miércoles, 26 de agosto de 2026

Recordatorio [RTVE/El País] El gobierno está preparando con las CCAA medidas contra el abuso de temporalidad de trabajadores públicos, que cifra en menos de 200 mil con esa situación, para evitar la pérdida de los fondos europeos suspendidos por la falta de medidas válidas contra el abuso de temporalidad pública

 [Recordatorio de entrada publicada el 17/08/2026] Informan RTVE y El País este 17/08/2026 , , entre otros muchos medios que el Gobierno ha anunciado que está "preparando medidas contra el abuso de temporalidad en el empleo público" y que estima en menos  de 200 mil el número de trabajadores públicos - de entre el total de casi un millón de empleados públicos temporales- que estarían en abuso de temporalidad, situación que para el Ministerio  se daría "cuando el empleado lleva más de tres años con contratos de duración determinada".

Según El País, el Ministerio de Función Pública traslada que "ya se encuentra avanzado" un paquete de medidas y en un nivel "técnico" junto con "expertos" del las CCAA, que serían "conscientes" de que deben regular algo ante el plazo prolongando que les habría dado la Comisión europea hasta el 29 de Agosto para poder evitar la pérdida definitiva de 626,6 millones de € de fondos europeos,que siguen suspendidos desde el 07/07/2025 al concluir entonces la Comisión Europea tras las sentencias del TJUE de 2024 el incumplimiento del compromiso del hito nº 144 del Plan de Recuperación, de disponer (en 2021) de una Ley de reducción de temporalidad pública que incluyera también medidas para evitar y sancionar el abuso de temporalidad.

Entre las medidas que se estudian incluir en esta normativa se citan por el momento [sólo medidas a futuro]:


  • un "sistema de alertas" que avise cuando algún trabajador supere los 3 años  con contratos temporales
  •  "endurecer" las sanciones a las empresas públicas que cometan abusos de temporalidad.

 El medio también traslada del Ministerio que están a la espera de la respuesta de  [Empleo de la] Comisión Europea a su petición  de una prórroga de 9 meses en el procedimiento de infracción de la Comisión Europea contra España , en el que el pasado 29 de Abril  emitió Dictamen Motivado concluyendo que en España seguían sin existir medidas de sanción válidas, amenanzando con llevar a España ante el TJUE para la imposición de multas si no regulaba nueva normativa  en el plazo de dos meses, plazo que finalizaba el pasado 29 de Junio.


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117 comentarios:

Anónimo dijo...

Medidas a futuro todas. Si no nombran a los abusados, no exsten, según ellos.Panda de trileros

Anónimo dijo...

Y con el personal que estamos en abuso de los temporalidad, ¿qué va a pasar? Que digan algo ya y terminen con esta agonía!

Anónimo dijo...

Pues a la calle igual que el resto. A ver si os pensáis que los 200000 tenéis ventajas sobre cesados, para el gobierno somos un número, 900000 o 200000, y todos vamos a acabar igual. Cesados y con limosnas. De ser distinto, más desigualdad existiría entre el colectivo, igual que han hecho con los aprobados sin plazas.

Anónimo dijo...

Europa es la principal culpable, lo permite digáis lo que digáis. Donde está la comisión, la denuncia, donde. Que sentido tiene OBADAL si hacen una interpretación sesgada de ella

Anónimo dijo...

Siempre ha habido desigualdad entre temporales abusados, unos más que otros, unos informados otros no, unos cesados otros no, unos estabilizados o indemnizados legalmente otros no, unos judicialmente otros no, y aquí no pasa nada, salvo el tiempo, también en contra.

Anónimo dijo...

También es cierto, ahora los aprobados sin plaza tiene más mérito y capacidad que el resto.

Anónimo dijo...


Lo que quieran inventar quienes pueden excusar a las administraciones públicas de 26 años de fraude, abusos laborales en absoluta precariedad y desprotección.

Anónimo dijo...

Europa no es culpable,el gobierno y el representante de Función Publica deberían de haber ordenado se cumpliese la Sentencia de Obadal, al igual que con otras muchas leyes que vienen de Europa y se acuerdan de ellas cuando empieza a tronar

Anónimo dijo...

Cuando salieron las sentencias del TJUE de febrero y junio de 2024, los afectados por el abuso de temporalidad con demandas judiciales en marcha (tanto laborales como contenciosas) entendimos que la sentencia Obadal (C-418/24) clarificaría el escenario de forma definitiva y obligaría al Tribunal Supremo a acatar el derecho comunitario.Obadal lo ha dejado cristalino y ha derribado por completo la insuficiencia de la Ley 20/2021, nos confirma que, además de abusados, hemos sido cesados injustamente. Por lo que la Directiva 1999/70/CE sigue sin transponerse en España. Sin embargo, la respuesta del TS, especialmente en la vía Contencioso-Administrativa es inaudita: en lugar de repararnos con la fijeza en ausencia de otras sanciones válidas, nos niega la tutela judicial efectiva y nos deja en el más absoluto vacío, denegando tanto la estabilidad como cualquier indemnización acorde con Obadal. Para colmo, el Gobierno, ignorando el dictamen motivado de la Comisión Europea, cual empresario moroso, se limita a pedir prórrogas vergonzosas hasta 2027 y a mirar al futuro, en un ejercicio de irresponsabilidad patronal e institucional que roza lo delictivo.Acaso creen que la Comisión Europea no les va a denunciar ante el TJUE por ser cómplices por omisión del TS.

Anónimo dijo...

De verdad te crees que Europa va a tomar represalias tan graves como para hacer cambiar de estrategia a España y sus tribunales. Ha sentenciado no una, sino 4 sentencias, y como dices Obadal siendo extremadamente contundente. ¿Has visto cambios o incluso una mínima voluntad política para solucionar la situación? No , lo que ha habido es más restricciones por parte del TS y manipulación del gobierno en las cifras de abusados. Pero seguid confiando en Europa...que el golpe sera más fuerte aun.

