- personal estatutario , el mayoritario con 74.964 empleados [63.984 antes]
- laboral 8.372 [8.325 antes]
- y funcionario 213 [274 antes]
Blog de APISCAM
miércoles, 7 de julio de 2021
Más de la mitad (casi el 55%) de los empleados del SERMAS son temporales: actualización de las plantillas reales del SERMAS que publica la Consejería de Sanidad a 31/05/2021, antes de que haya finalizado ningún grupo de categorías de los "procesos de estabilización" en el SERMAS derivados de la ley de 2017. Temporalidad del 80% en las categorías estatutarias de informática
martes, 6 de julio de 2021
[Europa Press] En la rueda de prensa tras el consejo de Ministros, la ministra portavoz afirma que han aprobado el "Plan de choque para reducir la temporalidad en la AAPP" para acabar con la temporalidad en el sector público "tal y como se ha acordado con la Unión Europea"
Informa Europa Press esta tarde de 06/07/2021 que el Consejo de Ministros , donde tal y como se preveía ha aprobado el "Plan de choque para reducir la temporalidad en la AAPP" acordado con los sindicatos ayer e informa tanto de la rueda de prensa de la ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero, quien ha afirmado que el plan busca "simplemente acabar con la temporalidad en el sector público, tal y como se ha acordado con la Unión Europea", así como del propio contenido final del Decreto, que incluye además de una reforma limitando la interinidad a futuro , un proceso de estabilización que afecta a todas las plazas de carácter estructural temporales más de 3 años a 31/1272020 y que no estén ya incluidas en los procesos de estabilización previstos derivados de los acuerdos de 2017 y 2018, con la diferencia con los acordados en 2017 y 2018 que se exige sean concurso-oposición con una valoración de la fase de mérito del 40%, "por primera vez en la historia de las ofertas de empleo público" habría asegurado el Gobierno, y que se indemnizará con 20 días de las retribuciones fijas por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades, al interino incluido en este proceso selectivo libre que no lo supere.
[Gobierno del Estado] Referencias del Consejo de Ministros: 'REAL DECRETO-LEY de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.' [Último proceso de estabilización con puestos temporales +3a a 31/12/2020 que no estén ya en los procesos de estabilización de las leyes de 2017 y 2018,: un concurso-oposición libre con peso de la fase de méritos hata el 40% e indemnización de 20 dias/año máx 12 mensualidades al cese del temporal que no lo supere]
'El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, tras la celebración de dos Conferencias Sectoriales de Administración Pública, la reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas y el posterior acuerdo alcanzado con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF.
Esta reforma viene motivada por distintas causas, que justifican su aprobación:
- Es una solución eficaz a un problema heredado, enquistado, fruto de una regulación inapropiada y de años de un conjunto de prácticas inadecuadas.
- Un salto imprescindible hacia una Administración moderna y dimensionada a las necesidades de sus servicios.
- Seguridad jurídica, frente a la situación actual de incertidumbre que afecta tanto a los empleados temporales como a las administraciones públicas.
- Una apuesta consciente y decidida de esta Administración por ser ejemplo de empleo estable y de calidad.
En cuanto a la urgencia de la reforma, obedece a dos razones fundamentales:
Primero, es una exigencia derivada de la última jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo (TS), que compromete la legislación actual.
Segundo, es un compromiso de reforma de la Administración pública que debemos cumplir en el Plan para la Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Tomando como referencia estas recomendaciones, el componente 11 del PRTR incorpora como la primera de las medidas de la Reforma 1 la adopción de un nuevo instrumento normativo, para situar la tasa de temporalidad por debajo del 8% en el conjunto de las administraciones públicas españolas.
[Confilegal] Reacciones de los senadores del Partido Aragonés , Unión del Pueblo Navarro y Compromís al plan de choque de reducción de la temporalidad pública acordada por Gobierno y Sindicatos. Coinciden en que no es adecuado ante la normativa europea y dará lugar a conflictividad
Informa ampliamente Confilegal este 06/07/2021 del las reacciones de tres de los senadores que han destacado por plantear preguntas e iniciativas en la Cámara Baja para encontrar una solución al problema del abuso de temporalidad en la AAPP: Carlos Sánchez Garnica del Partido Aragonés, Alberto Catalán de Unión del Pueblo Navarro, y, por último Carles Mulet, de Compromís.
