viernes, 3 de diciembre de 2021

[Araúz] 'Nota sobre Proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobado por el Congreso de los diputados eL 2/12/21' ["Este avance es insuficiente y vulnera la normativa comunitaria"]

'Una vez examinado el Proyecto de Ley aprobado por el Congreso de los Diputados en el día de ayer, nos cumple hacer las siguientes reflexiones:


PRIMERA
.- Es indudable que, comparativamente hablando, y tomando en consideración la situación de partida, pues hasta la fecha los empleados públicos temporales estaban sometidos a un régimen de despido o cese prácticamente libre y gratuito, el Proyecto de Ley entraña un importante avance en el reconocimiento de los derechos que resultan de la Directiva 1999/70/CE.


Aunque, como veremos más adelante, en nuestra opinión, este avance es insuficiente, toda vez que el Proyecto de Ley no soluciona todos los problemas de precariedad en el empleo provocados por las Administraciones empleadoras y, a nuestro criterio, vulnera la normativa comunitaria.'

Texto oficial del proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad pública que pasa al Senado tras su aprobación por el Pleno del Congreso . En el Senado puede ser modificado todavía si lo deseara una mayoría. El Gobierno tiene urgencia, por compromisos ante la Comisión Europea en relación a los fondos, en tener una reforma publicada antes del 31/12/2021.

  • El texto actual obliga a incluir en "proceso de estabilización" toda plaza temporal que cada AAPP o ente reconozca "de naturaleza estructural" más de 3 años a 31/12/20, y en todo el sector público
  • Se debe convocar toda plaza de estabilización a Concurso de méritos abierto si es  una plaza temporal más de 5 años (a 31/12/20) junto con toda vacante cubierta  con un temporal que lleve  más de 5 años en la AAPP o ente
  • el resto a concurso-oposición con opción de oposición no eliminatoria,
  • todo siempre y cuando la plaza no esté ya  en convocatoria en marcha que la Administración responsable no decida anular/modificar.

 

Ayer 02/12/2021 se aprobó por parte del Pleno del Congreso sin cambio alguno el  "Dictamen de la Comisión" del Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063) o Proyecto de Ley de modificación del anterior Real Decreto-Ley 14/2021 [RDL] de reducción de temporalidad pública publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio (y que sigue en vigor).

Por tanto, la nueva Ley pasa al Senado con el mismo texto que quedó  tras su paso por  Comisión de Función Pública y, por tanto, el texto que debatirá el Senado es exactamente el mismo que el  publicado en el Boletín del Congreso de los Diputados el 01/12/2021 Por supuesto, este texto, aunque publicado en un Boletín"oficial" no representa ninguna nueva ley en vigor ... todavía: el texto, puede ser  rechazado , enmendado o aprobado en el Senado (como lo establezcan mayorías), teniendo que volver al Congreso sólo en los dos primeros casos.

Este texto contiene , por tanto y sólo en relación a su parte sobre reducción de la temporalidad masiva actual, estas modificaciones  con respecto al Real Decreto-Ley en vigor desde el 8 de Julio,  que ya comentamos en otra entrada y repetimos aquí (entre corchetes nuestros comentarios):

La Comunidad de Madrid sigue publicando convocatorias de las OPEs de "estabilización" anteriores (con las plazas temporales , todas ya más de 6 años a 31/12/2020 ) de su personal de la Administración y Servicios con el sistema de concurso-oposición y oposición eliminatoria siguiendo las bases acordadas en la Comunidad con los sindicatos en Febrero. La C. de Madrid no se espera a la nueva Ley aprobada por el Congreso y pendiente del Seando de reducción de temporalidad bajo la que tendría que convocar en concurso de méritos todas las plazas de estas convocatorias

En los Boletines Oficiales de la Comunidad de Madrid de estos miércoles 01/12/2021, jueves 02/12/2021, y viernes 03/12/2021, se han seguido publicando, como en los días y semanas anteriores, más convocatorias de más procesos selectivos de las Ofertas Pública de Empleo de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid de estabilización -de puestos- , convocatorias con plazas todas de naturaleza estructural temporales  más de 6 años a 31/12/2020 ( ya más de 7 años en la práctica) y que siguen la Orden  de la C. de madrid con los criterios generales para las convocatorias de los procesos de estabilización de puestos temporales de la Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid que trasladaba el acuerdo de Febrero de 2021, entre la C. de Madrid y  CCOO, UGT y CSIF,  y por el que el sistema selectivo para dichas convocatorias  con las plazas de los apartados de estabilización de las OPEs 2017 a 2020, derivadas de las leyes estatales de 2017 y 2018, siempre exclusivamente en cuanto a esa orden del personal de Administración y servicios de la Comunidad de Madrid consistía en

