lunes, 1 de marzo de 2021

[Compromís Senado] 'La Proposición de Ley de los interinos de Compromís supera el filtro de la Mesa del Senado e inicia su esperada tramitación. ' [Plantea varias opciones de #FijezaYa al #FraudeDeLey de abuso de temporalidad en empleo público]

 'La Mesa del Senado ha admitido a trámite la Proposición de Ley de medidas para garantizar, en el ámbito del empleo público, el cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada. Esta Proposición iniciada por el senador de CompromísCarles Mulet, en coordinación con Interinos en Acción de València busca proponer soluciones al problema de abuso que sufren en todo el Estado cerca de 800.000 trabajadores públicos y ha logrado superar el veto que interpuso el Gobierno durante la primera quincena de febrero por entender que la medida podría tener un impacto económico en el conjunto de las cuentas públicas de, al menos, 1.800.000 euros.

Su promotor, Carles Mulet, ha celebrado las dos buenas noticias que hemos tenido esta semana. “Por un lado que la Proposición de Ley ha superado el veto del Gobierno y la Mesa ha dado trámite a la Proposición de Ley y, por otra, el apoyo por unanimidad a la Declaración Institucional en apoyo al colectivo de interinos en fraude de ley por parte de todos los grupos políticos del Ayuntamiento de València”, ha celebrado. El representante valencianista agradece que “poco a poco se esté explicitando el apoyo de forma clara de los grupos políticos a este colectivo cuyas razones se han visto reforzadas a raíz de las distintas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que condenó al Estado español por sus prácticas, a la vez que le obliga a unos cambios normativos que no aborda”, ha lamentado.

Desde un primer momento la coalición apoyó en Madrid la reivindicación de los cientos de miles de afectados con iniciativas de todo tipo (mociones, solicitud de reuniones, preguntas y una Proposición de Ley) ya que entiende que “es en Madrid donde debe reformarse la Ley o aprovechar las costuras de la actual regulación para recoger la inclusión en el EBEP de la figura del empleado público fijo, habilitar la Ley de Excepcionalidad por Concurso de Méritos prevista o mediante la declaración de los afectados como personal a extinguir, figura que ha sido utilizada recientemente en los PGE por el propio Gobierno”, explica Mulet.

Compromís espera que se acaben los vetos del Gobierno, en apoyo a los trabajadores públicos afectados, al interés general y derechos de los trabajadores y que la Proposición pueda tramitarse cuando antes en el Senado para que, posteriormente, sea debatida en el Congreso y cuente con el apoyo del máximo número de representantes políticos.'

Fuente : Comunicado de Compromís Senado de 26/12/2021

Enlaces en el texto nuestros

[ Articulado dispositivo de la Proposición de Ley:


'Artículo primero. Grupo de expertos y expertas para el análisis de las causas de la temporalidad en el empleo público.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno constituirá un grupo de expertos y expertas con el cometido de diagnosticar las causas del incorrecto funcionamiento de los sistemas de selección del personal y propondrá posibles mejoras para evitar la formación de bolsas de temporalidad en el empleo público.

La composición y criterios de funcionamiento de este grupo de expertos y expertas se determinarán mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, garantizándose la presencia de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito del empleo público. El grupo presentará su informe al Gobierno dentro de los seis meses posteriores a su constitución.

Artículo segundo. Conversión de la relación temporal abusiva en una relación fija.

En el plazo máximo de 1 año desde la entrada en vigor de esta ley, se procederá a la conversión de las relaciones temporales abusivas en relaciones fijas mediante alguno de los tres mecanismos que se enumeran en los artículos siguientes.

Artículo tercero. Convocatoria extraordinaria de consolidación de empleo público temporal.

1. Las Administraciones públicas efectuarán excepcionalmente y por una sola vez, convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotadas presupuestariamente y que a fecha de la aprobación de la presente proposición de ley como ley de las Cortes Generales, se encuentren desempeñadas interina o temporalmente durante tres o más años, mediante el concurso de méritos al que se refiere el art. 61.6 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. El procedimiento de selección incluirá una fase única:

La valoración de los méritos aducidos y acreditados por los aspirantes. Entre estos, tendrán una valoración preferente el tiempo de servicios prestados en la Administración convocante y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.

Artículo cuarto. Empleado Público Fijo.