Los tres coinciden en quel Ministro Iceta debe explicar en sede parlamentaria los términos de esta "solución" y que no es adecuada ante la normativa europea y que dará lugar a mucha conflictividad judicial, llegando a afirmar el senador de Compromís que se contará con "su oposición frontal"
[Confilegal] Reacción de la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal al plan "de choque" de reducción de la temporalidad pública acordada por Gobierno y Sindicatos: habrá movilizaciones. Críticas del sindicato ELA
Informa ampliamente Confilegal este 06/07/2021 del acuerdo de ayer entre Gobierno y sindicatos CC.OO, UGT y CSIF para un "Plan de choque para reducir la temporalidad en las AAPP" ofertando todos los puestos temporales de más de 3 años en un último proceso de estabilización que es un concurso-oposición si bien esta vez con una pequeña indemnización, así como de las reacciones de la
- Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal, que exige la retirada de este acuerdo avanzando que se va a centrar en realizar movilizaciones así como intentar convencer al os grupos parlamentarios para que no convaliden el Decreto Ley que se aprueba hoy incorporándolo , continuando con las iniciativas judiciales ;
- del abogado Javier Araúz quien afirma que la indemnización contemplada no es ni disuasoria ni válida ante el principio de reparación a las víctimas
- el sindicato CSIF, firmante, a través de su comunicado en el que defiende las bondades del acuerdo
- del sindicato ELA que, miembro de la Mesa General de Empleados Públicos, no ha firmado el acuerdo , afirmando que "abre la puerta al despido de miles de trabajadores públicos temporales"
[TVE 1] Trabajadores públicos temporales contrarios al acuerdo entre Gobierno y los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF para reducir la temporalidad prolongada pública con oposiciones con sus puestos. Expertos en derecho señalan que las oposiciones no son solución válida según la justicia europea
Informa La 1 de Televisión Española en su Telediario de las 15h este 07/06/2021 [audio íntegro] del acuerdo de ayer entre Gobierno y sindicatos CC.OO, UGT y CSIF para un "Plan de choque para reducir la temporalidad en las AAPP" que para resolver el problema de os cientos de miles que ya están en fraude de ley de abuso de temporalidad acuerdan hacerlo mediante un último proceso selectivo con los puestos de ese personal que pueden conllevar el cese del propio personal sólo con una pequeña indemnización , trasladando la opinión de varios de los afectados, que declaran que además de injusto este acuerdo es contrario a las recientes sentencias europeas y de un profesor de Derecho Constitucional que indica que esta solución no cumple con las exigencias de la normativa europea y las sentencias europeas que rechazan los procesos selectivos como solución y las indemnizaciones al cese y menos una de sólo 20 días por año [con tope de 12 mensualidades]
[Partido Aragonés] 'Sánchez-Garnica (PAR) pide que Iceta explique en el Senado el plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones El parlamentario aragonés asegura que la iniciativa no castiga el abuso e incumple las sentencias europeas'
'El senador del Partido Aragonés (PAR) Clemente
Sánchez-Garnica ha registrado hoy una iniciativa para que el ministro de Política
Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, comparezca ante la Cámara Alta para
explicar el plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas
que ha suscrito con los sindicatos UGT, CCOO y CSIF.
En opinión del senador aragonés, el plan de Iceta, que prevé la reforma del artículo 10
del Texto Refundido de Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), no solo no
castiga el abuso de temporalidad que han venido cometiendo sistemáticamente las
administraciones, sobre todo las autonómicas y locales, sobre los interinos, sino que,
además, “se olvida de todas estas personas que han venido desarrollando una labor
fundamental en las administraciones, en muchos casos durante décadas”.
Pero, sobre todo, el plan “no cumple con lo estipulado por la sentencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 3 de junio de 2021”, según la cual un proceso
de consolidación –como el que prevé el plan de Iceta– “no es la respuesta adecuada para
sancionar el abuso de temporalidad”.
[La Moncloa] Consejo de Ministros hoy. Presumiblemente aprobará el "Plan de choque para reducir la temporalidad en las AAPP" mediante un último proceso extraordinario de estabilización de plazas temporales más de 3 años a 31/12/2020 con procesos selectivos de concurso-oposición indemnizado acordado ayer con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF . Dudas si la pequeña indemnización contemplada ahora tambien corresponderá para el personal cesado de larga duración por los procesos selectivos actuales
Según la Agenda del Gobierno, hoy hay Consejo de Ministros desde las 09:30, en el que está previsto se acuerde la aprobación del Decreto-Ley del "Plan de choque para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas" que incluya el acuerdo de ayer entre Gobierno y sindicatos CC.OO, UGT y CSIF
Está planificada a las 12:30 una rueda de prensa que se emitirá en directo en este enlace
[Min de P.T. y Función Pública] 'El Gobierno acuerda con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF el Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas. Previamente, el secretario de Estado de Política Territorial y Funció Pública, Víctor Francos, ha presidido la reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, donde están representadas las comunidades autónomas, la FEMP y los sindicatosSe realizará un último proceso de estabilización para los interinos que ocupen actualmente plazas de carácter estructural'.