  • Convocatorias exclusivamente de turno libre , es decir de libre concurrencia "sin que puedan tener ningún tipo de carácter restringido, sin perjuicio de la reserva de plaza al cupo de discapacidad)
  • Concurso-oposición salvo para los cuerpos de funcionarios A1 Administración General y los cuerpos/categorías de menos de 5 plazas  que serán oposición pura
  •  oposición eliminatoria pasando a fase de méritos los aprobados, puntuando 55% oposición, 45% méritos cuando sea concurso-oposición
  • 80% de los méritos por antigüedad en mismo cuerpo puntuando igual la antigüedad en cualquier AAPP, es decir un 36% del total


(Aparte van  personal docente , el personal del Servicio de Salud ni de la Administración de Justicia o las empresas públicas de la C. de Madrid que tienen sus mesas de negociación sobre OPEs  y procesos selectivos diferentes y, por supuesto,  los ayuntamientos y universidades en la C. de Madrid).
 
Nótese que el famoso REAL DECRETO-LEY  del Gobierno del Estado publicado el 7/07/2021 , en vigor desde el día siguiente en cuanto a los procesos de estabilización, regulaba que las convocatorias de procesos de estabilización pendientes pasaban a tener como tope para su convocatoria el 31/12/2022 , ampliando de "facto" el anterior plazo hasta fin de este año para publicar las convocatorias de los procesos de estabilización y dando por tanto la opción a las AAPP de esperarse a adaptar las plazas de esas OPEs a la nueva e inminente  Ley para modificar el RDL que ya con suma probabilidad , tras la aprobación del texto ayer en Plenod el Congreso  introducirá la  que sería obligación de concurso de méritos para las  convocatorias de todas estas plazas de estabilización si no se encontraran ya en convocatorias en marcha. AEn concreto, la nueva ley obligará  que todas las plazas   de naturaleza estructural  temporales desde antes de 1/1/2016 y las vacantes actuales ocupadas por un temporal así desde antes de 1/1/2016 en la misma AAPP (es decir, temporales más de 5 años a 31/12/2020),  se convoquen por concurso de méritos puros de libre concurrencia  , siempre y cuando no estén las plazas ya en convocatorias publicadas  y en curso (o lo estén pero no  decida modificar la convocatoria la propia AAPP, claro). 
 
Todas las plazas de los procesos de estabilización de la Comunidad  de Madrid de estas convocatorias de las que nos hacemos eco , por definición, cumplen con los requisitos, al ser plazas todas temporales más de 3 años a 31/12/2017 (y por tanto, temporales más de 6 años a 31/12/2020) .
Naturalmente, si la C. de Madrid sigue  publicando ahora estas convocatorias de los procesos de estabilización no  van a quedar apenas puestos temporales de naturaleza estructural anteriores a 2016 sin convocar, y, por tanto, salvo marcha atrás, no "tendría" que aplicar a nadie la nueva "obligación" del concurso de méritos para estabilizar a su propio personal por méritos.
 

[CSIF Sanidad nacional] 'CSIF prepara movilizaciones que comenzarán durante el próximo mes de enero, para denunciar la precariedad en el empleo y el deterioro de la asistencia'

'La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado lamentó hoy la pérdida de 8.973 empleos en la sanidad durante el mes de noviembre, como ponen en evidencia los datos de la Seguridad Social dados a conocer hoy.

Se trata del tercer mes consecutivo en el que se destruye empleo en la sanidad (-13.311 en septiembre, -36.252 en octubre y los citados -8.973 en noviembre).