Anónimo dijo...

Entiendo tu escepticismo porque la desesperación y el desgaste tras años de litigios son enormes. Pero te equivocas al pensar que Europa no va a hacer nada. El dictamen motivado continúa y es evidente que la Comisión pronto denunciará a España ante el TJUE, porque la doctrina del TS de lo social incumple claramente Obadal, pero lo del contencioso ya es rebeldía, todo ello unido a la inacción del Gobierno. Históricamente, ya sabemos que pasa cuando un TS va contra el derecho europeo, tenemos como ejemplo las cláusulas suelo, así que tardará más o menos pero Europa les obligará a rectificar.

Anónimo dijo...

Rectificaran... Es de sabios.

Anónimo dijo...

Ojalá sea así compañero/a. Y si es escepticismo, llevo 16 años escuchando que Europa nos apoyará y dará la razón.

Anónimo dijo...

Cientos de miles de personas asistiendo a un golpe de estado judicial sin consecuencias.

Ya ni te digo fijeza, te digo cambiar la doctrina de la sala de lo contencioso del Supremo para validar la indemnización, porque lo actual es la nada después de rechazar el TJUE la interpretación del Supremo de pleno. Antidemocrático total.

Anónimo dijo...

Quienes pueden ejercer la Justicia al más alto nivel, porque para ello han sido designados, y no la ejercen, no deberían ocupar esa posición. Que digan públicamente a cuántos funcionarios interinos cesados con sentencias de abuso en tribunales inferiores han dejado sin sanción, condenándoles también en costas, y ejerciendo por ello un doble abuso sobre la víctima.
Estaría bien que explicaran por qué esa reticencia a no acatar la normativa europea y esa obsesión por impedir que el abusado sea resarcido. Es del todo llamativo que además se posicionen en una constante rebeldía. Qué explicación puede haber a ello... caben todo tipo de interpretaciones. No son buena gente.

Anónimo dijo...

Que poco queda para que llegue el 31 de Agosto del 2026🪓

Anónimo dijo...

Nos señalaron con el dedo cuando saben que fueron las Administraciones públicas las que crearon este limbo jurídico saltándose a la torera las normas españolas y europeas, caímos en la trampa del fraude, abuso y posterior desprotección.

Mientras el TJUE nos daba la razón ellos seguían negando la mayor, el enriquecimiento ilícito del estado a costa del precarizado abusado, es palmario.

Anónimo dijo...

Yo creo que aunque los fondos de recuperación terminan el 31 de agosto, a los interinos que los gestionan están pensando ampliarles el contrato un mes más porque hay posibilidad de hacer determinadas gestiones a lo largo de septiembre así que pienso que la reunión con las ccaa tiene sentido en septiembre y que será después de esa reunión cuando hagan o propongan algo. A mí eso me oarece

jar dijo...

De momento, les quedan dos días y no han hecho nada ni lo van a hacer. Europa, harta del tema, actuará. Seguro. Ánimo.

jar dijo...

De momento, les quedan dos días y no han hecho nada ni lo van a hacer. Europa, harta del tema, actuará. Seguro. Ánimo.

Anónimo dijo...

¡¡¡OJO con esto APISCAM!!!
El argumento de que "solo se pierden los 626 millones del Hito 144 y el resto del dinero viene limpio" es falso y carece de rigor macroeconómico. En Bruselas las cosas no funcionan con la lógica de compartimentos estancos que nos intenta vender el Gobierno. El riesgo real no es una pérdida aislada, sino un colapso financiero sistémico por las siguientes cinco razones:

Primero, los 626 millones son solo la "retención base". Tras declararse el Hito 144 como "revertido e incumplido" por la ineficacia de la Ley 20/2021 frente a las sentencias del TJUE, expiraron los 6 meses de gracia otorgados por la Comisión. Ese dinero ya está prácticamente perdido. Pero esa cifra es solo la tasación individual indexada del hito; no es, ni de lejos, el castigo total. Los hitos no son islas.

Segundo, en septiembre se negocia el desembolso del último bloque de transferencias de los fondos NextGen (más de 21.000 millones de euros sin contar 4.000 millones en préstamos). El Reglamento del Mecanismo de Recuperación (MRR) es claro: si un Estado arrastra una reforma estructural clave incumplida y en abierta rebeldía judicial por parte del Tribunal Supremo, la Comisión Europea tiene la potestad legal de aplicar coeficientes de penalización por incumplimiento sistémico. Esto faculta a Bruselas a congelar o recortar de forma proporcional miles de millones de todo el bloque de modernización de la Administración Pública.

Tercero, recientemente hemos sabido que el Gobierno intentó ganar tiempo solicitando una prórroga de este dictamen motivado hasta marzo de 2027, pero la Comisión Europea dijo NO. Solo concedió una extensión límite e improrrogable de dos meses que vence este sábado 29 de agosto. Si el Gobierno no aprueba una ley con medidas correctoras reales antes de esa fecha, se activará el procedimiento formal de bloqueo.

Cuarto: Bruselas exige reparar el PASADO; el Gobierno solo quiere maquillar el FUTURO. El núcleo del conflicto es que la Cláusula 5ª de la Directiva Europea obliga a sancionar el abuso cometido en el pasado. Los procesos de estabilización de la Ley 20/2021 no constituyen una sanción al empleador infractor, sino un castigo al interino (tanto laboral como funcionario), al que se le expone al cese. Europa exige una consecuencia jurídica proporcional para las víctimas del fraude histórico: fijeza o indemnizaciones verdaderamente disuasorias tal y como establece Obadal. El "borrón y cuenta nueva" viola el derecho comunitario.

