martes, 4 de agosto de 2026

[Defensora del Pueblo Europeo] Información de los casos de tramitación conjunta sobre los procedimientos de infracción de empleados públicos temporales de España abiertos por la Comisión Europea: su investigación sigue en curso y tras la respuesta de la Comisión Europea a su solicitud de información le ha solictado aclaraciones adicionales

 'Usted presentó una reclamación ante la Defensora del Pueblo Europeo, referida a la tramitación por parte de la Comisión Europea de dos procedimientos de infracción contra España en relación con un trato menos favorable a los empleados temporales y con un presunto abuso de los contratos de trabajo de duración determinada en el sector público en España – INFR(2014)4224 e INFR(2014)4334. Su reclamación fue tramitada conjuntamente con las reclamaciones arriba mencionadas. 

Como primer paso, me puse en contacto con la Comisión para solicitarle más información en relación con estas reclamaciones. La Comisión contestó el día 28 de octubre de 2025. También facilitó, junto con su respuesta, un anexo confidencial y el expediente para su inspección. Dado que este material contiene información confidencial, no puede ser compartido con usted en esta fase de la investigación.

No obstante, tras examinar su respuesta, hemos solicitado a la Comisión aclaraciones adicionales sobre determinados aspectos de la misma. El plazo de respuesta está fijado el 18 de septiembre de 2026.

Por otra parte, quisiera informarle de que, el día 29 de abril de 2026, la Comisión decidió enviar sendos dictámenes motivados a España en el marco de estos procedimientos de infracción.  La Comisión ha facilitado información sobre esta fase del procedimiento en su sitio web dedicado a las reclamaciones múltiples. Nos pondremos de nuevo en contacto con usted en cuanto estemos en condiciones de actualizarle sobre el progreso de la investigación.'

[...] 

Fuente y texto completo: respuesta de 03/08/2026 , recibida en APISCAM, de Teresa Anjinho Defensora del Pueblo Europeo a los participantes de las reclamaciones nºs 625/2025/EIS, 678/2025/EIS, 1045/2025/EIS, 1078/2025/EIS, 1116/2025/EIS, 1201/2025/EIS, 1211/2025/EIS, 1222/2025/EIS, 1226/2025/EIS, 1227/2025/EIS y 1228/2025/EIS 

 Enlaces en el texto nuestro

NOTA DEL EDITOR: 

Recordemos que la Comisión Europea mantiene esto dos procedimientos de infracción desde hace años en relación al personal empelado público temporal o "interino":

  1. el procedimiento de infracción 2014/4224 [INFR(2014)4224] en cuanto a discriminación con los fijos incumpliento la cláusula 4ª de la Directiva Europea de empleo temporal [1999/70/CE], que es procedimiento "en el que la Comisión Europea  decidió  en verano de 2024 enviar una 2ª carta de emplazamiento adicional", y del que hoy ha decidido el paso a Dictamen motivad

  2. y este procedimiento de infracción 2014/4334 [INFR(2014)4334] , del que del que hoy también ha decidido el paso a Dictamen Motivado,  sobre el incumplimiento de la cláusula 5ª  de la misma directiva por el abuso de temporalidad , y que se extendió al empleo público en general tras la denuncia múltiple de empleados públicos españoles , también abierta, como CHAP(2013)01917 y la sentenciafel TJUE de 19/03/2020 " Sánchez Ruiz", y por el que el Gobierno aprobó   la Ley 20/2021, con medidas a futuro como con unos procesos de estabilización, que las recientes sentencias europeas han dictaminado que no valen como sanción al abuso de temporalidad ya cometido por las AAPP de forma masiva. El Gobierno tiene  de plazo,  en principio, dos meses para aprobar una medida correctora del incumplimiento

 Recordemos también que una investigación anterior de 2022-2023 del anterior Defensora del Pueblo de la UE por este tema acabó  en Abril de 2023 archivada  afirmando entonces que  no apreciaba "mala administración en este asunto" en cuanto a la forma en que la Comisión Europea estaba tratando (por aquel entonces) las denuncias sobre abuso de temporalidad pública española dado que la Comisión seguía teniendo  abierta un denuncia múltipe CHAP(2013)01917 con un procedimiento de infracción vinculado - el INFR(2014)4334 , de los que había  "informado  meses antes que estaba evaluando la nueva normativa española.

