martes, 22 de septiembre de 2026

[SINDI-K] 'SINDI-K convoca huelga estatal docente los días 24 y 25 de septiembre. Concentración el jueves 24 de septiembre de 2026, de 10:00 a 13:00 horas, frente a la sede de la Comisión Europea en Madrid.'

'El sindicato ha recibido el justificante del Registro Electrónico General que acredita la presentación en plazo de la convocatoria ante la Dirección General de Trabajo, comunicada también al Ministerio de Educación y a las diecisiete Consejerías. La huelga, de dos jornadas completas y para todo el personal docente de la enseñanza pública no universitaria, se convoca por la fijeza del profesorado en abuso de temporalidad y contra la falta de control en la gestión del empleo docente y de las cuentas de los centros. Bajo el lema «Ni un curso más en precario. Ni un euro más sin control», SINDI-K llama a docentes de todo el Estado a concentrarse el jueves 24 de septiembre, de 10:00 a 13:00 horas, ante la sede de la Comisión Europea en Madrid (Paseo de la Castellana, 46), garante del Derecho de la Unión que España sigue sin aplicar.

El Sindicato Independiente Nacional de Desarrollo e Innovación (SINDI-K) confirma que la convocatoria de huelga estatal del personal docente de los centros públicos de enseñanza no universitaria para los días jueves 24 y viernes 25 de septiembre de 2026 ha quedado formalmente registrada. La comunicación se presentó el pasado 13 de septiembre a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, con el número de asiento REGAGE26e00080135751 y con destino a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, dentro del plazo de diez días naturales que exige el Real Decreto-ley 17/1977 para las huelgas que afectan a servicios públicos. El mismo escrito, acompañado de la tabla reivindicativa, la designación del comité de huelga y la certificación del acuerdo del Secretariado Permanente, ha sido dirigido al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y a las Consejerías de Educación y autoridades laborales de las diecisiete Comunidades Autónomas, así como a las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla.

[Gob. Cantabria] 'Pascual: "La Ley de Salud Digital de Cantabria no teme a la tecnología, la pone a prueba y la somete a derechos, algo que nadie, hasta ahora, se había atrevido a hacer en España" . El consejero de Salud explica en el XXXI Congreso Nacional de Derecho Sanitario los pormenores de una Ley "pionera, auditable, trazable y abierta" que regula, entre otros, la inteligencia artificial médica y protege los neuroderechos'

' "La Ley de Salud Digital de Cantabria, de la que nos sentimos tremendamente orgullosos, no teme a la tecnología, la pone a prueba y la somete a derechos, algo que nadie, hasta ahora, se había atrevido a hacer en España".

El consejero de Salud, César Pascual, ha presentado así el anteproyecto de Ley de Salud Digital de Cantabria en el XXXI Congreso Nacional de Derecho Sanitario, en el marco de la mesa redonda, organizada por la Fundación IDIS, sobre el 'Espacio de Satos de Salud y Sanidad Privada'.

Se trata, ha reiterado el consejero cántabro, de una ley "pionera, innovadora y flexible" que, entre otros, "reconoce de nuestros datos son nuestros y que solo se usan si uno mismo lo decide", una cobertura de derechos que ofrece "amplias" garantía para relación asistencial digital, ya que contempla derechos de acceso, rectificación o limitación en el uso primario de datos sanitarios.

[Comisión Europea] 'La Comisión mejora la eficiencia energética y la sostenibilidad de los centros de datos en la UE'

 'La Comisión Europea ha propuesto hoy un sistema común de calificación para los centros de datos destinado a aumentar la transparencia sobre su uso de la energía y apoyar su integración sostenible en el sistema energético europeo.

Los centros de datos son esenciales para el futuro digital de Europa. El aumento de la capacidad informática en Europa es importante para reforzar la independencia tecnológica y la soberanía digital de Europa. Esta es la razón por la que la UE quiere triplicar su capacidad de centros de datos en los próximos cinco a siete años. Sin embargo, este crecimiento trae desafíos que deben abordarse. Además de utilizar más energía, un aumento de los centros de datos podría ejercer una presión adicional sobre las redes eléctricas y el uso de recursos naturales, como el agua, y contribuir a aumentar las emisiones de carbono. Para limitar estos impactos, es esencial que los centros de datos sean altamente eficientes desde el punto de vista energético y hídrico y estén integrados de forma sostenible en el sistema energético.