[Gobierno del Estado] 'El Consejo Interterritorial aprueba la Estrategia de Salud Digital del Sistema Nacional de Salud dotado con más de 675 millones de euros'

' El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) ha aprobado, en su sesión ordinaria celebrada en Córdoba, entre otros asuntos, la Estrategia de Salud Digital del Sistema Nacional de Salud (ESD-SNS) dotada con más de 675 millones de euros encuadrados dentro del Mecanismo de Transformación, Recuperación y Resiliencia del Gobierno de España.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha explicado este y el resto de acuerdos del pleno del CISNS en una rueda de prensa acompañada por la secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón; y el consejero de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Jesús Aguirre.

La ministra recalcó que este Plan de Salud Digital "va a suponer un impulso a las herramientas para transformar el modelo asistencial del SNS en los próximos años".

jueves, 2 de diciembre de 2021

[Ayto de Madrid] 'El Ayuntamiento pone fin a la temporalidad de más de 2.600 de sus empleados públicos. La Junta de Gobierno ha aprobado la Oferta de Empleo Público para la Estabilización de Empleo Temporal [de las leyes estatales de 2017 y y 2018].Este procedimiento extraordinario afecta a un total de 2.636 plazas, 1.736 de personal funcionario y 900 de personal laboral' [Sus convocatorias, afirma, serán ya "bajo los criterios" de la nueva Ley que se está tramitando]

'La Junta de Gobierno ha aprobado hoy la Oferta de Empleo Público (OEP) para la Estabilización de Empleo Temporal en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, correspondiente a las leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018. Según ha anunciado la portavoz municipal, Inmaculada Sanz, en total, se han incluido 2.636 plazas, 1.736 de personal funcionario y 900 de personal laboral, un número que afecta a cerca de 60 categorías profesionales. 

[Gobierno de España] 'El Congreso de los Diputados aprueba el Proyecto de Ley que servirá para reducir la temporalidad en el empleo público. El Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público continuará ahora su tramitación en el Senado. La norma da cumplimiento a una de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como a sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.'

'La norma proviene del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, aprobado en Consejo de Ministros y que se convalidó en el Congreso de los Diputados el 21 de julio, fecha desde la que se tramita como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia.

El texto, a su vez, proviene de un acuerdo negociado y refrendado en la Mesa General de Negociación con los sindicatos CC OO, UGT y CSIF y del debate en el seno de la Conferencia Sectorial de Administración Pública, así como de reuniones de la Comisión Coordinadora del Empleo Público, entre las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

La norma da cumplimiento a una de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como a sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

Debate del Pleno del Congreso del Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, PSOE, Unidas Podemos, PNV y ERC defienden su pacto de concurso de méritos para los puestos temporales y los temporales de más de 5 años a 31/12/2020, Coalición Canaria, la CUP y Cs afirman que no cumple con la norma y sentencia europea y debe haber fijeza a extinguir para más de 3 años, ... El texto se aprueba por mayoría pero con gran abstención y con el mismo texto que salió de la Comisión al rechazarse ampliamente las enmiendas mantenidas por los grupos minoritarios y el Partido Popular


Este Jueves 2 de diciembre tuvo lugar sesión de Pleno del Congreso para debatir y votar, incluidas las enmiendas  que habían decidido mantener los grupos más nuevas posibles "transaccionales" negociadas que en su caso pudiera haber,  del ya famoso "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), destinado presumiblemente a mejorar el Real-Decreto Ley  publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio (y sigue en vigor).

 

Partía el debate del  texto aprobado el Lunes 22 en Comisión ("el Dictamen de la Comisión") que viene a establecer, siempre en cuanto a la temporalidad masiva ya existente en el sector público:

  • un nuevo "proceso de estabilización" para todas las plazas temporales de naturaleza estructural más de 3 años a 31/12/2020 que no se incluyeran en los previos,
  • los procesos de estabilización en cuanto a todas las plazas ocupadas por temporales desde antes de 1/1/2016 junto con las vacantes ocupadas actualmente por temporales con antigüedad anterior a 1/1/2016, deben convocarse por  concurso de méritos de libre concurrencia (es decir, abierto a cualquiera)
  • y para el resto concurso-oposición con la opción de que los ejercicios no sean eliminatorias; 
  • siempre y cuando en ambos casos, las plazas no estén ya en convocatorias de procesos selectivos de estabilización anterioes en curso  y cuya AAPP no  decida anular o modficiar 
  • las nuevas OPE correspondientes con las plazas contabilizadas deben estar publicadas antes del 01/06/2022 y las convocatorias (de concurso-oposición o de méritos puro)  derivadas de OPEs de estabilización (las anteriores o la nueva) deben ser publicadas antes de 31/12/22. La aplicación a Sanidad y Educación en estos puntos es igual de inmediata (a diferencia de la modificación de la normativa a futuro del EBEP para la que se da un plazo para adaptarla en Sanidad y Educación hasta el 07/07/2022)

