- la sentencia del TSJ de Galicia es sobre trabajadores bajo contratos laborales [no bajo nombramientos estatutarios]
- lo que permiten conseguir es un contrato laboral indefinido -que no permite evitar el fin del contrato por amortización o cobertura de plaza por cualquier procedimiento de los legalmente previstos- y no la condición de Laboral Fijo [del respectivo convenio de la CCAA] y ni muchos menos la de funcionario de carrera o estatutario fijo [ver a este respecto tambien la aclaración publicada por AMYTS ]
- la condición de funcionario de carrera o de estatutario fijo sólo puede conseguirse mediante proceso selectivo y nunca por sentencia [ver a este respecto las pretensiones de las demandas de AMYTS ante la Unión Europea ]
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