[Gob. Estado/Min. de Sanidad] 'Sanidad prepara un Real Decreto para evitar el maquillaje de las listas de espera y garantizar su transparencia y trazabilidad. El proyecto de Real Decreto establece que los pacientes entrarán en lista de espera desde la indicación médica y que los datos se desagregarán por prioridad clínica y gravedad'

 'El Ministerio de Sanidad trabaja en un nuevo Real Decreto para mejorar la información y la transparencia sobre las listas de espera del Sistema Nacional de Salud (SNS) y establecer criterios comunes que permitan conocer con mayor precisión cuánto esperan los pacientes desde el inicio del proceso hasta recibir atención sanitaria.

El sistema vigente, regulado por el Real Decreto 605/2003, requiere una actualización para adaptarse a los cambios experimentados desde entonces por el Sistema Nacional de Salud, tanto en la organización de la asistencia sanitaria y la incorporación de nuevas herramientas digitales como en las necesidades de información de los pacientes. La nueva norma permitirá modernizar los criterios utilizados para medir las listas de espera y disponer de datos más completos, homogéneos y comparables en el conjunto del SNS.

lunes, 21 de septiembre de 2026

APISCAM apoya la concentración estatal ante la Sede de la Comisión Europea en Madrid este jueves 24 de Septiembre de empleados públicos temporales el 24 de Septiembre ante la sede de la Comisión Europea para exigir medida de sanción al abuso de temporalidad pública válida según las sentencias europeas y viable: la fijeza

Esta Asociación de Profesionales de informática de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, apoya la  concentración estatal ante el Congreso  convocada por la  Plataforma Afectados Función Pública de Madrid con el apoyo de numerosas organizaciones de la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal y otras en torno a la  Coalición Líneas Rojas Innegociables",, para este jueves 24 de Septiembre de 11:00 a 15:00 con el doble objetivo de 

  •  exigir una respuesta contundente la Comisión Europea de las solicitudes  registradas el pasado 6 de julio, suscrito por más de 50 de las organizaciones  , que integran la Coalición Líneas Rojas Innegociables", en las que se solicitaba:

    • que no se conceda la prórroga de 9 meses solicitada por el Gobierno español en el procedimiento de infracción INFR(2014)4334 de la Comisión Europea contra España , por el que el pasado 29 de Abril  emitió Dictamen Motivado concluyendo que en España seguían sin existir medidas de sanción válidas, amenazando con llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE
    • la remisión sin más demora del citado procedimiento INFR(2014)4334 al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con el objetivo de la declaración oficial del incumplimiento de España de la obligación de la directiva europea de sanciones válidas al abuso de temporalidad en el empleo público y la correspondiente imposición de multas
    • el mantenimiento de la suspensión de 626,6 millones de euros de fondos europeos asociada al compromiso del hito 144 del Plan de Recuperación ,que fueron  suspendidos  el 07/07/2025 por la Comisión Europea, al concluir entonces tras las sentencias del TJUE de 2024 que con la ley 20/2021 no se cumplía el compromiso por falta de medidas válidas para evitar y sancionar el abuso de temporalidad de empleados públicos, exigiendo a España una ley correctora , acorde a las sentencias del TJUE, para poder recibirlos
    • y la celebración de una reunión con la Comisión.

  • exigir al  Gobierno del Estado, las CCAA  y la FEMP, ante su reunión convocada para la tarde del  mismo 24 de Septiembre y todo el día 25, que consensúen una nueva normativa de sanción, válida  según lo establedido por elTribunal de Justicia de la UE, viable económicamente  - con lo que no puede ser otra que la estabilidad o "fijeza"- y que incluya al enorme volumen de personal en abuso de temporalidad y al ya ya cesado.

 


[SEIS] Abierto el plazo hasta el 15 de Octubre para presetnación de trabajo en la XXIV Reunión de Salud Conectada y Medicina Digital de la SEIS de 25 y 26 de noviembre de 2026

'Ya está abierto el plazo para la presentación de trabajos en la XXIV Reunión de Salud Conectada y Medicina Digital, organizada por la Sociedad Española de Informática de la Salud (SEIS).

La reunión se celebrará los próximos 25 y 26 de noviembre de 2026 en Madrid, reuniendo a profesionales y expertos para compartir experiencias, proyectos e iniciativas en torno a la salud conectada y la medicina digital.
 