Varios grupos mantuvieron enmiendas  para ser debatidas y votadas hoy (antes de la votación del texto final que se hace, lógicamente, ya con las enmiendas que, en su caso, se aprueben).

 

Intervenciones del debate

El debate puede seguirse el Pleno en directo en este enlace del de la web del Congreso. y en este enlace del canal del Parlamento en Youtube.


A continuación hacemos algunas menciones de las intervenciones, con extractos literales o resúmenes de parte de ellas y entre corchetes en cursiva nuestros comentarios o notas.

En primer lugar tuvieron los turnos de defensa de los grupos que han presentado enmiendas:

 

Recordatorio: El Pleno del Congreso debatirá este jueves 2 de Diciembre el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" , con posiblidad de introducir nuevos cambios al texto aprobado el Lunes 22 en Comisión

 [Recordatorio de entrada publicada el 22/11/2021]  

Se ha actualizado la página web del Congreso de los Diputados sobre las sesiones del Pleno del Congreso y finalmente, tendrá lugar, tras un amplio orden del día previo, el Jueves 2 de diciembre la sesión de Pleno del Congreso para debatir y votar las enmiendas - que hayan decidido mantener los grupos más nuevas posibles "transaccionales" negociadas del ya famoso "Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063), destinado presumiblemente a mejorar el Real-Decreto Ley  publicado en el B.O.E. núm. 161, de 7 de julio de 2021 , que entró en vigor desde el 8 de Julio (y sigue en vigor).

 

Naturalmente, en este Pleno se podrán introducir todavía cambios al texto aprobado el pasado Lunes 22 en Comisión ("el Dictamen de la Comisión").

 

NOTA AL RECORDATORIO: podrá seguirse el Pleno en directo en este enlace del de la web del Congreso. y en este enlace del canal del Parlamento en Youtube.
Este punto está previsto que se aborde ya por la tarde (después de las 15h)

 

miércoles, 1 de diciembre de 2021

[Poder Judicial] 'Primera sentencia en Navarra que se declara fijo a personal interino que accedió para la cobertura de vacantes . Afecta a dos oficiales de desinfección que venían prestando servicios durante más de 10 años con contratos de interinidad en el Ayuntamiento de Pamplona'

'El titular del Juzgado de lo Social número 3 acaba de dictar la primera sentencia en Navarra que declara la fijeza del vínculo laboral de personal al servicio del Ayuntamiento de Pamplona con contratos administrativos de provisión temporal de vacantes que han durado más de 10 años. 

Se trata de dos oficiales de desinfección que venían prestando servicios durante más de 10 años con contratos de interinidad que se califican de duración “injustificadamente larga”. 

En estos casos, con carácter general, los juzgados de lo Social de Pamplona  y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra estaban declarando que el vínculo con la Administración es “laboral”, pero sin que se adquiera la fijeza. Estos supuestos se venían definiendo como “relación laboral indefinida no fija”, puesto que las exigencias de igualdad, mérito y capacidad que impone el Estatuto Básico del Empleo Público y la normativa foral navarra impiden adquirir el carácter de fijeza. 

En cambio, en el caso enjuiciado, cuya sentencia es recurrible, el magistrado sí declara la fijeza porque entiende que esas garantías se han respetado cuando los que reclaman aprobaron sin plaza el proceso selectivo para la cobertura definitiva de las plazas vacantes. 

