viernes, 12 de abril de 2024

[Europa Press] El ministro de Función Pública asegura que con los cambios legales se han eliminado las causas que dieron lugar a la sentencia del Tribunal europeo de 22 de Febrero y que se cumplirá el compromiso con la UE de estabilizar a 300 mil trabajadores públicos

Informa Europa Press este 12/04/2024 que.  en un  Desayunos Informativos organizado por la propia agencia de noticias,   el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, ha asegurado que España "ha eliminado las causas que derivaron" en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero , citando su medida anunciada de eliminar la tasa de reposición, apostillando que el Gobierno "mira hacia adelante".

También  ha asegurado el Ministro que se va a cumplir el compromiso del Gobierno con la Comisión Europea en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de haber estabilizado a 300.000 trabajadores públicos antes del final de este año.


NOTA DEL EDITOR AÑADIDA EN SEGUNDA VERSIÓN DE LA ENTRADA: puede verse la entrevista entera en la página web de Europa Press  y un extracto de la entrevista con las declaraciones de la noticia en este post en X de Christian Diaz. Nótese que el ministro literalmente dice "lo que tenemos que trabajar es en asegurarnos que las causas que dieron lugar a esa enorme interinidad las hemos eliminado".

NOTA DEL EDITOR:  la cifra de 300.000 mencionadas por el ministro es, efectivamente,  justo la cifra del  "acuerdo de funcionamiento" original firmado por España en sus compromisos ante la Comisión Europea por el Plan de Recuperación y los fondos asociados, donde figura el hito [nº 150] Objetivo "Estabilización del empleo público" , asociado a la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP  (C11.R1), que, recordemos una vez más, exigía:

    • Fecha de cumplimiento  [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
    • Descripción: "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"
    • Información adicional: "Los procedimientos de selección se considerarán concluidos una vez que se publiquen en el Diario Oficial las resoluciones correspondientes incluyendo las listas de candidatos que hayan superado el procedimiento de estabilización."
    • Mecanismo de verificación: [básicamente, copia de los Diarios Oficiales con las convocatorias publicadas antes de 31/12/2022 y certificados con el "número de  puestos estabilizados"]


Cuando el Gobierno español envió a la Comisión Europea en Abril de 2021 su Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia español reconoció oficialmente que de los procesos de estabilización de las leyes anteriores de 2017 y 2018 , sin fórmulas excepcionales de sistema selectivo- estaban  convocadas 154 mil plazas de las 218 mil que se habían llegado a ofertar y  finalizadas a esa fecha de Abril de 2021 (en el sentido de publicaciones de personas que han superado los procesos selectivos) sólo estaban 56 mil plazas (siempre entre todas las AAPP), con lo que para alcanzar esa cifra de 300 mil plazas "estabilizadas" a 31/12/2024 tendría que tener publicados en boletines oficiales declaraciones de procesos de estabilización superados que sumaran otras  casi 250 mil plazas (tienen que ser superados, no en marcha)

 

Pero, además, conviene recordar que, siempre según la propia Comisión Europea, que la Comisión Europea  abrió un procedimiento de infracción contra España, el nº INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas , y que la Comisión Europea:

  • mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple  CHAP (2013)01917   (registrado como múltiple en 2018 unificando las denuncias previas desde una de 2013), a partir de otra sen sentencia europea,la sentencia  del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz y otros", a la que previamente había vinculado la denuncia múltiple
  • por el que "está evaluando  la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo explícitamente  reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021
  • y decidirá  la acción que tomar en el marco de dicho procedimiento de infracción INF(2014)4334" tras  las sentencias  del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los"asuntos C-59/22, Consejería de Presidencia; C-110/22, UNED; C-159/22, Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid; C-331/22, DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya; y C-332/22, Generalitat de Catalunya" (es decir , los 3 que fueron sentenciados por el TJUE el 22/02/2024 y los otros dos próximos a tener sentencia)
 
Recordemos también que en la evaluación preliminar de finales de 2021 de la Comisión Europea del cumplimiento satisfactorio del hito 140,  de tener publicada una norma extraordinaria para reducir la temporalidad, a Comisión Europa entendió que  era "positiva" con el artículo 2 del Real Decreto Ley 14/2021 de establecer "medidas de estabilización" pero apostillando  "sin perjuicio del procedimiento de infracción INFR(2014)4334".
 
