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martes, 15 de diciembre de 2020

Este miércoles 16 de Diciembre, comparecencia en Comisión de la Asamblea de Madrid del Dir. Gral de Recursos Humanos de la C. de Madrid, Armando Resino, para responder a pregunta de Mas Madrid sobre medidas tras la sentencia europea de 19/03/2020 de abuso de temporalidad en el empleo públco, situación en la que están la inmensa mayoría de las 35 mil plazas ya incluidas en OPEs "de estabilización" de puestos, con convocatorias decididas de libre concurrencia, que la propia sentencia europea ha establecido no valen como la obligada sanción

 Este miércoles 16/12/2020 desde las 16:00 hay  Comisión de Presupuestos, Hacienda y Funcion Pública de la Asamblea de la Comunidad de Madrid y según consta en el  orden del día  tendrá lugar la Comparecencia del  Director  General  de Recursos  Humanos de la Comunidad de Madrid, Armando  Resino  Sabater, a petición del grupo parlamentario  Más  Madrid,  al  objeto  de informar sobre "las medidas que va a poner en marcha para facilitar la aplicación de la  Sentencia  del  Tribunal  de  Justicia  de  la  Unión  Europea,  del  pasado  19-03-20· de los asuntos “C-103/18  y  C-429/18" [es decir ,los asuntos acumulados "Śánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros",  iendo el  asunto principal el de un informático del SERMAS nuestro]  "que afectan a miles de interinos que trabajan en la Administración Autonómica"

 
Hay gran expectación en la respuesta que pueda dar el Dir. Gral de RRHH de la C. de Madrid, una de las AAPP con mayor nivel de empleados ne situación de temporalidad prolongada, tras la "doble vía de solución legislativa" anunciada por el Minsterio de Función Pública y porque la C. de Madrid mantiene -pese a las demandas insistentes de los sindicatos de la Mesa General en su convocatoria inmediata- sin convocar o desarrollar los procesos selectivos decididos  con esos puestos en el ámbito de su Administración general y en ciertas categorías de temporalidad y"conflictividad" elevada del Servicio Madrileño de Salud (como la de los propios informáticos del SERMAS o los Médicos de Urgencias hospitalarias, que como muchas plataforma de temporales denuncian que esos proceso selectivos abiertos  con sus puestos  temporales de muchos años y los ceses correspondientes sin indemnización incumplen la normativa europea y la  sentencia europea de la pregunta). También hay expectación por el papel que pueda jugar Ciudadanos de la Comunidad de Madrid,  socio de gobierno de la CCAA, tras el reciente posicionamiento del grupo de su partido en el Congreso y en el Senado en favor de una solución administrativa de fijeza directa o por concurso restringido de méritos por la antigüedad en los puestos como solución más adecuada a la sentencia europea y el coste/eficacia del servicio público.

Recordemos que dicha  sentencia esperanzadora del Tribunal Europeo del asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Alvarez y otros"  ha establecido que también hay abuso de temporalidad también en la interinidad de vacante prolongada por no haber procedido a su cobertura fija mediante OPE en los plazos legales establecidos, abuso de temporalidad que como el de la concatenación excesiva de contratos por obra y servicio o meses  requiere una sanción de forma "indispensable", para la que no puede valer la convocatoria del puesto ahora a proceso selectivo libre como el es caso de los denominados "procesos de estabilización" [de puestos, no de personas], que además no tienen prevista indemnización alguna para los temporales que acaben cesados por estos procesos por larga que haya sido su temporalidad

Recordemos una vez más que  los  procesos de de "estabilización" son los derivados de ls establecido en

lunes, 14 de diciembre de 2020

Debate este Martes 15 en el Pleno del Congreso de los Diputados de la Proposición NO de Ley del PNV para instar al Gobierno a que se regule en el EBEP la posibilidad de turnos diferenciados de acceso en Ofertas Públicas de Empleo para temporales de más de 8 años en casos de "temporalidad relevante"

Según consta en el orden del día, este martes 15/12/2020 se debate por la tarde en el Pleno del Congreso de los Diputados de una Proposición NO de Ley  del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) (nº de inciativa 162/463) por la que según reza el texto propuesto originalmente, ante

  • la situación  abuso de la temporalidad en el empleo público por el "elevado porcentaje de trabajadores públicos interinos de larga duración de las AAPP" vulnerando la Directiva Europea 1999/70/CE

    ,
  • la reciente  sentencia de 19 de marzo de 2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18 (el primero y principal,  asunto "Sanchez Ruiz", el de un informático nuestro)

    ,
  • y el reciente  Auto de 30 de septiembre de 2020 del mismo Tribunal europeo en el asunto C-135/20 o "Asunto Gondomar"
propone instar al Gobierno a que modifique una disposición transitoria existente en el Estatuto Básico del Empleado Público [EBEP] sobre unos  procesos denominados de consolidación -pero de libre concurrencia-  para plazas antes de 01/01/2015 en la misma línea de lo incluido por el gobierno vasco en su Proyecto de Ley vasca de Cuerpos y Escalas y lo intentado días atrás como articulo de la Ley de Presupuestos del dStado 2021 por el mismo grupo parlamentario:
  • que incluya la posibilidad de un turno especial o "diferenciado" de acceso de OPEs de los puestos temporales anteriores a 01/01/2018
  •  restringido al personal temporal más de 8 años
  • y en aquellos casos que existe un porcentaje de "interinidad relevante" (en el texto de su ley vasca y en su propuesta para la Ley de PGE 2021  este grupo parlamentario proponía exigir un porcentaje superior ¡al 40% de la plantilla!)