En concreto, el juez afirma que difícilmente cabe negar la concurrencia de los requisitos de acceso al empleo público, determinante de la adquisición de fijeza en la relación laboral, en un supuesto en el que se dan las siguientes circunstancias: 

[Noticias de Navarra] Juzgado de lo Social dicta sentencia de fijeza a empleados públicos temporales durante 10 años en régimen laboral que habían superado proceso selectivo sin plaza

Informa Noticias de Navarra este 01/12/2021que el Juzgado de lo Social  nº 3 acaba de dictar una sentencia  por la que transforma en fijos a dos  empleados públicos temporales bajo contrao laboral de interiniad del Ayuntamiento de Pamplona durante ya más de 10 años, ante el abuso de temporalidad y teniendo en cuneta que han superado un proceso selectivo para fijo sin obtener plaza

 

[CEPPT] 'Aluvión de demandas ante la nueva ley para reducir la temporalidad en las Administraciones' [Convocado para este jueves 2 de diciembre a las 10.00 h una concentración frente al Congreso de los Diputados, día en que el Congreso debate el proyecto de ley de temporalidad]

 

  • Los colectivos de Interinos advierten de la entrada en vigor en diciembre de la Directiva Europea Whistleblower” que facilitará un mecanismo de denuncia a los empleados públicos

'Distintas plataformas, coordinadoras y sindicatos de interinos (CAEPAT, Coordinadora Valenciana, de Baleares, de Castilla la Mancha, la PIC, Interinok Taldea, SITAG o STEPA), que además han convocado para el jueves 2 de diciembre a las 10.00 h una concentración frente al Congreso de los Diputados (día en que el Congreso aprueba el proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en las administraciones públicas) han afirmado que la aprobación de esta ley aumentará la judicialización del conflicto de los interinos.

Según afirman el plazo fijado de 5 años para que las plazas salgan a concurso de méritos es en realidad 6 años, del 1 de enero de 2016 al 1 de enero de 2022, por lo que incumple lo fijado en el dictamen de la Comisión de Función Pública del Congreso del 23 de noviembre, ya que en la exposición de motivos se hace referencia a un concepto jurisprudencial que fija el abuso de temporalidad en 5 años. “Si se fija el abuso de temporalidad en el propio texto en 5 años pero la ley finalmente establece un plazo de 6 años reales para que las distintas plazas salgan a concurso, esto va a provocar un auténtico aluvión de demandas judiciales”.

[Sindicato médico C. Valenciana CESMV] 'Información proyecto Ley Temporalidad' [el proyecto de ley en el Congreso contempla convocar concurso de méritos para plazas temporales antes de 01/01/2016; la Consellería de Sanidad, para garantizar cierta seguridad jurídica ha retrasado por 3 meses los procesos con exámenes previstos y no dará mas pasos en otras categorías mientras se apruebe; después hará un informe juridico para ver qué hacer con las convocatorias ya publicadas]

'Ante las campañas de algunas organizaciones sindicales, que confunden al personal estatutario temporal faltando a la verdad, queremos INFORMAR a todos los facultativos, interinos y temporales, acerca de cual es el estado actual de las cosas:

  1. En el Congreso de los Diputados ha entrado, para su próxima aprobación, un proyecto de Ley de Temporalidad que pretende establecer límites a la contratación precaria, establecer indemnizaciones en caso de fraude de ley y garantizar la celebración periódica de OPEs. El documento, que cuenta ya con respaldo mayoritario en la ponencia que lo ha redactado, también establece que las convocatorias de estabilización contempladas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado desde 2017-2018 deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 (corresponden a parte de las plazas de nuestras OPEs 2017, 2018 y 2019). Y el proyecto también permite que, antes de junio de 2022, se pueda convocar un nuevo proceso de estabilización. Estos procesos se llevarían a cabo en principio por concurso-oposición.
  2. Pero también contempla una excepción: Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y, por el sistema de concurso, aquellas plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma. Esto podría afectar a plazas ya convocadas en las OPES aunque se desconoce todavía si será así y de qué modo.
  3. Es importante subrayar que lo que se plantearía es una OPE con oferta de las plazas que cumplan esos requisitos. No se refiere a profesionales que lleven ese tiempo como interinos (ni siquiera en la misma plaza), dado que todos deberían concursar escoger plaza de destino en base a la puntuación obtenida. La condición de carácter ininterrumpido de ocupación sería de las plazas y no de las personas. Por tanto, sería un proceso no restringido, abierto a cualquier aspirante de todo el territorio nacional y tenga la antigüedad que tenga. Aunque, obviamente, el sistema de concurso favorece el tiempo trabajado para el Sistema Nacional de Salud, frente a otros méritos con menor peso en el baremo.
  4. La Consellería de Sanidad, para garantizar cierta seguridad jurídica a los opositores cuyos procesos están en marcha y al personal temporal en general, ha procedido a retrasar por un máximo de tres meses los exámenes cuya fecha estaba fijada y que eran todos de funcionarios de Salud Pública. Tampoco se fijarán fechas para otras categorías, ni para las estatutarias, en dicho periodo. Este plazo finalizará cuando la nueva Ley sea publicada y se clarifiquen sus consecuencias.