Quinto, el Reglamento del MRR establece un límite temporal absoluto el 31 de diciembre de 2026 para el cierre definitivo de los fondos. No existen las prórrogas presupuestarias plurianuales. Si el Gobierno se enroca en censos maquillados de 200.000 afectados y soluciones cosméticas para el futuro, el atasco en la fiscalización y la disputa jurídica con Bruselas consumirán los meses que quedan. Todo fondo que permanezca congelado o en disputa tras esa fecha límite decaerá y se perderá para siempre.

En resumen: El Hito 144 cuesta 626 millones sobre el papel, pero en la práctica actúa como una llave de paso macroeconómica. Si el Gobierno sigue actuando como un moroso que niega los derechos adquiridos de sus trabajadores y desafía al TJUE, Bruselas ejecutará las cláusulas de rescisión del contrato de fondos.

Anónimo dijo...

Solo quiero que les apliquen la misma vara de medir que a mí, sin piedad, multas, sanciones e inhabilitaciones, que sufran todos una mínima parte del sufrimiento causado.

Anónimo dijo...

Si que eres vengativa paisana, esperate un poco a ver lo que pasa, de todas maneras se te ve mucho rencor siempre en tus comentarios

Anónimo dijo...

Vamos a ver si por lo menos después de la reunión de septiembre sacan algo

Anónimo dijo...

De donde sacas que la comisión denegó la prórroga y dio hasta el 29 de septiembre? Que fuentes tienes

Anónimo dijo...

Fuente de todo esto, por favor? Porque es la 1 vez que escucho o leo que la CE les ha dicho NO a la prórroga hasta Marzo del 27.

Anónimo dijo...

https://www.rtve.es/noticias/20260817/gobierno-medidas-temporalidad-empleo-publico-limita-interinos/17192975.shtml

Aquí indican que la prórroga concedida fue de 2 meses hasta el 29 de agosto, por lo tanto, se refiere al dictamen motivado que se inició el 29 de abril, finalizó el plazo el 29 junio y se prorrogó hasta el 29 de agosto.

Anónimo dijo...

"Más de 100 funcionarios interinos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tienen marcado el próximo 31 de agosto de 2026 como su último día de trabajo. Función Pública ha dado instrucciones para que finalicen sus nombramientos apenas una semana después de comunicar la decisión al organismo, según ha informado UGT.

Los trabajadores afectados prestan servicio en programas vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y su Adenda, por lo que sus nombramientos estaban ligados a la duración de estos programas. El problema para el SEPE es que, aunque el 31 de agosto termina el plazo para cumplir los objetivos previstos en el Plan, parte del trabajo necesario para cerrarlo continuará durante septiembre."
Fuente: https://empleojob.es/funcion-publica-ordena-el-cese-de-mas-de-100-interinos-del-sepe-el-31-de-agosto/

Anónimo dijo...

Pues Sánchez se ha ido de nuevo de vacaciones hasta que acabe el mes así que olvidaros a que haya un rd ley antes de septiembre.

Anónimo dijo...

Yo creo que está mal redactada la noticia, por otras fuentes la comisión aún no se ha pronunciado.

Anónimo dijo...

12:23 No es la única, muchos y yo incluido pensamos igual. No es ser vengativo y ya basta de esperar cuando los plazos están flagrantemente superados. Si a mí me han robado y jodido años de vida, la salud, esperanzas, oportunidades, proyectos de vida quiero verlos sangrar y arder.

Anónimo dijo...

Al enemigo, ni agua... Dile esto a la multitud de gente que le han destrozado la vida después de años de cumplir en su trabajo.

Anónimo dijo...

X2 y de vengativa nada, los responsables de las administraciones y España en general debe ser sancionada por abusar con todo conocimiento de sus empleados.

Anónimo dijo...

Sindicalista, seguro, XDD. Se os acaba el chollo de los cursos y preparación de opositores

Anónimo dijo...

Es que esto es lo que no se explica, que Europa diga hay que cumplir y el resto de partidos que están el gobierno e incluso la oposición sigan el juego del PSOE. Todos actuan igual o que, porque parece que la cosa no va con ellos y los plazos ni les preocupa.

Anónimo dijo...

De 200.000 a 900.000, van 700.000 que según las noticias no están en abuso de la contratación. Cómo según entiende esto? Por otro lado, si los jueces empiezan a examinar caso por caso, no reconocen la situación de abuso a casi ninguno. Porque, pues porque en la mayoría de esos casos sus administradores no han estado inactivas y han sacado OPE, s cada tres años, en otros casos han sido sustituciones por jubilaciones parciales, en otros ha habido ruptura del vínculo y etc etc. Así que aún estando 30 años así, si los jueces quieren no reconocen el abuso. Y por lo tanto ni fijeza ni indemnización. Me temo que por ahí pueden ir esos 700.000, que faltan. Hablando caro.

Anónimo dijo...

Esperar que, te parece poco el tiempo que llevan sin aplicar la normativa europea, 26 años, 26 años abusando, riéndose de los empleados (incluidos los opositores que tanto nos rechazan), incumpliendo e ignorando las sentencias europeas, a los expertos en el tema, ahorrándose dinero por la gestión de las plazas y llenando los bolsillos de los sindicatos para callarles la boca. Parece poco sufrimiento amigo

Anónimo dijo...

En mi caso no me reconoce el abuso porque la plaza se convocó en los procesos de estabilización....y he estado 7 años

Anónimo dijo...

Pues 7 años es abuso, son más de 3 que marca la ley, incluso más que 5 que decía la ley 20/21 para el concurso de méritos, aunque por el baremo fueron 6. De hecho, el voto particular de López Parada en el TS social pedía fijeza para 7 años sin el aprobado sin plaza.

He visto sentencias en el contencioso donde reconocían el abuso con 8 años en vacante pero sin sanción. Y de más años con aprobado sin plaza sin reconocer el abuso para no entrar en el fondo del asunto.

