'A falta de ver la sentencia, el Tribunal Supremo (TS) vuelve a la
interpretación de hace años respecto a la temporalidad y reconoce la
figura de indefinido no fijo para el personal laboral interino que siga
en su plaza después de un plazo de 3 años. Hasta ahora, el TS siempre ha
añadido que seguirá siendo indefinido no fijo hasta que su plaza fuera
cubierta por la convocatoria de una oferta de empleo público (OEP).
Igualmente la persona trabajadora tendría derechos indemnizatorios, en
principio a razón de 20 días por año trabajado, si se mantiene lo que
venían marcando las sentencias. CCOO siempre ha defendido que esa
interpretación general nunca debió abandonarse.
Para CCOO, la prioridad fundamental siempre es la estabilidad en el
empleo y el incremento de las plantillas. No obstante, la comunicación
del Tribunal Supremo va en la línea de la reivindicación de CCOO en las
negociaciones con Función Pública en relación con las indemnizaciones,
también para funcionariado interino, y que sean tanto para nombramientos
futuros como para los anteriores. Esta es la medida que el sindicato ha
venido defendiendo como compensatoria, disuasoria y sancionadora.
También da fuerza a la reivindicación de CCOO en cuanto a que deben
salir todas las plazas en el proceso de estabilización que estamos
negociando y que hay que eliminar la tasa de reposición para conseguir
que las ofertas sean suficientes y de verdad se reduzca la temporalidad
por debajo del 8%.'
Fuente: FSC de CCOO 28/06/2021