martes, 18 de junio de 2024

[CEPPT] 'NUEVO REVÉS DE LA JUSTICIA EUROPEA AL GOBIERNO Y AL TRIBUNAL SUPREMO ¿Cuántas más sentencias del TJUE hacen falta para que nuestro legislador y nuestros tribunales entiendan que formamos parte de la Unión Europea y las Directivas deben cumplirse?

 'El  Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha hecho pública una decisiva sentencia que declara que los funcionarios interinos (incluyendo el personal estatutario temporal de los servicios de salud), con más de dos años en sus puestos de trabajo, cuya Administración pública haya incumplido el plazo inicial del Estatuto Básico del Empleado de la Función Pública para proveer el puesto como fijo, deben ser  convertidos en fijos como única medida válida ante la normativa y jurisprudencia europea para sancionar a las Administraciones Públicas  ante su incumplimiento de la Directiva 1990/70/CE que impone que las plazas para atender necesidades permanentes deben ser cubiertas con contratos fijos.


En esta sentencia, el Tribunal europeo declara que :


  1. que en España no existe sanción en el ordenamiento jurídico interno contra el abuso de temporalidad en el sector público, declarando que no valen como sanción a este abuso de temporalidad  ni la doctrina actual de la Sala de lo Contencioso del Supremo ni los “procesos de estabilización”  de plazas , por concurso puro de méritos o con oposición, de la Ley 20/2021 ni una indemnización al cese o con tope como la que recoge  la citada  ley 20/2021 , reacción por el momento del Gobierno español a las sentencias europeas previas

  2. Y que ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción los juzgados y tribunales deben  realizar una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin  ir contra él, y  aplicar una medida de fijeza, es decir de  conversión en fijos [“indefinidos”] , que es viable en España también para el caso  de los funcionarios interinos ,y que lo deben hacer aunque implique modificar una doctrina del Tribunal Supremo y aunque el Tribunal Supremo justifique su doctrina en principios constitucionales



Que la conversión en “fijos estabilizados” es viable ya se expuso en  el informe jurídico, realizado en 2021, por María Emilia Casas, ex-presidenta del Tribunal Constitucional, que define la figura del "fijo estabilizado" , de forma similar a lo regulado en el artículo 87 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, donde ya se contempla la integración directa, como funcionarios públicos a extinguir , sin llegar a ser funcionarios de carrera, a los trabajadores de las entidades del Sector Público Institucional reabsorbidas por las Administraciones públicas, que vinieran ejerciendo funciones reservadas a funcionarios Públicos .


La única sanción viable como normativa nacional al Abuso de contratación temporal es también la fijeza, ya que el pago de indemnizaciones proporcionadas, efectivas y disuasorias arruinaría las arcas públicas lo que agravaría el deterioro de los servicios públicos  y España incumpliría el compromiso del Gobierno en el plan de Resiliencia de reducir la temporalidad a coste cero.


La COORDINADORA ESTATAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS TEMPORALES (CEEPT) con todas las asociaciones y sindicatos que la apoyan, celebramos esta Sentencia porque reconoce los derechos de los empleados públicos en abuso, Sentencia que llega tras largos años de lucha contra la cerrazón de los Tribunales españoles, el Gobierno y las Administraciones Públicas

.

El Gobierno Español impulsó la Ley 20/21 que, aunque con bastantes lagunas y errores y sin cumplir con la jurisprudencia europea, intentaba estabilizar las plazas ocupadas de personal temporal en abuso para intentar cumplir así con el compromiso con la UE de reducir la temporalidad a menos del 8%.


Sin embargo, numerosas Administraciones Públicas  que han incumplido dicho mandato y, en consecuencia, cientos de miles de empleados públicos temporales en temporalidad ilícita no han conseguido estabilizar en un  puesto de trabajo, incumpliendo de forma válida el compromiso de la UE, que está muy lejos de alcanzarse.


Según el BESAP, Boletín Estadístico del personal de las Administraciones Públicas de julio de 2023, el total de trabajadores temporales era 1.115.738, el 37,6% del total de empleados públicos. En febrero de 2024, y para el caso mayoritario de los 3 sectores autonómicos comunes de administración general, docentes no universitarios y personal de servicios de salud, se puede comprobar que sólo de habían convocado para estabilización por la fórmula excepcional Concurso de Méritos puros  de  la ley 20/2021 en torno al 20% de estas plazas temporales, cuando el 80% del personal  temporal cumplía con la condición de la ley  [ D.A. 8ª] de ser personal temporal desde antes de 2016. Además, dichos procesos por méritos ,por las bases elegidas en muchas AAPP , no garantizaban que las plazas fueran para personal en abuso , habiendo implicado incluso el cese de este personal. Y no valen como sanción a dicho abuso, tal y  como acaba de ratificar hoy el propio Tribunal de Justicia de la UE.