La ley 20/21 quiso borrar el abuso previo y el posterior, nada por aquí, nada por allá, a oposición, igual que el gran Juan Tamariz. Sancionaron el abuso con más abuso, para all final cesar a gente con 7, 8 ,9 o 10 años, ESO ES ABUSO, y el TJUE lo ha explicado muy claro..

Anónimo dijo...

Pues ahí lo tenemos, gracias por la explicación.

Anónimo dijo...

convocar una oposición no convierte automáticamente en lícita una temporalidad excesivamente prolongada.
El TJUE ha insistido en que el problema es la utilización de relaciones temporales para cubrir necesidades que en realidad son permanentes y estables. En Obadal, el TJUE vuelve a exigir que las medidas nacionales sean efectivas para prevenir y sancionar el abuso.
Y la STS 475/2026 ha aplicado precisamente esa doctrina después de Obadal, reconociendo fijeza en un supuesto en el que la trabajadora había superado un proceso selectivo para personal fijo pero posteriormente había permanecido durante años en temporalidad.
La pregunta es:
“¿La Administración consiguió, en un plazo razonable, poner fin a la necesidad de utilizar a esta trabajador/a temporal?” La respuesta es “NO”.

Anónimo dijo...

El engaño de "cambiar de plaza" (Criterio del TJUE)Las administraciones suelen alegar que no hay abuso porque "cada contrato tenía una causa distinta" (una sustitución aquí, una vacante allá). El TJUE rechaza de plano este argumento. El tribunal europeo dictamina que el uso sucesivo de contratos temporales para cubrir sustituciones o vacantes de forma ininterrumpida en el tiempo demuestra que la necesidad de personal no es puntual, sino estructural, calificándolo como abuso.

Anónimo dijo...

Por eso existe la unidad del vínculo, que debe valorarse en su conjunto.

Anónimo dijo...

En mi opinión abuso es superar el límite legal. Te pueden contratar para una cosa y luego para otra y en mi opinión eso no es abuso, no lo era y no debería serlo. Abuso es cuando cubres una necesidad ininterrumpidamente en el tiempo porque eso es permanente y el vínculo debería ser permanente osea fijo.

Anónimo dijo...

Y eso que tú dices, que te contratan para una cosa y luego para otra, si esas cosas son necesidades estructurales y permanentes… y así estás 15 sin romper el vínculo de un lado para otro en distintos puestos (sustituciones, vacantes, etc) eso, según tú no es abuso? Es que los interinos y temporales están así la mayoría de ellos.

Anónimo dijo...

Yo creo que no es abuso con la persona, es una ptd eso sí. También puedes trabajar toda tu vida de temporal en lo privado yendo de aquí para allá y no te hacen fijo. No?
Esa es mi opinión.
Hay contratos por otro lado que duran más de 3 años y por eso no están en abuso, son legales. En mi administración los contratos de formación de funcionarios pueden durar 6 años y vuelven a su puesto sí o sí y esos no están en abuso.

Anónimo dijo...

Lo gordo de este país podrido es que se interesan las administraciones por 70000 moros que les han dejado entrar y a 900000 servidores públicos españoles y sus familias que les den.

Anónimo dijo...

Por supuesto que sí te hacen fijo, si en una misma empresa privada o del mismo grupo estás yendo de aquí para allá más de 2 años. Al menos por la justicia de lo Social si demandas.

Anónimo dijo...

20,38. Según tu, entonces no hay ni siquiera 200.000 trabajadores en abuso. Eso que significa entonces este contexto? Que esto se acabó. De lo social que ha cambiado algo, algunos los harán fijos, pero si no están en abuso como hemos visto, no los harán. A los cesados, nada de nada. Y a los del contencioso, nada de nada
Tampoco. No hace falta ni fijeza a extinguir ni nada. La ley de punto y final ya está en vigor.

Anónimo dijo...

20,38 Como no va a ser abusivo estar cambiando a un interino, sin romper el vínculo, de un lado para otro? qué más da que este en una vacante u otra, si la administración se está sirviendo durante años de esta persona, que no tiene derecho a nada y siempre estando en la misma administración resolviendo necesidades estructurales y permanentes, no solo es abuso de libro, sino engañoso y perverso. Lo que pasa es que tal como tú lo ves, se están utilizando eufemismos administrativos para decir que no es abuso. El TJUE en Obadal lo deja bien claro! Fijeza + indemnización.

Anónimo dijo...

No lo sé, no quería poner nervioso a nadie, es una opinión.
Yo tengo reconocido el abuso, sin sanción pero abiso, hay personas que no y estoy intentando entender por qué no.

Anónimo dijo...

0,26.. Gracias por tus comentarios, está bien poner sobre la mesa toda la información. Pero, después de Obadal debe aprenderse una nueva lección y es que conforme tu experiencia y también la de la ley 20/21 (ley que el TJUE, no da por válida) , se pone el foco en las vacantes en lugar de las personas trabajadoras y así nunca se sancionaría el abuso, por ese uso truculento de la jurisprudencia.

Anónimo dijo...

En eso se basa el Menestro

Anónimo dijo...

Lo que es difícil de entender como ahora mismo solo han considerado en abuso a los que lleven más de 3 años en la misma vacante. A ver por donde nos salen.

Anónimo dijo...

“Desde el ministerio aseguran a Artículo 14 que esos casi 800.000 trabajadores con contratos eventuales firmados en un periodo menor a los tres últimos años “cuentan con situaciones distintas, son personas que han sido contratadas para realizar determinados proyectos en ese espacio temporal”.
Fuente: https://www.articulo14.es/economia/funcion-publica-centra-el-problema-del-abuso-de-temporalidad-en-un-6-de-los-funcionarios-interinos-y-deja-en-el-aire-a-casi-800-000-20260827.html

Anónimo dijo...

Políticos hijos de p..., jueces prevaricadores hijos de p...

jar dijo...

El ministro se olvida de que él también fue contratado para otras cosas: ayudar. A la calle ya esta caterva.