Previsiblemente, tras las sentencias de los dos asuntos pendientes , existe una gran probabilidad de que la Comisión Europea emita a continuación un informe de evaluación negativo  de cumplimiento de la Directiva y las sentencias europeas de la normativa española, en el marco del procedimiento de infracción INFR(2014)4334 ,y, posiblemente, decida su paso a "Dictamen motivado"por el que se da un plazo de 2 meses al Gobierno español para que dicte nueva legislación de cumplimiento. Es también de prever, que el Gobierno español no realice ningún cambio normativo mientras no reciba "presiones" de la Comisión Europea o , se vea , ante un  "terremoto" judicial en el hipotético caso de que las Salas del Tribunal Supremo decidieran cambiar su doctrina  estableciendo una sanción reparadora al abuso de temporalidad existente demandado en la justicia.

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SENTENCIAS DE FIJEZA APLICANDO SENTENCIA EUROPEA DE 22/02/2024

 
SENTENCIAS DE FIJEZA APLICANDO SENTENCIA EUROPEA DE 22/02/2024



51 comentarios:

Anónimo dijo...

A esperar a las prejudiciales del contencioso, que ya preguntan por la ley 20/22.

Anónimo dijo...

20/21, quiero decir.

Anónimo dijo...

Y cuando salgan las prejudiciales de BCN, el TS hara como el social, reemviar otras prejudiciales aclaratorias y 2 añitos mas de espera que poco ha pasado desde la directiva del 99

Anónimo dijo...

O hace lo que le pide Maria Emilia Casas y legislan y hacen cumplir la legislación. Se lo pide María Emilia Casas y se lo pide la Comisión.

El futuro no lo sabes.

"...y ha recordado que 'todavía se están pidiendo aclaraciones incluso a los tribunales europeos' en relación a este tema."

Estos no hacen nada hasta que no salgan las prejudiciales del contencioso.

Y si eliminar las causas de la sentencia es eliminar la tasa de reposición, lo que está haciendo es tirar balones fuera.

Veremos lo que hacen cuando salgan las prejudiciales de Barcelona. Legislar, van atener que legislar. Quieran o no.

No dejéis de reclamar y de demandar.

La vie en rose dijo...

Ojalá sea cierto y legislen
Tienen que hacer fijos a los que lleven más de 3 años y punto… no hay más y lo peor es que buscarán mil pies al gato:que si tienen que tener Opos aprobadas que si siempre en mismo puesto que sin interrupciones de más de 2 días… cosas así
La justicia española da asco y se creen superiores a Europa que eso es peor todavía.
En cuanto salga lo de Barcelona todos a la calle!!!

Anónimo dijo...


Este Menistro sabe cómo disgustar a cientos de miles de familias de trabajadores en abuso de temporalidad en el sector público de España.

No se puede esperar nada de el, igual que los cuatro que le precedieron del mismo presidente.


Anónimo dijo...

Este titular es mentira.

Lo que realmente dice, es,

"Debemos asegurarnos que las causas que dieron lugar a esa enorme interinidad las hemos eliminado"

Y cuando dice que dan cumplimiento al objetivo de 300.000 es verdad, así será.
Pero lo que no cumplen ni de lejos es el 8%.

Anónimo dijo...

Y como el titular es MENTIRA.

Apiscam, os pido una rectificación, para así evitar liar más a la gente, que está de los nervios.

Anónimo dijo...

Además y con esto acabo.
El Ministro dice QUE HAN HECHO TRAMPAS.

Es muy fácil, ver la entrevista y entenderla.

Anónimo dijo...

Y la entrevista la han visto poco mas de 300 personas.
Así que hacer o decir cosas q NO SON, pues eso, ESTA MAL.

Anónimo dijo...

Ya hay asuntos hasta el 16 de Mayo.
Que poco queda, teniendo que la semana siguiente, no habrá actividad en el TJUE. https://curia.europa.eu/jcms/jcms/Jo1_6581/es/

Anónimo dijo...