Recordemos que el  procedimiento de infracción INFR(2014)4334 sigue abierto  por la Comisión Europea por esta materia  contra el Reino de España y mantenido a la espera de la sentencia de hoy,  seguirán adelante si nuestro Gobierno y los jueces siguen obviando el cumplimiento de las Sentencias del TJUE, dando lugar al pago de multas millonarias por parte del Reino de España.  Naturalmente, informaremos a la Comisión Europea de las enormes cifras de personal en abuso de temporalidad que no han estabilizado por la normativa aprobada ahora por el Gobierno español y que, incluso se  ha visto cesada sin indemnización alguna.


Es el momento de tomar decisiones acordes con la jurisprudencia europea siendo la estabilidad en el empleo de los trabajadores víctimas del abuso, la única viable a coste cero.


“Ahora SI: YA NO HAY EXCUSAS PARA LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO DEL PERSONAL PÚBLICO EN TEMPORALIDAD ILÍCITA”.'


Fuente: Nota de prensna de la Coordinadora Estatal de Peronal Público Temporal de 17/06/2024


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34 comentarios:

Anónimo dijo...

Comentario del juez Vidal sobre la contestación a sus prejudiciales. Abogaría por el fijo no funcionario de carrera.https://www.eldiario.es/economia/juez-pregunto-justicia-europea-interinos-gobierno-no-muestra-interes-solucionar-problema_128_11455353.html

Anónimo dijo...

De pago. Vaya nivel. Maribel

Anónimo dijo...

Sí Maribel, porque hay que ser un hacker de alto nivel para saber cómo leer la entrevista... 🥴

Anónimo dijo...

😱 Q peña!!! 🤣

El TJUE cierra la puerta a la fijeza de interinos en fraude de ley

Administrativando Abogados
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17 jun
2024


Todo pa decir q le mola lo q ha pasado!!
Y q ahora hay 3 posibilidades.

. Pasta a tanto alzado por daños causados.
. Ffcc mediante Concurso restringido pa todos.
. Aquellos interinos de larga duración o de más de 10 años. Concurso Restringido.
solo pa ellos.

Flipo!!! 😱

Anónimo dijo...

Pues si esos propagandistas ven esas tres opciones, será que las tenemos mejores.

No pinta tan mal.

Anónimo dijo...

Bah , hacerle Tropecientos... Clickins
El Sujeto da muchos banda zos.

Tiene su público.
Ya ponéis cara a la Peña
https://youtu.be/6A3G9Yze7p4

Anónimo dijo...

Mismas ideas.
Se estrecha la solución.

Concurso Restringido o Mucha Pasta.
https://archive.ph/ClPFg

Las peores ideas de largo son las del Supreme.

Anónimo dijo...

No se ve el enlace

Anónimo dijo...

Aplicaría mi tesis, la conversión en fijos no de carrera. Que prosperase o no ya no sería cosa mía, tendríamos que ver lo que hiciera el Tribunal Superior de Justicia. Pero creo que se puede razonar muy bien y fundamentar correctamente. Es una posición perfectamente defendible.

Anónimo dijo...

11:52

Muchos defienden la figura del personal a extinguir del 87.5 Ley 40/2015: "b) La posibilidad de integrar el personal en la entidad transformada o en la Administración General del Estado. En su caso, esta integración se llevará a cabo de acuerdo con los procedimientos de movilidad establecidos en la legislación de función pública o en la legislación laboral que resulte aplicable.

Los distintos tipos de personal de la entidad transformada tendrán los mismos derechos y obligaciones que les correspondan de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación.

La adaptación, en su caso, de personal que conlleve la transformación no supondrá, por sí misma, la atribución de la condición de funcionario público al personal laboral que prestase servicios en la entidad transformada.

La integración de quienes hasta ese momento vinieran ejerciendo funciones reservadas a funcionarios públicos sin serlo podrá realizarse con la condición de “a extinguir”, debiéndose valorar previamente las características de los puestos afectados y las necesidades de la entidad donde se integren.

De la ejecución de las medidas de transformación no podrá derivarse incremento alguno de la masa salarial preexistente en la entidad transformada."



La "única" (GRAN) pega es que se refiere a personal de "organismo autónomo, entidad pública empresarial, agencias estatales, sociedad mercantil estatal o fundación del sector público institucional estatal"

Anónimo dijo...

12:33

Eso es lo que defendia el Juez del contencioso de BCN en la prejudicial, la conversión en funcionario a extinguir, salvando el contra legem de la CE y el TREBEP.

Pero los TSJ y el TS ya han dicho que, esa figura, al provenir de otra entidad, no puede adoptarse y que, de adpotarse, tiene que ser el Ejecutivo vía, Real Decreto, como dice el 87.5 Ley 40/2015.