Texto oficial del Proyecto de Ley de modificación del Real Decreto-Ley de reducción de temporalidad pública tras el debate en Comisión del pasado lunes 22 y que se debatirá este Jueves 2 de Diciembre en el Pleno del Congreso, donde puede ser modificado nuevamente

Se ha publicado en el Boletín del Congreso de los Diputados el "Dictamen de la Comisión" del Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público" (nº de iniciativa  121/000063) o texto del Proyecto de Ley de modificación del anterior Real Decreto-Ley 14/2021 [RDL] de reducción de temporalidad pública que quedó  tras el  debate que tuvo lugar el pasado lunes 22 en Comisión de Función Pública y que será el texto que se debatirá este Jueves 2 en el Pleno del Congreso (y donde pueden aprobarse más enmiendas, tanto de las originales presentadas por los grupos que hayan decidido mantener como nuevas negociadas o "transaccionales"). Por supuesto, este texto, aunque publicado en un Boletín"oficial" no representa ninguna ley en vigor todavía. El texto, en caso de ser aprobado mañana en el Congreso (quizás modificado nuevamente) debe pasar después al Senado, donde puede ser, rechazado , enmendado o aprobado, teniendo que volver al Congreso en los dos primeros casos.

Este texto contiene ya las modificaciones que se filtraron en un documento la  semana pasada. En concreto, las modificaciones ya incluidas  en el borrador de la ley con respecto al texto original del proyecto de ley , y por tanto, modificaciones al Real Decreto-Ley son: (entre corchetes nuestros comentarios)

[AMYTS] Informe de la reunión de la de la Mesa sectorial de Sanidad de la C. de Madrid de 30/11/2021 [RRHH piensa publicar antes de 20/12/2021 las convocatorias de médicos especialista derivadas de OPEs anteriores, aunque llevan plazas de" estabilización" -temporales de más de 3 años a 31/12/2016, ahora ya de más de 7 años- que podrían acogerse a la nueva ley que tramita el Congreso]

Informa AMYTS este 30/11/2021 de la reunión ordinaria  de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Comunidad de Madrid que  tuvo lugar el mismo día, aportando el sindicato médico madrileño su habitual resumen nuevamente de forma abierta, del que destacamos de algunos puntos del día (y con comentarios nuestros entre corchetes):

  • Convocatorias específicas [de procesos selectivos para ser fijo] de personal Facultativo Especialista [con "específicas" se refiere a perfiles de funciones subepecializados por los que separar las convocatorias]
    • se  habla de los perfiles  que tendrían sus convocatorias específicas, en diversas categorías de Facultativo Especialista, como Pediatría y Psiquiatría
    • RRHH indica que las convocatorias de las  plazas de categorías de Facultativo Especialista ya incluidas en la OPEs 2018-2019 del SERMAS tienen que publicarse en el BOCM antes del 20 de diciembre "antes de que decaigan"  [son 29 especialidades médicas  de la OPE 2018 del SERMAS publicada el 20/12/2018 y 17 especialidades médicas de la OPE 2019 del SERMAS publicada el 30/12/2020 , todas con las plazas de estabilización que el SERMAS según la ley del Estado con el acuerdo estatal sindical de 2017, es decir, plazas temporales más de 3 años a 31/12/2016, por tanto, ya temporales más de 8 años y ya casi, más de 9 años]
    • AMYTS dice que se necesita un análisis urgente de estas especialidades sobre qué "plazas están en juego", "cuántas quedarían vacantes cuando se ocupen" con estas OPE en marcha y "cuántas cumplen con los criterios que se están manejando con la ley de consolidación/concurso pendiente de publicación, porque se debe garantizar que no se vea afectado ningún profesional"
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