'El ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, ha suscrito con los sindicatos CC.OO, UGT y CSIF el acuerdo sobre el Plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, que aprobará el Consejo de Ministros mañana a través de un Real Decreto-ley.
El secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, Víctor Francos, ha presidido previamente la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, donde están representadas las CCAA, la FEMP y los sindicatos.
A la firma del acuerdo, junto al ministro, han asistido el secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública, Víctor Francos, el secretario general de Función Pública, Javier Rueda, y la directora general de Función Pública, Isabel Borrell. Por los sindicatos, han suscrito el acuerdo Francisco García Suárez, por CC.OO, Julio Lacuerda, por UGT, y Miguel Borra, por CSIF.
Reforma del TREBEP para evitar en el futuro elevadas tasas de temporalidad
El acuerdo recoge la reforma del artículo 10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) que especificará la causa y término del nombramiento del personal interino, solo por cuatro modalidades:
lunes, 5 de julio de 2021
[FESP UGT nacional] 'UGT firma el acuerdo para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas' [“en materia de estabilización, el avance es también muy sustancial” ]
'UGT Servicios Públicos ha firmado hoy el Acuerdo Gobierno-Sindicatos en materia de temporalidad en las Administraciones públicas, con el que se busca rebajar a un máximo del 8% una tasa de empleo temporal estructural que ahora ronda el 30%. La reforma firmada apuesta por lo público, profesionaliza el modelo de empleo público, mantiene la figura del personal funcionario interino y vigila su adecuada utilización por parte de la Administración, al tiempo que establece un marco flexible de seguridad jurídica en el marco de las Administraciones estatal, autonómica y local.
El proceso de estabilización, que deberá estar resuelto antes del 31 de diciembre de 2024, afectará a todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal y de manera ininterrumpida al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020 y que no se hayan visto incluidas en los procesos de estabilización previstos en los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público de los años 2017 y 2018.
UGT, como firmante de los acuerdos de 2017 y 2018, decidió que era indisociable para hablar de la estabilización del personal temporal el poder atajar las causas que provocan la temporalidad. El Secretario General de UGT Servicios Públicos, Julio Lacuerda, ha subrayado que este acuerdo “adopta medidas preventivas y sancionadoras para evitar las irregularidades que convierten a nuestro país cíclicamente en un país en abuso de temporalidad”.
[CCOO Área Pública] 'CCOO, junto con UGT y CSIF, firma un nuevo acuerdo para estabilizar el empleo en el sector público, compensar el abuso y evitar el fraude en la contratación. Los términos finales del Acuerdo son fruto de las propuestas de CCOO y de la firmeza con la que el sindicato las ha defendido.Aseguran un proceso de estabilización donde estén todas las plazas, indemnizaciones para todas las personas que no obtuvieran su puesto fijo, el rescate a través de las bolsas para las personas que no superen los procesos y mejoras en los procesos de concurso-oposición o concurso donde así esté establecido'
'Tras complejas e intensas negociaciones, el Área Pública de CCOO ha conseguido que los puntos clave que no se incluían en la propuesta inicial del Ministerio de Política Territorial y Función Pública se contemplen de forma bastante satisfactoria en el documento final.
El sindicato se ha mantenido firme en todo momento y desde el comienzo manifestó que este Acuerdo debía contener tres elementos esenciales: un nuevo acuerdo de estabilización en líneas con los anteriores suscritos en 2017 y 2018, pero con mejoras; la transposición de la Directiva Comunitaria 1999/70 en sus cláusulas 4 y 5, de no discriminación entre personal fijo y temporal, y medidas para evitar el abuso o fraude en la contratación; y un tercer apartado con compromisos de seguir negociando el resto de materias pendientes en septiembre.
Se han conseguido superar las trabas existentes y, gracias al trabajo de CCOO, se ha podido llegar a un Acuerdo que incluye reivindicaciones fundamentales con las suficientes garantías.