¿Tienes un proyecto, experiencia o iniciativa que quieras compartir?
 
Presenta tu póster y participa activamente en esta nueva edición.
 
Plazo de presentación de trabajos: hasta el 15 de octubre de 2026, incluido.
 

Recordatorio. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo declara nula, por no contabilizar plazas que ha quedado demostrado cumplían los requisitos, la OPE de estabilización por concurso de méritos en la AGE según el art. 217 del RDL 5/2023, "escoba" de la D.A. 8ª de la Ley 20/2021, en cuanto a plazas de la Administración de Justicia en la CCAA de Andalucía. Afirma que el artículo 217 del RDL 5/2023 era un mandato obligatorio para todas las AAPP y que la D.A.8ª de la ley 20/201 obligaba a las AAPP a incluir en el concurso de méritos de estabilización TODAS las plazas estructurales ocupadas a 31/12/2021 por temporales en la AAPP desde antes de 2016 (sin más)

 [Recordatorio de entrada publicada en en este blog el 22/0772026] Acaba de publicarse en el CENDOJ  el texto íntegro de la  sentencia de la Sala de lo Contenciso del Tribnal Supremo de 02/07/2026, publicitada en el BOE de este 20/07/2026, por la que se estima en parte el el recurso contencioso-administrativo nº 174/2024, del sindicato  Interinos de Justicia en Acción y dos particulares recurrentes, contra el Real Decreto 1227/2023, de 27 de diciembre, publicado en el BOE de este 28/12/2023, por el que se aprobó  la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional de estabilización en la Administración General del Estado prevista en el artículo 217 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio- , el Real Decreto_ley  publicado el 29/06/2023,ratificado posteriormente  por el Congreso, que contenía el "mandato"  para que las AAPP cumplieran la Disposición Adicional 8ª de la Ley 20/2021 y se hiciera un proceso "escoba" de concurso de méritos en número de plazas igual al de todas las plazas de personal a 30/12/2021 temporal desde antes de 2016 que no hubiera "superado" un proceso de estabilización convocado, distinto del concurso de méritos excepcional de la ley 20/2021. 

La Disposición adicional  8ª de la Ley 20/2021  , llamada "Identificación de las plazas , estipulaba, a nuestro juicio, la obligación para todas las AaPP de  incluir en las convocatorias de estabilización por el sistema excepcional de concursos de méritos TODAS las plazas vacantes que estuvieran ocupadas  por temporales que hubieran sido temporales (en la actual vacante o en otro puesto) en la misma Administración Pública desde antes de 01/01/2016,  sin indicar la disposición  a diferencia de la D.A. 6ª, que le fue ra de aplicación la restricción del artículo 2.1. de la ley, , es decir, que no fueran plazas ya convocadas y no resueltas por una OPE de estabilización de las leyes anteriores. 

El texto literal de esta D.A. 8ª de la ley 20/2021,que entró en vigor el 31/12/2021, era: "Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.".  La inmensa mayor parte de las AAPP interpretaron que no debían contabilizar plazas para el concurso de méritos por la D.A.8ª si estaban ya convocadas en otros procesos, aunque fueran de un temporal de antes de 2016, y que el artículo 217 del rDL 5/2023 no contenía ninguna obligación sino una habilitación , que era opcional utilizar o no, para ampliar los concursos de méritos.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo aborda este martes 22, para dictar sentencia, más recursos de casación sobre la cuestion, ya resuelta negativamente, de si corresponde la indemnización de la Ley 20/2021 a cesados después de la ley por la resolución de procesos de estabilización derivados de leyes anteriores y convocados antes de la ley 20/2021.

Según la Agenda de señalamientos TS del 21 al 25 de septiembre de 2026a, la sección 4ª de la Sala de lo Contencioso deliberará este martes 22/09/2026 para dictar sentencia dos nuevos recurso de casación nuevamente  con la cuestión para la unificación de doctrina de si corresponde o no la indemnización del artículo 2.6 de la ley 20/2021 al funcionario interino cesado después de la ley 20/2021 por un proceso de "estabilización" derivado de las leyes anteriores de 2017 (o del "primer proceso de estabilización") y 2018 ( o  del "segundo proceso de estabilización") que estuviera convocado y no resuelto cuando se publicó la ley 20/2021.

