Por
decisión de la asamblea del colectivo de informáticos de la semana pasada, esta Asociación de Profesionales de Informática [de la
Consejería]de Sanidad de la Comunidad de Madrid , APISCAM, apoya la concentración que tendrá lugar este Jueves 17 de Mayo a las 18h ante la Asamblea de Madrid convocada por la Plataforma de Personal Temporal de las AAPP en la Comunidad de Madrid, para
denunciar la situación de abuso de temporalidad de decenas de miles de
empleados públicos en la Comunidad de Madrid, "en fraude de ley" en los
casos de duraciones superiores a más de 3 años - el caso de la inmensa
mayoría del personal informático del SERMAS- y para exigir como
solución excepcional para la estabilidad del personal temporal de larga
duración la contemplada por el Estatuto Básico del Empleado Público, en
sus artículos 61.6 y 61.7 del concurso de méritos, así como OPEs
regulares ya con los nuevos puestos.
Precisamente un primer
proceso de consolidación para el personal informático del SERMAS, ha
sido una de las reivindicaciones históricas de este colectivo, junto con
la inclusión previa de todo este personal en plantilla de categorías
propias del SERMAS (las categorías estatutarias de informática, sólo
parcialmente resuelta a día de hoy al seguir exlcuyendo a una parte de
personal en categorías de la función administrativa, pese a los compromisos
del Gobierno de la Comunidad sobre personal informático y gobierno
propio de las TI del SERMAS que siguen pendientes. Blog de APISCAM
ATAJOS:"Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria"(feed). Entradas sobre sentencias, sobre jurisprudencia (Supremo y TJUE) y sobre jurisprudencia pendiente
miércoles, 16 de mayo de 2018
[Redacción Médica] El Estatuto Básico del Empleado Público contempla la vía del concurso de méritos para pasar a fijo sin examen, y clave para las demandas de los empleados públicos en abuso de temporalidad
Informa Redacción Médica este 14/01/2018 -tras la importante noticia de que el Tribunal de Justicia Europeo tendrá que decidir,
por el caso de un informático del SERMAS, si con la normativa de
rango superior de la Unión Europea sobre empleo temporal se puede sentenciar la condición de fijo al personal [estatutario] de la Sanidad pública en situación de abuso de temporalidad- que la propia ley española del Estatuto Básico del Empleado Público contempla en sus artículos 61.6 y 61.7 una posibilidad de carácter excepcional para alcanzar la realizar la condición de empleado público fijo sin examen, la de convocar tras una ley sistemas selectivos con únicamente fase de valoración de méritos., opinando que este hecho podría ser clave en la cuestión que valorar á el Tribunal de Justicia Europeo
XV Jornadas de la asociacion de informátcos del SACYL (AIISCYL) el 25 y 26 mayo sobre "Internet de las Cosas Médicas"
Los próximos 25 y 26 de Mayo tendrán lugar en Soria las XY Jornadas de la Asociación de Informáticos de Instituciones Sanitarias de Castilla y León
(AIISCYL), y contarán como programa
con una primera joranada dedicada al tema "Internet de las Cosas
Médicas" y una segunda ya tradicional con las exposiciones de trabajos y
proyectos por parte del propio personal informático así como su
Asamblea de socios anual,[CGT C. de Madrid] CGT Apoya las reivindicaciones de los interinos para defender sus puestos de trabajo. Concentración 17 de Mayo convocada por la Plataforma de Personal Temporal en las AAPP
' Tras el compromiso que CGT
adquirió en la asamblea celebrada en Alenza, el 24 de abril de 2018 de informar
y apoyar todas las reivindicaciones de los interinos para defender sus puestos
de trabajo, os informamos de que la “Plataforma
de Personal Temporal de las Administraciones Públicas” ha convocado a todos
los empleados públicos temporales a una concentración frente a la Asamblea de
Madrid el día 17 de mayo de 2018 a las 18:00hrs.'