La conversión de las relaciones temporales abusivas en relaciones fijas, para el personal que estuviera ocupando los puestos o plazas a que se refiere el artículo tercero, se realizará mediante la inclusión en el EBEP de la figura de Empleado Público Fijo, con la misma estabilidad, derechos y deberes que sus homólogos fijos, y en el caso de las relaciones funcionariales, también inamovilidad, sin alcanzar la condición de Funcionario de Carrera; tomando como referencia la Sentencia n.o 252/2020 del Juzgado n.o 4 de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, que crea esta figura jurídica para dar cumplimiento a la Directiva Europea 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada.

Artículo quinto. Personal a extinguir.

La conversión de las relaciones temporales abusivas en relaciones fijas, para el personal que estuviera ocupando los puestos o plazas a que se refiere el artículo tercero, se realizará mediante la declaración de «Personal a extinguir», ya existente en nuestro ordenamiento jurídico interno, tal y como figura en el artículo 87 de la actual Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, para dar cumplimiento a la Directiva 2001/23 sobre el mantenimiento de los derechos de los/as trabajadores/as en caso de personal procedente de empresas públicas subrogado por las Administraciones públicas.

El artículo 87 de la Ley 11/2020 de Presupuestos Generales del Estado dice textualmente: «La integración de quienes hasta ese momento vinieran ejerciendo funciones reservadas a funcionarios públicos sin serlo podrá realizarse con la condición de “a extinguir”, debiéndose valorar previamente las características de los puestos afectados y las necesidades de la entidad donde se integren». Esta figura de nuestro ordenamiento jurídico interno se utilizaría en este caso para otorgar estabilidad en cumplimiento a la Directiva Europea 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada, siguiendo las indicaciones del TJUE de buscar en el conjunto del ordenamiento jurídico de cada Estado miembro los mecanismos ya existentes que posibiliten la eficacia de la citada Directiva.'
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10 comentarios:

Anónimo dijo...

Estoy convencido de que todos los trabajadores públicos que padecen estas situación injusta estamos agradecidos al Senador Mulet -también al Senador Garnica- y a todos aquellos que demuestran empatía por un problema que vivimos y que no hemos generado nosotros. Es algo de esperanza. Lo que es un sinsentido es que muchos políticos del PSOE y del PP no hayan sido cercanos a nuestro problema y eso habla muy mal de ellos. De PODMEOS qué vamos a decir que venían a una cosa y rapidamente se han llenado de caspa y de CIUDADANOS y su inexplicable comportamiento votando NO donde gobiernan y Si donde no lo hacen.
Ojalá todos tengamos lo que nos merecemos, todos!

Anónimo dijo...


Así, es.
Lo que ocurre es que el nuevo ministro, Sr. Iceta, habla de una solución en un plazo de entre 1 y 3 años (más) y nos estamos "ahogando".

Anónimo dijo...

Debería ofrecerse una solución en un plazo de entre 1 y 3 meses.

Anónimo dijo...

Ya debería haberse resuelto, pero la Señora Darias hizo lo que hizo. Y se marchó a Sanidad a decir obviedades. Y aquí no pasa nada.

Anónimo dijo...

Al o la de las 09:19, bueno esa solución en un plazo de entre 1 y 3 años es justo la que te está "ahogando". Tranquilo o tranquila, que en 3 años todo habrá pasado: o te habrás ahogado o te habrás salvado tras unos cuantos meses de angustia vital insoportable (mientras mamá Comisión Europea vigila para tu tranquilidad adicional).

Anónimo dijo...

Así es. Esperemos que la solución sea justa para cualquier abusado/a y que sea rápida. Mientras, demanda, demanda y demanda.

Anónimo dijo...

Todo lo que dicen y declaran es MENTIRA....están dilatando la aplicación del Derecho Laboral y la Directiva de la UE, llevan así desde 1999 y han tenido el último aviso en 2004 porque el plazo de convergencia finalizaba el 31 de diciembre pasado.

Que están de mierda que les sale por los cuellos de las camisas y no saben cómo eludir la Gran Hostia que va a dar Europa.

Que nadie se rinda....que nadie se desmotive.... que sigan las Reclamaciones....que esto sigue su imparable proceso.

Anónimo dijo...

!Adelante!
!Reclamación administrativa, demanda y movilización!

Anónimo dijo...

No sé cuándo va Europa a dar esa Gran Hostia, los que si sé es que esta España banananera va dar una Buena Hostia -inmerecida, pero buena- a los abogados Araúz, Bocanegra, etc , por muy encomiable que sea su labor y por mucho que tengan la razón, que la tienen

Anónimo dijo...

De 1 a 3 años... y qué se coma el marrón otro... y después el que venga pondrá el contador a cero y fijará otros 1 a 3 años....

El problema ya no será problema porque con las OPE estaremos todos fuera....

¡¡Qué lumbreras el bailón!!