Según la  página de seguimiento común , los  casos fueron abiertos el 26/06/2025 por la Defensora Europea del Pueblo , y  todos los casos siguen en el mismo estado que cuando se abrió : Investigación en curso".

 

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30 comentarios:

Anónimo dijo...

Y la sala de lo contencioso para cuando va a dignarse en pronunciarse cuando desde Mayo ya tenemos doctrina de la sala de lo social.

Es vergonzosa semejante indefensión. Por lo menos que sepamos a que atenernos, que ya no solo es obligarte ir a tribunales, sino ir a ciegas.

Anónimo dijo...

Ya lo hizo:
"La Sala de lo Contencioso del Supremo no va a modificar su doctrina por la sentencia del TJUE del asunto Obadal"
https://apiscam.blogspot.com/2026/05/pensareltrabajo-la-sala-de-lo.html

Yo también estudio alemán dijo...

Por lo contencioso tenemos por el momento 0 amparo, si bien la de lo social es la que parece que algo se digna a dictar. Ayer Arauz decía que hay que denunciar denunciar y denunciar. Vale, pero como dicen en un comentario anterior "ir a ciegas" ... Pues menudo percal. Antes se hablaba de fijeza si o si, ya estamos por fijeza o indemnización... A mí esto ya me parece un poco para desconfiar, la verdad. Parece que ya se contempla una cosa u otra, cuando antes el discurso era de fijeza si o si. Será que le ven las orejas al lobo??

Anónimo dijo...

Si claro, como estarías entre los agraciados del nuevo esperpento del TS. Pillín !!

Anónimo dijo...

¿Puedes indicarnos donde ha hecho esas declaraciones? A mí no me ha llegado ninguna nueva.

Anónimo dijo...

Como siga la cosa bajando, terminaremos en la calle y condenados a pagarles al TS indemnizaciones!
La cosa va de mojón en mojón 😆💩

Anónimo dijo...

Hace un tiempo la sanción era la fijeza. Ahora la indemnización la dan por buena. Típico de los abogados. Siempre tienen la razón. Ellos nunca pierden. Por lo menos no os vais sin nada... Hace años las sentencias del TJUE obligaban a los poderes del estado. Ahora ya se admite que el TS puede reinterpretar las sentencias. O sea el derecho de la Unión se cumple como quiera el supremo. Los abogados se están resignando porque están deseando terminar con este asunto

Anónimo dijo...

https://diariosabemos.com/analisis/interinos-europa-dicta-sentencia-espana-pide-otra-prorroga_518171_102.html

Anónimo dijo...

Lo que si podemos hacer es chillar alto y claro a cualquier autoridad española que lo procurado por todos ell@s, putos hipócritas, y nos vendieron, un estado de derecho pleno avanzado y europeo, para la mayoría de españoles NO es cierto.

Anónimo dijo...

Yo lo que quiero es ver una sentencia a un recurso con fecha posterior a las sentencias de la sala de lo social que reconocen la fijeza con un examen aprobado. Digo yo que en 3 meses han tenido tiempo de dictar alguna.

Anónimo dijo...

Una regularización de interinos, que menos, pues ni eso

Anónimo dijo...

López, a ver si tienes misericordia ,acuérdate de ese. Millón de personas

Anónimo dijo...

Pues si los abogados defienden las indemnizaciones, es que poco se puede hacer ya.

Anónimo dijo...

Mira las de https://apiscam.blogspot.com/2026/07/la-sala-de-lo-social-del-tribunal_0828110999.html

Anónimo dijo...

