jueves, 13 de junio de 2024

[Europa Press] El Ministro de Funcion Pública ante la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de este 13/06/2024 afirma que son "casos históricos" que "atañen a los tribunales" y que ya "tiene una ley para el problema de la temporalidad , la ley 20/2021, que "está dando resultados extraordinarios"

Informa Europa Press en su web este 13/06/2024 de las declaraciones [vídeo en canal de Youtube de Europa Press] a los periodistas en la I Jornada de reflexión sobre los Derechos Digitales, del ministro responsable de la Función Pública, José Luis Escribá, al ser preguntado por la sentencia de este 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE: el ministro ha comentado que se trata  de "casos históricos"     que "atañen fundamentalmente a los tribunales" que "irán resolviendo" mientras que el que el Gobierno "ya tiene una ley con la que se anticiparon"  a este problema de la temporalidad , ley que "está dando resultados extraordinarios", de tal forma que dará cumplimento al objetivo de conseguir "las 300.000 estabilizaciones a final de año".

  

 

Imagen: instantánea del vídeo de Europa Press

[ADDENDUM] En el vídeo el Ministro también declara que se pretende reducir el tiempo dedicado para el acceso a la función pública y avanza que existe un proyecto piloto de un "MIR tecnológico"



NOTA DEL EDITOR: se refiere el ministro por un lado a  la ley 20/2021 de 28 de Diciembre, primera reacción del Gobierno nacional a las sentencias europeas previas, y que justo el Tribunal de Justicia de la UE ha dicho hoy explícitamente que no vale como sanción para el abuso de temporalidad existente,

Y por otro al compromiso del Plan de Recuperación y Resiliencia español plasmado en el hito nº 150, de nombre "Estabilización del empleo público" , del  "acuerdo de funcionamiento"  inicial de 2021  y mantenido tal cual en la reciente modificación del Plan, de firmado entre la CE y España de sus compromisos por el Plan de Recuperación y los fondos asociados, y asociado a la reforma 1 del Componente 11 sobre la AAPP (i.e. el C11.R1), que exige:

    • Fecha de cumplimiento  [comprometida] : Cuarto cuatrimestre de 2024
    • Descripción: "Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (a través de contratos o puestos estatutarios del personal) que involucran al menos 300 000 puestos (incluidos los que derivan de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)"
    • Información adicional: "Los procedimientos de selección se considerarán concluidos una vez que se publiquen en el Diario Oficial las resoluciones correspondientes incluyendo las listas de candidatos que hayan superado el procedimiento de estabilización."
    • Mecanismo de verificación: [básicamente, copia de los Diarios Oficiales con las convocatorias publicadas antes de 31/12/2022 y certificados con el "número de  puestos estabilizados"]

El ministro no ha recordado , en cambio, que,  según la propia Comisión Europea:

  • la Comisión Europea  abrió un procedimiento de infracción contra España,INFR(2014)4334,por "considerar que la legislación española no se ajustaba a la Cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE" sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas 
  • y lo mantiene abierto en relación con el procedimiento de denuncia múltiple  CHAP (2013)01917   (registrado como múltiple en 2018 unificando las denuncias previas desde una de 2013), a partir de la sentencia previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 "Sánchez Ruiz y otros", a la que previamente había vinculado la denuncia múltiple
  • "la Comisión Europea está evaluando  la adecuación de la legislación nacional aplicable al Derecho de la Unión Europea , incluyendo las reformas recientemente introducidas a través de la Ley 20/2021
  • y decidirá  la acción que tomar en el marco de dicho procedimiento de infracción INF(2014)4334" tras  las sentencias  del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de los"asuntos C-59/22, Consejería de Presidencia; C-110/22, UNED; C-159/22, Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid; C-331/22, DG de la Función Pública, Generalitat de Catalunya; y C-332/22, Generalitat de Catalunya" (es decir , los 3 que fueron ya sentenciados el pasado 22 de Febrero y los otros dos restantes sentenciados hoy)

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7 comentarios:

Anónimo dijo...

España cada dia más tercermundista

Anónimo dijo...

No xaval te equivocas, al TJUE se le pregunto sin ambiguedades si frente al ABUSO corresponde la FIJEZA ??? No
Pues te contestan que la ultima palabra la tiene el derecho Español , lo que sucede que España es una MONARQUÍA se doblega ante el Rey y un abogaducho como el fijezas solo le intereso la pasta , letraducho de barrio cortito, por eso no avanzamos, es una trampa donde la ambiguedad complace a todos menos a los Abusados.
Consejo ABANDONAR ESTA LUCHA KAFKIANA MEDIOCRE Y ABSURDA.
Yo he intimado al fijezas a que consiga la indemnizacion y na de na , por lo tanto lo demandare. El pajaro esta desaparecido ni a sus empleadas envia a dar la cara , este en ANDORRA.

Anónimo dijo...

22:32

Que te fumas, nen...!!!

Deja de dar por culo y de decir sandeces. Aprende a leer...

Anónimo dijo...

El abogaducho de barrio es Abogado del Estado y tu un triste que como no tiene quien le aguante echa mierda por aquí.

Anónimo dijo...

Cuanta peña nos odia.
Un pavo con 4000 visitas.
https://x.com/LOPEZ_LERA_AB/status/1801179738087571694


Q barbaridad!!! Sois odiadores profesionales!

Anónimo dijo...

Dentro video.

https://youtu.be/OfSQzWhJKQE


Como le encanta a Europa Press inventarse cosas.

Cuando lea la sentencia, que evidentemente, no tuvo tiempo de ver...
Entenderá que debe hacer algo...

Anónimo dijo...

Al trola troll,

Y tú que quieres que los interinos en abuso se rindan, que se vayan a la calle con una mano delante y otra detrás? Ellos no han redactado la directiva europea, ni las sentencias del TJUE, ellos solo piden ayuda. Que gente como tú y la UGT y algunos más le denegais. Que injusticia. Solo algunos abogados valientes!