Esta cuestión ya había sido resuelta por la importante sentencia de 01/07/2025 al recurso de casación nº 5709/2023 por un asunto idéntico del Ayuntamiento de Benidorm, reiterada en otro asunto (rec,  2731/2024), por el caso de uno de los funcionarios del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado en el Servicio Público de Empleo Estatal de los ceses masivos sin indemnización que tuvieron lugar en 2023 : para esta sala del Supremo,  no corresponde la indemnización de la ley 20/2021 al funcionario interino cesado después de la ley 20/2021 por un proceso de "estabilización" derivado de las leyes anteriores de 2017 y 2018 que estuviera convocado y no resuelto cuando se publicó la ley 20/2021 , y  esa indemnización está exclusivamente destinada para el personal que sea cesado por un proceso de estabilización convocado al amparo de la ley 20/2021.  Tampoco corresponde la indemnización al cese del artículo 1 que pudiera pensarse en conceder "por analogía": esa indemnización está exclusivamente reservada para el cese de personal temporal de último nombramiento después de la ley y esta Sala del Supremo no realiza "analogías".

[Gob. Estado/] Acto este lunes 21/09/2026 de presentacion de 'IA360: Plan para un despliegue responsable de la IA'

"Pedro Sánchez , Presidente del Gobierno. 21 de Septiembre. 09.30 Clausura el acto 'IA360: Plan para un despliegue responsable de la IA', en el Complejo de la Moncloa.

Asisten el vicepresidente primero y ministro de Economía, Comercio y Empresa, que inaugura el acto; la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social; la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, y el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública."

domingo, 20 de septiembre de 2026

Entradas más vistas de la semana 14/09/2026-20/09/2026 en este blog: Convocatoria de la Comisión de Coordinación del Empleo Público el 24 de Septiembre a las 20h y todo el día 25 de Septiembre, RDL de lobbies derogado con el voto en contra de Junts, ...

 Además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras" (feed), canal de "Informática sanitaria" (feed), entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia y sobre jurisprudencia pendiente , transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:

viernes, 18 de septiembre de 2026

El Pleno del Tribunal Constitucional estudia este martes 22 de Septiembre la admisión a trámite de tres cuestiones de inconstitucionalidad más sobre las disposiciones de concursos de méritos excepcionales de estabilización de la ley 20/2021, por la misma sección del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que vio admitido recientemente su segundo intento

Según su orden del día  el Pleno del Tribunal Constitucional del este martes 22 de Septiembre de 2026  estudiará si admite a trámite más cuestiones de Inconstitucionalidad de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha  (CI 5551-2026, CI. 5552-2026, CI. 5959-2026) sobre  las  disposiciones adicionales 6ª y 8ªde la ley 20/2021 ,  las de los procesos excepcionales de estabilización por concurso-de méritos, por "posible vulneración de los artículos 23.2 y 149.1.18 CE."

Decimos "más" porque esa misma sección de jueces de un TSJ regional ya planteó hace más dos años una primera cuestión de inconstitucionalidad sobre las mismas disposiciones, la  CI. 2796-2024,  preguntando en concreto si esos concursos de méritos podrían resultar contrarios al derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad (art. 23.2  de la Constitución)  en la medida en que se estipulaba en la ley que había de valorarse principalmente la experiencia en el cuerpo o escala de que se trate, algo que, a juicio de la sección de jueces que preguntaba, podía resultar excesivo tratándose de un proceso selectivo sólo con fase de méritos.En la sentencia de aquella Cuestión de Inconstitucionalidad, sentencia 27/2005 de 29/01/2025, , el Tribunal Constitucional decidió no admitir la cuestión, sin entrar en el fondo, por una razón de procedimiento, que para dirimirla tuvo que entrar en otra cuestión por la que no le preguntaban: el àmbito de la D.A. 8 de la ley 20/2021, que el Constitucional  afirmó que para el cómputo de plazas a concurso de méritos de dicha D.A.8ª de la ley no se exigían los requisitos del art. 2.1 de la Ley y en particular el número de plazas que siguieran convocadas en procesos de estabilización anteriores que estuvieran ocupadas por temporales desde antes de 2016 cuando la convocatoria del concurso de méritos de la Ley 20/2021, también se tenían que adicionar al número de plazas del concurso de méritos por esa DA 8.