[MATS] 'Apoyemos al personal interino y temporal: “Si Ganan, Ganamos Tod@s' [Concentracion #LosQueEstánSeQuedan #17Mayo 18h ante #AsambleaCM]
'Desde hace unos meses se vienen movilizando trabajadoras y
trabajadores de las administraciones públicas. El motivo es denunciar
que en este país alrededor de 700.000 empleados públicos se encuentran
en una situación de fraude de ley según sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Durante años y años, muchos empleados públicos fueron encadenando contratos temporales, por culpa de unas administraciones que incumplieron la ley con el único objetivo de precarizar las condiciones laborales y disminuir los gastos sociales. No había ningún motivo para que todas las plazas estructurales –de más de tres años- fuesen saliendo a concurso oposición para convertirse en plazas fijas.
Tras la llamada de atención de la UE, el gobierno no tuvo más remedio que inventarse un plan de “estabilización” de empleo público sacando miles de plazas a concurso oposición. Dicho plan fue acordado con los sindicatos CCOO, UGT y CSIF el 29 de marzo de 2017. Pero el plan es un caramelo envenenado para decenas de miles de empleados públicos que, en caso de no aprobar un examen, se encontrarán de patitas en la calle tras diez, quince o veinte años de sufrir la precariedad laboral.
Durante años y años, muchos empleados públicos fueron encadenando contratos temporales, por culpa de unas administraciones que incumplieron la ley con el único objetivo de precarizar las condiciones laborales y disminuir los gastos sociales. No había ningún motivo para que todas las plazas estructurales –de más de tres años- fuesen saliendo a concurso oposición para convertirse en plazas fijas.
Tras la llamada de atención de la UE, el gobierno no tuvo más remedio que inventarse un plan de “estabilización” de empleo público sacando miles de plazas a concurso oposición. Dicho plan fue acordado con los sindicatos CCOO, UGT y CSIF el 29 de marzo de 2017. Pero el plan es un caramelo envenenado para decenas de miles de empleados públicos que, en caso de no aprobar un examen, se encontrarán de patitas en la calle tras diez, quince o veinte años de sufrir la precariedad laboral.
[SUSH/SAS] '17 de mayo concentración en la Asamblea de Madrid del personal temporal de la Administración.'
'Ante la convocatoria de la Plataforma de Personal Temporal de la Administración Pública de la Comunidad de Madrid, de una concentración en la Asamblea de Madrid, el jueves 17 de
mayo de 2018 a las 18:00h., pidiendo un concurso de méritos para la
consolidación de empleo del personal temporal de la Administración
Pública de la Comunidad de Madrid.
Creemos oportuno hacer público el presente comunicado.
En enero de 2017 las organizaciones
Sindicato de Sanidad de Madrid (CGT), Sindicato Asambleario de Sanidad
de Madrid (SAS), Asociación Sindical del SUMMA 112 (SUMMAT) y Sindicato
Único de Sanidad e Higiene de la CAM (SUSH), entregamos a todos los
grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid, e hicimos pública,
nuestra propuesta para acabar con la excesiva temporalidad en el Servicio Madrileño de Salud.
A fecha de hoy, y en base a los datos
ofrecidos en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, los
números de temporalidad en el SERMAS son aún más escandalosos que
entonces (ver cuadro siguiente), habiendo pasado del 35,52 al 38,34%.