De a 8 a 11 semanas solo ;-)

Anónimo dijo...


El titular de la noticia, no tiene ningún problema.

El que debería rectificar y pedir perdón es el Ministro.

Sigue negándonos la transposición de la Directiva 70/99. Sigue sin identificar los trabajadores en abuso de temporalidad en activo y los cesados. Sigue negándonos una sanción frente al abuso de temporalidad en el sector de España.

Pues que se marche y deje de dar mal.

Anónimo dijo...

Pero, y, según él, sólo somos 300000¡¡¡¡. Qué optimista este hombre¡¡¡

Anónimo dijo...

Los 2 últimos comentarios, tela.
Entre que se marche, y "optimista". En fin...

Anónimo dijo...

19:27

Lo de que "se marche" lo he dicho muy suavemente.

En Aragón no hemos tenido Concurso de méritos de lo mío (como casi nadie aquí)

Llevo desde 2004, es el pan de mi familia, y a mí edad que me manden al paro con despido libre y gratis, para mí familia es la ruina.

Le digo que se marche con educación y suavemente.


Anónimo dijo...

Pues 19.52

Los que se tienen que marchar son los políticos mentecatos de tu comunidad.
Este Ministro trabaja, y es más que evidente.

Anónimo dijo...

Fin de 2024.
Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos de duración indefinida o puestos estatutarios de personal) que impliquen, al menos,300.000 puestos de trabajo desglosados por empleado administrativo y entidad desde 2022 y número de empleados públicos desglosado según el articulo 8.2 del EBEP

Artículo 8. Concepto y clases de empleados públicos.
1. .....

2. Los empleados públicos se clasifican en:
a) Funcionarios de carrera.
b) Funcionarios interinos.
c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
d) Personal eventual.

Anónimo dijo...

300.000 las plazas a edtabilizar. La mía una de ellas, plaza de la que me cesaron en unos concursos abiertos en los cuales decían no era constitucional un baremo que diera las plazas a los temporales porque eso era a dedo y es discriminatorio en el acceso así dieron puntos a personas simplemente por el hecho de trabajar en la administración, aunque nunca hubieran trabajado en el puesto, no dieron por cursos propios del puesto y de esa manera promocionaron de manera encubierta a los funcionarios. Las cifras globales les salen hasta bien porque a los funcionarios sólo les interesaban los puestos superiores donde hay menos plazas.
Está por ver que el Supremo de lo laboral presente un CP. Yo creo que no lo hará hasta que no salga la de Barcelona, que será más contundente y entonces no lo harán porque ahí encontrarán la respuesta a lo que todavía dudan.

Anónimo dijo...

Están frenando al TSJM para que no dicte sentencia y obligar al gobierno a legislar de acuerdo al TJUE. Eso creo

Anónimo dijo...

Pues joder.

Entre esto,
ha asegurado que España "ha eliminado las causas que derivaron" en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea"

Y esto...

Debemos asegurarnos que las causas que dieron lugar a esa enorme interinidad las hemos eliminado



Está claro que el periodista de Europa Press, miente o se lo inventa.


Ya está bien de hacer titulares llamativos para confundir a la peña.

Anónimo dijo...

Lo que esta ya meridianamente claro es la prevaricación palmaria de todos los individios que, de concejal para arriba, pululan por este miserable pais.

TODOS, Presidentes varios, Ministros, Consejeros del ramo, Jefaturas y Secretarías Técnicas subalternas, Jefecillos varios y Jefaturas de Negociado, Jueces y Magistrados, Secretarios Judiciales (mal que les pese a que les sigamos llamando así), Fiscales, Abogacías del Estado y similares, Alcaldes, Tenientes de Alcaldes, Concejales, sus homólogos en Diputaciones y órganos insulares, etc... TODOS deberían estar a la sombra e inhabilitados. Y con penas económicas a costa de su patrimonio.

Peeeeeroooo. Esto es España amigos, aunque en realidad es Marruecos del Norte y la gente no se quiere enterar.

Anónimo dijo...

Y encima entre las causas está la tasa de reposición. El titular no refleja el contenido de la entrevista.