jueves, 17 de septiembre de 2026

Recordatorio. Actualizado el Boletín Estadístico del Personal al servicio de las Administraciones Públicas por Función Pública con datos a enero de 2026. I - Datos globales: sigue habiendo más de un 30% de temporalidad en el empleo público, muy lejos del 8% exigido por la UE; con 937 mil empleados públicos temporales entre todas las AAPP , pese a los procesos de "estabilización" de plazas. 3/4 de los temporales están en la AAPP de las CCAA. Más del 42% de temporalidad en las instituciones sanitarias públicas

Recordatorio de entrada publicada el 24/07/2026 en este blog]

Función Pública del Estado acaba de publicar  una nueva edición de su  Estadística del Personal al servicio de las Administraciones Públicas (ahora EPSAP, antes BEPSAP) con datos actualizados a Enero de 2026, la séptima edición elaborada  ya por el Registro Central de Personal [RCP] y que recopila los datos de los efectivos al servicio de la Administración Pública Estatal, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, la Administración Local y las Universidades (pero no incluye el sector público empresarial ajeno al propio Estado). La actualización anterior fue en Enero de 2026 con los datos a Julio de 2025.

Recordemos que el RCP era una exigencia de la Comisión Europea por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y que desde la edición  con datos de Enero de 2023 se incluyen por fin en el BEPSAP los nombramientos y contratos temporales de menos de 6 meses (muchas veces encadenados en la misma persona durante años y años) así como los de formación , de tal forma, que el boletín estadístico aumentó entonces pasando a incluir 300 mil empleados públicos temporales y de formación que antes no se contabilizaban .

Pleno de la Asamblea de Madrid este jueves 17/09 con preguntas sobre riesgos de la IA y sobre capacitación digital y la posible tramitación en lectura única de la Proposición de Ley de "transparencia de la huella legislativa y trazabilidad normativa"

Este jueves 17/09/2026 hay Pleno de la Asamblea de Madrid y contará en su orden del día , entre otros puntos, con_

  • La pregunta (nº 2966/26) al Gobierno de la Comunidad de Madrid presentada por el Grupo Popular sobre "¿Cómo valora el Gobierno de la Comunidad de Madrid el impacto que
    tendrá sobre la región el Real Decreto del Gobierno central que regula los criterios
    de eficiencia y sostenibilidad de los centros de datos?"
  • La pregunta (nº 2967/26) al Gobierno de la Comunidad de Madrid presentada por el Grupo Popular sobre "¿Qué medidas está impulsando el Gobierno regional para mejorar las
    condiciones de los profesionales sanitarios de la Comunidad de Madrid?"
  • La pregunta (nº 2935/26) al Gobierno de la Comunidad de Madrid presentada por el Grupo Socialista sobre "medidas que van a impulsar destinadas a reducir las listas de espera para
    realizarse una mamografía en la sanidad pública madrileña"

[Gob. C. de Madrid/Consejería de Digitalización] Acuerdo de propuesta de adjudicación por Madrid Digital a KYNDRYL del concurso “Servicio integral para el Centro de Control de Infraestructuras Críticas de Madrid Digital (CCIC)” por 8,5 millones de euros

'Informe por el que se da cuenta de la propuesta de adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, por la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid del contrato denominado “Servicio integral para el Centro de Control de Infraestructuras Críticas de Madrid Digital (CCIC)”, a favor de la empresa KYNDRYL ESPAÑA S.A.U. por un importe de 8.519.900,40 euros (IVA Incluido) y un plazo de ejecución de 36 meses.'

[CCOO Sanidad Madrid] 'CCOO denuncia que las listas de espera en la Comunidad de Madrid llevan años arrastrando problemas de transparencia y de cómputo El sindicato recuerda que ya en 2005 el Ministerio de Sanidad apartó a Madrid del sistema nacional de listas de espera por las diferencias en sus criterios de contabilización y reclama transparencia y más recursos para la sanidad pública'

 'La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Madrid recuerda que la polémica actual sobre las listas de espera sanitarias no es nueva y que el sindicato lleva años denunciando los problemas existentes en su contabilización y la falta de transparencia por parte de la Comunidad de Madrid.

CCOO señala que la espera no empieza a contabilizarse desde que el médico de familia deriva al especialista, sino una vez finalizado el proceso preoperatorio. Esto puede suponer que transcurran meses entre la primera indicación médica y la incorporación efectiva a la lista de espera.