viernes, 11 de diciembre de 2020

[Plataforma de Interinos PI] Concentraciones #StopAbusoTemporalidadPublico #FijezaYA este 12 de Diciembre a las 12H en Madrid y otras ciudades y en Twitter

Informa la Plataforma estatal de interinos PI , entre múltiples plataformas y organizaciones, que están convocadas para este sábado 12 del 12 a las 12:00 concentraciones simultáneas físicas en Madrid en el Belén de la Puerta del Sol y en otras ciudades a la par que se busca el "objetivo" del "trending topic" en Twitter a dicha hora bajo los hashtags #FijezaYA y #StopAbusoTemporalPublico



NOTA: La concentración de Madrid es de aforo limitado y ya está completo

jueves, 10 de diciembre de 2020

Comparecencia del Secretario de Estado de Función Pública en el Senado sobre el proyecto de ley de PGE 2021: ya consensuada con las CCAA la reforma del Estatuto del Empleado Público anunciada tras la sentencia europea de 19/03/2020 para evitar "a futuro" el abuso de temporalidad y buscarán "una solución legislativa" para los 660 mil empleados públicos temporales actuales. Ciudadanos defiende una consolidación administrativa por conversión a fijo directa o concurso de méritos restringido.

Tras su paso por el Congreso, el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado del 2021 llega a su trámite en el Senado, con un esquema de tratamiento muy similar al del Congreso, y con un texto del articulado de la ley como quedó  tras las enmiendas votadas en el Pleno del Congreso el 01/12/2020, quedando sin modificar entoncesen cuanto al tema de la relación de la temporalidad prolongada, para la que el proyecto de los Presupuestos sigue llevando únicamente estos puntos, puestos por el Gobierno en la redacción original del proyecto de ley, de ampliar la solución decidida para unos sectores en 2017 y universalizada en 2018 de reducir dicha temporalidad prolongada ("puestos estructurales de más de 3 años") con meras habilitaciones para incluir sin límites de tasa de reposición en Ofertas Pública de Empleo los puestos (las "OPE de estabilización"):

  • Disposición adicional 23ª con la  ampliación hasta el 100% de plazas temporales de más de 3 años (contabilizados a 31/12/2016, ya serían temporales  más de 7 años) del límite inicial del 90% que la normativa de la Ley de  PGE17   incluía para dichas OPEs de estabilización en el grupo inicial de sectores de Servicios de Salud, docentes de Educación, Administración de Justicia y otros (junto entonces  todos los temporales anteriores a 2005  y los "indefinidos no fijos" en cualquier sector).
  • Disposición transitoria 4ª: Ampliación hasta el 31 de diciembre de 2021 del plazo para aprobar y publicar los  denominados "procesos de estabilización de empleo temporal) en la Ley General de Presupuestos Generales del Estado de 2018 en sus disposiciones adicionales 29, 30 y 31  para personal de las sociedades mercantiles públicas y las entidades públicas empresariales, de las fundaciones del sector público y y de  los consorcios del sector público [Recordemos que en Junio de este año ya se  había publicó un Real Decreto por el que se aprobaba esta misma ampliación de plazo para la publicación de de las OPEs de estabilización en las Administraciones Públicas]
 
Y, como ya hizo en el Congreso , hoy comparecía en la Comisión de Presupuestos del Senado - según el orden del día, "al objeto de informar sobre temas relativos al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021- el Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, Francisco Hernández Spínola, [ver aquí la transmisión íntegra catalogada de la sesión], donde el máximo responsable de la Función Pública bajo la Ministra aseguró con respecto a la reducción de la temporalidad en su turno inicial [extracto de audio de esta parte]:

[Compromís Senado] 'Registrada Proposición de Ley de Compromís que busca aportar soluciones a los problemas de los interinos y la selección del personal a su servicio' [Propuesta de consolidación extraordinaria por concurso de méritos según artículo 61 del EBEP de los puestos públicos temporales más de 3 años con valoración preferente de la antigüedad en los puestos convocados]

'El portavoz de la coalición en el Senado, Carles Mulet, ha registrado hoy una Proposición de Ley para contribuir a la mejora de la situación de cientos de miles de interinos en fraude de ley que se encuentran en nuestro país “a partir de una necesaria intervención legislativa ante el callejón sin salida en el que nos encontramos, inseguridad jurídica para las administraciones públicas tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el escaso interés que parece sostener el Gobierno en esta materia”.

La iniciativa es el paso posterior que ha formalizado la coalición después de la aprobación de la moción de Compromís por los grupos en la Comisión de Función Pública, el pasado mes, en la que se instaba al Gobierno a acabar con el abuso al personal interino de la Administración Pública (AP) en fraude de ley y a remover del ordenamiento estatal los obstáculos jurídicos que dificultan la estabilización de este colectivo y sobre el que el Estado tiene competencia exclusiva.

miércoles, 9 de diciembre de 2020

Recordatorio. Primera sentencia del Tribunal Supremo que concede la carrera profesional a un estatutario temporal del SERMAS: ante la demanda de un informático, el Tribunal Supremo sigue su sentencia de 18/12/2018 y, aplicando la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal , reitera como doctrina que el personal temporal de la Administración Publica tiene el mismo derecho a la carrera profesional que el fijo, sin importar que la reclamación inicial no sea contra disposición alguna de la Administración

 [Recordatorio de entrada publicada el 24/11/2020

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (la que lleva los casos de personal funcionario de cualquier Administración Pública y del personal estatutario de los Servicios de Salud) del Tribunal Supremo acaba de dictar el 17/11/2020, la primera  sentencia de recurso de casación para la unificación de doctrina (en el rec. nº 4641/2018 ) que reconoce la  carrera profesional a un personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud .

Recordemos que el Supremo ya  estableció en su trascendental sentencia de 18/12/2018, y tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del asunto Centeno Meléndez,  el derecho de un empleado público estatutario temporal del Instituto de Salud Catalán [ISC] a la carrera profesional sin discriminación alguna con el personal estatutario fijo del mismo ISC sin importar que la normativa regional y un acuerdo sindical excluyeran de la carrera al temporal, aplicando la cláusula 4ª del Acuerdo marco incluido en la Directiva europea de empleo temporal 1999/70/CE , en aquel caso tras el recurso del estatutario temporal a la denegación de su solicitud ordinaria. Después el Supremo reiteraría esta sentencia, fijando doctrina, en su sentencias de otros estatutarios interinos de 21/02/2019  (recurso 1805/2017), de 25/02/2019 (recurso 4336/2017) y de 06/03/2019  (recurso nº 5927/2017) , y ya por fin, en su sentencia de 06/03/2019  (recurso número 2595/2017) a  otros tipos de empleados públicos: funcionarios y personal laboral.

Ahora, se trata del caso de un informático estatutario del SERMAS que en 2016 siendo estatutario temporal interino de vacante ya por más de 12 años presentó con el despacho de Javier de Araúz, siguiendo mediante esta asociación APISCAM una iniciativa del sindicato médico AMYTS, la misma demanda que otros 20 informáticos del SERMAS (y que varios centenares de empleados públicos por toda España): una  demanda

[El Día de Canarias] Función Pública de la CCAA de Canarias paraliza la OPE "de estabilización" con los puestos de los temporales de larga duración de su Administración General tras el rechazo mayoritario sindical y de la plataforma de temporales y decide esperarse a la reforma del Estatuto del Empleado Público anunciada por el Gobierno del Estado tras la sentencia del Tribunal europeo de marzo de 2020

 Informa El Día de Canarias este 08/12/2020  que la Dirección General de Función Pública de la CCAA de Canarias ha comunicado en la  última mesa de negociación la suspensión [paralización] de la oferta pública de empleo [OPE] extraordinaria  de "estabilización"   con los puestos  [temporales de más de 3 años a 31/12/2017] de 1500 funcionarios y laborales temporales del ámbito de su Administración General, cuyas convocatorias estaba previstas para antes de este 31/12/2020, hasta que tenga lugar la reforma anunciada por el Gobierno nacional del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y tras 

viernes, 4 de diciembre de 2020

[Comisión Europea] 'Decisiones de infracción. Cartas de emplazamiento complementarias Condiciones de trabajo: la Comisión insta a ITALIA a impedir el abuso de contratos de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público' [Plazo de dos meses para introducir medidas concretas para evitar el avance al siguiente paso de este procedimiento de infracción abierto porque sigue habiendo colectivos de su sector público sin suficiente protección contra el abuso de la temporalidad]

'La Comisión ha decidido hoy enviar una carta de emplazamiento complementaria a Italia, ya que los trabajadores del sector público aún no están suficientemente protegidos contra el abuso en la utilización de contratos sucesivos de duración determinada ni contra la discriminación, tal y como exige la normativa de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo). Hasta la fecha, varias categorías de trabajadores del sector público en Italia carecen de protección frente a la utilización de sucesivos contratos de duración determinada. Esto incluye a profesores, personal sanitario, trabajadores de la enseñanza superior de arte, música y danza, personal de algunas fundaciones de producción musical, personal académico, trabajadores agrícolas y personal voluntario del cuerpo nacional de bomberos. Estos trabajadores también tienen condiciones laborales menos favorables que los trabajadores fijos. Además, Italia no dispone de salvaguardias suficientes para impedir la discriminación relacionada con la antigüedad en el puesto. La Comisión incoó el procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a las autoridades italianas en julio de 2019. Dado que las explicaciones facilitadas por Italia no fueron satisfactorias, la Comisión da seguimiento a este procedimiento mediante el envío de una carta de emplazamiento complementaria. Italia dispone ahora de dos meses para notificar a la Comisión las medidas concretas adoptadas para cumplir la Directiva; de no hacerlo así, la Comisión podría optar por enviar un dictamen motivado.'

Resaltados en negrita cursiva y enlaces en el texto nuestros

NOTA DEL EDITOR: En el caso de Italia, se da una situación similar a la española de exigencia de un proceso selectivo  para acceder a un puesto fijo en la Administración Pública, en el caso italiano, exigencia regulada con el máximo rango por el artículo 97 de su constitución  (en España, la constitución rebaja el nivel de exigencia a los principios genéricos de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que en la jurisprudencia se han interpretado como exigentes de un proceso selectivo de libre concurrencia, sólo en casos muy excepcionales puede ser restringido). 

 

jueves, 3 de diciembre de 2020

[El diario.es] Los médicos temporales de la sanidad canaria convocan huelga indefinida para exigir una estabilización extraordina por concurso de méritos restringido o proceso sin resultado incierto para el personal en abuso de temporalidad cumpliendo conla directiva y sentencias europeas

Informa El Diario este 02/12/2020  que la "Mesa de Confluencia de Médicos y Facultativos de Canarias ", que representa a más de 1800 profesionales,  ha convocado, con el respaldo del 88% de ellos,  una huelga indefinida desde el  viernes  ante el hecho de que, a su juicio, el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, y el director del Servicio Canario de Salud, Conrado Domínguez, no han tenido adecuadamente en cuenta la situación de abuso de temporalidad y los derechos del colectivo ante el  incumplimiento  de la directiva 1999/70/CE y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), abogando por un proceso selectivo que abarque a toda la plantillal realmente estructural que  consista en un concurso de méritos restringido o, en su defecto, si la administración optara por un procedimiento abierto, "que fuera de tales características que sus bases garantizaran que el resultado final no pudiera ser imprevisible e incierto" para los trabajadores afectados por esta situación, tal y como recoge la sentencia del tribunal europeo de 19/03/2020, y, una vez concluido ese el procedimiento extraordinario, la Consejería de Sanidad, se  convoque el siguiente proceso ordinario cumpliendo con  el plazo máximo de dos años que las normas internas.