Anónimo dijo...

Joder, con abusados cómo tú, que no reconoce como abuso a alguien con 20 vacantes de un año en sitios distintos realizando las mismas funciones o similares, quién quiere enemigos...

Anónimo dijo...

Lo que quieran.

Las leyes son para los pobres, no para políticos, responsables administrativos, sindicatos ni jueces y magistrados.

El abuso en la temporalidad existe desde tiempo inmemorial, pero contra legem europeo desde el año 1999.

Los responsables del pseudo estado de derecho español la desoyen en el ámbito público para poder robar derechos, dinero, salud y protección laboral y judicial.

Su deber era conocerla y aplicarla, pero hicieron lo contrario para dejarnos completamente desprotegidos tras ser indefinida e infinitamente abusados, tanto en las administraciones como en las diferentes jurisdicciones, y para mas inri, oponen su propia falta de transposición, siendo su obligación, para dejarnos sin reparación.

Se puede ser un poco corrupto, pero hacer de la corrupción la norma general, mire pues NO.

Sabían lo que lo que estaban haciendo, ahorrarse a costa del abusado mucho dinero, lo hicieron sin límite en el tiempo ni en la gravedad de los abusos para después negar que lo hayan hecho y sus dañiñas y dolorosas consecuencias.
Se han ganado sobradamente en 26 años el mayor desprecio y desafecto a sus personas, sus trabajos y al país al que pertenecen y representan, y como el daño causado, es irreversible e irreparable.

Anónimo dijo...

Mañana 29 de Agosto empieza el Belen, no creo que Europa sancione al Gobierno, pero ya se vera, "cosas veredes amigo Sancho" Caretas fuera, por lo menos sabremos cuales son las cartas que piensan jugar"Caro me lo fiáis"

Anónimo dijo...

Pues me da que van a salir por ahí. Te va a dar igual llevar 25 años con vacante, por ejemplo, como docente , de instituto en instituto, o , como sanitario, de hospital en hospital. Sí no es la misma plaza 3 años y 1 día, tararí.

Anónimo dijo...

La solución es difícil, también tendrá que ver si dsas plazas las han ofreckdo o no en opo porque si no se ofrecen, eso da lugar a más abuso.
En mi caso me reconocieron el abuso pero con 12 contratos concatenados en el mismo lugar, 11 sin plaza el último en la vacante que crearon y mi plaza no fue a opo en 3 años. Yo no tengo opo aprobada y sí abuso reconocido sin sanción.
Cada uno tenemos unas cartas. Cuanto más te alejes del repoquer de ases pues menos posibilidades tienes. Aún así dudo mucho que hagan algo.

Anónimo dijo...

Una y otra vez el gobierno de España y sus tribunales corrumpen y prevarican porque desde Europa lo permiten. De que sirve mandar ultimátums si no hay sanciones reales y disuasorias como ellos mismos demandan en este asunto. Aplicaros el cuento Europa, sancionad de una santa vez a España para que, por obligación, actúen.

Anónimo dijo...

Lo que prima en España es haber aprobado opo así fue en los concursos que se valoraba con muchos puntos y así está siendo en lo Social.

Anónimo dijo...

Bueno y que sigas en la misma vacante más de 3 años, así claro que te salen menos de 200000

Anónimo dijo...

A ver, Misma administración, distintas vacantes y sustituciones: El TJUE ha dejado claro en reiteradas ocasiones que el fraude de ley no se diluye por el hecho de cambiar de código de plaza o transitar entre vacantes y sustituciones. Si la relación con la entidad pública es continua y la persona encadena nombramientos sucesivos, jurídicamente se considera una cadena única y fraudulenta.Trabajos permanentes y estructurales: Los contratos temporales en el sector público están legalmente reservados para necesidades urgentes, coyunturales y extraordinarias. Desempeñar funciones ordinarias y estructurales durante 10, 20 o incluso 30 años evidencia que la Administración utilizó la contratación temporal para cubrir un déficit estructural de plantilla fija.

Se sigue considerando abuso en la contratación, incluso si la Administración demuestra que "no ha permanecido inactiva" y ha convocado las Ofertas de Empleo Público (OPE) dentro de los plazos legales.La jurisprudencia del TJUE —especialmente ratificada en la Sentencia Obadal del 14 de abril de 2026— ha zanjado esta cuestión de forma contundente a favor del trabajador basándose en los siguientes fundamentos jurídicos:1. La "no inactividad" formal no borra el resultado real. El TJUE señala que para evaluar si existe abuso, el juez no debe mirar únicamente las "buenas intenciones" o los trámites burocráticos de la Administración, sino el resultado práctico. Si tras por ejemplo 15 años el trabajador sigue encadenando contratos temporales sin obtener una plaza fija, las medidas de la Administración han sido ineficaces. El cumplimiento meramente formal de publicar la OPE en plazo no justifica prolongar la precariedad de una persona durante casi dos décadas.2. Los retrasos y las plazas desiertas son problemas organizativos de la Administración. El Derecho de la Unión Europea estipula que las deficiencias en la gestión, la interposición de recursos por terceros o el hecho de que un proceso de selección quede desierto son contingencias internas del sector público.El trabajador no puede pagar el pato: Estos problemas organizativos no constituyen una "razón objetiva" (exigida por la Directiva 1999/70/CE) para renovar de manera sucesiva e indefinida un contrato temporal. Obligación de proveer: Si una plaza queda desierta, la Administración debe habilitar otros mecanismos inmediatos de estabilización en lugar de perpetuar la misma contratación temporal de forma estructural.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo español, al unificar criterio en mayo de 2026 tras el fallo de Luxemburgo, ya no debate si el comportamiento de la Administración fue activo o pasivo para determinar el abuso. El criterio es meramente temporal y causal: si se cubren necesidades permanentes con personal temporal más allá de los límites legales, hay abuso. HAY ABUSO.