[Gobierno del Estado/CCOO/CSIF/UGT] 'Acuerdo sobre Plan de choque para reducir la temporalidad en el empleo público' [Texto íntegro]
'REUNIDOS
De una parte, el Ministro de Política Territorial y Funcion Pública, D. Miquel Octavi Iceta i Llorens, en representación del Gobierno de España.
Y de otra parte, D. Francisco García Suárez en representacion del Area Pública de CC.OO, D. Julio Lacuerda Castelló, en representacion de UGT y D. Miguel Borra Izquierdo, en representación de CSIF.
MANIFIESTAN
En 2017 y 2018, ante los niveles de empleo temporal que se estaban alcanzando en las
Administraciones Públicas, el Gobierno y los sindicatos mayoritarios CCOO, UGT y.
CSIF incluyeron en los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público una serie de
medidas, en particular los procesos de estabilización de empleo temporal, con el
objetivo de reducir la tasa de empleo temporal a unos porcentajes por debajo del 8%.
El desarrollo de estos procesos ha supuesto hasta el momento que más de 218.000
plazas se hayan incluido en Ofertas de Empleo Público de Estabilización, se encuentren
convocadas mis de 154.000 y ya se hayan estabilizado más de 56.000 plazas.
Sin embargo, a pesar del desarrollo de estos procesos la evolución jurisprudencial, tanto
nacional como europea respecto de la aplicación de la directiva comunitaria 1999/70,
así como la evolución de las plantillas, de la temporalidad y de la propia gestión de
personal en el seno de las Administraciones Públicas, han puesto de manifiesto la
necesidad de impulsar un nuevo Acuerdo de estabilización y a de modificar el Texto
Refundido del Estatuto Básico del Empleado Publico (TREBEP).
La finalidad es reforzar el carácter temporal de la figura de personal funcionario interino
y su régimen de prestación de servicios y derechos, para dar seguridad jurídica tanto a
gestores como al propio personal interino y en el mismo sentido para el personal
laboral, así como introducir medidas disuasorias al mal uso de la figura del personal
interino y garantizar la no discriminación ente el personal funcionario de carrera y el
interino en aquello que le sea de aplicación.
La reforma parte de cuatro pilares: a) apostar por lo público, dotando a la
Administración del marco jurídico necesario para prestar con garantía y eficacia los
servicios públicos; b) profesionalizar el modelo de empleo público, con el centro en el
personal funcionario de carrera,y la delimitación de los supuestos de nombramiento de
personal temporal; c) mantener Ia figura de personal funcionario interino, estableciendo
su régimen jurídico de cara a garantizar la adecuada utilización de esta modalidad de
personal y; d) velar por la exigencia de responsabilidad de la Administración ante una
inadecuada utilización de la figura de personal funcionario interino, contribuyendo por
otra parte, a impulsar y fortalecer una adecuada planificación de recursos humanos.
Esta reforma, que tendr carácter básico, ha de servir tanto para evitar la mala
utilización de la contratación o nombramiento temporal, como para proporcionar un
marco de seguridad jurídica suficientemente flexible en el ámbito de todas las
Administraciones Públicas, estatal, autonómica y local, para la gestión de la
contratación o nombramiento temporal, manteniendo y garantizando la homogeneidad
de las medidas en ella previstas con el resto de las normas en que se integra, el
TREBEP, así como con el conjunto de la normativa en materia de personal al servicio
de las Administraciones Públicas.
Además de esta modificación normativa, quedando pendiente el compromiso de
acometer el resto de desarrollo 0 mejoras del TREBEP, las partes acuerdan abordar un
mero proceso de estabilización, en términos similares a los previstos en los Acuerdos
de 2017
y 2018.
En este sentido, una vez negociado con
las organizaciones sindicales más
representativas del conjunto de las Administraciones Públicas en el marco del ámbito de
negociación establecido en el TREBEP el contenido del presente acuerdo, las partes
firmantes
ACUERDAN
A. Proceso de estabilización en el Empleo Público
PRIMERO. Con el objetivo de reducir la temporalidad por debajo del 8% de las plazas
de carácter estructural en todas las Administraciones, se articulará un nuevo proceso de
estabilización de empleo temporal.
Este proceso afectará a todas las plazas de carácter estructural, dotadas
presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en
los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y que no se hayan visto incluidas en
los procesos de estabilización previstos en los Acuerdos para la Mejora del Empleo
Público de los años 2017 y 2018.
