viernes, 24 de abril de 2009

El Constitucional cuestiona el modelo de gestión privada de Madrid

'Se veía venir. El sindicato médico mayoritario Femyts ya advirtió que el nuevo régimen laboral aprobado por el Ejecutivo madrileño para facilitar que los funcionarios de la sanidad o personal estatutario fijo prestaran servicio en el nuevo Hospital de Valdemoro de gestión privada planteaba algunos interrogantes que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero ha aprovechado para atacar el modelo de sanidad impulsado por la presidenta madrileña,Esperanza Aguirre.

El Tribunal Constitucional admitió este miércoles a trámite el recurso presentado por el Estado el pasado 27 de marzo, al entender que el artículo 12 de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad deMadrid de 2009 podría vulnerar el Estatuto Marco del Personal Sanitario de los Servicios de Salud. De esta forma, el Tribunal abre un periodo de incertidumbre para los más de 200 trabajadores afectados, en el momento en que la Comunidad de Madrid baraja aprobar el segundo de los pliegos de condiciones de los cuatro nuevos hospitales que se levantarán en Madrid durante la legislatura mediante la fórmula de concesión administrativa a un operador privado, encargado de la construcción y gestión asistencial del centro.


La decisión del Constitucional suspende el artículo recurrido y deja en cuarentena la situación administrativa del personal sanitario que trabaja en el Hospital Infanta Elena de Valdemoro, el único hospital hasta la fecha que funciona con criterios asistenciales de gestión privada.


La Comunidad de Madrid modificó la ley con el fin de aprobar incentivos para los trabajadores que quisieran incorporarse al nuevo centro gestionado por Capio que podrían ser contrarios a lo establecido en el Estatuto Marco. Entre estas ventajas figura extender a cualquier momento la posibilidad de reintegrarse al servicio activo en la sanidad pública, un derecho de excedencia que está limitado a tres años en el caso de la norma básica estatal. Para el Gobierno esta condición beneficia a los profesionales que hayan trabajado en los nuevos centros en relación con el personal estatutario fijo del sistema público.


Otra discriminación apuntada en el recurso del Ejecutivo central es que el tiempo prestado en situación de servicios bajo otro régimen jurídico, como el que rige en esta concesión hospitalaria, computa para la carrera profesional, además de a efectos de antigüedad.

El Gobierno entiende que la normativa madrileña "rompe el régimen unitario del precepto básico" y supone una "extralimitación competencial" que "dificulta la movilidad profesional para cubrir puestos vacantes".'

Fuente: El Semanal Digital.

Visto en Boletín Informativo de la Sanidad Pública 23/04/09

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