Por tanto, del Judicial al Ejecutivo, del Ejecutivo al Judicial y mientras tanto, todos cesados a coste 0€.

Anónimo dijo...

Cesados a coste 0, parados, empastillados para poder conciliar el sueño ante tanta injusticia, desconocimiento, fraude, corrupción.

Tras años y años de trabajo no en una vacante sino en varias, no del mismo cuerpo sino de varios superiores y no para una administración pública sino para dos simultáneamente.

Anónimo dijo...

1.LEEROS LA SENTENCIA ANTES DE HABLAR.

2. ESCUCHAR LAS DECLARACIONES DEL DOCTOR EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y LA INTERPRETACIÓN SESGADA QUE DE LA MISMA HACEN LOS TRIBUNALES PARA ANIQUILAR A LOS INTERINOS.

Es una vergüenza de país. una vergüenza de sindicatos y también una vergüenza de colectivo que cada uno ha mirado por lo suyo.

Por todo ello, ya veremos por donde sale el Supremo.

Anónimo dijo...

escuchad,

Anónimo dijo...

9.49.

No soy dudoso. Nos han dado una ostia inesperada.

Si miras alrededor, hoy y siempre estamos rodeados, de odiadores que nos quieren joder.

Son unos miserables. Voy a decir sus nombres.

Tontaina , Colina , Oposina , Pepina y
Suprima.


Queda claro. No?.
Si a eso unes que no hay colectivina.
Pues ahí estuvo la golosina y nos la han robado esos miserables.

Mi consejo, respirar profundo.. irse de vacaciones , y a la vuelta decir a vuestras Administraciones.

Ahí os quedáis!!!!

Anónimo dijo...

Lo que tiene que hacer la Comisión Europea tras las dos sentencias que estaba esperando, es activar el procedimiento de infracción a España con multas millonarias por la noche aplicación de las sentencias del TJUE por parte del poder judicial y político.
Y ya está bien de tanta impunidad por parte de ambos actores.
Mientras yo iría al TEDH, a ver que dice Arauz, yo quiero mi indemnización que la plaza me la gané con mucho esfuerzo, sacrificio, y sorteo de zancadillas.

Anónimo dijo...

Información para la lucha compañer@s.

Aunque yo tiro la toalla!!


Hay más contratos temporales entre los funcionarios que en el sector privado (y va para largo)
Los Inspectores de Hacienda del Estado y otros Cuerpos Superiores de la Administración se concentran, con una pancarta que reza 'No nuevos interinos, por unas oposiciones justas', ante el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a 26 de abril de 2023, en Madrid (España). La protesta ha sido convocada por la Federación de Cuerpos Superiores de la Administración del Estado (Fedeca) para pedir oposiciones "justas" y denunciar la "arbitrariedad" de las promociones internas. Fedeca y la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, que también se suman a las protestas, han manifestado su total oposición a la intención de incluir, sin "discriminación ni explicación alguna", en las últimas convocatorias de empleo público un apartado que hace posible la elaboración, por parte del tribunal de selección de los candidatos, de una lista de interinos que entrarían a formar parte de la plantilla de la Administración.
26 ABRIL 2023;PROTESTA;CONCENTRACIÓN;MANIFESTACIÓN;HACIENDA;INSPECCIÓN DE HACIENDA;
Diego Radamés / Europa Press
(Foto de ARCHIVO)
26/4/2023
FOTO: DIEGO RAMADÉS (EUROPA PRESS)
Tener un empleo público no es sinónimo de puesto de trabajo fijo: un 38% de los empleados del sector público tienen un contrato temporal, pese a la ley que impulsó el Gobierno en 2021 para acabar con la interinidad.

Solo uno de cada cuatro trabajadores temporales se ha beneficiado de esta ley.
Además, se marcó el objetivo de llegar con menos de 240.000 interinos a finales de 2024. Según los últimos datos, hay 1,1 millones.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea insistió la semana pasada en que se han de convertir en indefinidos a los miles de empleados públicos que encadenan contratos temporales.
Menos temporalidad en las empresas privadas. Desde la reforma laboral de 2022, la tasa de temporalidad en el sector privado ha caído hasta niveles absolutamente desconocidos en España (un 12%). Pero en el caso de los empleados públicos sigue resistiéndose.

¿Qué está pasando? Desde que una plaza se convoca en el BOE y se abre el concurso oposición, pueden pasar más de dos años y medio hasta que el aprobado toma posesión de su cargo.

Anónimo dijo...

Fuente. https://archive.ph/668YY

Anónimo dijo...

Para los pesimistas y deprimidos:

Es una cosa muy seria venir aquí y desahogarse. No hay que desanimar a nadie, porque puede tener consecuencias muy serias.