Por ese motivo, compartimos la
indignación de los colectivos afectados, apoyamos las movilizaciones y
nos remitimos de nuevo a nuestra propuesta de enero de 2017 a la que
podéis acceder en el siguiente enlace:
http://www.sush.es/?q=node/453 'lunes, 14 de mayo de 2018
[Redacción Médica] La Justicia española pregunta al Tribunal de Justicia Europeo si declarar fijo por la normativa europea al estatuario temporal de Sanidad con más de 3 años de antigüedad en fraude de ley por el caso de un informático del SERMAS
Informaba Redacción Médica el 11/05/2018 de la importante noticia de la que nos hacíamos eco aquí días antes: el Tribunal de Justicia Europeo estudiará el abuso de temporalidad de la Comunidad de Madrid con su personal [estatutario] de la Sanidad pública [el personal
"estatutario" que se rige por una relación de empleo administrativa y
no laboral, como el funcionario, y por tanto se juzga por el orden de lo
Contencioso-Administrativo y no del Social] y dictaminará si puede adquirir la condición de fijo el
personal estatutario temporal (interino de vacante, eventual o de
sustitución) en situación de abuso de temporalidad o "fraude de ley" en
base a la Directiva 1999/70/CE sobre empleo temporal, norma de la Unión Europea por
encima de la legislación española, a consulta de un Juzgado
Contencioso-Administrativo tras la demanda de un
informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años
El medio se hace eco de las consecuencias de esta consulta, que en caso de ser favorable en sus cuestión sobre fijeza podría obligar a estabilizar a más de 100.000 empleados públicos de todos los servicios públicos de salud que se encuentren en situación de temporalidad desde hace más de 3 años, sin pasa por ningún proceso de oposición.
ACTUALIZACION: [Reflejo y comentarios a esta noticia en Menéame]
El medio se hace eco de las consecuencias de esta consulta, que en caso de ser favorable en sus cuestión sobre fijeza podría obligar a estabilizar a más de 100.000 empleados públicos de todos los servicios públicos de salud que se encuentren en situación de temporalidad desde hace más de 3 años, sin pasa por ningún proceso de oposición.
ACTUALIZACION: [Reflejo y comentarios a esta noticia en Menéame]
NOTA DEL EDITOR:
Por un lado, nótese que la noticia de Redacción Médica es una noticia a partir de una noticia nuestra sobre la consulta realizada hace unos meses por el Juzgado nº8 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, y ahora publicada su recepción por el Tribunal de Justicia Europea el Diario Oficial de la Unión Europea . Agradecemos a Redacción Médica la difusión de esta información. OJO lógicamente , y como es habitual, el medio de prensa utiliza una lenguaje periodístico no técnico y sin precisión jurídica con el fin de que sea comprensible. Para una completa precisión sobre el contexto, razonamientos y cuestiones vinculantes presentadas al tribunal europea, consultar el propio auto de la jueza o las cuestiones judiciales que tendrá que responder el Tribunal de Justicia Europeo.
Por un lado, nótese que la noticia de Redacción Médica es una noticia a partir de una noticia nuestra sobre la consulta realizada hace unos meses por el Juzgado nº8 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, y ahora publicada su recepción por el Tribunal de Justicia Europea el Diario Oficial de la Unión Europea . Agradecemos a Redacción Médica la difusión de esta información. OJO lógicamente , y como es habitual, el medio de prensa utiliza una lenguaje periodístico no técnico y sin precisión jurídica con el fin de que sea comprensible. Para una completa precisión sobre el contexto, razonamientos y cuestiones vinculantes presentadas al tribunal europea, consultar el propio auto de la jueza o las cuestiones judiciales que tendrá que responder el Tribunal de Justicia Europeo.
[PlatPersTempCAM] 'Comunicado: EN DEFENSA DE NUESTROS EMPLEOS PÚBLICOS: 17 de Mayo, concentración a las 18:00 horas frente a la Asamblea de Madrid'
'[Versión de este comunicado en PDF de 2 páginas y en imagen JPG ]
Los empleados públicos temporales de las administraciones públicas de la Comunidad de Madrid y de otras Comunidades Autónomas, salimos a la calle ante la amenaza de un ERE encubierto, que podría llevar al desempleo a una gran cantidad de trabajadoras y trabajadores. Se ha calculado una cifra de entre 700.000 y 900.000 afectados/as, miles de ellos en Madrid. Sin duda, el mayor ERE de la historia.
