a la preparación y negociación con las organizaciones sindicales más representativas en el sector público, de un III Acuerdo para la mejora del Proposición No de Ley [ texto íntegro (nº 161/1576)

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  • [Senado, Compromís]  Solicitud de comparecencia del inicialmente la Ministra anterior y ahora el Ministro de Función pública para informar de medidas que se contempla realizar contra el abuso (nº 711/369 de  06/07/2020)
  • [Senado, PAR]  Solicitud de comparecencia del Ministro de Función pública para informar de medidas que se contempla realizar contra el abuso (nº 711/500  de 03/02/2021)

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[Gob. C de Madrid] 'La Comunidad de Madrid prorroga la prohibición de reuniones de no convivientes en los domicilios' [Criterios para las restricciones adicionales en zonas: 'umbral superior a 500 casos, observación de transmisión comunitaria y la tendencia.']

 

  • La Consejería de Sanidad recuerda que el 80% de los contagios de COVID-19 se produce en el ámbito familiar
  • Se prorroga la limitación de movimientos desde las 23:00 a las 06:00 horas
  • Sanidad insiste en la obligatoriedad de ventilar de manera adecuada los establecimientos y llevar de manera permanente la mascarilla en interiores, y retirarla solo en el momento de la ingesta de comida o bebida
  • Se mantienen las restricciones de movilidad en Torrejón de Ardoz, Collado Villalba, San Sebastián de los Reyes, las zonas de Andrés Mellado, General Oraá y Vinateros-Torito en Madrid capital, la zona de Villanueva del Pardillo y la localidad de Hoyo de Manzanares
  • Sólo se introduce como nueva zona básica limitada la de María Curie, en Leganés
'La Comunidad de Madrid va a prorrogar dos semanas más -hasta el 14 de marzo, inclusive- la prohibición de las reuniones de no convivientes en domicilios, salvo que se trate de cuidados a terceras personas (mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables). En este sentido, la Consejería de Sanidad recuerda que el 80% de los contagios de COVID-19 se produce en el ámbito familiar. Así lo han anunciado el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora de Salud Pública, Elena Andradas, que esta mañana han comparecido para informar sobre la situación epidemiológica y asistencial de Madrid.

También desde este próximo lunes se mantiene durante dos semanas más en la región –hasta el 14 de marzo, inclusive- la limitación de movilidad nocturna hasta las 23:00 horas y que el sector de la hostelería y de la restauración pueda permanecer abierto hasta esa hora, quedando prohibida la entrada de nuevos comensales después de las 22:00 horas.

[Tribunal de Justicia de la Unión Europea] 'Se condena a España a pagar una suma a tanto alzado de 15.000.000 de euros y una multa coercitiva diaria de 89.000 euros por no haber transpuesto aún una Directiva ni comunicado las medidas de transposición de ésta. Se trata de la Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales'

'La Comisión solicitó al Tribunal de Justicia que declarase que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales [1].  La Comisión considera que ese Estado miembro no ha adoptado las medidas nacionales de transposición de la Directiva ni comunicado dichas medidas. Por lo tanto, solicitó al Tribunal de Justicia que impusiera a España, con arreglo al artículo 260 TFUE, apartado 3, por una parte, una multa coercitiva diaria de 89 548,20 euros por cada día de retraso a partir de la fecha del pronunciamiento de la sentencia en el presente asunto, y, por otra, una suma a tanto alzado de unos 15 500 000 euros [2].  El 20 de julio de 2018, al no haber sido informada por España sobre las medidas de transposición de la Directiva al término del plazo fijado (el 6 de mayo de 2018), la Comisión había remitido a dicho Estado miembro un escrito de requerimiento para que le comunicara esas medidas. Dado que dicho escrito no surtió efectos, la Comisión remitió a España un dictamen motivado el 25 de enero de 2019 en el que la exhortaba a adoptar las medidas necesarias en un plazo de dos meses.

En su respuesta al dictamen motivado, de 27 de marzo de 2019, España indicó que el procedimiento administrativo para la adopción de las medidas de transposición de la Directiva estaba en curso y debía concluir a finales del mes de julio de 2019, y que el procedimiento parlamentario debía concluir a finales del mes de marzo de 2020. Indicaba, además, que el retraso en la transposición se derivaba esencialmente del contexto político particular y de la necesidad de transponer la Directiva mediante una ley orgánica.