miércoles, 2 de diciembre de 2020

Rechazadas en las votaciones en Pleno del Congreso de ayer todas las enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 relacionadas con la temporalidad pública prolongada, como la de PNV de un turno especial de acceso para temporales de más de 8 años en casos de temporalidad mayor del 40%. Sin rastro en este punto de enmienda modificada para la consolidación administrativa de los empleados públicos en abuso de temporalidad mediante su conversión automática en personal indefinido fijo a través de convocatoria de un concurso extraordinario de méritos restringido, como llegó a proponer Ciudadanos en los debates previos

El Proyecto del Gobierno de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021   (Iniciativa Parlamentaria 121/000035) tuvo este lunes 30/04/2020 el debate ya en el Pleno del Congreso (ras su paso previo la semana pasada por la Comisión de Presupuestos  de  las enmiendas mantenidas por cada grupo , debates ambos de los que ya informamos en otra entrada, y en los que sorprendía la propuesta de Ciudadanos, según su portavoz María Muñoz,de una "consolidación administrativa de los empleados públicos en abuso de temporalidad mediante su conversión automática en personal indefinido fijo a través de convocatoria de un concurso extraordinario de méritos restringido" dando a entender que habrían intentando una enmienda pactada con otros grupos que habrían rechazado los socios de Gobierno.

Recordemos una vez más que entre las enmiendas al articulado propuestas por los Grupos Parlametarios no aprobadas en Comisión de Presupuestps y mantenidas para el Pleno de Congreso   se encontraban varias enmiendas relacionadas con la reducción extraordinaria de la temporalidad:

[Gob. Vasco] 'El Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas que actualizará la estructura del personal de la Administración General (Consejo de Gobierno 1-12-2020)' [Contiene disposiciones adicionales de posible turnos especial de acceso en OPEs para temporales más de 8 años en el cuerpo convocado en los casos que la temporalidad supere el 40% de la plantilla; y posibles procesos de concurso-oposición de "consolidación" con hasta el 20% de los méritos por servicios prestados sólo en la Administración convocante]

 'El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas que actualizará la estructura del personal de la Administración General de Euskadi y sus organismos autónomos. La ley permitirá reordenar las funciones y titulaciones para cada puesto de trabajo y simplificará el número de grupos y subgrupos profesionales de la Administración. Asimismo, flexibilizará los procesos para actualizar y modificar los requisitos de cada puesto en función de los cambios que se produzcan en las titulaciones profesionales.

Toda esta materia está regulada por la ley actual que data de 2004. La nueva realidad recomienda una adecuación normativa para actualizar los grupos y subgrupos recogidos en la norma actual, de forma que se adecúen a las nuevas titulaciones creadas y respondan mejor a las titulaciones y perfiles profesionales que requiere una Administración moderna. Esto redundaría en una mejora en la organización de los recursos humanos lo que, a su vez, permitiría una respuesta adecuada a las necesidades de la ciudadanía. Supondría, además, un avance en la racionalización de la selección del personal, en coherencia con las necesidades organizativas de cada momento.

La futura ley busca simplificar el actual número de grupos y subgrupos, de modo que habrá 2 cuerpos profesionales y, dentro de ambos, se incluirán 54 escalas: 

  • El Cuerpo general: que integrará a quienes realizan funciones vinculadas a la actividad administrativa. Este cuerpo tendrá 4 escalas profesionales: superior de la Administración, de gestión administrativa, administrativa y auxiliar administrativa.
  • El Cuerpo especial: integrará a quienes realizan funciones que requieren un conocimiento específico propio de una profesión o de puestos determinados. Este cuerpo distinguirá 50 escalas profesionales, como, por ejemplo, farmacia, minas, jurídica, cartográfica, medicina, urbanismo, etc.

El proyecto de ley contiene dos disposiciones adicionales que posibilitarán la creación de turnos especiales de acceso en las OPE para los trabajadores interinos que acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en los cuerpos y escalas a los que pertenezcan las plazas convocadas. Este canal se habilitará en los casos en los que la interinidad supere un 40% de la plantilla. El proceso constará de una única prueba, de carácter práctico, relacionada con los procedimientos y funciones habituales de los puestos de cada convocatoria. Será una prueba eliminatoria dentro de los concursos-oposición.

martes, 1 de diciembre de 2020

Debates de las enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021: Ciudadanos habría propuesto en su debate la consolidación administrativa de los empleados públicos en abuso de temporalidad mediante su conversión automática en personal indefinido fijo a través de convocatoria de un concurso extraordinario de méritos restringido en una enmienda pactada con otros grupos que habrían rechazado los socios de Gobierno

  • Rechazadas en Comisión de Presupuestos las enmiendas originales de PP de ampliar para las OPEs "de estabilización" al 100% los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2017 y obligar a su realización antes de 2023, la de PNV de un acceso diferenciado para tempoarales de más de 8 años en cuerpos con más del 40% de temporalidad y la de EH-Bildu de ampliar las OPEs de estabilización a todas las plazas temporales de más de 3 años ahora
  • Los presupuestos se debaten ya en Pleno del Congreso, donde ayer Ciudadanos volvió a mencionar el   concurso extraordinario de méritos restringido  como solución "a coste 0" al problema del abuso de la temporalidad

 

 

El Proyecto del Gobierno Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021   (Iniciativa Parlamentaria 121/000035) tuvo su paso la semana pasada por la Comisión de Presupuestos  donde tras realizar un  debate y votación de  las enmiendas aportadas por cada grupo salió un texto todavía provisional del proyecto, el Dictamen de la Comisión, para su paso ya por el Pleno del Congreso de los diputados, donde se vovlían a debatir y votar (con posibilidad de acuerdos o "transacciones") las enmiendas no aprobadas en Comisión.