Según ha sentenciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en septiembre de 2016, la Administración española (Estatal, Autonómica y Local), viene realizando durante años contratos/nombramientos en FRAUDE DE LEY, abusando de la temporalidad y utilizando relaciones laborales de duración determinada, para cubrir necesidades de carácter permanente, incumpliendo lo establecido en las cláusulas 4 y 5 de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada.
El empleo temporal en las Administraciones Públicas, tal y como recoge el artículo 70 del E.B.E.P., debe tener un límite de 3 años y la legislación estatal debería incluir la sanción para el empleador y la compensación (indemnización) para el empleado en caso de incumplimiento, cosa que hasta ahora no sucede.
Los empleados públicos temporales de las administraciones públicas de la Comunidad de Madrid y de otras Comunidades Autónomas, salimos a la calle ante la amenaza de un ERE encubierto, que podría llevar al desempleo a una gran cantidad de trabajadoras y trabajadores. Se ha calculado una cifra de entre 700.000 y 900.000 afectados/as, miles de ellos en Madrid. Sin duda, el mayor ERE de la historia.
Según ha sentenciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en septiembre de 2016, la Administración española (Estatal, Autonómica y Local), viene realizando durante años contratos/nombramientos en FRAUDE DE LEY, abusando de la temporalidad y utilizando relaciones laborales de duración determinada, para cubrir necesidades de carácter permanente, incumpliendo lo establecido en las cláusulas 4 y 5 de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada.
El empleo temporal en las Administraciones Públicas, tal y como recoge el artículo 70 del E.B.E.P., debe tener un límite de 3 años y la legislación estatal debería incluir la sanción para el empleador y la compensación (indemnización) para el empleado en caso de incumplimiento, cosa que hasta ahora no sucede.
domingo, 13 de mayo de 2018
Entradas más vistas de la semana 07/05/2018-13/05/2018 en este blog: demanda de fijeza en Tribunal Europeo, movilizaciones plataforma de temporales 17M, ...
Por si te perdiste algunas entradas que podrían haber sido de tu interés
en el día a día por culpa del alto volumen de publicación de este blog,
además de recordarte que tienes a tu disposición los ATAJOS de "Entradas importantes", "Entradas nuestras"
(feed) y canal de "Informática sanitaria" (feed), transcribimos a continuación el estado actual del componente del blog Entradas + vistas en los últimos 7 días:
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En el día de ayer, 7/5/2018 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) ...
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid acaba de plantear [ ver auto judicial ] una importante y novedosa cuestión prej...
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'El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, a instancias de la delegada de FSS-CCOO en el SERIS, ha reconocido el derecho del person...
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Convoca la recientemente creada Plataforma de Personal Temporal de las AAPP de la Comunidad de Madrid , que sigue a la Plataforma nacional...
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid utiliza la "nueva" doctrina del Supremo para considerar indefinido no fijo al laboral interino más de 3 años en vacante
Traemos aquí esta sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
que se está utilizando en demandas a juzgados madrileño para justificar la solicitud de la aplicación, tanto antes como después de un despido, de la que se denomina nueva doctrina
de Marzo de 2017 de la Sala de lo
Social del Tribunal Supremo por la que se considera a todos los efectos
"laboral indefinido
no fijo" a empleado público bajo contrato laboral interino de vacante que
lleve más de 3 años en la vacante, con indemnización de veinte
días por año trabajado máximo doces meses si es despedido por cobertura reglamentaria de la
plaza como el turno libre de una OPE . OJO esto no incluye al funcionario interino/estatutario temporal, que se juzga por lo Contencioso-Administrativo y no por lo Social
En concreto se trata de la sentencia de 14/12/2017
