jueves, 19 de enero de 2012

'Directivos públicos: ¿políticos o funcionarios?'

[eFuncionario 4/01] [...] 'el mecanismo actual es un sistema TOP-DOWN, en el cual la capa superior “ejecutiva” de origen político, determina los nombramientos de la capa intermedia “directiva” que puede ser de origen político o funcionario de carrera. Este sistema de designaciones termina ahí, pues para el resto de puestos de trabajo “operativos” existe un sistema diferente, el de concurso de méritos, que generalmente está reservado exclusivamente para personal que ostenta la condición de funcionario.


Existe la opinión, reflejada en diversos debates recientes en la red, de que una parte del problema de la productividad, eficacia y eficiencia de la Administración Pública reside en que la capa directiva no es todo lo eficiente que debería ser, y ello viene derivado del sistema actual de designación; es decir, que el hecho de que un funcionario sea un buen técnico no garantiza que esté igualmente capacitado para una función directiva, incluso en su propio ámbito profesional, e igualmente un buen político tampoco necesariamente va a poder desempeñar con eficacia las labores de gestión en un entorno tan complejo como las Administraciones Públicas.

En realidad, en ambos casos, existe la duda de si el motivo del nombramiento no es su capacidad como directivo, y por tanto su formación y resultados demostrados, lo que le hace ser nombrado, sino su afinidad política o corporativa, o una buena red de contactos adecuadamente mantenida.'

[...] 'no podemos obviar que ya existen en la Administración cuerpos de carácter horizontal creados expresamente para cubrir esa función directiva, como el Cuerpo de Administradores Civiles del Estado, conocidos como TAC, o el propio Cuerpo de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, abreviadamente llamados TIC.'

'Una última cuestión reside en el hecho de que la entrada de directivos provenientes de la empresa privada podría inducir a pensar (y así se promueve en algunos circulos) que el modelo de gestión privada es el que ha de aplicarse en la Administración, y que por tanto esa circunstancia no solo debe ser posible sino incluso deseable. Pero para mi, la naturaleza de la actividad de la empresa privada es la obtención de beneficio económico (completamente legítimo, por otra parte) pero no es la naturaleza de la Administración Pública, la cual está claramente en otro plano.'

Fuente y opninión completa: Felix Serrano Delgado en eFuncionario 4/01/2012

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