jueves, 19 de mayo de 2016

[@fspugtmadrid] Sobre las noticias acerca de interinos a funcionarios fijos sin opositar

Trasladaba el Secretario de Sanidad de UGT de Madrid, Julián Campos Ordóñez, en su twitter este 18/05/2016 un a serie de aclaraciones de  la Federación de Servicios Públicos de UGT al hilo de recientes noticias como la noticia de Redacción Médica  sobre sentencias recientes que permitirían a interinos ser fijos sin opositar o la nota de CSIF sobre posibles actuaciones y gestiones de reclamaciones en consencuencia:
  • la sentencia del TSJ de Galicia  es sobre trabajadores bajo contratos laborales [no bajo nombramientos estatutarios
  • lo que permiten conseguir es un contrato laboral indefinido -que no permite evitar el fin del contrato por amortización o cobertura de plaza por cualquier procedimiento de los legalmente previstos- y no la condición de Laboral Fijo [del respectivo convenio de la CCAA] y ni muchos menos la de funcionario de carrera o estatutario fijo [ver a este respecto tambien la  aclaración publicada por AMYTS ]
  • la condición de funcionario de carrera o de estatutario fijo sólo puede conseguirse mediante proceso selectivo y nunca por sentencia [ver a este respecto las pretensiones de las demandas de AMYTS ante la Unión Europea ]
alertando contra la generación de falsas expectativas




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