jueves, 13 de junio de 2024

[Economist & Jurist] Este jueves 13 de Junio el Tribunal de Justicia de la UE resuelve las cuestiones prejudiciales del juzgado de Barcelona "clave para el futuro de miles de interinos en fraude de ley en nuestro país"

Informa el medio especializado Economist&Jurist este 12/06/2024 de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE,  "clave para el futuro de miles de interinos en fraude de ley en nuestro país", que se dictará este mismo jueves 13 de Junio a las 09.30 , como sentencia conjunta a las cuestiones prejudiciales, planteadas  por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 17  de Barcelona en los asuntos acumulados "DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya y otros", con preguntas donde se se cuestiona tanto si puede ser válida la actual doctrina de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo para el abuso de temporalidad del empleado público funcionario o estatutario interino como si los procesos de estabilización de la ley 20/2021 pueden considerarse una medida válida de sanción/reparación del abuso.

El medio avanza que "fuentes cercanas al Tribunal Supremo  explican a este diario que habrá pocas novedades prácticas" tras esa sentencia, dado que "hay un conflicto entre la legislación nacional y los principios constitucionales con la jurisprudencia comunitaria"

 

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6 comentarios:

Anónimo dijo...

Si ya admiten que hay conflicto la cosa no es mala, pues siempre estará por encima la jurisprudencia del TJUE.

Anónimo dijo...

Los que recurren a la existencia de conflicto y su compleja resolución son los abusadores.

Qué no se entiende de no haber prevenido el abuso en la temporalidad existente en el sector público español?

Qué no se entiende de si ya se accedió como estableció la propia Administración, y una vez en fraude y abuso, no se sancionó?

Qué no se entiende de que que no se previno que un abuso si no se sanciona degenera en otros más graves, perpetrados y perpetuados por los irresponsables gestores de la Administración?

Qué no se entiende de esa no sanción sólo alimenta la corrupción?

Qué no se entiende que el que comete el fraude, el abuso, ha de ser sancionado y debe reparar a sus víctimas?

Anónimo dijo...

Ya está publicada. Muy mal...

Anónimo dijo...

10:39
No está todavía publicada

Anónimo dijo...

Muy mal.

Anónimo dijo...

Pero como que improbable cambio de la doctrina del tribunal supremo?


La sentencia dice claramente que es contraria a la directiva.

No entiendo este comentario del editor. En ese punto así como sobre la ley 20 es clara.