Recordemos que entre las enmiendas al articulado presentadas por los diversos grupos se encontraban varias enmiendas relacionadas con la reducción extraordinaria de la temporalidad:
  1. el Partido Popular presentó una enmienda para ampliar al 100% la inclusión en los procesos de estabilización -recordemos OPEs convencionales sin contar en tasa de reposición, si bien en el texto del PP se exige que tengan fase de concurso tras la de oposición, es decir que o puedan ser deo posicón pura- todos los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2017 (ahora temporales de más de 6 años) que la Ley de PGE de 2017 establecía para sectores como Servicios de Salud y otros sólo a fecha de 31/12/2016; y que los procesos selectivos de las OPEs de estabilización de las AAPP finalicen antes de fin de 2022 bajo el seguimiento activo del Ministerio de Función Pública de que se ejecutan en todos los casos para así dar cumplimiento al 2º acuerdo con los sindicatos (de 2018) del Gobierno de Rajoy;  en eltexto original no se  propone ninguna norma especial "de consolidación" del propio personal temporal que deban incluir  dichos procesos de estabilización

    ,
  2. . El PNV presentó también una enmienda  planteando trasladar a Ley nacional, mediante la modificación del Estatuto Básico del Empleado Público, la disposición que ya incluía en su "Proyecto de Ley de Empleo Público Vasco" para las AAPP del País Vasco, y que ante su demora para su aprobación, ahora ha decidido introduce en su "Proyecto de Ley de los Cuerpos y Escalas de la Administración vasca": que, obligatoriamente, las AAPP realicen en cuerpos con un  porcentaje de interinidad superior al 40%, procesos de consolidación de empleo con un turno diferenciado de acceso de hasta el 60% de las plazas vacantes y con los puestos temporales desde antes de 2018, restringido a los propios interinos con más de 8 años de antigüedad en la administración convocante. En ese turno diferenciado, la prueba de la fase eliminatoria de oposición deberá  versar sobre los "procedimientos, tareas y funciones habituales" de los puestos objeto dela convocatoria [algo tan genérico que con igual redacción en los famosos "procesos de consolidación" de la Disposición Transitoria 4ª original del EBEP para puestos ante sde 2005 pudo dar después en el caso de algunas AAPP lugar a concursos-oposición totalmente convencionales en su fase de oposición]

    ,
  3. Por último EH-Bildu había presentado una enmienda,, clon de los artículos ya publicadas  de las OPEs de estabilización de las leyes de presupuestos generales del Estado de 20172018 para ampliarlos ahroa todos los puestos temporales de más de 3 años a 31/12/2020

lunes, 30 de noviembre de 2020

La Sala de lo Contencioso del Supremo revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 22/12/2017 que reconoció la indemnización del "indefinido no fijo" a 18 sanitarios interinos de vacante cesados por una OPE como sanción al abuso de temporalidad según la directiva europea al entender que no cabe ese abuso -ni debe analizarse la aplicación de la sentencia europea de 19/03/2020- en la situación de único nombramiento de interinidad hasta la cobertura de vacante y aunque existieran otros contratos temporales previos

Recientemente se publicaba el CENDOJ, tal y como señalaba puntualmente en su twitter el 21/11/2020 el profesor Ignasi Beltrán, una sentencia esperada hace tiempo y que, como veremos, ha tenido un inesperado componente añadido adicional en cuanto a su importancia: se trata de la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo  de 29/10/2020 al recurso de "casación" (rec. nº 1868/2018 ) de la CCAA de  Castilla y León  contra la conocida sentencia de 22/12/2017 de la sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de esa CCAA ,  por la que el tribunal regional concedía , ante demandas a cese, el reconocimiento de la "condición de personal indefinido no fijo a los efectos de reconocer la indemnización correspondiente en caso de cese" y dicha indemnización -de 20 días por año trabajado con el tope de 12 mensualidades- a  18 médicos y enfermeros de Área del Servicio de Salud de Castilla y León, estatutarios temporales de más de 10 años, que desde 2007 o 2008 ostentaban un nombramiento interino de vacante tras diversas contrataciones previas "de refuerzo" y que acabaron cesados en 2016 por la cobertura de sus puestos incluidos en una convocatoria de 2015


Recordatorio. [Diario Lírico] La Sala de lo Social del Tribunal Supremo sentencia la fijeza a 5 contratados temporales del Ballet Nacional porque su regulación laboral especial con la entidad pública del INAEM no excluye la aplicación de la transposición de la Directiva Europea de abuso de temporalidad al Estatuto General de los Trabajadores

 [Recordatorio de entrada publicada el 21/10/2020]

'Informaba Diario Lírico este 18/10/2020 de la sentencia de 23/09/2020 de la Sala de lo Social [la que lleva los casos de personal público con contrato laboral] del Tribunal Supremo  (sentencia al recurso de casación para la unificación de doctrina nº 791/2020 que el medio reproduce íntegramente al final de su noticia)  por la que el alto tribunal español  ratifica a sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había declarado fijos a una cantaora y cuatro músicos con contrato laboral de la entidad pública Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música [INAEM] para trabajar el Ballet Nacional de España  por mantenerlos durante  mas de 5 años y medio con contratos temporales, cuando realizan "labores estructurales y ordinarias" .

