lunes, 30 de mayo de 2016

Una Comisión Com. Madrid-Estado plantea modificar artículos aprobados por la oposición en la Ley de acompañamiento ante una supuesta amenaza de recurso de inconstitucionalidad por parte del Estado. Paralización de la aplicación de la extensión de las categorías de informática del SERMAS a sus SSCC, del proceso de estatutarización de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR y del proceso de interinización para eventuales de más de años aprobado en la Ley de acompañamiento. TODA modificación requeriría la aprobación de la Asamblea de Madrid

En el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid del pasado 25/04/2016 (BOCM nº 97) se publicaba el siguiente  Acuerdo entre una denominada "Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid" en relación con la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa, más conocida como ley de acompañamiento:
'1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 6.5, 24 y 27 y la disposición final primera, apartados 3 y 4 de la Ley de Madrid 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
2. Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión de Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el “Boletín Oficial del Estado” y en el B.O.C.M.'

Es decir, tal y como avanzaba  AMYTS hace unos días en su resumen de una reciente Mesa Sectorial, existen unas discrepancias supuestamente procedentes del Estado que el Gobierno de la Comunicad de Madrid argumenta para "negociar" con el Estado alguna posible modificación [¿y eliminación?] de los siguientes artículos y puntos aprobados en la ley de acompañamiento, puntos que casualmente se incluyeron en dicha ley tras enmiendas de la oposición y por mayoría de la oposición, entre e
  •  Artículo 24 - Extensión las categorías de informática a los Servicios Centrales del SERMAS -actualmente totalmente privatizados y que pasarán a llevar la mayoría de la informática sanitaria tras los procesos de centralización y de implantación de la HCE  de HP-HCIS en curso- , precisamente tras la petición de APISCAM a todos los grupos parlamentarios, atendida por Ciudadanos -que fue quien realizó las propuestas de enmiendas en un principio-, PSOE y Podemos, para poder disponer de personal propio en dichos servicios centrales TIC del SERMAS [SSCC]. . Nótese que el Gobierno de la CM ha estado utilizando en años pasados esta imposibilidad como excusa para tener toda la informática  privatizada en dichos SSCC.

  • Disposición Final Primera.3. Habilitación a Sanidad, previa negociación con la Mesa Sectorial de un proceso del correspondiente  integración como estatutarios en las categorías de informática del (escaso) personal laboral y funcionario que actualmente desempeña funciones informáticas en dichos Servicios Centrales del SERMAS
  • Disposición Final Primera.Habilitación a Sanidad, previa negociación con la Mesa Sectorial, del procedimiento extraordinario de nombramiento como personal estatutario interino  de todo el personal estatutario eventual de los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud que lleve más de dos años encadenando contratos sucesivos y ocupando una plaza prevista en la plantilla orgánica como personal estatutario interino (este artículo se incluyó vía una enmienda, originalmente de Ciudadanos, su número 5)
  • Artículo 27.- Integración como personal estatutario del SERMAS del personal de la Empresa Pública Hospital de Fuenlabrada, de la Fundación Hospital Alcorcón y de la Empresa Pública Unidad Central de Radiodiagnóstico (este artículo se incluyó vía una enmienda del PSOE)
  • Artículo 6. 5  Sobre la extinción de las empresas públicas Hospital del Sur, del Norte, del Sureste, del Henares, del Tajo  y de Vallecas, es decir las de los Hospitales Infanta Cristina, Infanta Sofía, Sureste, Henares, Infanta Leonor y Tajo (pero NO de la Unidad Central de Radiodiagnóstico)]: 'El personal laboral propio de las empresas públicas continuará prestando servicios en los mismos centros de trabajo y podrá optar por suscribir el nombramiento de personal estatutario que le corresponda, o por mantener la relación de servicios de carácter laboral con sometimiento al Convenio Colectivo de la Comunidad de Madrid con las adecuaciones que procedan. En todo caso, en el supuesto de incorporación de personal laboral fijo que no acredite la superación de las correspondientes pruebas selectivas con arreglo a los principios de igualdad, mérito y capacidad, solo podrá producirse con carácter temporal.'  Este artículo  -a diferencia de los anteriores con discrepancias del Estado- procede del Proyecto de Ley que había había aprobado y presentado el propio Gobierno del  Partido Popular en la Comunidad de Madrid.