Basta ya! No son vacantes, son personas trabajadoras.

Anónimo dijo...

Las administraciones que no las realizaron durante años para ahorrarse tambien ese dinero nos perjudican doblemente a los abusados, menos opciones y más trabajo que sacar adelante, no nos falta de na', el perjuicio va a más.

Anónimo dijo...

Basta ya cuando veamos reparados los daños causados durante 26 años por todos los gobiernos y reponsables administrativos, sindicales y judiciales españoles, mientras tanto, seguimos sumando años de perjuicios laborales y personales.

Anónimo dijo...

13:05 pero tú misma dices "si se cubren necesidades estructurales con personas más allá de los límites legales", más allá de los limites legales, qué consideras tú?

Anónimo dijo...

Lo malo de todo esto es que el gobierno ahora mismo solo está considerando a los que están en una misma vacante más de 3 años seguidos

Anónimo dijo...

X2. En mi caso nunca han convocado oposiciones, no he tenido la oportunidad de "pelear" por la plaza que llevaba ocupando 7 años.

Anónimo dijo...

Y a los que han aprobado opo... y eso no quiere decir q cumplan con Europa. Veremos por dónde salen.
De todas formas a las personas que han hecho fijas tenían muchos contratos diferentes o no?

Anónimo dijo...

Lo has clavado!!!

Anónimo dijo...

Ese es el problema, que un gobierno considere ser continuista con el fraude y el abuso diseñado para los temporales públicos desde el siglo pasado, para que una vez acudimos a la justicia, el TS siga sin hacer nada, como el contencioso, o a que invente sandeces como los sociales, y así procurarnos además de la desigualdad de trato, el mayor daño posible.

Anónimo dijo...

13,31 pues a la práctica donde se encadenan contratos de corta duración de forma sistemática para evitar hacer fija a la persona, superando los topes de meses o años que estipula la normativa.

Anónimo dijo...

O no, sin oposición, sin bolsa, sin concatenar contratos o nombramientos, sin siquiera ser abusado, pero ya han estabilizado gracias al absoluto desgobierno.

Anónimo dijo...

La indemnización es un fracaso salvo para los estabilizados o los interinos jubilados. Todavía no está claro la cantidad. Los tribunales no se ponen de acuerdo. Además habría que pelearla en los tribunales es decir hasta seis años después del cese nada

Anónimo dijo...

Hoy cumple el plazo de la Comisión a España, esperemos que el próximo Lunes recibir noticias que sean buenas para todos

Anónimo dijo...

Plazo , q plazo?

Anónimo dijo...

Con independencia de que un trabajador con un contrato temporal haya sido contratado durante veinte o treinta años, la indemnización es la misma. Y en caso de que un trabajador, tras haber ejercido su actividad durante veinte años en el marco de una sucesión de contratos temporales, dimita por cualquier motivo, como por cambiar de puesto de trabajo o cuidar a un familiar, no tiene derecho a indemnización alguna, aunque un tribunal declare abusiva la sucesión de contratos de duración determinada. Esta carta de emplazamiento complementaria tiene en cuenta las enmiendas a las normas nacionales que España adoptó a raíz de que la Comisión incoara el procedimiento de infracción en 2015. La Comisión considera que las nuevas normas nacionales siguen sin abordar suficientemente los problemas detectados, en particular por lo que se refiere a la eficacia de las medidas sancionadoras. Por consiguiente, la Comisión va a enviar una carta de emplazamiento complementaria a España, que dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias que ha señalado la Comisión. De no recibirse una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá optar por emitir un dictamen motivado.

Anónimo dijo...

La Comisión insta a España a que impida el uso abusivo de las relaciones laborales de duración determinada y las condiciones laborales discriminatorias en el sector público
La Comisión Europea ha decidido el 29 de abril enviar un dictamen motivado a España [INFR(2014)4334] por no brindar una protección suficiente contra el uso abusivo de contratos sucesivos de duración determinada a los trabajadores del sector público. Esta situación contraviene las normas de la UE (Directiva 1999/70/CE del Consejo), que exigen que los Estados miembros introduzcan en sus respectivas legislaciones nacionales medidas destinadas a evitar y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. El Derecho español no incluye tales medidas para determinados tipos de contratos temporales en el sector público. Aunque España ha modificado sus normas nacionales tras la incoación del procedimiento de infracción en 2015 y la última carta de emplazamiento, enviada por la Comisión en octubre de 2024, las explicaciones facilitadas siguen siendo insatisfactorias. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a España, que dispone ahora de dos meses para responder a él y adoptar las medidas necesarias. De no hacerlo, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Anónimo dijo...

11:22 Los temporales públicos hemos aprendido a fuego que los plazos no son esenciales si es la administración la que los incumple. Ahí radica la relevancia, en quiénes los incumplen.
Si eres un ciudadano particular, como cualquier abusado, no puedes alegarlo porque no computará. Pero si eres un responsable administrativo, político, sindical o judicial puedes utilizarlos a tu antojo y beneficio, aplazar sistemáticamente su cumpliendo o incluso rechazarlos hasta dejarlos inservibles para poder abusar tranquilamente de tu personal.

Anónimo dijo...

La realidad es "otra".
Esto tendrá solución, "si la tiene".
En un plazo de 5 años, y en algunos casos de 10.

Así q menos mirar elecciones y noticias sobre estas cosas. En 5 años Fijos o Calvos.

Ciao.

Anónimo dijo...

O antes porque como van las cosas en usa china rusia España y europa, nos veo de caqui y casco, de leva forzosa, y en tanqueta. Seremos empleados públicos fijos si, pero del ministerio de Defensa!! 🙄 🚀🛩️🪖🪖🪖🪖

Anónimo dijo...