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la regulación de la relación laboral especial de los artistas con este organismo público (el Real Decreto 1435/1985),  pese a que dicha regulación autoriza en su artículo 5 las "prórrogas sucesivas de los contratos de duración determinada" sin límite alguno,  no excluye la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores", el artículo que ordena la conversión a fijo del temporal durante más de 24 meses en un periodo de 30 meses incorporado al derecho español la cláusula sobre abuso de temporalidad de la famosa Directiva de la Unión Europea 1999/70/CE, directiva europea que para esta Sala de lo Social del Supremo "es de obligado cumplimiento" y " está por encima de lo que señala el Real Decreto específico para los artistas"

Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el fallo del Auto del Tribunal Europeo del asunto "Gondomar": es contraria a la Directiva europea 1999/70/CE una legislación nacional que prohíba con carácter absoluto en el sector público la conversión en fijo si tal legislación no tiene en el mismo sector público ninguna otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad fijado por la directiva

 El Diario Oficial de la Unión Europea acaba de publicar en la edición de hoy en todas sus lenguas oficiales -entre ellas en español- el apartado del Fallo del reciente e importante auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea  del asunto "J.S./Cámara de Gondomar", por el que resolvía unas cuestiones del Tribunal Supremo portugués contestando que ya tiene establecido que es contraria a la Directiva europea una normativa nacional (como es el caso en la del empleado público en Portugal ) que prohíbe la conversión en fijo en todo caso en un sector público, si la normativa nacional no incluye ninguna otra medida eficaz para evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad en ese sector, recordando entre otras, la reciente sentencia europea de 19/03/2020 del asunto "Sánchez Ruiz y otros"


Recordemos que el asunto "J.S./Cámara de Gondomar", se trataba del caso de una empleada pública portuguesa cesada tras 13 años de contratos temporales en una piscina municipal , caso por el que había planteado el 12/03/2020 el Tribunal Supremo Administrativo portugués  dos preguntas al Tribunal Europeo en dicha petición, básicamente:
  • si es contraria a la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE sobre empleo temporal una normativa nacional que prohíbe "en todo caso" la transformación de los empleados temporales de entidades públicas en fijos
  • si la transformación en fijo es la única medida contra los abusos compatible con la Directiva

Como era de esperar tras la sentencia el año anterior del Tribunal Europeo al  asunto C-331/17 o "Martina Sciotto/Fondazione Teatro dell’Opera di Roma", el Tribunal Europeo respondó en la forma rápida de Auto (es decir no de Sentencia con su procedimiento normal y muy largo con Vista y Conclusiones), al considerar que la respuesta "puede deducirse claramente de su jurisprudencia",

viernes, 27 de noviembre de 2020

Respuesta del Gobierno a la pregunta del senador del PAR Sánchez-Garnica, sobre cuándo piensa el gobierno adoptar medidas para trasponer la Directiva Europea 1999/70/CE tras la sentencia europea de abuso de temporalidad en el empleo público del pasado 19 de Marzo: sobre la sentencia, le corresponde a los tribunales españoles determinar si las medidas disuasorias al abuso de la normativa española cumplen con la europea, la sentencia europea da "pautas" y, por otro lado, ya están los los procesos de estabilización derivados de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018 y acordados con los sindicatos. El Gobierno señala que "es partidario de transponer la Directiva" en una "modificación del EBEP" que contemplaría "tanto medidas que limiten el uso abusivo de la temporalidad como las que corrijan esta situación en caso de darse"

El Gobierno del Estado acaba de  dar respuesta con fecha de ayer  26/11/2020 a la pregunta de contestación escrita  (nº iniciativa 684/025825) que había presentado el pasado 19/10/2020  el senador del Grupo Mixto por el PAR, Clemente Sánchez-Garnica con este literal final : ¿cuándo va a iniciar el Gobierno de España los trámites normativos precisos para transponer al Ordenamiento Jurídico Español la Directiva 1999/70/CE y, en consecuencia, promover una verdadera consolidación administrativa de los empleados públicos temporales en fraude de ley?

 El senador registraba esa pregunta pocos días después tras el debate que tuvo lugar en Comisión de Función Pública en el Senado el martes 13/10/2020 de su moción  para "instar al gobierno a una verdadera consolidación administrativa" en  la que inicialmente proponía como texto dispositivo realizar procesos especiales de consolidación directa del personal abusado o concurso restringidos de méritos, pero que finalmente quedó aprobada con el mismo título pero con un texto dispositivo  de meramente buscar una "solución" de reforma legal consensuada con las CCAAs y la federación de entidades locales,  tras aceptar la enmienda total del PSOE para que pudiera ser aprobada alguna propuesta de mínimos. Con esta pregunta insistía para saber cuándo va el gobierno  a realizar dicha reforma legal y si realmente va a ser de "verdadera consolidación administrativa".

