SÉPTIMA MEDIDA: REORIENTACION DE LA POLÍTICA DE EMPLEO PÚBLICO.
Es evidente que los importantes cambios que se originarán al aplicarse algunas de las medidas anteriormente establecidas van a requerir establecer unos nuevos parámetros en la planificación de las necesidades de empleo publico para los próximos años. Por tal motivo es obligado asumir que para el personal funcionario y laboral de administración y servicios que se encuentran dentro del ámbito subjetivo de los textos convencionales respectivos se tendrán que suspender las convocatorias de procesos selectivos de Cuerpos de Funcionarios o Categorías del personal laboral que estuvieran contempladas por la ejecución de las OEP de los años 2005 y 2007, a excepción de aquellos procesos selectivos para el ingreso en Cuerpos, Escalas o Categorías profesionales cuyas plazas se hallen adscritas de forma inequívoca a la prestación de actividades ligadas a los sectores prioritarios que se establezcan para el personal funcionario y laboral de administración y servicios, en cuyo caso las convocatorias correspondientes serán objeto de desarrollo a lo largo de los ejercicios 2009 y 2010.
Con el mismo fundamento y mientras no se finalicen los procesos de funcionarización, consolidación, promoción y movilidad orgánica y funcional no se volverá a vincular ninguna plaza que no se encuentre dentro de los sectores prioritarios que se establezcan para el personal funcionario y laboral de administración y servicios a las futuras Ofertas de Empleo que se pudieran aprobar hasta el año 2011.
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Fuente: FSP de UGT de Madrid