Recodemos que APISCAM
impugnó tanto el Decreto de OPE 2015 en cuanto a las plazas de
informáticos temporales del SERMAS ofrecidas como las posteriores
convocatorias
por ignorar la regularización pendiente
del colectivo ( más del 42% fuera de la plantilla "orgánica" de las
categorías de informática) y la enorme antigüedad del personal cuyos
puestos de trabajo son justo los que se ofrecen en unas convocatorias
que no dan apenas oportunidad a que se pueda valorar. APISCAM siempre ha
reclamado la regularización integral del colectivo real en plantilla
orgánica de las categorías de informática antes de emprender ningún
proceso de cobertura de sus plazas a fijo, siempre en un proceso
orientado a consolidación (respetuoso con los principios de igualdad,
mérito y capacidad y que con la normativa legal en curso por tanto
siempre debe contar con una fase de oposición).
Desde
hace unas semanas está teniendo lugar el "juicio" por escrito del
recurso contencioso-administrativo de APISCAM contra la inclusión de un
número de plazas muy parcial de la plantilla estructural real en el Decreto de Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2015. Informaremos en cuanto acabe en futuras entradas de la contestación de la administración y de nuestras alegaciones.
Durante este proceso RRHH del SERMAS ha tenido que presentar certificados de la plantilla orgánica de las categorías estatuarias de informática a fecha de 31/12/2014 ,
desglosados centro por centro, -presumible y supuestamente la
utilizada como base para conformar la OPE 2015- , tras la pertinente
petición del juez a instancias nuestras a la vista que no se había
proporcionado de oficio información relativa alguna al respecto en el
perceptivo expediente administrativo. Omite completamente certificados
de la plantilla real y toda mención al amplio grupo de personal que
sigue en categorías de la función administrativa.
Recordemos que las denominadas plantillas orgánicas incluyen únicamente las plazas cubiertas de forma fija y las pensadas para ser cubiertas de forma fija denominadas "vacantes" y que pueden estar ocupadas por un interino o libres durante mucho tiempo, incluso siendo utilizados su presupuesto -fraudulentamente- para contratar a personal con contratos eventuales encadenados durante mucho tiempo; puede ocurrir por tanto que estas plantillas orgánicas no correspondan en absoluta con lo que sería la plantilla real o estructural, es decir la de personal trabajando desde hace mucho tiempo en una función ya permanente y realizada durante más de dos años (y mucho más), como es el caso del colectivo de informáticos del SERMAS, donde al 42% se le sigue manteniendo fuera de esa plantilla orgánico mediante nombramientos eventuales de las categorías de STI e incluso nombramientos de otras categorías, mientras existe un número muy importante de vacantes "libres", en clarísimo fraude de ley por tanto.
En
concreto, según esos certificados de plantilla orgánica a 31/12/2014 del SERMAS ,
agregando aquí la de diferentes centros para la misma categorías, tendríamos; siempre a fecha de 31/12/2014
, la relevante para la OPE 2015:
- Categoría de Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información [S.T.I] o de grupo A1: Total 35
- personal fijo: 8
- "vacantes" (i.e. sin propietario fijo): 27
- ocupadas por interino: 14
- resto "libres": 13
- Categoría de Técnico de Gestión de S.T.I. o de grupo A2: Total 45
- personal fijo: 5
- "vacantes" (i.e. sin propietario fijo): 40
- ocupadas por interino: 17
- resto "libres": 23
- Categoría de Técnico Especialista de S.T.I. o de grupo C1: Total 72
- personal fijo: 4
- "vacantes" (i.e. sin propietario fijo): 48
- ocupadas por interino S.T.I: 17
- resto "libres": 30
- TOTALES DE LAS 3 CATEGORÍAS:
- personal fjio: 17
- "vacantes" (i.e. sin propietario fijo): 115 ,de las cuales
- vacantes ocupadas por interino S.T.I: 48 (a 31/12/2014)
- resto de vacantes o "libres": 76
Compárese con el número de plazas de las categorías de S.T.I. convocadas por la OPE 2015 , 67, es decir, 19 más que las cubiertas por interino entonces, y repartidas por categorías y turnos de las correspondientes posteriores convocatorias así:
- Técnico Superior o grupo A1: 13 (8 + 1 discapacidad + 4 de promoción interna)
- Técnico Gestión o grupo A2: 23 (14 turno libre + 2 discapacidad + 7 de promoción interna)
- Técnico Especialista o grupo C1: 31 (20 turno libre + 2 discapacidad + 9 de promoción interna)
Pero sobre todo, a la vista del censo de informáticos del SERMAS que mantiene a sus informáticos un 77% no fijo en las categorías de S.T.I
y a más del 40% fuera de la plantilla orgánica (es decir, no son ni
interinos), conviene comparar ese total de 115 vacantes de las categorías de S.T.I: certificado por
el SERMAS (a 31/12/2014) con lo que sería el total
de plazas necesarias con las que, según nuestro censo, se alcanzaría una
regularización integral de los puestos reales de informática del SERMAS
-durante más de 10 años en casi todos los casos- no cubiertos de forma fija en las categoría de informáticos: 122 plazas (de los actuales 55 interinos y 67 fuera de plantilla), que repartidas por
grupos serían:
- 21 de categoría de STI del grupo A1
- 33 de categoría de STI del grupo A2
- 44 de categoría de STI del grupo C1
- 24 de categoría de STI para promoción interna temporal de personal fijo (por el personal informático fijo que sigue en categorías de Auxiliare Administrativos )
Es decir, apenas hubiera hecho falta crear vacantes adicionales en las categorías de STI para,poder acometer las justas reclamaciónes del colectivo
de regularización integral en plantilla de las categorías de
informática con el consiguiente y lógico posterior proceso integral de estabilización de todas esas
plantilla regularizada.
El SERMAS en cambio insiste, pese a todas esas vacantes, en seguir manteniendo en fraude de ley fuera de plantilla a casi todo ese personal informático en situación de fuera de plantilla y con una enorme antigüedad. Y aemás las plantilla reconocida , de en torno a 67, ysino que además
El SERMAS en cambio insiste, pese a todas esas vacantes, en seguir manteniendo en fraude de ley fuera de plantilla a casi todo ese personal informático en situación de fuera de plantilla y con una enorme antigüedad. Y aemás las plantilla reconocida , de en torno a 67, ysino que además
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