En el texto completo de la Pregunta, el senador realiza una amplia fundamentación de por qué considera que la Directiva Europea 1999/70/CE no está debidamente transpuesta al ordenamiento juridico español para el caso del empleo público español, donde sostiene que de hecho se está produciendo un masivo abuso de temporalidad,  trasladando con detalle:

  • la Resolución del Parlamento Europeo de 31/05/2018 que pide que se incluya en normativa nacional la conversión a fijo como medida ante abuso de temporalidad condenando el despido en fraude de ley
  • la  sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020 del  asunto acumulado "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros", sobre el abuso de temporalidad del personal público en España , sentencia que, a nuestro juicio, recordemos que dictaminó , entre varias cosas, que
    • también hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada (además de en las concatenaciones de nombramientos estatutarios eventaules o sus equivalente)
    • que estos abuso requieren según jurisprudencia del Tribunal Europeo sobre la cláusula 5ª de la Directiva Europea 1999/70/CE una sanción de forma indispensable
    •  que la sanción al abuso de temporalidad en el empleo público, por la forma de funcionamiento del Tribunal Europeo, le corresponde fijar al ordenamiento español (en su caso los tribunales nacionales), orientando el alto tribunal europeo que no puede valer como sanción la convocatoria ahora a proceso selectivo  de libre concurrencia ahora del puesto del abusado (al ser a discreción de la administración que queda sin sanción y ser de resultado incierto para el abusado) y mencionando explícitamente que tampoco podían valer por la misma razón los procesos llamados de "consolidación" derivados de la Disposición Transitoria 4º del Estatuto Básico del empleado Público  de los que la jueza remitente le había informado.
  • el aviso recientemente dado por la Comisión Europea en su información del curso de la denuncia múltiple abierta  CHAP(2013)01917 sobre este abuso de duración de temporalidad en empleados públicos españoles acerca de que  ha visto la sentencia europea de 19/03/2020 , el anuncio del Gobierno español de la reforma de la normativa que  evaluará si es conforme a la Directiva y sentencias europeas manteniendo abierto el procedimiento de infracción 2014/4334 mientras tanto
para acabar concluyendo el Senador que la "verdadera consolidación administrativa " ("fijeza") sería la solución más adecuada en lugar de los "procesos de estabilización" , o procesos selectivos convencionales que el Gobierno del Estado está realizando con los puestos del personal en este fraude de ley, - que a su juicio no pueden ser la sanción  tras lo dictaminado por la sentencia europea- o de costosas indemnizaciones para las arcas públicas.
 

Recordemos que una pregunta de contestación en pleno de este senador fue la que dio lugar en Junio a la comparecencia en Comisión del Senado de la la Ministra de Función Pública , Carolina Darias, donde hizo sus famosas declaraciones acerca de que "no piensa transponer la Directiva Europea 1999/70" a la par que pensaba modificar el Estatuto Básico del Empleado Público para limitar de forma tajante la temporalidad.

El Gobierno responde ahora [ver aquí texto íntegro de la respuesta] :
  • "la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, ha sido incorporada al ordenamiento jurídico español mediante las siguientes normas de transposición" :
    • "Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo."
    • [...]
    • "Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril, ya derogada (el art. 25 transpuso la cláusula 4 del Anexo de la
      Directiva)."
 

[MEDSAP] #MareaBlanca #LuchaPorTuSalud este domingo 29N a las 12h de Neptuno a Colón por "Una Sanidad 100% Pública y de Calidad" junto con un amplio conjunto de colectivos convocantes [FRAVM, ADSPM,CCOO, UGT, CSIT, MATS,SummAT, SIETESS,Plataforma CS, Sanitarios Necesario y AME]

Informaba la Mesa en Defensa de la Sanidad pública de Madrid el pasado 22/11/2020 [MEDSAP] que  convoca junto "con un compendio de colectivos sociales defensores de la Sanidad Publica Universal y de Calidad" una gran manifestación este domingo 29 de Noviembre a las 12horas de Neptuno a Colón con el lema "En defensa de una sanidad pública de calidad y universal", existiendo una web común con el manifiesto #LuchaPorTuSalud  y la posibilidad de adherirse a él.

La plataforma recuerda que el movimiento social y ciudadano Marea Blanca, aglutinando organizaciones sociales, sindicales, profesionales y vecinales defensoras de la Sanidad Pública consiguió frenar el salvaje plan privatizador de Fernández Lasquetty en 2014, que ha vuelto al Gobierno de la Comunidad de Madrid, de la que denuncian su política "irresponsable" y "privatizadora".



Los convocantes de esta manifestación conjunta son:

jueves, 26 de noviembre de 2020

La Comisión de Función Pública del Senado aprueba la Moción presentada por el grupo Izquierda Confederal, a instancias de Carles Mulet de Compromís, para instar al Gobierno a una solución que estabilice al personal de la Administración Pública en fraude de ley de abuso de temporalidad mediante un concurso de méritos restringido a dicho personal como solución excepcional tras la sentencia europea de marzo de 2019. Intervenciones del debate

 

  • El texto  finalmente votado es el original propuesto y se aprueba con los votos de los grupo parlamentario del Senado Izquierda Confederal (Adelante Andalucía, Més Per Mallorca, Más Madrid, Compromís, Geroa Bai Y Catalunya En Comú Podem), PP, Ciudadanos, Junts Per Catalunya y ERC/Bildu


  • El proponente, Carles Mulet rechazó la enmienda del PSOE de dejar el texto como la PNL ya aprobada en el Congreso y la moción idéntica previa en el Senado (buscar una solución consensuada con CCAAs) y las del Grupo Mixto de incluir al personal ya cesado por las OPEs de estabilización con los puestos de ste personal y paralizar dichas OPEs


  • PSOE cree que no es jurídicamente posible la solución propuesta y reconoció que la Comisión Europea mantiene abierto un procedimiento de infracción contra España tras la sentencia europea de Marzo, y que vigila su respuesta
 
 

En el  día de hoy jueves 26 de Octubre 2020, se debatía en la Comisión de Política Territorial y Función Pública del Senado , según lo previsto en el orden del día, la "Moción  para acabar con el abuso al personal interino de la Administración Pública en fraude de ley y remover de nuestro ordenamiento los obstáculos jurídicos que dificultan la estabilización de este colectivo"   [iniciativa de nº 661/543, ver texto completo de la solicitud de tramitación de la Moción] que había  presentado el Grupo Parlamentario de Izquierda Confederal  a instancia de Carles Mulet de Compromís, por la que  proponía instar al Gobierno a una solución que estabilice al personal interino de la Administración Pública en fraude de ley de abuso de temporalidad planteando que se realice um concurso de méritos restringido al personal en situación en fraude de ley de abuso de temporalidad como solución excepcional.

