viernes, 20 de mayo de 2016

[@CSIF_UAMadrid] NNHH: 'Demanda contra la Consejería de Sanidad por modificación de condiciones laborales de 500 trabajadores'. 'CSIF está de acuerdo con la desaparición de las empresas públicas de seis hospitales pero no con la pérdida retributiva de sus trabajadores'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha interpuesto una demanda por conflicto colectivo contra la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por la extinción de las empresas públicas de seis hospitales de la región que supone una modificación sustancial de las condiciones laborales de alrededor de 500 trabajadores.

Las empresas públicas extinguidas son las de los hospitales del Sur, del Norte, Sureste, Henares, Tajo y Vallecas. El 31 de diciembre de 2015 el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó una serie de decisiones respecto a la integración del personal afectado de estas empresas públicas. Una de estas medidas era la forma elegida para el traspaso de este personal, que se hará mediante una novación de contrato con aplicación del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid o con la opción de pasar a personal estatutario.

CSIF considera en su demanda que estamos ante un caso de subrogación en toda regla, contemplado en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, por lo que no es de aplicación la novación acordada por la administración autonómica. Los servicios jurídicos de CSIF también entienden que, con esta integración de personal laboral en la Comunidad de Madrid, estamos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y de retribuciones a la baja.

Por este motivo, CSIF Sanidad Madrid también pide una mesa negociadora para tratar estos asuntos que afectan a las condiciones y retribuciones de estos 500 trabajadores. El Estatuto de los Trabajadores establece que la decisión de la modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo  deberá ir precedida de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores en una única comisión negociadora.

Por otra parte, desde CSIF entendemos que la opción de estatutarización ofrecida a los trabajadores es una novación de contratos en toda regla que repercute en estos empleados públicos en forma de pérdida retributiva. En este sentido, CSIF está de acuerdo con la desaparición de estas seis empresas públicas, pero no así con la pérdida retributiva de estos trabajadores derivada de su laboralización.'

 
 
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