Ese no tiene ni alma, es el hombre hueco!

Anónimo dijo...

Depende de lo que se legisle en el parlamento entre los grupos políticos.

Anónimo dijo...

Me resisto a creer que no hay esperanza

Anónimo dijo...

Y encima dándote la Ley la razón, Sanchez regulariza a los interinos que son trabajadores y estos también tienen derecho a comer

Anónimo dijo...

Sánchez y López, para el primero no existimos y para el segundo cuanto antes desaparezcamos mejor. Que indefensión absoluta, y que desidia por parte de Europa.

Yo también estudio alemán dijo...

11:53, hizo esas declaraciones en su perfil de Instagram. Yo lo sigo y lo pude ver.

Anónimo dijo...

Gracias.
A mí me ha llegado esto
https://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2026/05/29/abogado-javier-arauz-murcia-historica-130749407.html

Anónimo dijo...

Seguid creyendo a Arauz, que vais a tener indemnización si, y media indemnización que se llevará él por los honorarios cuando inicialmente prometía fijeza para sus clientes. Como cambia la cosa en cuestión de meses.

Anónimo dijo...

Indemnización y seguir pleiteando? Yo quiero y me merezco fijeza porque a alguien que no tenía ni un día de antiguedad en el puesto le dieron mi plaza por concurso de méritos cuando yo fui la que durante muchos años hice un gran esfuerzo y saqué temas muy importantes para la administración adelante. No pienso darle ni un duro más a nadie. La Comisión tiene que actuar de una vez. Estamos cansadAs, nos estamos haciendo mayores y nos han dejado marginadAs en esta sociedad. YA VALE!

Anónimo dijo...

Todo una auténtica vergüenza consentida por todos los que podían haberlo solucionado de manera justa y, sin embargo, no han hecho nada. A cuántos funcionarios interinos habéis dejado en la calle con décadas de trabajo y sin sanción por el abuso reconocido en sentencias?? Jueces justos?? Jaja.

Anónimo dijo...

Recuérdalo en las elecciones, al menos que tengamos voz el millón de abusados/as.

Anónimo dijo...

Sigo pensando que a los sindicatos son los que debemos llevar al banquillo, nos han machacado a su antojo.

Anónimo dijo...

El trabajo que hicieras hace años no le interesa a nadie, ni las condiciones de absoluta precariedad ni la gravedad de los abusos sufridos. Sólo se está juzgando algo objetivo, el abuso en la temporalidad, lo demás poco importa ya.

Anónimo dijo...

Que manera de ver una sola parte. Insisto, elevad un poco el foco para ver la situación!!
Los sindicatos p'lante por actuación fraudulenta y desleal, incumplimiento de su función fundacional constitucional delito contra los trabajadores y organización mafiosa. Los jueces p'lante por prevaricación, continuada, vulneración de sus funciones constitucionales y legales, obstrucción a la justicia y corporativismo, ingresos en negro como preparadores, incompatibilidad y tráfico de influencias. Los políticos (presidentes, cargos de hacienda y economía, función pública, trabajo y justicia) p'lante por prevaricación, obstrucción a la justicia y desacato, fraude de ley e incumplimiento de sus funciones constitucionales.
Peeeeeero estoy es un psudopais azul o rojo llamado Eppppppsñiia que con una estrellita en la camiseta, o si llueve, o si se incendia algo, o si entran moros, o si la Ayuso hace otra mamarrachada, o la chuminada que sea embelesa a la sociedad mientras le roba y engaña.

Anónimo dijo...

19:48 la teoría nos la sabemos todos ya, y por eso mismo sabemos que en España eso y mucho más está permitido. Aquí nadie va a perder, solo los abusados que reclamen judicialmente, tiempo, dinero y salud mental.

Anónimo dijo...

Eso díselo a los que ya han estabilizado por un concurso de méritos, sin oposición aprobada, con más de una plaza por ser administraciones distintas,....eso si se pudo hacer, ahora ya....