nº 797/17 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid [TSJM], sección 3ª de la Sala de lo Social al recurso suplicación 381/2017 dela Comunidad de Madrid contra
sentencia previa del
60/2017 de 16/02/2017 del Juzgado de lo Social 4 al recurso 1029/2016
planteada por una empleada de la Consejería de Políticas Sociales y
Familia despedida tras llevar más de 6 años de laboral interina en una
vacante que acabó saliendo a OPE. En este caso en cuestión, el TSJM no
concede la indemnización porque la trabajadora siguió trabajando tras
una muy breve interrupción con otro contrato interino que se le ofreció,
pero lo importante es que en el auto:
viernes, 11 de mayo de 2018
[El Boletín] La Justicia madrileña pregunta al Tribunal Superior de Justicia Europeo si debe conceder la condición de fijo a los empleados de Sanidad en abuso de temporalidad por uel caso -con AMYTS- de un informático del SERMAS que lleva 17 años como interino
Informa El Boletín el 11/05/2018 de la importante noticia de la que nos noticia de la que nos hacíamos eco aquí das antes aquí: el Tribunal de Justicia Europeo estudiará el abuso de temporalidad de la Comunidad de Madrid con sus trabajadores de la Sanidad pública [personal "estatutario" que se rige por una relación de empleo administrativa y no laboral, como el funcionario, y por tanto se juzga por el orden de lo Contencioso-Administrativo y no del Social] y dictaminará si puede adquirir la condición de fijo en base a la directiva europea 1999/70 sobre empleo temporal, norma por enncima de la legislación española, a consulta del Juzgado
Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid por la demanda de un
informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años, defendido por el bufete Arauz & Belda, en una iniacitiva de AMYTS.
El medio recoge precisamente las declaraciones, Ángela Hernández, responsable del sector de Atención Hospitalaria de AMYTS, que opina que si el tribunal europe falla a favor en eeste caso "la repercusión sería tremenda, la gente se lanzaría a la vía jurídica" al ser jurisprudencia directa para los cerca de 30 mil temporales que podría haber en fraude de ley en el SERMAS.
El medio recoge precisamente las declaraciones, Ángela Hernández, responsable del sector de Atención Hospitalaria de AMYTS, que opina que si el tribunal europe falla a favor en eeste caso "la repercusión sería tremenda, la gente se lanzaría a la vía jurídica" al ser jurisprudencia directa para los cerca de 30 mil temporales que podría haber en fraude de ley en el SERMAS.
La noticia en la portada de El Boletín |
jueves, 10 de mayo de 2018
[AMYTS] Avanza la vía de la justicia europea para la fijeza contra el abuso de la temporalidad en el SERMAS
Informa AMYTS este 10/05/218
que la vía europea iniciada por AMYTS con el despacho Araúz de Robles
persiguiendo la fijeza para el personal temporal del Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] en situación de fraude
de ley por abuso de temporalidad "avanza con paso firme"tras la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea como Asunto C-103/18 del Tribunal de Justicia Europeo la consulta vinculante de la justicia madrileña al más alto tribunal europeo para que dictamine si hacer fijo al personal
temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un
informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años que se acogió a esta vía iniciada por AMYTS
[CCOO Sanidad Madrid] 'La Federación de Sanidad y Servicios Sociosanitarios de CCOO de Madrid gana nueva sentencia judicial en el CNIC Reconocimiento de funciones de superior categoría'
'La Federación de Sanidad y Servicios Sociosanitarios de CCOO de Madrid
gana sentencia judicial en reclamación de reconocimiento de superior
categoría y diferencias salariales, en la Fundación Centro Nacional de
Investigaciones Cardiovasculares (CNIC).
El Juzgado de lo Social nº 11 (de refuerzo) de Madrid, ha reconocido la superior categoría y las diferencias salariales correspondientes, respecto de un trabajador contratado como Técnico de Laboratorio y que realiza funciones de Técnico Superior I.
El Juzgado de lo Social nº 11 (de refuerzo) de Madrid, ha reconocido la superior categoría y las diferencias salariales correspondientes, respecto de un trabajador contratado como Técnico de Laboratorio y que realiza funciones de Técnico Superior I.
