Informa Redacción Médica el pasado 13 de Julio que la justicia ha dado la razón al sindicato SATSE acerca del derecho a la carrera profesional al personal
interino de larga duración de Sanidad.
El juez entiende que no hay "razones objetivas que justifiquen la diferencia de trato
entre unos (personal temporal) y otros (personal fijo)", reconociendo que estos trabajadores "no pueden ingresar en la Administración porque la
Administración no convoca los procesos selectivos que permitirían la
entrada en la Administración como funcionario fijo” y, en base a la la Directiva 199/70/CE
sobre la no discriminación de los trabajadores temporales y siguiendo la
interpretación que del interino de larga duración establece el Tribunal
Constitucional establece que “cuando se trate de un interino que viene prestando servicios a la
Administración por más de cinco años, no existe justificación objetiva y
razonable desde la perspectiva del artículo 14 de la Constitución
(derecho a la igualdad) para darle un tratamiento jurídico diferente y
perjudicial respecto al del dispensado a los funcionarios de carrera”.
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