Al troll de las 13:35, dejemos actuar a la Comisión Europea a ver que noticias trae en septiembre, que igual no hace falta esperar tanto (5 o 10 años madre mia lo que hay que oir) y sobretodo que la gente pueda informarse y expresarse en libertad, aunque a algunos dictadores esto les moleste.

Anónimo dijo...

Aunque la Administración cumpla formalmente con el límite de los tres años en cada contrato individual y convoque oposiciones regularmente, el fraude no se mide por la legalidad aislada de cada nombramiento, sino por la realidad global de la relación laboral.El TJUE analiza estos casos aplicando varios principios jurídicos clave:1. El concepto de "necesidad estructural" vs. "coyuntural"La directiva europea prohíbe utilizar contratos de duración determinada para cubrir necesidades que, en realidad, son permanentes y estables. Si un trabajador encadena vacantes y sustituciones de forma ininterrumpida durante 18 años, el tribunal interpreta que no está atendiendo a urgencias excepcionales, sino que está cubriendo un déficit estructural de personal de la propia Administración.2. El cómputo global de los contratos sucesivosPara evadir los límites legales de temporalidad, muchas administraciones recurren a la "rotación" de plazas (cambiar al interino de centro, de puesto o alternar entre vacantes y bajas). El TJUE ha dictaminado con claridad en asuntos como Obadal (abril de 2026) que el abuso debe valorarse sumando la duración acumulada de todo el historial laboral del empleado, y no fragmentando cada contrato de manera independiente.3. Las OPEs no "sanan" el fraude anteriorEl hecho de que la Administración convoque Ofertas de Empleo Público (OPE) cada tres años demuestra que intenta cumplir con los plazos burocráticos, pero la convocatoria en sí misma no borra ni soluciona la situación de precariedad en la que se ha mantenido al trabajador. Según el criterio europeo, un proceso selectivo de libre concurrencia solo es una respuesta válida si garantiza de forma efectiva la estabilización del trabajador afectado; si este continúa encadenando contratos tras la OPE, el abuso persiste.¿Qué ocurre en los tribunales españoles?En el terreno judicial de España existe una dualidad importante ante este escenario:Jurisdicción Social (Laborales): Si el personal es laboral (frecuente en personal de servicios, empresas públicas, ayuntamientos), los juzgados tienden a reconocer de forma muy directa el fraude por el encadenamiento de contratos, declarando la condición de indefinido no fijo o aplicando la doctrina de fijeza bajo los nuevos criterios judiciales si se superó una fase selectiva sin plaza.Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Funcionarios e interinos estatutarios): Es el sector más complejo (común en sanidad y educación). Aunque los jueces admiten que por ejemplo 15 años es un periodo abusivo, la Sala Tercera del Tribunal Supremo sigue mostrando resistencia a otorgar la fijeza automática si no se ha aprobado una oposición formal, reconociendo en su lugar el derecho a indemnizaciones sustanciales por daños y perjuicios.

Anónimo dijo...

Lo que dice la IA del contencioso administrativo es completamente falso, ni dan fijeza a los aprobados sin plaza ni indemnizaciones, nada de nada, pues los míseros 20 días los daba la ley 20/2021.

Anónimo dijo...

La inseguridad creada adrede por y para los contenciosos es de tal complejidad agravada que hasta la IA está perdida, nada es casualidad.

Anónimo dijo...

Es imposible que el gobierno legisle readmitiendo a los cesados

Anónimo dijo...

El TJUE nunca va a decir hagan fijos a los interinos a partir de la semana que viene, que es lo que pensábamos que iba ha decir en alguna sentencia y por lo tanto los tribunales nunca va a acatar la doctrina europea. Eso lo decía arauz hace años. La esperanza era el legislativo que tampoco quiere solucionar el problema. Si después de tantos años no hemos avanzado es imposible revertir la situación.

Anónimo dijo...

La Comisión denunciará al reino de España en su conjunto, pero quien recibe la denuncia es el Gobierno que es el interlocutor y tiene la iniciativa legislativa.

Anónimo dijo...

No creo que legislen, y si se ven obligado por Europa, los cesados pagarán los platos rotos. Injusto si, muchísimo, pero será el desenlace.

Anónimo dijo...

Cómo se legisla para admitir a los cesados? Cómo se sabe los que se han muerto, los que están trabajando en otra administración, los que están en una empresa privada, los que han aprobado una oposición? Sencillamente es imposible. Habría que esperar a que los tribunales les dieran la razón al cabo de muchos años.

Anónimo dijo...

Yo fui cesada y tengo sentencia de reconocimiento de abuso. Los que no demandaran al cese no cuentan, somos los que sí lo hicimos los que deberíamos contar.

Anónimo dijo...

La medicina para solucionar el problema según Arauz era la presión que iban a ejercer sobre el legislativo las sentencias del TJUE, los miles de demandas en los tribunales y el expediente sancionador de la CE. Se pensaba que se iba a legislar la fijeza como alternativa a unas indemnizaciones inasumibles pero en estos últimos años las circunstancias han ido por otros derroteros y esa medicina no ha surtido efecto. Por eso el Estado nos ha ganado y los abogados se están empezando a rendir, para desgracia nuestra

Anónimo dijo...

Desde las sentencias del TJUE de 2024 y en especial Obadal, todos los cesados por la ley 20/21 que cobraron los 20 días automáticamente tienen reconocido el abuso, pues la propia ley estableció esa sanción como transposición de la directiva y la administración empleadora reconoció el abuso al pagarla, por eso los que ocuparon esas plazas solo al final del periodo no estaban en abuso y no la cobraron. Si además demandaron el abuso o el cese o ambos invocando la directiva y las sentencias del TJUE, les corresponde una reparación conforme a Obadal.

Anónimo dijo...