Anónimo dijo...

Ojo APISCAM.Más madera de la Ministra.
Despido reparativo.

https://www.eldiario.es/economia/trabajo-abre-puerta-eliminar-despido-objetivo-empresa-reduce-beneficios_1_11285583.html

Anónimo dijo...

Demanda antes si te preocupa

Anónimo dijo...

https://www.youtube.com/live/HjyCvbM4XyY

Anónimo dijo...


Que fuerte!!!

Hay madres y padres de familia, de más de 50 años de edad, que están siendo cesados sin ninguna sanción al abuso de temporalidad.

Y lo que que les preocupa es el titular

Anónimo dijo...

Cesados abusados sin sanción = corrupción. Fijeza es lo que corresponde si estamos en un Estado de Derecho y no de desecho.
A por todas!!! Ni un paso atrás en la lucha.

Anónimo dijo...

Al de las 9.00

Me preocupa todo. Y sí lo del titular es un sostenerla y no enmendalla.

Anónimo dijo...

Y el que crea q dando caña al Ministro, se soluciona algo, es que no tiene npi.

Anónimo dijo...

EP tiene intereses espureos.
Y algunos periodistas también.

Anónimo dijo...

Leí la noticia y me gustaría saber, tanto si el titular está bien o mal, qué causas de la Sentencia del TJUE han eliminado.
¿ Alguien lo sabe?
Si alguien sabe qué es ahora distinto, que me lo explique
Por otro lado, el fraude cometido, no se ha sancionado. O bien han hecho otro tratado soslayado con la EU, y se le ha escapado algo, o habla por hablar

Anónimo dijo...


13:48

Esto de abajo es el apartado 7 de la sentencia. Y el Menestro ha dicho la chorrada, de que la sentencia del TJUE ya se está cumpliendo.


La cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70,

debe interpretarse en el sentido de que,

a falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, con arreglo a esta cláusula 5, los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivas, la conversión de esos Los contratos temporales en contratos fijos pueden constituir tal medida. Corresponde, en su caso, al tribunal nacional modificar la jurisprudencia nacional consolidada si esta se basa en una interpretación de las disposiciones nacionales, incluso constitucionales, incompatibles con los objetivos de la Directiva 1999/70 y, en particular, de dicha cláusula 5.


Anónimo dijo...

Despido injustificado reparatorio a partir de Julio

https://www.youtube.com/watch?v=HjyCvbM4XyY

Yolanda Diaz desde 1.25.40 a 1.33.13.

Anónimo dijo...

Indemnización reparatoria por despido injustificado, desde Julio.

https://www.youtube.com/watch?v=HjyCvbM4XyY

Yolanda Diaz desde 1.25.40 a 1.33.13.

Anónimo dijo...

5000 euros para sancionar el abuso tras consolidación.
https://ignasibeltran.com/wp-content/uploads/2024/04/SENTENCIA-JUTJAT-SOCIAL-2-GRANOLLERS-INDEMNITZACIO.pdf

Y quizás nadie los solicite.

Anónimo dijo...

Por cese, Indemización 45 días por año en abuso + 5000 euros

Anónimo dijo...

De lo de Pau.
Curioso que el juez decida reconducir la cuestión , que el FOGASA pase de todo, y que solo sean 5000 pavos para indemnizar una infracción grave.

Cuando ponen costas piden 2000, y se quedan tan anchos.

Anónimo dijo...

Ahora entendeis porque en Catalunya queremos la independencia ?

exinterino cabreadisimo dijo...

Y que fue de aquellos funcionarios interinos que se fueron a la calle sin indemnizacion y una patada en el culo ,sin derecho a reclamar por pertenecer a juzgado de lo contencioso-administrativo , que luego quisieron aplicar el decreto Ley 5/2023 (de caracter voluntario por cada administracion,no obligatorio) quee fueron con la ley de mintoro y luego la de iceta ,¿alguien sabe que solucion se les puede dar ?. O estos son ya los olvidados al ser los primeros en sufrir por esta injusticia social ,porque aqui solo se ven noticias de solucionar en futuro pero no de los que se quedaron detras .
PUTOS POLITICOS ,PUTA JUSTICIA Y MAS PUTA ADMINISTRACION...