[Europa Press] País Vasco. La Plataforma de interinos piden paralizar OPEs en Euskadi con sus puestos y regularizar su situación de abuso de temporalidad por concurso de méritos
martes, 8 de mayo de 2018
IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
En el día de ayer, 7/5/2018 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid el pasado 13 de febrero de 2018 , y que ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza de un empleado público temporal "en fraude de ley" por abuso de temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda de un informático interino durante mas de 17 años en el Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid. Ha quedado bajo el Asunto C-103/18 del TJUE.
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza
Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.
La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad, y tampoco lo está siendo en la cuestión de fineza al personal empleado público de relación "laboral"]
De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas, que en caso de obtener respuesta favorable por parte del tribunal de justicia que está por encima de todos los españoles y, que, por la jurisprudencia que establecería, y al igual que pasó con los complementos de sueldo de antigüead [o "trienios"] tendría consecuencias de dimensiones monumentales, trascendentales y favorables para la estabilidad real de al menos los más de 100 mil empleados públicos con más de 3 años de temporalidad con el mismo tipo de relación de empleo , la de régimen administrativo utilizada en los servicios de Salud [los "estatutarios de Sanidad"], de todas las Comunidades Autónomas con más de 3 años de temporalidad , y por extensión, para el resto de centenares de miles de funcionarios temporales -con su relación de empleo igualmente bajo régimen administrativo, y por tanto, en la justicia, bajo el Orden de lo Contencioso-Administrativo- de todas las Administraciones públicas y de todos los ámbitos estatal, regional y local. Sin duda, también tendría efectos sobre los empleados públicos bajo relación de empleo de tipo "laboral", y por tanto, en la justicia española bajo el Orden de lo Social (otros juzgados) , y hasta ahora mejor posicionados en otro tipo de demandas: las de indemnizaciones, pero en idéntica posición para la cuestión de la fijeza
Recordemos que el juzgado madrileño -de lo contencioso-administrativo por ser el informático del caso estatutario de Sanidad- traslada al tribunal europeo , entre otras, la cuestión si debe conceder la fijeza al personal estatutario temporal (sea "interino de vacante", "eventual" [es decir, con fecha de fin en su nombramiento] o de sustitución) en situación de abuso de temporalidad como es el caso del procedimiento judicial en origen, el Procedimiento Abreviado nº 193/2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid del informático del Servicio Madrileño de Salud, Domingo Sánchez Ruiz, estatutario interino en el mismo puesto durante más de 17 años, que, siguiendo mediante esta asociación de informáticos personal propio del SERMAS, APISCAM, una iniciativa del sindicato médico de la Com. de Madrid AMYTS con el despacho Araúz de Robles , demanda que se le reconozca una condición equiparable a la del personal estatutario fijo en cuanto a las condiciones de cese (y en el resto de condiciones de trabajo) como sanción adecuada al empleador y compensación al empleado, aplicando una normativa básica europea de obligado cumplimiento y por encima de toda la legislación española, la famosa Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo temporal, a su situación de evidente abuso de relación de empleo temporal por parte de la Administración para satisfacer necesidades que son de obvio carácter permanente, precisamente por su larga permanencia en la misma persona y lugar.
Es decir, en la práctica, se demanda que el empleado público temporal, habitualmente reconocido en los tribunales españoles "en fraude de ley" por este abuso de temporalidad adquiera la
condición de indefinido "fijo" gracias a la ley superior europea en lugar de la por ahora única posible
en los tribnales españoles de "indefinido no fijo" aplicando la legislación española.
La directiva europea viene a establecer que la temporalidad debe tener un límite en el tiempo ["establecida" en 3 años en el caso de los empleados públicos españoles] en las normativas nacionales, normativas nacionales que además deben incluir medidas de sanción al empleador que abusa y compensatorias para el empleado en situación de abuso de temporalidad. [En España se ha traspuesto en el Estatuto General de los Trabajadores, que no es de aplicación al personal funcionario ni al estatutario de Sanidad, y tampoco lo está siendo en la cuestión de fineza al personal empleado público de relación "laboral"]
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