Recordemos que AMYTS ya denunció al respecto que "la soberanía del pueblo, ejercida por medio de sus representantes, "está siendo ignorada, ninguneada y paralizada por el Gobierno que debería llevarla a la práctica" que "en vez de buscar los mecanismos para ejecutar los mandatos de la Asamblea, busca las trabas que sean necesarias para paralizarlos".


El artículo 33 de la ley Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional [TC] que mencionada que menciona este acuerdo publicado en el BOCM sobre recursos de inconstitucionalidad contra leyes (como la de "acompañamiento" de los presupuestos precisamente). Esa misma norma del TC indica en su artículo 33.1 que hay un plazo de  3 meses para interponer tales recursos de inconstitucionalidad, pero que,como excepción, según el artículo 33.2 , puede extenderse en el plazo de 9 meses para recursos que interpondría el Presidente del Gobierno contra leyes de Comunidades Autónomas [CCAA], como sería el caso, si en el plazo de 3 meses se reúne la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la respectiva CCAA para negociar unas modificaciones de la Ley de la CCAA que "resuelva las discrepancias" planteadas por el Estado.

Es decir, se puede deducir que ¡se está planteando la posibilidad de modificar la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2016 justo en varios puntos que propuso y aprobó la mayoritaria oposición de la Asamblea de la Comunidad de Madrid, mediante la vía de una negociación entre la Comunidad de Madrid y el Estado tras una (supuesta) amenaza de Recurso de Inconstitucionalidad de este último!

Diversas fuentes consultadas por APISCAM  coinciden en que esta Comisión Bilateral formada del Gobierno de la Comunidad de Madrid y del Estado no pueden modificar nada de la Ley de acompañamiento de los presupeuestos sin el paso y aprobación por el Poder Legislativo, es decir, la Asamblea de la Comunidad de Madrid.

En todo caso, esta situación es la justificación,  tal y como dijo en Mesa Sectorial de Sanidad de la paralización por parte del Gobierno de la CM  de cualquier aplicación de la extensión de las categorías de informática del SERMAS a sus SSCC, del proceso de estatutarización de Fuenlabrada, Alcorcón y la UCR y del nuevo proceso de interinizaciones para eventuales de más de 2 añso que fueron aprobados en la ley de acompañamiento de los presupuestos  

NOTA DEL EDITOR: Primera versión de esta entrada publicada a primera h ora del 25 de Mayo. Segunda versión incluyendo las menciones explícitas al posible recurso de inconstitucionalidad. Tercera versión del jueves 26 de mayo añadiendo la aclaración del penúltimo párrafo. Cuarta versión de 30 de mayo para indicar el origen de cada artículo.


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3 comentarios:

Anónimo dijo...

No tienen vergüenza alguna, 100% de acuerdo con lo que ponéis que dice AMYTS. ¿Nos toman por tontos? Bueno a la mayoría de la ciudadanía que es muy difícil hacer llegar este tipo de cosas , seguro que sí.

Que tengan cuidado, porque pedir vía tu partido a otro gobierno suyo que utilice unos medios jurídicos públicos para buscar una fórmula con objeto de conseguir que sigan unas privatizaciones de las que sacan algún beneficio ajeno a la función de su cargo puede se toda una prevaricación que asome algún día. Si los responsables de la Abogacía del estado y los servicios jurídicos de las CCAA hablaran...

Anónimo dijo...

sí, y la Cifuentes hablando de regeneración democrática ... cuando esta toda un de-generación de la democracia

Anónimo dijo...

Pensaba que era una noticia de Venezuela...pero no, es de nuestra gran democracia, un ejemplo perfecto de como el Gobierno de la CM prevarica presuntamente para saltarse lo que aprueba la asamblea legislativa. Montesquieu debe estar revolvièndose en su tumba.