Anónimo dijo...

Aquí, unos compañeros de Extremadura, haciendo algo útil para esta justa causa:

https://www.elperiodicoextremadura.com/extremadura/2024/04/11/protesta-interinos-temporales-plazas-personas-100945081.html

Si los políticos no leen las sentencias europeas habrá que recordárselo en la puerta de sus trabajos.

Anónimo dijo...

Que no era voluntario el Real Decreto 5/2023, que era obligatorio y lo sigue siendo

exinterino cabreadisimo dijo...

NO LO ES, OBLIGATORIO EL DECRETO 5/2023, Te lo pongo en mayuscula para que lo veas ,hay administraciones que no lo han aplicado y siguen sin aplicar, aqui en este pais no pasa nada si eres politico porque no tienes responsabilidad ..

Anónimo dijo...

SI LO ES, EN MAYUSCULAS PARA QUE LO VEAS.

Si quieres hacerles el juego a las Administraciones que no lo han aplicado, tú sabrás por qué.

¿Quieres que siga gobernando el que te cesa de forma ilegal? ¿Es propaganda?

¿Has sido interino en abuso alguna vez?

¡Peste de juego electoral! La democracia no es jugar con la vida de las personas

Veremos que dicen los tribunales de si lo es o no lo es...

Anónimo dijo...

Si no se sanciona el incumplimiento reiterado de las normas por parte de las AAPP implícitamente se admite.

Hay que mirar hacia el futuro, y las nuevas tecnologías, nada importa lo pasado por los machacas abusados, estamos fuera del mercado, ya nos lo dejaron claro hace años.

Anónimo dijo...

El RDL 5/23 impone la obligatoriedad de convocar nuevo concurso de méritos de entre los que cumplan los requisitos nombrados en su articulado. En mi admon local ( de provincias) no lo han aplicado dejando la contestación sobre mi reclamación para después que se célebre el juicio por la directiva 1999/70/CE, que espero ganar. Y después les voy a denunciar entre otras cosas por no haberlo aplicado. Suerte, Justicia y responsabilidad para quienes no hayan cumplido con la ley.

Anónimo dijo...

Yo soy una afectada pero de verdad, en este momento hay que intentar no calentarse más, cuando salgan las prejudiciales que faltan se verá si realmente no van a hacer nada con nosotros. Falta poco.
Yo creo que éste es un momento de standby...
No creo que quieran dar ningún paso hasta que no salgan las otras prejudiciales, que dirán más de lo mismo y esperamos que todavía más contundente.
Si entonces no hacen nada, si la Comisión tampoco, apaga y vamonos.

nelo dijo...

Ves, como hay administraciones que no lo han aplicado ademas de la mia ,porque si ,fuy funcionario interino sobre 20 años en distintos puestos y si, me dieron la patada en el culo y sin indemnizacion por ser funcionario con oposiciones aprobadas sin plaza.Siguen sin cumplir ,porque los que se negaron de administracion en su dia a aplicar las directivas Europeas lo hicieron a conciencia y queriendopara hacer daño y siguen en el mismo plan y tema ,mientras no exista un organo superior jerarquico que les obligue...

Anónimo dijo...

En mi administración no ha aplicado el RDL 5/2013 ni en administración general, ni en sanidad, ni en educación.

Sin embargo sí que lo han hecho en entes públicos de derecho privado, fundaciones, agencias y colocaderos varios.

Anónimo dijo...

19:44 Depende de la suerte que tengas y para quién hayas trabajado, unos sí y otros no. Unos nunca han sido abusados y ya han consolidado, y otros, tras ser abusados no por una sino por 2 administraciones públicas, cese ilegal, paro, años de incertidumbre y de prestado, seguimos esperando, a ver si la suerte llega porque la justicia en España ni está ni se la espera.
Los políticos también pueden hacer justicia y legislar, pero sólo a futuro, el pasado, pasado está.

Anónimo dijo...


De momento, no se ha elevado ninguna cuestión prejudicial desde la sentencia de febrero...así que no caldeemos más el ambiente sin necesidad.