Más derrotismo interesado, ya no quedan argumentos.
Precisamente ahora es cuando más trabajo tienen los abogados, pues se empieza a abrir el melón y eso que la Comisión aún no ha sacado los dientes.
El expediente sancionador de la Comisión Europea pasó a carta de emplazamiento tras las sentencias del TJUE de 2024 y a dictamen motivado tras Obadal, existe principalmente porque España se niega a reparar a los cesados en abuso.
Además, el TS del Social ha derribado el muro constitucional del TS del Contencioso con la fijeza para aprobados sin plaza y fijando el abuso en tres años.

Anónimo dijo...

No ha derribado ningún muro porque el TS de lo social sólo se lo reconoce a los aprobados sin plaza y eso según ellos no es contra legem porque sí pasaron examen para fijo pero no reconoce a los demás que también cumplimos porque entramos con unas pruebas que lo cumplían independientemente de si eran para fijo o no.

Anónimo dijo...

23,53 el Estado todavía no ha ganado nada, mas bien, va cediendo terreno y acabará por dar razón a los miles de personas afectados, esto no se si es verdad pero lo pongo como si fuese la bruja Lola, en esta semana aproximadamente miércoles o Jueves habrá Noticion, se supone que bueno para todos, y ahora me diréis que si tal y cual, pero hasta ahi puedo leer y ojala sea cierto, Feliz Domingo a todos

Anónimo dijo...

Yo también creo que nos darán la razón. El problema es que el tiempo va pasando y ya mi sentencia de abuso es de hace 3 años, creo que a los 4 años no puedo revisar la sentencia. Después tuve la del cese que no sé cuántos años han pasado ya. Creo que a los 4 años ya no se pueden revisar de manera que aunque cambie la ley creo que llegará un momento en el cual a mi no me afectará y, si es así, con eso también juegan.

Anónimo dijo...

Blanco y en botella, dejarán pasar los 4 años.

El tiempo también juega en nuestra contra, ellos tienen relevo, los abusados cesados NO.

El abuso en la temporalidad no terminó con nuestros ceses, nos quedaba lo peor, la absoluta indefensión.

Anónimo dijo...

Ya, como todas las veces anteriores buscando tu minuto de gloria anunciando el fichaje de Mbappé, no? O dices la fuente o guárdatelo ,plis, que y a estamos muy quemados con los jueguecitos y acertijos y aquí hay mucha gente pasándolo mal.

Anónimo dijo...

El notición es que va a arder Santander????

Anónimo dijo...

Esto se acaba si la comisión denuncia y europa no tarda otros 26 años en actuar, aún así, mínimo tardara 3/4 años y ese tiempo para el colectivo es un abismo. Por eso, el tono derrotado de abogados, expertos y abusados.

Anónimo dijo...

6,52, Tu dices que lo reconoce, pero por otro lado, no sirve de nada para la gran mayoría, porque aunque hayas estado 20 años ininterrumpidos, en vacantes de aquí para ya de menos de tres años y la administración haya sacado regularmente opos aunque no haya cubierto todas las plazas, estamos en manos de los jueces si dicen que no, que no se aprecia abuso.
Hay para todos dos parapetos, el IMC + Declaración de abuso..
Aunque esto choque con el TJUE.. Si aquí hay algún experto jurista que lo confirme o lo desmienta si no es así.

Anónimo dijo...

Si la comisión actúa dirá el gobierno qu es solo algo aclaratorio. Si que es preocupante el derrotismo de los abogados y que Arauz baje el listón porque creo que lo del contra legem fue un bofetón que no se lo esperaban. Las indemnizaciones son una mierda

Anónimo dijo...

A los abogados les sale mejor que se den indemnizaciones sobre todo si hay personas que tienen reconocido el abuso y se legisla algo automático.

Anónimo dijo...

Un abuso laboral de estas dimensiones, en el tiempo más de 26 años, número de afectados 1 millón de temporales públicos, y la gravedad, obviando la norma europea y sentencias TJUE, no se sostiene si no tienes cómplices dentro de las administraciones, como los ffcc que lo ejercen y los sindicatos que lo silencian, y fuera de ellas la nula tutela de jueces y magistrados. Además del ningún ruido político porque la oposición hizo y hace lo mismo donde gobierna.

Es el abuso perfecto de poder, absoluto, colectivo y sistémico, sin fisuras.

Anónimo dijo...

Si, y qué solución ves?

Anónimo dijo...

200.000? Muchos me parecen!

Anónimo dijo...

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-gobierno-descataloga-700000-trabajadores-en-abuso_518475_102.html

Anónimo dijo...

Ninguna mientras España no nos proporcione un estado de derecho pleno, avanzado y europeo.

Anónimo dijo...

El Derecho de la Unión no pregunta únicamente cuántos años lleva alguien sentado en una silla concreta: examina la sucesión de relaciones, sus causas reales y si se utilizan para atender necesidades permanentes. Cambiar la silla o levantar al trabajador durante quince días no convierte una ilegalidad estructural en una sustitución navideña.

Anónimo dijo...

Estos asuntos de cambiar de vacante o de silla para luego decir que no hay abuso, creo que va a ser cuestión de otra PREJUDICIAL, si no cumplen con las sentencias del TJUE, fileteando los contratos y dejando sin contenido el derecho de la Unión.

Anónimo dijo...

Las indemnizaciones son un fracaso rotundo, si europa nos pone precio y así nos compran, ningún sufrimiento habra sigo resarcido. Que desazón con todo.

Anónimo dijo...

Por desgracia los abogados creen que con indemnizaciones se va a solucionar este asunto. Pueden seguir haciendo trampas todo lo que quieran. Qué triste. Quizás los abogados que nunca defendieron rotundamente la fijeza acaben teniendo razón

Anónimo dijo...

26 años después el derecho de la Unión sigue sin ser aplicado a los temporales públicos, de ahí el fraude y la deriva del abuso en la temporalidad. España no puede seguir sin sancionar ni reparar como si nada hubiese pasado.

El Estado se ha enriquecido a nuestra costa fraudulentamente para después dejarnos tirados, desamparados.