Veremos a ver que pasa. Lo único que ha ocurrido es que el gobierno y las comunidades han pegado una patada hacia adelante para ganar tiempo. En ningún momento han dicho que no vaya a haber ningún tipo de reacción.

A mí me parece que tiene que haberla, por como están las cosas. Estamos en un tiempo de espera y se nota.

Como de amplia sea, no lo sé, que no soy adivina.

Y no pienso aconsejar a nadie nada. Menos aún que lo deje.



El Supremo dirá algo, la Comisión dirá mucho y el Gobierno algo tendrá que hacer. Y lo hará. Obligado, pero lo hará.



Anónimo dijo...


Ya se vera si el Supremo modifica o no su doctrina, y si lo hace, ya veremos en que términos.

Esa es la realidad

Anónimo dijo...

11.13.

No sé si eres la misma persona q ha dicho varias veces q está cesada, pq ocupo su plaza una función de carrera, q lo utilizo el concurso para ser la mas jeta del mundo mundial.

Cada un@ q haga y piense como quiera. He intentado unir o cohesionar el colectivo y ha sido imposible.

En mi caso tiro la toalla, claro que sí!!!

En este país pasan estas cosas.

https://confilegal.com/20240618-el-supremo-da-la-razon-a-upsj-y-anula-la-estabilizacion-de-93-plazas-de-laj-interinos/?amp


Ánimo Apiscam y Domingo q, al menos sí que veo que teneis contacto con el País.

Cuelgan una de vuestras gráficas y citan la fuente. Alabados seáis todos..

Salud!!

Anónimo dijo...

Eso. Compás de espera.

El TJUE va a decir a la sala social del Supremo lo mismo que ha dicho hasta ahora.

Y no os olvidéis de que si el Gobierno hizo alguna vez algo, es porque la Comisión presiona y lo sigue haciendo.

Y si nos piden que nos movilicemos, es ahora cuando tenemos que apretar.

Anónimo dijo...

Se ve a la legua q NO NOS VAN A DEJAR cumplir el objetivo.

Creo q estoy en lo cierto!

Suerte!

Anónimo dijo...

11:13: No soy esa persona.

No vengo aquí a desahogarme.

Anónimo dijo...

Nos están haciendo más caso en la prensa que el que nos han hecho los últimos años.

Anónimo dijo...

11.29.

Yo vengo aquí a lo q me da la gana, solo faltaba. Nunca he faltado el respeto a nadie.

Y por supuesto q sé quienes nos odian.

Yo, movi el tema en el 21, junto mucha más gente. Si hoy han estabilizado 400.000 plazas (posiblemente sean 300.000 de compañeros y el resto de jetas) es porque Pilar y Pedro curraron como bestias y se desvivieron por nosotros entonces.

Odio a los jetas, claro que sí, q NOS ODIAN. Que es un jeta si no? Un odiador sin escrúpulos.

Y para acabar, está es la realidad. Gracias Gabi.
https://x.com/gabrielrufian/status/1803129506951032985

Anónimo dijo...

Y con esto lo dejo!

Aunque no he estabilizado, me alegro infinito por los 300.000 que si lo van a conseguir!!!

Los q no podemos, al menos en mi caso, se perfectamente quiénes son los culpables!!

Y Claro q sí, tiro la toalla, más no puedo hacer!!

Anónimo dijo...

El abuso se obtiene por sentencia, no porque lo diga la persona o
Administración X. Después se necesita sanción, y como no
la hay, los cesados en abuso hemos denunciado a la Comisión
europea que el TS no fija sanción.
La fijeza llegará por justicia.

Anónimo dijo...

En Canarias quieren estabilizar a casi 11900 compañeros en Sanidad. 😱

Todo muy lógico sí. Les falta medio año.

Que cojones ha hecho la Administración en Canarias, para tener tanta gente así aún??

Anónimo dijo...

De momento, creo que los Tribunales Superiores y eñ Supremo, si han dado fijeza a aquellas personas en abuso que SI aprobaron una oposicion con igualdad, capacidad, merito y concurrencia. Algo se ha empezado a ganar. Es que de esto no hablais aqui.

Anónimo dijo...

Aquí ya no opina ni Dios , indica 2 cuestiones : la peña dio por perdidoa esta locura y se dio cuenta de la Estafa del fijezas, esta desaparecido , lleva 115 Quejas en el ICAM.
Denunciarlo es un estafador profesional.
Al menos lo expedientaran y con suerte le suspendan su Matricula de vendebiblias.

Anónimo dijo...

Cada vez que asoma este bicho me doy cuenta de que quedan razones para seguir.
Estamos al final del partido. No os rindáis.

Después del verano, el último set

Anónimo dijo...

El compás de espera es duro, pero nadie dijo que fuera a ser facil

Anónimo dijo...

Va a ser duro y va a ser largo. Ánimo a todos.

Es la ultima vez que entro a borrar la influencia del trolezas