En la moción el grupo de Izquierda Confederal se hace eco de la sentencia  del Tribunal Europeo de 19/03/2020 (la de los asuntos acumulados "Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros") en la que el Tribunal Europeo estableció que además de en la concatenación excesiva también  hay abuso de temporalidad en la interinidad de vacante prolongada  sin haber cumplido la AAPP con la cobertura fija en su debido tiempo, abuso que según la normativa europea requiere "de forma indispensable" una sanción, que le corresponde al ordenamiento español fijar, indicando que no puede valer como sanción la convocatoria ahora del puesto del "abusado" a proceso selectivo libre  ni la figura también temporal a ojos europeos del indefinido no fijo ni tampoco una indemnización salvo que sea específica y realmente disuasoria) y de la sentencia de la Jueza de lo Contencioso de Alicante , sentencia que reconoció y sancionó el abuso de temporalidad con la transformación en fija a una funcionaria interina 13 años del Ayto de Alicante siguiendo dicha sentencia del Tribunal Europeo de 19/03/2020.

Y razonaba que el ordenamiento jurídico español no tiene transpuesta la Directiva Europea en la que se apoyan esas sentencias y que la solución planteada de los denominados "procesos de establización" de los puestos temporales más de 3 años en la AAPP no es una solución acorde al derecho y sentencias europeas, y plantea como solución la reforma del Estatuto Básico del Empleado Público en curso para que incluya una disposición transitoria de un proceso de consolidación por concurso de méritos restringido al personal temporal en abuso, para que alcancen una estabilidad equivalente a la del funcionario de carrera (sin tener que ser nombrados como tal).

[Compromís Senado] 'El Senado aprueba sin PSOE, PNV ni PAR la moción de Compromís que propone soluciones exprés a la situación de miles de interinos en fraude de ley.Mulet: “Teníamos la obligación de proponer soluciones y digan lo que digan PSOE, PNV y PAR la Ley tiene una vía clara a explorar para poner fin a esta bolsa de 800.000 interinos abusados, porque ya no se puede esperar más” '

'El senador de Compromís, Carles Mulet, ha celebrado que la mayoría de los grupos del Senado (PP, ERC-EH Bildu, Ciudadanos y Junts) hayan dado el apoyo a la moción del Grupo de la Izquierda Confederal que insta al Gobierno a buscar soluciones a la situación de abuso de los miles de interinos en fraude de ley. PAR, PNV y PSOE han votado en contra de las medidas que se proponían.

Para Mulet “ha existido una grave sentencia condenatoria a nuestro país por la forma en la que se ha tratado los derechos de los trabajadores públicos, que están siendo despedidos a diario y cuyos afectados están demandando a la Administración en los juzgados. No podemos estar esperando siete años o confiar en una ministra que todavía no se ha querido reunir con nosotros ni los funcionarios o creer en las buenas palabras de un Gobierno cuyo partido mayoritario ha tratado hoy de bloquear nuestra moción con una enmienda trampa de sustitución a cambio de promesas de impulsar acciones con las que ya se engañó a otras formaciones para desdibujar el grave problema y posponer soluciones como las que hemos planteado hoy aquí”, ha dicho Mulet.

Recordatorio [Compromís Senado] 'El Senado debatirá [este Jueves 26N desde las 10h] la moción de Compromís que pide consolidar a los interinos y dar estabilidad al colectivo en fraude de ley. El senador Carles Mulet reclama un apoyo a los trabajadores públicos tras la sentencia europea a través de una nueva figura en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)' [propone un proceso excepcional de consolidación por méritos restringido al personal de AAPP interino o temporal más de 3 años como solución al fraude de ley de abuso de temporalidad según sentencia europea de 19/03/2020] [ El partido socialista presenta enmienda de sustitución de buscar una "solución" legal consensuada con las CCAAs y Federación de municipios

[Recordatorio de entrada publicada el 23/11/2020]

[20/11/2020] ' El Senado debatirá en comisión la próxima semana [este Jueves 26 de Noviembre] la moción que ha sido presentada por el senador Carles Mulet para encontrar una solución a la situación de abuso de las miles de personas interinas en fraude de ley, que termine con la temporalidad y la situación de abuso continuo. “El Gobierno viene negándose a comprometerse en buscar una solución política legal, consensuada y extraordinaria para solucionar cuanto antes la situación de inseguridad y conflictividad a la que se ha llegado con el personal público, como consecuencia del abuso en su contratación, como reconoce la reciente sentencia del mes de marzo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, expone la propuesta. Por eso Mulet ha señalado tras reunirse con distintos colectivos que la propuesta de la coalición al Gobierno pasa por qué se contemple habilitar norma expresa, por una única y sola vez, para consolidar al personal interino o temporal que se encuentre trabajando durante más de tres años ininterrumpidos en la misma plaza de la Administración, mediante la Ley de Excepcionalidad por Concurso de Méritos, que prevé el art. 61.6 del EBEP.

En este proceso excepcional, únicamente podrá participar el personal que se encuentre ocupando el puesto, objeto de la convocatoria” y la propuesta que se lleva a votación en la Comisión de Función Pública insta al Gobierno a impulsar los cambios normativos necesarios para dar estabilidad a este colectivo en fraude de ley “de forma que, sin alcanzar la condición de funcionario de carrera, puedan equiparar la estabilidad e inamovilidad, derechos y condiciones con la creación de una nueva figura en el EBEP, la de funcionario fijo”.