[CSIF] 'CSIF firma un acuerdo con Función Pública que restringe y sanciona la contratación temporal en las Administraciones Públicas. Más de 300.000 plazas estructurales se convertirán en fijas antes del 31 de diciembre de 2024.La experiencia adquirida se valorará un 40 por ciento en todos los ámbitos y los interinos que no superen la prueba también recibirán una compensación económica por los años en situación de abuso de temporalidad'
'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha firmado un acuerdo con el Ministerio de Política Territorial y Función Pública para poner coto de una vez por todas al abuso de la contratación temporal en este ámbito, que se sitúa ya en el 30 por ciento, casi diez puntos por encima del sector privado.
El acuerdo responde a la llamada de atención a la administración española realizada desde la UE, a través de diferentes pronunciamientos del TJUE y otras instituciones comunitarias, además de adaptarse a la reciente doctrina del Tribunal Supremo.
En este sentido, se contempla una reforma de la normativa básica en materia de empleo público. Por regla general, los contratos temporales tendrán una duración máxima de 3 años y esas plazas tendrán que incorporarse a ofertas de empleo público (el interino además tendrá asimismo garantía de permanencia en su puesto de trabajo siempre y cuando esté en marcha el proceso selectivo).
Por su parte, las administraciones deberán indemnizar al personal afectado con 20 días por año de servicio y hasta 12 mensualidades cuando extiendan los contratos temporales más allá de los tres años y se extinga su relación laboral. Además, todo acto administrativo que suponga el incumplimiento de estos plazos máximos será nulo de pleno derecho y se exigirán las responsabilidades que procedan (en materia disciplinaria, civil o incluso penal) a los gestores, como siempre ha defendido CSIF.
[FESP UGT/Gabinete Técnico] Documento explicativo: 'Acuerdo sobre medidas en materia de temporalidad en las Administraciones Públicas'[ "nuevo proceso de estabilización", "novedoso con respecto a los proceso anteriores", "ofrece segurida djurídca", "prevé una compensación económica", "supone latransposición de la Directiva 1999/0/CE"]
'ASPECTOS DE CARÁCTER GENERAL
1º.- Es novedoso con respecto a procesos anteriores, pues no se limita a dar respuesta a la situación actual (300.000 interinos), también intenta impedir la posible generación en el futuro de nueva temporalidad injustificada, mediante la modificación de la legislación básica que regula al personal temporal.
2º.- La Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas recupera el protagonismo de las relaciones laborales en las Administraciones Públicas frente a la excesiva judicialización de la materia.
3º.- Ofrece seguridad jurídica al problema, ofreciendo mediante una solución legal de carácter básica, política y sindical, conforme al actual marco normativo y jurisprudencial existente, tanto europea (TJUE) como nacional (TS).
4º.- Tipifica por primera vez en las Administraciones Públicas el nombramiento y contratación temporal irregular. También, por primera vez, prevé una compensación económica para el empleado público objeto de la irregularidad.
5º. Supone la transposición de la Directiva 1999/70/CE del consejo de 28 de junio de 1999 relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (clausulas 4ª y 5ª, relativas a la no discriminación del personal temporal y limitación temporal de los contratos/nombramientos).
6º.- Da cumplimiento al Componente 11 del Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia. Compromiso ineludible del Gobierno para la percepción de los fondos estructurales
[ABC] Acuerdo entre Gobierno y sindicatos para realizar con los puestos temporales más de 3 años a 31/12/2020 un proceso masivo de oposiciones con indemnizaciones para los interinos de ḿas de 3 años en el no superen el mismo
Informa ABC este 05/07/2021 entre varios medios que la reunión esta tarde de la mesa general de negociación de las AAPP ha acabado con un acuerdo entre el Gobierno y sindicatos para realizar "plan de choque" contra la temporalidad pública mediante procesos selectivos con los puestos estructurales ocupados por interinos durante más de 3 años a 31/12/202 que no estén ya en procesos selectivos convocados por las OPEs de estabilización de los acuerdos/leyes de 2017 y 2018 , esta vez exigiendo que sean convocatorias con concurso-oposición "con una valoración de la fase de concurso de un 40%, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate en el marco de la negociación colectiva establecida en el art. 37.1 c) del TREBEP" y con una indemnización de 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades, para los temporales de más de 3 años de antigüedad que no supere el proceso de libre concurrencia y acabe cesado. Además se limita la duración futura de las nuevas interinidades de vacante a 3 años.